DERECHO MERCANTIL III
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Título del Test:
![]() DERECHO MERCANTIL III Descripción: TEMA 10 LOS CONTRATOS BANCARIOS II |



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Los depósitos bancarios de uso: Son depósitos abiertos de dinerario. Son depósitos administrados. Las dos respuestas anteriores son erróneas. Lo depósitos bancarios de uso: Son depósitos abiertos de numerario (dinerario). Son depósitos administrados. Las dos respuestas anteriores son erróneas. Los depósitos bancarios de uso son depósitos: De custodia. Irregulares. Administrados. Se consideran como depósitos estructurados o depósitos-bolsa los depósitos bancarios en los que: La devolución del importe del depósito está vinculada a las incidencias de algún valor o índice bursátil. La remuneración del depósito está vinculada al incremento que experimente algún valor o índice bursátil. Las dos respuestas anteriores son erróneas. La cuenta corriente bancaria tiene como efecto: La prestación de un servicio de caja al cliente. La recíproca concesión de crédito. Las dos respuestas anteriores son correctas. La cuenta corriente bancaria se diferencia de la cuenta corriente mercantil por: La cuenta bancaria incluye la reciproca concesión de crédito. La cuenta mercantil permite la disposición mediante cheques. En la cuenta bancaria la función económica es la prestación de servicios de caja. En el Derecho español, la figura del consumidor vulnerable se refiere a: Un consumidor que recibe un mayor grado de protección en determinados supuestos. Aquel que se encuentra en determinadas situaciones de especial vulnerabilidad que podrían obligarle a aceptar condiciones contractuales que en otras situaciones no hubiera aceptado. Las dos respuestas anteriores son correctas. Una diferencia entre el contrato de cuenta corriente y la denominada cuenta corriente bancaria es que: La denominada cuenta corriente bancaria no es una auténtica figura contractual. La cuenta corriente bancaria es un contrato consensual y el contrato de cuenta corriente es un contrato formal. En la cuenta corriente bancaria no hay recíproca concesión de crédito. En las tarjetas bancarias el establecimiento adherido se obliga a: Aceptar la tarjeta para el pago sin recargos adicionales. Aceptar solo efectivo para sus transacciones. Cobrar al cliente de inmediato por cada transacción realizada. En los casos de pérdida o sustracción de la tarjeta bancaria, son obligaciones de las partes en el contrato las siguientes: El titular de la tarjeta debe poner en conocimiento de la entidad emisora inmediatamente su pérdida o sustracci6n. La entidad emisora no está obligada a contar con un sistema técnico de atención ni impartir instrucciones operativas en casos de pérdida o sustracción. Las dos respuestas anteriores son correctas. La orden por virtud de la cual el cliente encarga a la entidad de crédito que transfiera fondos a otra cuenta de otra entidad distinta con la que mantiene relaciones de cuenta, se conoce como: Transferencia indirecta. Transferencia directa. Las dos respuestas anteriores son erróneas. Señale cuál de las siguientes afirmaciones es correcta en relación con la transferencia bancaria: Se denomina transferencia directa a la realizada entre cuentas de un cliente mantenidas en una misma entidad. Se denomina transferencia externa a la que debe realizarse entre cuentas de entidades distintas. Ninguna de las restantes respuestas es correcta. El contrato por el que una entidad de crédito recibe una determinada suma de un cliente para ponerla a disposición de otra persona en efectivo, en un lugar distinto, es un contrato de: Transferencia externa. Transferencia directa. Giro. El contrato bancario por el cual el Banco carga en la cuenta de un cliente una determinada suma que pone a disposición de otra persona en una plaza bancaria distinta, se denomina: Giro. Transferencia. Crédito documentario. Señale cuál de las siguientes afirmaciones es correcta en relación con el crédito documentario: El crédito documentario se utiliza exclusivamente en las compraventas a distancia marítimas e internacionales. El banco del ordenante se obliga irrevocablemente al pago en efectivo al beneficiario contra la recepción de los documentos exigidos en todo caso. Nuestro ordenamiento jurídico, al igual que otros muchos, carece de una regulaci6n positiva del crédito documentario. En el contrato de crédito documentario: El Banco se obliga irrevocablemente frente al vendedor-beneficiario al pago en efectivo (o bien a aceptar o negociar un efecto cambiario, por ejemplo) contra la recepción de los documentos exigidos, siempre que se cumplan los términos y condiciones que hayan establecido las partes. El Banco garantiza, como regla general, el cumplimiento del comprador. Las dos respuestas anteriores son erróneas. En el crédito documentario, la entidad de crédito responde: Del retraso o de las pérdidas que puedan sufrir la tramitación de los documentos, cartas o cualesquiera despachos. De que los documentos están en regla y son conformes con los términos y condiciones del crédito. De la suficiencia, exactitud y autenticidad de los mismos. En el contrato de crédito documentario, el banco: Garantiza solidariamente el cumplimiento de la obligación del comprador en la operación subyacente. Garantiza al beneficiario subsidiariamente el cumplimiento de la obligación del comprador en la operación subyacente. Queda irrevocablemente obligado frente al beneficiario a pagar el precio de la mercancía contra la entrega de los documentos exigidos. En el contrato de descuento: La entidad crediticia anticipa a un cliente el importe de un crédito pecuniario no vencido que éste tiene contra un tercero, con deducción de un interés o porcentaje y a cambio de la cesión del crédito mismo “salvo buen fin”. La función del contrato no es crediticia, sino exclusivamente de garantía. Ninguna es correcta. En el contrato de leasing, la posición de la entidad de "leasing" se caracteriza porque: Compra el bien objeto del contrato por cuenta del cliente y es éste quien adquiere la propiedad. Responde frente al cliente de los vicios que puedan aquejar al bien cedido. Conservará titularidad del bien, pero no asume los riesgos de su pérdida o deterioro. En el contrato de descuento la entidad descontante: No puede actuar contra el deudor del crédito descontado si éste se niega a su pago. Esta obligada a actuar contra el deudor del crédito descontado. Debe realizar todos los actos necesarios para la conservación del crédito descontado. El Código de comercio establece que la forma escrita: Es un elemento esencial para la validez del contrato de préstamo. Es necesaria si se pactan intereses remuneratorios. Ninguna es correcta. El contrato de cuenta corriente bancario es: Consensual. Formal. Real. La sociedad de factoring: Se encarga, como regla general, de gestionar el cobro de los créditos que le son asignados y llevar su contabilidad. Siempre anticipa al titular del derecho de crédito el importe de los créditos (servicio de financiación). Financia al empresario o usuario la adquisición de un bien mueble o inmueble. Señale cual de las siguientes afirmaciones es correcta en relación con el crédito documentario: El crédito documentario se utiliza exclusivamente en las compraventas a distancia marítimas e internacionales. El banco del ordenante se obliga irrevocablemente al pago en efectivo al beneficiario contra la recepción de los documentos exigidos en todo caso. Nuestro ordenamiento jurídico, al igual que otros muchos, carece de una regulación positiva del crédito documentario. La clausula “salvo buen fin” en el contrato de descuento: Supone que ante el impago por parte del tercero, las entidades de crédito hacen uso de tal cláusula exigiendo directamente de su cliente la devolución del importe anticipado, reintegrándole en la titularidad del crédito contra el tercero. Solamente existe en las lineas de descuento. Ninguna respuesta es correcta. El contrato por el que una entidad de crédito recibe una determinada suma de un cliente para ponerla a disposición de otra persona en efectivo, en un lugar distinto, es un contrato de: Transferencia externa. Transferencia directa. Giro. Una diferencia entre el contrato de cuenta corriente y la denominada cuenta corriente bancaria es que: La denominada cuenta corriente bancaria no es una auténtica figura contractual. La cuenta corriente bancaria es un contrato consensual y el contrato de cuenta corriente es un contrato formal. En la cuenta corriente bancaria no hay reciproca concesión de crédito. Lo depósitos bancarios de uso: Son depósitos abiertos de numerario. Son depósitos administrados. Ninguna es correcta. Las operaciones de pasivo, en sentido lato, son: Las de colocación e inversión de los recursos de que disponen las entidades de crédito. Las de concesión de créditos a terceros de manera directa. Las que permiten a las entidades de crédito la captación de recursos. La forma escrita es exigida por el Código de comercio: Para la validez del préstamo. Para la prueba de su existencia. Para el pacto de intereses remuneratorios. Señale cual de las siguientes afirmaciones generales en relación con los contratos bancarios es correcta: Los contratos bancarios se caracterizan, entre otras notas, por ser con carácter general contratos típicos. La normativa de protección al consumidores aplica a los contratos bancarios con independencia de que el cliente pueda ser considerado consumidor no. Los contrarios bancarios se han clasificado tradicionalmente distinguiendo entre contratos u operaciones activas, pasivas y neutras. Señale cual de las siguientes afirmaciones es correcta en relación con la transferencia bancaria: Se denomina transferencia directa a la realizada entre cuentas de un cliente mantenidas en una misma entidad. Se denomina transferencia externa a la que debe realizarse entre cuentas de entidades distintas. Ninguna es correcta. La apertura de crédito impropia se caracteriza por: Al contrario que la apertura de crédito ordinaria, aquélla no es fraccionable. Es transmisible, salvo que expresamente se haga constar lo contrario en el contrato. Al contrario que la apertura de crédito ordinaria, la operación tiene siempre una finalidad solutoria. El contrato bancario de apertura de crédito se extingue: Por la quiebra de cualquiera de las partes. Por denuncia unilateral del Banco acreditante. Las dos respuestas anteriores son correctas. El contrato bancario por el cual el Banco carga en la cuenta de un cliente una determinada suma que pone a disposición de otra persona en una plaza bancaria distinta se denomina: Giro. Transferencia. Crédito revocable. El contrato bancario de apertura de crédito ordinaria se diferencia del préstamo en que: Es un contrato consensual. Es un contrato real y bilateral. Es un contrato real y unilateral. El crédito documentado es transmisible: Si así se ha hecho constar expresamente. Salvo que se haya pactado su intransmisibilidad. Es transmisible siempre, pero sólo podrá transferirse una sola vez. En el crédito documentado el Banco asume responsabilidad en cuanto: La suficiencia, exactitud y autenticidad de los documentos. La descripción de las mercancías que representan. La regularidad externa o aparente de los documentos. En el contrato de descuento la posición del Banco se caracteriza por: No asume la titularidad del crédito, que puede devolverlo a su cliente. Adquiere la titularidad del crédito y asume la obligación de realizar todos los actos conservativos del mismo. Adquiere la titularidad del crédito, obligándose a actuar contra el deudor. En el descuento de letras documentadas la posición del Banco se caracteriza por: Entrar en el contrato de compraventa adquiriendo las mercancías vendidas por medio de los títulos representativos de las mismas. Adquirir la propiedad de los documentos representativos de las mercancías vendidas, como medio de garantía. Adquirir la propiedad de la letra. La apertura de crédito ordinaria es un contrato: Consensual y unilateral. Consensual y bilateral. Real y unilateral. El contrato por el que un Banco anticipa a una persona el importe de un crédito pecuniario que ésta tiene contra un tercero, con deducción de un interés y a cambio de la cesión del crédito mismo salvo buen fin, es un contrato: De apertura de crédito impropia. De crédito documentado. De descuento. La apertura de crédito ordinaria es un contrato: Formal. Real. Consensual. En el crédito documentado el Banco responde: De la suficiencia, validez y regularidad de los documentos contra los que se negocie. De la suficiencia, exactitud y autenticidad de los mismos. Del retraso o de las pérdidas que puedan sufrir la tramitación de los documentos, cartas o cualesquiera despachos. Crédito documentado confirmado es aquél por virtud del cual: El beneficiario puede decidir que el crédito sea utilizado por uno o más terceros. Detrás del Banco emisor hay otro Banco que se compromete a atender el crédito. El Banco que concede el crédito se obliga en firme con el cliente que da la orden y con el beneficiario. Crédito documentado confirmado es aquél por virtud del cual: El beneficiario puede decidir que el crédito sea utilizado por uno o más terceros. El Banco que concede el crédito se obliga en firme con cliente que da la orden y con el beneficiario. Detrás del Banco emisor hay otro Banco que se compromete a atender el crédito. En el contrato de descuento bancario la posición del Banco se caracteriza por lo siguiente: No adquiere la titularidad del crédito descontado, aunque debe evitar su perjuicio. Adquiere la titularidad del crédito descontado obligándose a actuar contra el deudor ni se niega a satisfacerlo. Adquiere la titularidad del crédito descontado y la obligación de evitar su perjuicio. En el descuento de letras documentadas la posición del Banco se caracteriza por: El Banco adquiere la propiedad de la letra y de los documentos representativos de la mercancías. El Banco sólo adquiere la propiedad de la letra sirviendo de garantía los documentos correspondientes. El Banco adquiere la propiedad de la letra, pero sobre los documentos o sobre las mercancías no tiene derecho alguno por ser ajenos a la relación de crédito. El contrato de apertura de crédito, según el Profesor URÍA, es: Un contrato unilateral en la medida en que el cliente sólo queda obligado si dispone total o parcialmente del crédito. Un contrato único con una única obligación, en relación con la cual los actos de disposición del crédito no son sino actos de cumplimiento. Un contrato complejo, compuesto de un contrato preliminar de promesa de préstamo y uno o varios contratos definitivos de préstamo. En la apertura de crédito irrevocable la obligación del Banco con el beneficiario se caracteriza por: Es una obligación directa pero no autónoma vinculada a las incidencias de la relación del Banco con el ordenante del crédito. El Banco se obliga sin más a pagar al beneficiario-vendedor el precio de la compraventa que sirve de base a la apertura del crédito. El Banco se obliga a pagar al beneficiario-vendedor el precio de la compraventa que sirve de base al crédito, si el ordenante comprador se da por satisfecho de los objetos recibidos. El crédito documentado revocable: Puede ser modificado o cancelado por el Banco emisor en cualquier momento y sin previo aviso al beneficiario. No puede ser cancelado por el Banco emisor si ha recibido provisión anticipada del cliente para hacer el pago al vendedor-beneficiario. No puede ser cancelado si el vendedor-beneficiario ha iniciado ya la expedición de las mercancías sobre la base del aviso o notificación del crédito. En el descuento bancario, si el crédito descontado no es pagado a su vencimiento, el Banco: Puede dirigirse directamente contra el tercero deudor para su cobro. Puede devolver el título al cliente-descontante a cambio de la suma anticipada más gastos. Las dos respuestas anteriores son correctas. En el crédito documentado irrevocable: El Banco asume un compromiso directo y en firme frente al beneficiario. La obligación del Banco frente al beneficiario funcionada ligada a la relación existente entre el Banco y el cliente ordenador. El Banco sólo queda directamente vinculado con el cliente ordenador. Según URÍA, en el descuento de letras documentadas, el Banco: Adquiere la propiedad de la letra descontada y la de los documentos representativos de las mercancías vendidas. No adquiere la propiedad de la letra descontada, ni la de los documentos representativos de las mercancías vendidas. Adquiere la propiedad de la letra descontada, pero no la de los documentos representativos de las mercancías vendidas. En el crédito documentado, el Banco: Responde del retraso que puedan sufrir en su tramitación cualquiera despachos, cartas o documentos. No responde en ningún caso de la validez de los documentos. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. Del contrato de descuento puede decirse que: Es un contrato bilateral que genera para el descontatario la obligación de entregar los títulos y para el Banco la de entregar la suma correspondiente. Es un contrato parcialmente oneroso pues no produce más ventaja real que el beneficio que para el Banco supone el interés que deduce. Es un contrato no formal que puede convenirse de palabra. Los depósitos bancarios llamados depósitos de efectos en custodia pierde su naturaleza de depósito regulares: Cuando se refieren a valores negociables incluidos en el sistema de liquidación de operaciones bursátiles previsto en el R.D. de 14 de febrero de 1992. Cuando formalizan en documentos o resguardos transferibles. En cualquiera de los dos supuestos anteriormente mencionados. Los depósitos bancarios llamados depósitos de efectos en custodia pierde su naturaleza de depósito regulares: Cuando se refieren a valores negociables incluidos en el sistema de liquidación de operaciones bursátiles previsto en el R.D. de 14 de febrero de 1992. Cuando formalizan en documentos o resguardos transferibles. En cualquiera de los dos supuestos anteriormente mencionados. El crédito documentado revocable, según la generalidad de la doctrina, se caracteriza por: El Banco se limita a poner en conocimiento del beneficiario su apertura sin comprometerse ni a mantenerlo ni a pagar. El Banco está obligado a pagarlo si ha recibido provisión anticipada del cliente. Si el beneficiario ha iniciado ya el envío de las mercancías no puede el Banco revocarlo sin incurrir en responsabilidad. Los depósitos bancarios de uso se caracteriza por: Son depósitos irregulares en los que desaparece la finalidad de custodia convirtiéndose en verdaderos mutuos. Son depósitos de numerario. Son depósitos de uso de efectos o títulos de crédito. El contrato bancario de apertura de crédito ordinaria: Es un contrato consensual y bilateral. Es un contrato real y bilateral. Es un contrato formal. |




