derecho penal ch b
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![]() derecho penal ch b Descripción: test de derecho penal |



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SIMULADOR DE DERECHO PENAL 6. El Art. 55 del COIP establece un máximo de 40 años para la acumulación de penas privativas de libertad. ¿Qué establece para las multas?. No se pueden acumular. Se acumulan sin ningún límite. Se acumulan hasta un máximo de 100 salarios básicos. Se podrán acumular hasta el doble de la máxima aplicada. Según el diagrama de la "Extinción de la Acción Penal", ¿cuál de las siguientes es una causal de extinción?. Amnistía. Cumplimiento integral de la pena. Recurso de revisión favorable. Indulto. El principio non bis in ídem (art. 5, núm. 9, COIP) significa que: Siempre habrá doble sanción penal y administrativa. Las decisiones de la justicia indígena no cuentan. Una persona puede ser sancionada dos veces si el juez lo estima. Nadie puede ser juzgado ni penado más de una vez por los mismos hechos. . En los delitos de omisión propia, ¿cuál es el primer elemento del aspecto objetivo, también conocido como "situación generadora del deber de actuar"?. La medida de seguridad. La situación típica. La posición de garante. El injusto doloso. El Código Orgánico Integral Penal (COIP) ecuatoriano refiere explícitamente en su Capítulo Octavo, Sección Segunda, que un tipo específico de delitos se han de considerar culposos. ¿Cuáles son?. Delitos contra la administración pública. Delitos en materia de tránsito. Delitos contra la fe pública. Delitos contra la inviolabilidad de la vida. Según el COIP, ¿qué es la culpa?. La infracción del deber objetivo de cuidado que produce un resultado dañoso. La previsión del resultado sin aceptación. El designio de causar daño. La omisión deliberada en posición de garante. . El Art. 53 del COIP establece el principio de Legalidad de la Pena. ¿Qué prohíbe este principio?. La imposición de penas más severas que las determinadas en los tipos penales y las penas indefinidas. La individualización de la pena por parte del juzgador. La aplicación de medidas de seguridad a personas inimputables. La consideración de atenuantes y agravantes al momento de sentenciar. El principio de mínima intervención (última ratio) previsto en el art. 3 del COIP implica que. El Derecho penal debe intervenir de manera preferente frente a otras ramas. El Derecho penal solo se legitima cuando es estrictamente necesario para proteger a las personas. La sanción penal se aplica aunque existan mecanismos extrapenales suficientes. Debe castigarse toda conducta inmoral. El delito permanente se caracteriza porque: Consiste en varias acciones independientes unificadas dogmáticamente. En la legislación ecuatoriana (COIP), ¿cuáles son las tres formas en las que se basa la individualización de las penas?. La consumación y la lesión se agotan instantáneamente. Requiere pluralidad de víctimas indeterminadas. La consumación crea una situación antijurídica que se prolonga y puede cesar por la conducta del autor. En la legislación ecuatoriana (COIP), ¿cuáles son las tres formas en las que se basa la individualización de las penas?. Amnistía, indulto y prescripción. Dolo, culpa y preterintención. Rehabilitación, reinserción y disuasión general. Circunstancias del hecho, condiciones de la víctima y grado de participación. Según el jurista Ferrajoli (1995), ¿a qué se refiere la determinación?. Al cumplimiento de la pena máxima de 40 años en el COIP. A la extinción de la pena por muerte del condenado. A la necesidad de determinar las especificaciones que hacen un hecho distinto del otro, cuya individualización compete al juez. Al endurecimiento de las penas para lograr la disuasión general. En el concurso ideal de infracciones (art. 21 COIP): Se suman todas las penas impuestas. Varias acciones producen un solo delito. Una sola conducta realiza varios tipos penales y se aplica la pena de la infracción más grave. Varias conductas realizan un mismo tipo penal.. Según la teoría del delito, ¿cuáles son sus cuatro elementos básicos que deben concurrir para afirmar la existencia de un delito?. Acción, tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad. Hecho, dolo, culpa y pena. Acción, antijuridicidad, imputabilidad, punibilidad. Conducta, tipicidad, punibilidad y daño. El Art. 43 del COIP define al cómplice como la persona que, en forma dolosa, facilita o coopera con: Actos principales y necesarios para la ejecución. Actos posteriores a la ejecución para ocultar la infracción. La planificación intelectual del delito. Actos secundarios, anteriores o simultáneos a la ejecución. En el concurso ideal de infracciones (art. 21 COIP): Una sola conducta realiza varios tipos penales y se aplica la pena de la infracción más grave. Varias acciones producen un solo delito. Varias conductas realizan un mismo tipo penal. Se suman todas las penas impuestas. ) Según el art. 58 del COIP, las penas pueden ser: Privativas de libertad, no privativas de libertad y restrictivas de los derechos de propiedad. Morales, religiosas y éticas. Pecuniarias, honoríficas y comunitarias. Administrativas, disciplinarias y civiles. Respecto de la tipicidad, ¿cuál es su definición clásica?. La culpabilidad del autor por el resultado. La antijuridicidad del comportamiento. La valoración social del daño causado. La adecuación de un hecho a la descripción que hace la ley penal. Según el Art. 51 del COIP, la pena se define como: Un conjunto de factores o circunstancias previstos por el legislador. Una restricción a la libertad y a los derechos de las personas, como consecuencia jurídica de sus acciones u omisiones punibles. Una medida con fines preventivos impuesta a inimputables. Un medio de prevención y reinserción social. Según el Art.57 del COIP sobre la Reincidencia, ¿qué requisito exige esta figura respecto al elemento subjetivo?. Que la reincidencia solo procede si el primer delito fue doloso y el segundo culposo. Que la reincidencia solo procederá en delitos con los mismos elementos de tipicidad de dolo y culpa, respectivamente. Que el dolo eventual no cuenta para la reincidencia. Que el nuevo delito sea siempre culposo. Según el Profesor Zambrano Pasquel, ¿cómo se define la culpabilidad. El juicio de reproche personal que se le formula al sujeto por el delito, a sabiendas que pudo evitarlo. La relación entre la conducta del autor y una norma de deber. Todo el contenido subjetivo del delito, incluyendo el dolo y la culpa. El conjunto de presupuestos que fundamentan la reprochabilidad. Según el Art. 37 del COIP, si una persona comete una infracción (que no sea de tránsito) bajo efectos del alcohol o sustancias, y esta situación deriva de un caso fortuito que la priva del conocimiento al momento del acto, ¿cuál es la consecuencia jurídica?. Se considera una circunstancia agravante. No hay responsabilidad. Hay responsabilidad sin atenuantes ni agravantes. Hay responsabilidad atenuada. La “teoría del juicio hipotético” de la norma penal concibe la norma como. Un consejo para la convivencia social. Un juicio que vincula condición (delito) y consecuencia (sanción). Un mandato moral absoluto. Una práctica reiterada (costumbre). El art. 59 del COIP establece que las penas privativas de libertad tienen una duración de: Indeterminada. Hasta veinte años. Hasta cuarenta años. Hasta treinta años. El principio de legalidad en materia penal se resume en el aforismo: Non reformatio in peius. Nulla poena sine culpa. Nullum crimen, nulla poena sine lege previa. In dubio pro reo. ¿Cuál de las siguientes sí es una pena no privativa de libertad prevista en el art. 60 del COIP?. Prisión preventiva. Obligación de prestar un servicio comunitario. Pena de muerte. Aislamiento carcelario permanente. De acuerdo con el Art. 54 del COIP, al individualizar la pena, ¿qué debe observar la o el juzgador?. La opinión pública sobre el caso. El libro preliminar del COIP. Las circunstancias del hecho punible, atenuantes y agravantes. El máximo de acumulación de 40 años. 8. En el "Injusto doloso de omisión", ¿en qué consiste el dolo?. En el simple incumplimiento de un deber de actuar. En desconocer la posición de garante. En conocer la situación típica que genera el deber de actuar y tener la voluntad de no realizar la acción mandada. En causar un resultado por infringir un deber de cuidado al omitir. ¿Cuál es la diferencia básica entre tipicidad objetiva y subjetiva?. La objetiva mira a la acción y al resultado; la subjetiva, a la motivación (dolo o culpa). La objetiva mira al dolo; la subjetiva, al resultado. La objetiva mira a la peligrosidad; la subjetiva, a la antijuridicidad. La objetiva mira a la pena; la subjetiva, al bien jurídico. En el concurso real de infracciones (art. 20 COIP): Se impone una medida de seguridad en lugar de pena. Se acumulan las penas hasta el doble de la más grave, sin exceder 40 años. Se aplica únicamente la pena del delito más grave. Se suman las penas sin límite. ¿Qué se entiende por “acción” en la teoría del delito?. Solo las omisiones con resultado lesivo. Cualquier movimiento corporal, voluntario o no. Un mero pensamiento sin manifestación externa. La exteriorización de la voluntad humana que se materializa en la realidad. En la comparación de escuelas penales, ¿qué afirma la Escuela Clásica sobre el delito según Carrara?. Es un fenómeno fáctico y social. Es un fenómeno exclusivamente biológico. Es un mal necesario para reeducar. Es la infracción de la ley del Estado, resultado de un acto externo, moralmente imputable y políticamente dañoso. Según el tratadista Bacigalupo (1996), ¿cuál es la diferencia fundamental entre el delito doloso y el delito culposo?. En el culposo no existe un nexo causal entre la acción y el resultado. El culposo solo se castiga si el resultado es grave; el doloso siempre se castiga. El culposo siempre implica una omisión, mientras el doloso una acción. En el culposo, la consecuencia y la finalidad no coinciden; en el doloso sí. Si un sujeto conoce perfectamente lo que hace (sabe que mata a otro), pero cree erróneamente que su conducta está permitida (error de prohibición), ¿cómo afecta esto a su responsabilidad según la teoría normativa?. Se excluye la tipicidad. Se excluye el dolo. Se excluye o atenúa la culpabilidad. Se excluye la antijuridicidad. Para que exista estado de necesidad, ¿qué requisito NO corresponde?. Peligro real y actual del derecho protegido. Falta de otro medio menos perjudicial. Existencia de provocación suficiente del defendido. Resultado de la protección no mayor que el daño evitado. ¿Cuál de las siguientes sí es una pena no privativa de libertad prevista en el art. 60 del COIP?. Pena de muerte. Aislamiento carcelario permanente. Prisión preventiva. Obligación de prestar un servicio comunitario. En la legislación ecuatoriana (COIP), ¿cuáles son las tres formas en las que se basa la individualización de las penas?. Dolo, culpa y preterintención. Rehabilitación, reinserción y disuasión general. Amnistía, indulto y prescripción. Circunstancias del hecho, condiciones de la víctima y grado de participación. ¿Cuál es la fuente directa del Derecho penal según los compendios?. La doctrina. La jurisprudencia. La costumbre. La ley. ¿Cómo se define la "culpa consciente" según el profesor Zambrano Pasquel (2014)?. Cuando el autor ha previsto la posible producción del resultado, pero actúa confiando en que no se producirá. Cuando el autor actúa por una mala dirección de los impulsos. Cuando el autor desea directamente la producción del resultado. Cuando el sujeto no emplea la diligencia y prudencia necesarias. ¿Cuál de los siguientes enuncia correctamente un requisito de la legítima defensa?. Necesidad simbólica de la defensa. Agresión actual e ilegítima. Lesión futura e hipotética. Provocación suficiente del agredido. ¿Qué describe la “omisión dolosa” en el COIP?. Causar un resultado más grave que el querido. No evitar un resultado típico por negligencia. No evitar un resultado material típico deliberadamente estando en posición de garante. No impedir un acontecimiento por caso fortuito. . Según Eugenio Raúl Zaffaroni, el principio de "Derecho Penal como Último Recurso" (ultima ratio) significa que: El juez tiene la última palabra en la determinación de la pena, sin importar la ley. Se debe usar el Derecho Penal solo cuando otras formas de control social han fallado. La pena debe ser lo más dura posible para asegurar la disuasión. Se debe priorizar el derecho penal sobre el derecho civil en todos los casos. El Art. 42 del COIP establece las modalidades de autoría. ¿Cuál de las siguientes no es una modalidad de autoría reconocida en ese artículo?. Autoría directa. Autoría mediata. Coautoría. Autoría por inducción. En la comparación de escuelas penales, ¿qué afirma la Escuela Clásica sobre el delito según Carrara?. Es la infracción de la ley del Estado, resultado de un acto externo, moralmente imputable y políticamente dañoso. Es un fenómeno exclusivamente biológico. Es un fenómeno fáctico y social. Es un mal necesario para reeducar. El principio non bis in ídem (art. 5, núm. 9, COIP) significa que: Las decisiones de la justicia indígena no cuentan. Una persona puede ser sancionada dos veces si el juez lo estima. Siempre habrá doble sanción penal y administrativa. Nadie puede ser juzgado ni penado más de una vez por los mismos hechos. Si una persona deja aprendida y luego condenada a 8 años de prisión, Pero ya cumplido 2 años bajo arresto domiciliario como medida cautelar ¿Qué duración efectiva le resta por cumplir, según el COIP?. 4 años por criterio de proporcionalidad. 2 años porque el juez puede reducir la pena discrecionalmente. 6 años, ya que el tiempo de arresto domiciliario se descuenta totalmente. 8 años completos, ya que la resto domiciliaria no se descuenta. |




