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Derecho Mercantil I UNED- Tema 5

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Título del Test:
Derecho Mercantil I UNED- Tema 5

Descripción:
El empresario individual

Fecha de Creación: 2021/12/18

Categoría: Otros

Número Preguntas: 10

Valoración:(8)
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Temario:

Pueden los menores de 18 y los incapacitados ejercer actividad mercantil. No, porque no tienen capacidad de obrar. Sí en todo caso, a través de sus representantes. Solamente por medio de sus guardadores continuar el comercio que hubieren ejercido sus padres o causantes, pero no pueden iniciar el ejercicio de una actividad empresarial.

¿Quedan obligados los bienes propios del cónyuge del comerciante?. solo cuando exista consentimiento expreso del cónyuge del comerciante. cuando haya consentimiento expreso o presunto del cónyuge del comerciante. no pueden quedar obligados nunca porque no se permite en el Código de Comercio que el cónyuge exprese su consentimiento.

¿Es posible revocar el consentimiento expreso para que queden obligados los bienes del cónyuge del comerciante?. No, es irrevocable. Sí se lo tiene que comunicar a su marido para que lo sepa. Tanto el consentimiento expreso como la oposición o la revocación tiene que inscribirse en el Registro Mercantil para que pueda ser invocado por terceros.

Las capitulaciones matrimoniales tienen preferencia a todo lo dispuesto en los arts.7 a 10 del Código de Comercio. Sí. No. Depende si están en régimen de separación de bienes o en gananciales.

Comerciante extranjero, tanto para comerciantes individuales que operan o se instalan en España, como a las compañías constituidas en el extranjero pero que operan en España, salvo normas específicas de los Convenios Internacionales. Para ejercer el comercio se le aplican las leyes de su nacionalidad (para determinar la capacidad jurídica). Para los actos que realicen el extranjero en España se le aplica las leyes españolas. Ambas son correctas.

Bienes que como mínimo quedan sujetos a las resultas del comercio ejercido por persona casada, marca la respuesta correcta: Bienes propios del comerciante y los adquiridos con la resulta del comercio están sujetos a responsabilidad sin el consentimiento de la persona casada. Los bienes que como mínimo quedan sujetos a la responsabilidad pueden cambiarse por capitulaciones matrimoniales. Ambas respuestas son correctas.

Otros bienes que pueden quedar obligados (bienes que no resulten de la actividad del comercio o los propios del cónyuge no comerciante): Ambas respuestas son correctas. Si en las capitulaciones no se ha expresado (sí o no) si quedan los bienes NO adquiridos de las resultas del comercio afectos a responsabilidad, se necesitará el consentimiento de ambos cónyuges (realmente solamente hace falta el consentimiento del cónyuge del comerciante). Las capitulaciones matrimoniales no pueden cambiar ni los bienes mínimos afectos a responsabilidad, ni la NECESIDAD de consentimiento de ambos cónyuges para obligar bienes comunes no adquiridos de las resultas del comercio.

Los demás bienes comunes (bienes no adquiridos con las resultas del comercio), señala la respuesta incorrecta. Los no adquiridos con la resulta del comercio están sujetos a responsabilidad con el consentimiento de la persona casada. El cónyuge comerciante (o sea, el comerciante) puede enajenar o hipotecar los bienes, porque en capitulaciones han acordado que queden afectos a la responsabilidad por el ejercicio del comercio. Los no adquiridos con las resultas del comercio no pueden quedar nunca afectados a la responsabilidad del ejercicio del comercio porque son independientes.

Actos de disposición sobre inmuebles y establecimientos mercantiles: Si el comerciante puede hacer actos de disposición, y son bienes gananciales, regla del art.6 del Ccio, señala la respuesta correcta: si han sido adquirido por las resultas del comercio pueden quedar obligados, con el consentimiento del cónyuge del comerciante (expreso o presunto). si no han sido adquiridos por las resultas del comercio no pueden quedar obligados, únicamente mediante el consentimiento expreso del cónyuge. si no han sido adquiridos por las resultas del comercio no pueden quedar obligados, sin el consentimiento expreso o presunto del cónyuge.

Oposición y revocación del consentimiento. Si en capitulaciones matrimoniales aparece el consentimiento expreso, éste no podrá ser revocado unilateralmente por el cónyuge del comerciante. Si no que la revocación tendrá que hacerse modificando las capitulaciones matrimoniales. Debe formalizarse en escritura pública o inscribirse en el Registro Mercantil. En todo caso no pueden perjudicar ningún derecho adquirido con anterioridad. Ambas respuestas son correctas.

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