DERECHO PENAL I
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Título del Test:
![]() DERECHO PENAL I Descripción: Tema 5 sacado de los apuntes |



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El dolo comprende: A. Dos elementos, el elemento cognoscitivo o intelectual y el dolo eventual. B. Tres elementos, el elemento cognoscitivo, el volitivo y el intelectual. D. Tres elementos, el elemento cognoscitivo, el volitivo y el dolo eventual. C. Dos elementos, el elemento cognoscitivo o intelectual y el volitivo o intención. Las clases de dolo son: A. El dolo directo de primer grado, el dolo directo de segundo grado y el dolo de directo de tercer grado. B. El dolo directo de primer grado, el dolo eventual y el directo de cuarto grado. C. El dolo directo de primer grado, el dolo directo de segundo grado y el dolo eventual. D. El dolo directo, el dolo eventual y el dolo imprudente. El dolo eventual: A. Es lo mismo que la culpa consciente. B. Es lo mismo que la imprudencia profesional. C. Es lo mismo que la imprudencia consciente. D. No es lo mismo que la culpa consciente. El dolo eventual: A. No existe al no estar previsto expresamente en el CP. B. Es lo mismo que el dolo directo. C. Es lo mismo que el dolo indirecto. D. Ninguna es correcta. El dolo eventual: A. No existe al no estar previsto expresamente en el CP. B. Existe, pero solo se aplica a los delitos especiales propios. C. Existe, pero solo se aplica a los delitos especiales impropios. D. Ninguna es correcta. El dolo directo: A. No existe al no estar previsto expresamente en el CP. B. Es lo mismo que el dolo directo. C. Es lo mismo que el dolo indirecto. D. Ninguna es correcta. Los elementos del dolo eventual son: A. La acción y la omisión. B. La culpa y la pena. C. La culpabilidad y la antijuridicidad. D. Ninguna es correcta. El dolo se compone de: A. Un elemento volitivo y un elemento intelectual. B. Dos elementos: uno activo y otro pasivo. C. Tres elementos: acción, tipicidad y punibilidad. D. Ninguna es correcta. Los delitos de intención son aquellos: A. En los que el tipo contiene una finalidad o motivo que va más allá de la realización del hecho típico. B. En los que el tipo contiene una referencia expresa a que han de ser cometidos con dolo o con imprudencia por parte del sujeto activo. C. En los que el tipo contiene una descripción sucinta referida únicamente a la intención del sujeto de no actuar. D. En los que el tipo contiene una descripción de las omisiones que el sujeto está obligado a realizar, pero no realiza. Los delitos mutilados en dos actos son aquellos: A. En que se describe una conducta cuya finalidad es lucrativa y se realiza a través de varias conductas iguales de menor entidad, formando todas ellas un solo delito. B. En que se describe una conducta que ha de contener la tentativa de dos delitos, es decir, ha de cometerse una tentativa de uno y una tentativa de otro. C. En que se describe una conducta que ha de contener dos actos para el delito pueda consumarse, no pudiendo ser realizado a través de un único acto. D. En que se describe una conducta cuya finalidad está más allá del momento en que se consuma el primer delito y que daría lugar a la realización de un acto que, de producirse, da lugar a otro delito. |




