option
Cuestiones
ayuda
daypo
buscar.php

Derecho Penitenciario - Septiembre 23

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del Test:
Derecho Penitenciario - Septiembre 23

Descripción:
Examen Derecho Penitenciario 23 Septiembre

Fecha de Creación: 2026/04/26

Categoría: Otros

Número Preguntas: 27

Valoración:(0)
COMPARTE EL TEST
Nuevo ComentarioNuevo Comentario
Comentarios
NO HAY REGISTROS
Temario:

¿Qué tipos de penas plantean dudas acerca de su compatibilidad con el principio de resocialización?. Según doctrina unánime, las penas de prisión en su conjunto. Según parte de la doctrina, la pena de prisión permanente revisable, las penas de prisión de larga duración y las penas de prisión excesivamente cortas. Según la mayoría de los jueces del Tribunal Constitucional, la pena de prisión permanente revisable. Ninguna, la doctrina y la jurisprudencia reconocen de manera unánime que todas las penas previstas en nuestro ordenamiento cumplen con el principio de resocialización sin duda alguna.

¿Existen instrumentos internacionales o supranacionales que regulan el Derecho penitenciario?. Sí, existen Directivas de la Unión Europea que imponen una serie de normas mínimas sobre el cumplimiento de las condenas y que son directamente aplicables en los Estados miembros de la Unión. Sí, existen Convenios aprobados únicamente en el Consejo de Europa que fijan reglas de aplicación directa y vinculante en todos los ordenamientos de los Estados que hayan ratificado esos Convenios. No, al tratarse de una materia que se gestiona exclusivamente en el ordenamiento de cada Estado. Sí, existe un conjunto de Reglas, tanto en el marco de Naciones Unidas, como en el marco del Consejo de Europa, que fijan principios, derechos o estándares de carácter general.

Vicente, que está cumpliendo condena en un centro penitenciario por un delito de terrorismo, se declara en huelga de hambre, y la mantiene durante varias semanas, llegando al punto de poner en grave peligro su vida. Ante esta situación, la dirección del centro penitenciario decide someterle a alimentación forzosa. ¿Está actuando correctamente?. Sí, porque, según la postura seguida por el Tribunal Constitucional, ante la alegación de la posible vulneración del principio de dignidad y de otros derechos constitucionales, se ha fundamentado la decisión en la relación especial de sujeción que impone a la Administración la obligación de velar por la vida, integridad y salud de los internos. No, porque, según el Tribunal Constitucional, esta práctica constituye en todo caso una infracción del principio de dignidad humana y de los derechos a la integridad física y moral y a la libertad e intimidad personal. Sí, porque, tal y como ha declarado el Tribunal Constitucional en más de una ocasión, el principio de dignidad aplica de manera muy limitada y matizada para los internos en centros penitenciarios. Según la doctrina mayoritaria no, pero el Tribunal Constitucional español nunca ha tenido ocasión de pronunciarse sobre el caso.

¿Cuál, de entre los siguientes principios, NO se refiere a los establecimientos de régimen abierto?. La autorresponsabilidad de los internos. La atenuación de las medidas de control. La limitación de las actividades en común. El fomento de actividades que faciliten su integración social.

Arturo, de 20 años, acaba de ser condenado a pena de prisión por un delito de homicidio. Con carácter general, ¿dónde cumplirá su condena?. En un establecimiento de cumplimiento normal, ya que solo se prevén centros y departamento especiales para menores de 18 años. En un departamento para jóvenes, a los que se destinan, con carácter general, jóvenes de hasta 21 años, y que se caracterizan por una acción educativa intensa. En un departamento para jóvenes, a los que se destinan, con carácter general, jóvenes de hasta 21 años, y que se caracterizan por un control y vigilancia mayor que en los establecimientos para adultos, debido al mayor riesgo de fuga. En un establecimiento o departamento mixto.

¿Cómo puede cumplirse la pena de trabajos en beneficio de la comunidad?. Únicamente mediante la cooperación no retribuida en actividades de utilidad pública, tras la derogación de la norma que preveía la posibilidad de cumplimiento mediante la participación en talleres o programas formativos, de reeducación y similares. Únicamente mediante la participación en talleres o programas formativos, de reeducación y similares, tras la derogación de la norma que preveía el cumplimiento mediante la cooperación retribuida en actividades de utilidad pública. Mediante la cooperación no retribuida en actividades de utilidad pública o bien mediante la participación en talleres o programas formativos, de reeducación y similares. No hay previsiones específicas en la normativa aplicable, lo decide el juez o tribunal sentenciador caso por caso según su prudente arbitrio, pudiendo determinar el contenido que considere más adecuado.

Fran y Darío, ambos internos en el Centro penitenciario de Madrid IV, han tenido varias peleas a lo largo de las últimas semanas, que han generado una situación de convivencia muy difícil. ¿Qué medida puede sugerirle la Dirección del Centro?. En estos casos, solo puede acudirse a la vía disciplinaria y acordar el traslado de ambos internos a otro centro, que será imperativo por la reiteración de las peleas. Se puede proponer la mediación penitenciaria, que en ningún caso puede impedir que la sanción impuesta por la vía disciplinaria se ejecute. Se puede proponer la realización de un círculo de diálogo, con la participación de los dos internos, sus víctimas y representantes de la comunidad, siendo este el único mecanismo de Justicia restaurativa que puede aplicarse en el medio penitenciario. Se puede proponer la mediación penitenciaria, como alternativa al régimen disciplinario, y cuyo acuerdo final (en caso de haberlo) se presenta a la Comisión disciplinaria del centro para poder suspender la ejecución de la sanción disciplinaria que se hubiera impuesto.

En la práctica, y teniendo en cuenta lo indicado en el folleto de "la prisión paso a paso" que la Administración penitenciaria entrega a los internos al ingresar en el centro, ¿cuál es la frecuencia y duración de las comunicaciones orales que estos pueden realizar, como mínimo?. Una comunicación semanal de 60 minutos. Dos comunicaciones mensuales de 40 minutos. Una comunicación semanal de 40 minutos. Una comunicación diaria de 20 minutos.

¿Cuál es el límite máximo de comunicaciones escritas que puede enviar o recibir un interno en un establecimiento penitenciario?. No existe límite, salvo que medie intervención de las comunicaciones, en cuyo caso se reduce el número de cartas a enviar, aunque no a recibir, a dos por semana. El envío, aunque no la recepción, está limitado a dos por semana, salvo en los casos de intervención de las comunicaciones, en cuyo caso el interno no podrá enviar comunicaciones escritas, pero sí recibirlas sin limitación alguna. El envío y recepción de comunicaciones escritas se encuentra limitado a dos por semana en todo caso. En los supuestos de intervención de las comunicaciones, el interno no podrá ni enviar ni recibir comunicaciones escritas. No existe límite máximo de envíos, pero sí de recepción a dos por semana, por motivos de organización. En caso de intervención de las comunicaciones, solamente se limitarán los envíos a dos por semana, mientras que el límite de recepciones seguirá igual.

El concepto de régimen penitenciario: Se encuentra expresamente definido en la LOGP como "la obligación de acatamiento de las normas de régimen interno y las órdenes que se reciban por parte del personal penitenciario en el ejercicio legítimo de sus atribuciones". No se encuentra definido en la LOGP, ni en el RP 1996, pero la doctrina lo ha conceptualizado como "cada uno de los elementos que componen el modelo penitenciario de un Estado". No se encuentra definido en la LOGP, pero sí en el RP 1996 como el "conjunto de normas o medidas que persiguen la consecución de una convivencia ordenada y pacífica que permita alcanzar el ambiente adecuado para el éxito del tratamiento y la retención y custodia de los reclusos". Se encuentra expresamente definido tanto en la LOGP como en el RP 1996 como "el conjunto de actividades orientado a la reeducación y reinserción social de los reclusos".

Con carácter general, en caso de conflicto entre las normas de vida o convivencia ordenada en el centro penitenciario (régimen penitenciario) y las actividades de tratamiento: El tratamiento primará sobre el régimen. El régimen primará sobre el tratamiento. No se establece prevalencia o subordinación de unas sobre otras, debiendo resolver en cada caso el director del establecimiento penitenciario. No se establece prevalencia o subordinación de unas sobre otras, debiendo resolver el conflicto en todos los casos la Junta de Tratamiento.

En los supuestos de repetición de una infracción, la duración máxima de la sanción de aislamiento en celda es de: 42 días. 21 días. 14 días. No se prevé ningún límite a la duración de la sanción de aislamiento en celda en estos casos, salvo que la salud del interno desaconseje la continuidad de la sanción.

Daniel es un interno condenado en sentencia firme y que cumple su condena de prisión en un establecimiento penitenciario. Recientemente, fue llevado mediante una conducción a los Juzgados para que se le notificara una nueva sentencia. Durante su estancia en los Juzgados, Daniel tuvo un arrebato de cólera y agredió a uno de los Guardias civiles que lo acompañaban. Según la actual interpretación sobre el ámbito de aplicación del régimen disciplinario penitenciario, ¿podría aplicársele el régimen disciplinario penitenciario independientemente de la responsabilidad penal que pudiera derivarse de los hechos cometidos?. No, en ningún caso. No se pueden castigar dentro del régimen disciplinario conductas protagonizadas por los internos fuera de los establecimientos penitenciarios, sin perjuicio de que dichas conductas constituyan delito. Sí, en todo caso. Se puede castigar dentro del régimen disciplinario aquellas conductas que se realicen tras una conducción o traslado, aunque se realicen fuera de los establecimientos penitenciarios. Sí, es posible castigar dentro del régimen penitenciario aquellas conductas que tienen como víctimas a funcionarios de instituciones penitenciarias, sin perjuicio de que dichas conductas constituyan delito. No, pero no porque no se pueda hacer uso en estos supuestos del régimen penitenciario, sino porque en este caso los hechos ya serán castigados como delito, de modo que no pueden ser también castigados por vía disciplinaria sin vulnerar el principio non bis in idem.

¿Qué es más favorable para el condenado: una pena de dos años de prisión o una pena de 24 meses de prisión?. Dado que ambas penas tienen la misma duración, es indiferente para el condenado. Resulta más favorable la pena de dos años de prisión. Resulta más favorable la pena de 24 meses de prisión. La pena de 24 meses de prisión no puede imponerse, porque en todo caso se hará la conversión para su imposición en años.

¿Cuál de los siguientes NO es un requisito para acceder a la libertad condicional del régimen de septuagenarios o aquejados por enfermedad?. Haber cumplido, como mínimo, la mitad de la condena. Que concurran la dificultad para delinquir y la escasa peligrosidad del sujeto. Estar clasificado en 3er grado. Ninguna de las anteriores respuestas es correcta.

¿Es posible exigir a un ciudadano extranjero el cumplimiento total en España de una pena de prisión de más de cinco años de duración cuando se hubiera acordado su sustitución por la expulsión del territorio nacional?. No, porque únicamente se podrá exigir el cumplimiento de una parte de la pena que no sea superior a dos tercios de su extensión. Sí, pero en cualquier caso la sustitución de la pena por la expulsión del territorio nacional se ejecutará con el acceso del penado al tercer grado o a la libertad condicional. Se exigirá en todo caso, porque las penas de prisión de más de cinco años no pueden sustituirse por la expulsión del territorio nacional, para poder asegurar la defensa del orden jurídico y el restablecimiento de la confianza social en la vigencia de la norma. No, porque como la sustitución se acuerda siempre con respecto a la totalidad de la pena impuesta no será preciso ni que el condenado llegue a ingresar en prisión.

La redención de penas por el trabajo: Fue un beneficio de aplicación exclusiva para personas condenadas, con independencia de la naturaleza del delito que hubieran cometido. Fue un beneficio de aplicación exclusiva para personas condenadas, pero únicamente por la comisión de delitos políticos o de naturaleza terrorista. Fue un beneficio exclusivo de los presos preventivos, que podían recibir una condena menor si redimían pena de forma previa durante el cumplimiento de la medida cautelar. Fue un beneficio de aplicación exclusiva para personas condenadas hasta que en 1983 la reforma del Código Penal permitió que también los presos preventivos se beneficiaran de la reducción de condena por la vía de la redención, si finalmente resultaban condenados.

¿En qué consiste la refundición de condenas?. La refundición de condenas es el proceso de enlace entre todas las condenas que deban cumplirse de manera sucesiva e ininterrumpida a efectos de cómputo del tiempo transcurrido y se practica a solicitud del interesado. La refundición de condenas es el proceso de enlace entre todas las condenas que deban cumplirse de manera sucesiva e ininterrumpida, a efectos de cómputo del tiempo transcurrido, y se practica de oficio por la administración penitenciaria. La refundición de condenas es el proceso por el cual se determina el tiempo máximo de cumplimiento efectivo de las penas que hubieran sido impuestas en procesos judiciales distintos, siempre que concurra un criterio de conexidad temporal. La refundición de condenas es el proceso por el cual se determina el tiempo máximo de cumplimiento efectivo de las penas que hubieran sido impuestas en procesos judiciales distintos, aunque no concurra un criterio de conexidad temporal.

Conforme a la Disposición Adicional 5ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial, ¿cuál es el plazo de interposición del recurso de apelación frente a las resoluciones del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria que son susceptibles de este tipo de recurso?. El de cinco días hábiles. El de veinte días naturales. El de tres días hábiles. El de un mes.

Juan ha sido condenado a cumplir un año y medio de prisión por unas lesiones, pero tiene antecedentes penales por un delito de fraude a la Seguridad Social. ¿Puede el juez acordar la suspensión de la ejecución de la pena impuesta por el delito de lesiones?. No, porque al tener antecedentes penales Juan no puede ser considerado primario y, por ende, no hay forma alguna de que la ejecución de su pena se pueda suspender. Sí, porque como los antecedentes de Juan lo son por un delito de distinta naturaleza el juez deberá conceder la suspensión de la ejecución de la pena de forma automática. No, porque, al tener Juan antecedentes computables, la pena impuesta por el delito de lesiones habría de ser inferior al año para poder dejar en suspenso su ejecución. Sí, porque, si el juez considera que sus antecedentes por fraude no son relevantes a los efectos de valorar la probabilidad de que Juan reincida en el futuro, podrá apreciar la concurrencia de la primariedad delictiva.

¿Qué funcionario se encarga de coordinar los servicios de vigilancia del centro penitenciario y adopta de manera provisional las medidas que resulten indispensables para mantener el orden y el buen funcionamiento de los servicios del establecimiento?. El jefe de servicios. El director. El subdirector de seguridad. El subdirector de tratamiento.

El 2 de mayo del 2023 se reúne en el centro penitenciario de Mansilla de las Mulas (León), en sesión ordinaria, un órgano colegiado al que asisten el subdirector médico, el subdirector de personal y el jurista. En este supuesto, el órgano colegiado constituido podría ser: La Junta económica-administrativa. La Comisión disciplinaria. El Consejo de dirección. La Junta de tratamiento.

Joseph Duncan, destinado en el departamento de preventivos de un centro penitenciario, resulta condenado a la pena de un año y tres meses de prisión. Es delincuente primario y observa buena conducta, manteniendo fuertes vínculos familiares. Asimismo, demuestra un alto grado de madurez y equilibrio emocional. En virtud de lo expuesto, ¿cuánto tiempo debe haber permanecido el interno en el centro para que se realice la correspondiente propuesta de clasificación?. Como mínimo el de dos meses desde que se reciba en el establecimiento el testimonio de sentencia. Como mínimo el de dos meses desde que se reciba en el establecimiento el testimonio de sentencia, pudiendo prorrogarse dos meses más para realizar la propuesta. No hay plazo mínimo para efectuar la propuesta de clasificación. No hay plazo mínimo, y para efectuar la propuesta de clasificación no se exige haber recibido en el establecimiento penitenciario el testimonio de sentencia.

¿Podría un interno preventivo, en virtud del principio de flexibilidad penitenciario previsto en el art. 100.2 RP, ser clasificado en segundo grado penitenciario?. Sí, previa aprobación de la autoridad judicial de la que dependa. Sí, previa aprobación del Juez de Vigilancia Penitenciaria. No, por su condición procesal. No, ya que, como regla general, los internos preventivos se encuentran en segundo grado de clasificación, de manera que el principio de flexibilidad podría impulsar su progresión al tercer grado, en función del modelo individualizado de intervención diseñado al efecto.

¿De cuántos días de permiso extraordinario de salida podrá disfrutar al año un penado que ha sido regresado del tercer grado de clasificación penitenciaria al segundo grado, teniendo en cuenta que durante los primeros seis meses del año estuvo en tercer grado, y los otros seis meses restantes estuvo en segundo grado?. 36 días. 48 días. 7 días. No hay límite.

Un condenado a pena de prisión permanente revisable por delito de asesinato de un menor de dieciséis años, ¿qué período de tiempo deberá cumplir para poder disfrutar de un permiso ordinario de salida?. Doce años. Ocho años. Quince años. Diez años.

Agredir o hacer objeto de coacción grave a otros internos, se considera una falta disciplinaria: Muy grave. Grave. Leve. Menos grave.

Denunciar Test