option
Cuestiones
ayuda
daypo
buscar.php

Derecho Penitenciario - Junio 22-A

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del Test:
Derecho Penitenciario - Junio 22-A

Descripción:
Examen Derecho Penitenciario 22 A

Fecha de Creación: 2026/04/26

Categoría: Otros

Número Preguntas: 27

Valoración:(0)
COMPARTE EL TEST
Nuevo ComentarioNuevo Comentario
Comentarios
NO HAY REGISTROS
Temario:

El Derecho Penitenciario puede definirse: Como el conjunto de normas jurídicas que regulan la ejecución de las sanciones penales privativas de libertad (penas y medidas de seguridad). Como el conjunto de teorías que la doctrina ha ido desarrollando sobre las penas privativas de libertad. Como el conjunto de normas éticas que se aplican en la ejecución de las penas privativas de libertad. Como el conjunto de normas jurídicas que regulan la ejecución de todas las penas previstas en el ordenamiento español (privativas de libertad, privativas de otros derechos, de multa).

Indique, entre las siguientes afirmaciones, la única correcta: La resocialización es el único fin de la pena, según lo que indica expresamente la Constitución española. La resocialización es el menos relevante entre los fines de la pena, sobre todo en la fase de su ejecución. La resocialización es el fin preferente de la pena, pero coexiste con otros fines, tales como la retribución y la prevención especial negativa. La resocialización es solamente uno de los fines de la pena, al que se reconoce la misma importancia que a los demás.

Las circulares e instrucciones de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias: Prevalecen en todo caso sobre la Ley y los Reglamentos, en aplicación del principio de especialidad. No tienen valor normativo, sino solamente de sugerencia. Regulan el régimen interno de los establecimientos, pero no deberían ocuparse de aspectos sustanciales, ni pueden contradecir lo establecido en la Ley o en los Reglamentos. Constituyen la fuente normativa principal del Derecho penitenciario.

¿Pueden las Comunidades autónomas tener alguna competencia en materia penitenciaria?. Sí, dentro de los límites de la Constitución y solo sobre ejecución de la legislación penitenciaria y gestión de la actividad penitenciaria. Sí, aunque en la actualidad ninguna de las Comunidades autónomas de España haya querido asumir la transferencia de funciones. No, es una materia de exclusiva competencia estatal en todos sus aspectos. No, porque la Constitución lo prohíbe expresamente.

¿Cuál de las siguientes figuras es un órgano penitenciario unipersonal?. La Junta de tratamiento. El Equipo técnico. La Comisión disciplinaria, ya que coincide con la figura del subdirector. El Administrador.

¿Cómo se clasifican los establecimientos penitenciarios?. Únicamente como establecimientos de régimen cerrado, ordinario y abierto. Establecimientos preventivos, de cumplimiento en régimen cerrado y especiales para mujeres. Establecimientos preventivos, de cumplimiento (que a su vez pueden ser de régimen cerrado, ordinario o abierto) y especiales. Ninguna de las demás respuestas es correcta.

¿Mediante cuál de las siguientes circunstancias NO se produce el ingreso en un centro penitenciario?. Por orden de detención. Por presentación voluntaria. Por mandamiento de prisión o sentencia judicial. Por vía del sistema de protección y custodia para extranjeros indocumentados.

La seguridad exterior de los centros penitenciarios corresponde: Exclusivamente a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o, en su caso, a la Policía Autonómica, sin que se permita la asignación de esta función a empresas privadas. Al Cuerpo Nacional de Policía. A la Guardia Civil. A las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, a la Policía Autonómica y a empresas de vigilancia privada.

¿Cuál de los siguientes medios coercitivos NO está permitido para los funcionarios de instituciones penitenciarias de un centro penitenciario, ni siquiera en casos excepcionales?. Defensas de goma. Aerosoles de acción adecuada, como gases lacrimógenos que no produzcan daños. Esposas. Armas de fuego.

En uno de los siguientes principios NO se inspira el tratamiento penitenciario. Indique cuál: Complejo. Discontinuo. Individualizado. Estudio científico de la personalidad del interno.

Como regla general (sin perjuicio de situaciones excepcionales), las salidas programadas al exterior de internos no tendrán una duración superior a: Dos días. Cinco días. Catorce días. Siete días.

En los grupos de comunidad terapéutica, la Junta de Tratamiento asumirá las funciones que correspondan: al Consejo de Dirección y Junta Económico-Administrativa. a la Junta Económico-Administrativa y a la Comisión Disciplinaria. al Consejo de Dirección y Centro Directivo, salvo de las de contenido económico. al Consejo de Dirección y a la Comisión Disciplinaria, salvo las de contenido económico.

¿Puede un interno preventivo disfrutar de un permiso ordinario de salida?. Sí, puede disfrutar tanto de permisos ordinarios como de extraordinarios. No, solo puede disfrutar de permisos extraordinarios. Sí, puede disfrutar tanto de permisos ordinarios, como de extraordinarios e incluso de la libertad condicional. No, solo puede disfrutar de permisos extraordinarios, aunque podría disfrutar igualmente de salidas de fin de semana si así lo acuerda la Junta de Tratamiento.

Las salidas de fin de semana están dirigidas, fundamentalmente, a internos: Con independencia de su situación procesal. Penados, con independencia del grado de clasificación, con tal de que no se encuentren en régimen de aislamiento absoluto. Penados clasificados en segundo o tercer grado, siendo a su vez compatibles con los permisos ordinarios, pero no extraordinarios. Penados clasificados en tercer grado, siendo a su vez compatibles con los permisos ordinarios y extraordinarios.

Un penado clasificado en segundo grado tiene concedido un permiso ordinario de salida de 4 días de duración, sin embargo, dos días antes de su disfrute tiene un altercado con otro interno y se produce una pelea en el interior de la prisión. Con independencia del procedimiento disciplinario que pudiera incoarse, ¿podría suspenderse el disfrute del permiso ya concedido?. Sí, lo suspende el director del centro, poniéndolo en conocimiento del Centro Directivo, al encontrarse el interno clasificado en segundo grado. Sí, lo suspende el director del centro de manera provisional, motivando su decisión y poniéndolo en conocimiento del Juez de Vigilancia Penitenciaria, habida cuenta su clasificación y su duración. No, el permiso debe disfrutarse, ya que está concedido y todavía no ha sido sancionado el interno. En cualquier caso, una vez recaiga sanción, se le podría privar del disfrute de permisos ordinarios de salida para el futuro. No, en este caso no procede una suspensión del permiso, sino una revocación del mismo.

¿Cuál de los siguientes requisitos se exige para conceder la suspensión de la ejecución de la condena a los penados drogodependientes?. Que sean delincuentes primarios. Que hayan sido condenados a una pena de duración inferior a dos años. Que un centro o servicio acredite que el condenado está deshabituado o sometido a tratamiento de deshabituación. Que presenten un pronóstico favorable de reinserción social.

Karim, nacional tunecino, ha sido condenado a una pena de prisión de dos años. ¿Es posible sustituir su pena por la expulsión del territorio español?. No, porque la expulsión solo se aplica a penas de prisión superiores a los diez años. Sí, con posibilidad de cumplimiento penitenciario de parte de la pena, hasta un máximo de dos tercios del total, si es necesario para asegurar la defensa del orden jurídico y restablecer confianza en la vigencia de la norma vulnerada. No, porque la expulsión solo se aplica a penas de prisión superiores a los cinco años. Sí, sin que pueda imponerse, en ningún caso, el cumplimiento penitenciario de parte de la pena.

¿Qué modificación ha supuesto la reforma del Código penal llevada a cabo por la LO 1/2015 para la libertad condicional?. La ha convertido, de una forma de suspensión de la ejecución de la pena, en un cuarto grado de cumplimiento de la misma. La ha convertido, de un grado de clasificación en la ejecución de la pena, en una forma de suspensión de la ejecución de la misma. La ha eliminado por completo, permitiendo solo la suspensión de la ejecución previa a su comienzo. Ha limitado su aplicación solamente a los condenados a prisión permanente revisable.

Las Unidades Dependientes se crearon específicamente: Para cumplir el tercer grado de clasificación fuera del recinto penitenciario. Para los liberados condicionales. Para el cumplimiento de medidas de seguridad. Para que hombres y mujeres compartan un mismo departamento, evitando la desestructuración familiar.

Pueden cumplir la ejecución de la pena privativa de libertad en los centros de inserción social: Exclusivamente los liberados condicionales. Los liberados condicionales, los clasificados en tercer grado y para el seguimiento de penas no privativas de libertad. Exclusivamente los clasificados en segundo y tercer grado. Solamente clasificados en tercer grado que estén siguiendo un tratamiento de desintoxicación.

El control del cumplimiento de la prohibición de aproximarse a la víctima, sus familiares u otras personas que determine el Juez o tribunal, asociada a la suspensión de la pena de prisión, corresponde a: El Servicio de Gestión de Penas y Medidas Alternativas de IIPP. Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Al Juez de Vigilancia Penitenciaria. A las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y empresas de seguridad privada.

El procedimiento disciplinario abreviado: Es sólo para faltas leves. Es para faltas leves y graves, pero nunca para las muy graves. Se puede utilizar para cualquier tipo de falta por razones de celeridad y economía procesal. No existe en el Reglamento Penitenciario.

Dentro del régimen disciplinario, se considera falta grave: Formular reclamaciones sin hacer uso de los cauces establecidos reglamentariamente. La desobediencia a las órdenes recibidas de los funcionarios de IIPP en ejercicio legítimo de sus atribuciones que no causen alteración de la vida regimental y de la ordenada convivencia. Insultar a otros reclusos o maltratarles de obra. Atentar contra la decencia pública con actos de grave escándalo y trascendencia.

La sanción de aislamiento tiene una duración máxima de: 30 días. 10 fines de semana. 15 días o 8 fines de semana. 14 días o 7 fines de semana.

¿Debe el Juez de Vigilancia Penitenciaria aprobar las sanciones de aislamiento en celda?. Sí, cuando estas no alcanzan 14 días de duración. Sí, en todo caso. Sí, cuando estas superan 14 días de duración. Sí, cuando alcanzan 7 fines de semana.

La resolución sobre la resolución de clasificación penitenciaria inicial podrá ser objeto de: Queja ante el Juez de Vigilancia Penitenciaria. Recurso ante el Juez de Vigilancia Penitenciaria. Recurso ante la Junta de Tratamiento. Recurso ante el Centro Directivo.

Contra todos los autos dictados por el Juez de Vigilancia Penitenciaria se puede interponer: Recurso de reforma, que deberá resolver él mismo. Recurso de apelación. Recurso atípico de alzada. Recurso de queja.

Denunciar Test