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Derecho de las obligaciones final uk

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Título del Test:
Derecho de las obligaciones final uk

Descripción:
Final UK- EN PROCESO

Fecha de Creación: 2025/07/16

Categoría: Otros

Número Preguntas: 115

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Cuando existen prestaciones pendientes de cumplimiento cualquiera puede transmitir su posición contractual a un 3ero. V. F.

El derecho de daños tiene la función de compensar, prevenir y sancionar. V. F.

El objeto de la prestación en su nacimiento puede ser indeterminado. V. F.

El pago puede consistir en una prestación distinta si el acreedor lo exige. V. F.

El pago espontaneo de una obligación prescripta no es repetible. V. F.

El pago puede tornarse de imposible cumplimiento. V. F.

El pago puede contener una obligación de hacer. V. F.

El pago libera al deudor de la obligación extinguiéndola. V. F.

El endoso transmite la posesión del título. V. F.

El endoso es equiparable a la existencia de un nuevo título. V. F.

En las obligaciones alternativas el deudor extingue la obligación ejecutando una sola de las prestaciones. V. F.

En las obligaciones divisibles está permitido el cumplimiento parcial. V. F.

Las obligaciones de género están determinadas por su especie y cantidad. V. F.

En las obligaciones alternativas las partes pueden acordar que la elección la realice un 3ro. V. F.

En las obligaciones facultativas el acreedor puede elegir solo la obligación principal y no la accesoria. V. F.

En las obligaciones simplemente mancomunadas existen varios acreedores, varios deudores pero con prestaciones independientes entre sí. V. F.

En el caso de deudor y acreedor singular la obligación divisible debe cumplirse por entero. V. F.

En la asunción de deuda, una vez aceptada, el deudor queda liberado. V. F.

En los títulos al portador, el mismo se transmite por vía de endoso. V. F.

En una obligación de hacer al acreedor puede permitírsele la destrucción de lo hecho más acción por daños y perjuicios. V. F.

Endoso al portador y endoso en blanco es lo mismo. V. F.

Es válido el endoso sin mención del endosatario. V. F.

La acción por daños y perjuicios es un medio subsidiario de resolver la cuestión cuando ha habido incumplimiento. V. F.

La sentencia en la acción subrogatoria hace cosa juzgada a favor o en contra del deudor citado haya o no comparecido. V. F.

La promesa abstracta de deuda crea una obligación nueva. V. F.

La solidaridad es activa cuando se refiere a que cualquiera de los acreedores puede exigir el total de la prestación. V. F.

La cláusula penal puede beneficiar a un tercero. V. F.

La cláusula penal es una obligación accesoria. V. F.

La obligación de no hacer es aquella que tiene por objeto una abstención del deudor o tolerar una actividad ajena. V. F.

La obligación es alternativa irregular cuando la elección corresponde al acreedor. V. F.

La obligación puede tener su origen en una promesa abstracta de deuda. V. F.

La presunción en relación a la fuente de la obligación es siempre legítima. V. F.

La Mora es un estado. V. F.

Las limitaciones impuestas a los actos jurídicos y al objeto de los contratos, puede ser una limitación en la transmisión de derechos. V. F.

Las obligaciones pueden ser de dar, hacer y no hacer. V. F.

Los derechos personales no están limitados por la ley. V. F.

Lo que se recupera producto de la acción directa ingresa al patrimonio del acreedor que la dirige. V. F.

Los intereses punitorios se rigen por las normas de la cláusula penal. V. F.

Para acceder a la ejecución forzada por medio de terceros el acreedor no necesita autorización judicial. V. F.

Tanto la cesión de deuda como en la asunción de deuda, el deudor queda obligado, solo si el acreedor lo admite expresamente. V. F.

Un derecho puede transmitirse por causa de muerte. V. F.

Un derecho puede transmitirse por testamento. V. F.

Un título podría contener más de un endoso. V. F.

El fiador puede oponer compensación. V. F.

La cesión de posición contractual es aquella situación de una o más personas en un contrato en el que están en contraposición a los intereses de la otra u otros que intervienen en el. V. F.

El pago puede tornarse de imposible cumplimiento. V. F.

Cuando debemos dar cosas ciertas para constituir derechos reales debemos ser propietarios de la cosa. V. F.

El fiador puede oponer compensación. V. F.

Algunas obligaciones de hacer solo pueden ser cumplidas por el deudor y no terceros, las obligaciones de dar pueden cumplirlas terceras personas. V. F.

¿Cuándo un derecho no es transmisible?. Cuando hay estipulación entre las partes. Cuando hay prohibición legal. Cuando es contrario a la moral y a las buenas costumbres.

Cuando la ley habla de ejecución forzada, puede llegar hasta la prisión del deudor. V. F.

Cuando la contratación de un servicio, incluidos los servicios públicos domiciliarios, haya sido realizada en forma telefónica, la rescisión para que opere debe ser hecha por escrito y en forma fehaciente. V. F.

Cualquier obligación puede ser cumplida por un tercero distinto del deudor. V. F.

Dentro de las fuentes modernas de las obligaciones se incluyen los contratos. V. F.

El incumplimiento de las personas de las que se sirvió el deudor para cumplir la obligación no obliga al deudor mismo. V. F.

El contrato es parte de las fuentes modernas de las obligaciones. V. F.

El endoso necesita de sello aclaratorio para su validez. V. F.

El endoso debe ser efectuado 5 días hábiles antes del vencimiento del documento. V. F.

El pago es una forma de novación de las obligaciones. V. F.

El reconocimiento es una nueva causa de deber. V. F.

En la acción directa el acreedor se coloca en el lugar de su deudor para ejecutar a un 3ero., deudor de este último. V. F.

En las obligaciones con cláusula penal, el acreedor puede pedir el cumplimiento de la obligación y a su vez la cláusula penal. V. F.

Las obligaciones de hacer en las que se tiene en cuenta el aspecto objetivo del contenido de la prestación no pueden ser cumplidas por un tercero. V. F.

En los derechos personales existen solo dos elementos sujeto activo (acreedor) y sujeto pasivo (deudor). V. F.

En las obligaciones solidarias de los deudores solidarios puede pagar solo el elegido por el acreedor. V. F.

En las obligaciones alternativas el deudor está obligado al cumplimiento de las dos prestaciones para extinguir la obligación. V. F.

En las obligaciones concurrentes varios deben lo mismo del mismo objeto y por la misma causa. V. F.

En la cesión de posición contractual la aceptación de las partes debe ser dada simultáneamente bajo pena de nulidad. V. F.

Es eficaz la conformidad prestada por el acreedor de la asunción de deudas realizada a través de un contrato de adhesión. V. F.

La acción reivindicatoria no procede cuando se trata de cosas robadas o perdidas. V. F.

La ley de defensa del consumidor alcanza a la profesión de abogado quienes pueden ser denunciados a través de esta normativa. V. F.

La obligación de hacer consiste en una abstención y en el género de las obligaciones negativas. V. F.

La obligación es un vínculo jurídico entre dos personas deudor y acreedor. V. F.

La obligación puede carecer de causa. V. F.

La conformidad hecha por el acreedor en la cesión de deudas no puede ser otorgada con posterioridad a dicha cesión. V. F.

La mora del acreedor no suspende el curso de los intereses. V. F.

La conformidad del acreedor en la cesión de deudas puede deducirse en forma implícita. V. F.

Las obligaciones pertenecen a la esfera de los derechos. V. F.

Las obligaciones alternativas tienen su origen en varias causas. V. F.

Las obligaciones alternativas tienen una obligación principal y una accesoria. V. F.

Los derechos personales gozan del Ius persequendi, ius fruendi, ius abutendi. V. F.

Los bienes afectados a cualquier religión reconocida por el Estado, pueden ser embargados en relación a una deuda. V. F.

Los acreedores quirografarios tienen privilegio de cobro con anterioridad al resto de los acreedores. V. F.

Los derechos personales son absolutos. V. F.

Los intereses son sanciones conminatorias de carácter pecuniario. V. F.

Para el ejercicio de la acción subrogatoria se necesita autorización judicial previa. V. F.

Puede colocarse una condición en el endoso. V. F.

Si existe cesión de deuda hay novación. V. F.

Un sujeto que reconoce una obligación inexistente está obligado. V. F.

En la promesa de liberación existen 3 sujetos contractuales y se tiene que realizar por escrito y notificar fehacientemente al acreedor originario. V. F.

Las obligaciones entre particulares y el Estado son siempre compensables. V. F.

El requisito de pago llamado puntualidad significa que se debe pagar en el lugar indicado. V. F.

Las obligaciones naturales son susceptibles de ser compensadas. V. F.

El deudor cedido es parte del contrato de cesión. V. F.

En las obligaciones de hacer en las que se tiene en cuenta el aspecto objetivo del contenido de la prestación, no puede ser cumplido por un tercero. V. F.

El deudor se libera aunque el acreedor no aceptara si deposita una suma equivalente en dinero cuando debía entregar una cosa cierta. V. F.

¿A qué se presume que se imputa el primero?. Intereses. Custodia. Posesión. Curatela.

¿Cómo debe estar creado un título para ser transferido por vía de endoso?. Cedible. A la orden. Nominativo. Verificable.

Como regla general en las obligaciones de dar para restituir la cosa, ¿qué requisito le exige al deudor cuando existe más de un acreedor?. Que se cite a los otros que la hayan pretendido. Que se indemnice a los que manifiesten interés legítimo. Que se acredite la buena fe del reclamante principal. Que se registre la voluntad de cumplimiento ante escribano.

¿Cuántas fuentes se mencionan en las institutas de Justiniano?. 4. 5. 3.

¿Cuál es el efecto secundario en la obligación?. Acciones de ejecución forzosa inmediata. Acciones de protección del patrimonio. Acciones de nulidad absoluta. Acciones de suspensión temporal.

¿Cuál de estas obligaciones de hacer pueden ser cumplidas por un tercero?. Fungible. No fungibles. Unilaterales. No delegables.

Cuál es la medida cautelar que impide al deudor vender sus bienes, pero que se solicita cuando no se conocen bienes en cabeza del... Inhibición general de bienes. Limitación judicial sobre bienes. Anotación preventiva registral. Restricción cautelar de titularidad.

Cuál es el plan genérico de la Prescripción?. 5 años. 4 años. 2 años.

¿Cuáles fueron las fuentes modernas de las obligaciones? Respuestas múltiples. Enriquecimiento sin causa. Gestión de negocios. Voluntad unilateral. Prescripción adquisitiva.

Cuando se paga una obligación con intereses y no se especifica a nada en especial, ¿A qué se presume que se imputa primero?. Intereses. Mora. Multa. Comisiones.

¿Cuándo estamos frente a una obligación solidaria? Respuestas múltiples. Cuando la obligación se divide en partes iguales entre acreedores. Cuando a cada acreedor se le puede abonar el total de la obligación. Cuando cada deudor responde por el total de la obligación.

¿Cuándo se produce la mora del deudor en la llamada mora automática? Respuestas múltiples. Sin notificación. Después de la interpelación formal. Por el mero transcurso del tiempo.

¿Cuándo un título valor se debe transferir por medio de la figura cesión de derechos?. Cuando el título tiene la leyenda “no a la orden”. Cuando el título incluye cláusula de endoso restrictivo. Cuando el título es emitido en formato digital únicamente.

¿Cuándo el acreedor ingresa en mora debe resarcir por daños y perjuicios al deudor?. si. no.

Cuando hablamos de sanciones, una vez verificada la existencia de la infracción, quienes la hayan cometido serán pasibles de: • a) Apercibimiento. • b) Multa de PESOS CIEN ($ 100) a PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000). • c) Decomiso de las mercaderías y productos objeto de la infracción. • d) Clausura del establecimiento o suspensión del servicio afectado por un plazo de hasta TREINTA (30) días. • e) Suspensión de hasta CINCO (5) años en los registros de proveedores que posibilitan contratar con el Estado. • f) La pérdida de concesiones, privilegios, regímenes impositivos o crediticios especiales de que gozare.

Como debe estar creado un título para ser transferido por vía de endoso?. Debe estar creado “a la orden”. Debe estar creado “a título oneroso”. Debe estar creado “con cláusula restrictiva”.

¿Cómo se extingue una obligación de no hacer?. No contratar con determinadas personas. Autorizando mediante poder especial. Solicitando judicialmente la nulidad del contrato.

¿El delito es una fuente de las obligaciones?. Si. No.

El pago solo se prueba con recibo extendido del acreedor. si. no.

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