DERECHO PROCESAL
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Título del Test:![]() DERECHO PROCESAL Descripción: DERECHO PROCESAL |



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1. Durante el decurso y sustanciación de una causa penal, un juez de Unidad Judicial Penal no está seguro sobre la constitucionalidad de un artículo del COIP que le corresponde ser aplicado al caso en concreto por un delito de homicidio. Indique qué debe hacer ese Juez respecto a este caso: Debe realizar un control concentrado considerando que la Constitución garantiza la supremacía constitucional. Debe realizar un control en abstracto con el fin de que se constate si el COIP vulnera algún derecho constitucional. Debe inhibirse de conocer la causa y remitir a la Corte para que continúe el resto del proceso. Debe elevar en consulta a la Corte Constitucional. 2. El Presidente de la República quiere promover y formular una pregunta para que el pueblo ecuatoriano se pronuncie respecto a si aceptan cambiar un artículo de la Constitución que trata sobre jueces constitucionales especializados en primera y segunda instancia. En ese sentido, usted como asesor jurídico del mandatario, requiere identificar cuál es el tipo de proceso electoral que se va a promover en este caso: Referéndum. Decreto Ley de Urgencia Económica. Acción de inconstitucionalidad. Consulta popular. 3. Es el caso que, dentro de una acción de protección, el accionante perdió la primera instancia puesto que en sentencia motivada el juez resolvió que la entidad accionada no había vulnerado ningún derecho constitucional. El accionante apeló a dicha sentencia y en segunda instancia le aceptaron los fundamentos de su recurso y se revocó la sentencia emitida por el juez inferior. En este punto de la litis, ni el accionante ni el accionado presentaron recurso alguno. Tampoco se presentó acción extraordinaria de protección dentro del tiempo establecido por Ley. INDIQUE, CUÁL SERÍA LA RAZÓN PARA QUE ESTE MISMO PROCESO JUDICIAL VUELVA A SER CONOCIDO JUDICIALMENTE POR LA CORTE CONSTITUCIONAL, SE JUZGUE Y SE REVOQUE LO YA DECIDIDO EN SENTENCIA EJECUTORIADA: Que se interponga en primera instancia una acción de incumplimiento para que la Corte lo resuelva. Que se presente dentro del término de ley una acción extraordinaria de protección. Que se seleccione la sentencia para su revisión. Que se tramite una acción de mérito para revisar los resuelto. 4. Qué órgano jurisdiccional es el competente para dar trámite a la cuantificación de una reparación económica dictada en una sentencia de garantía jurisdiccional, en el caso de que la reparación económica deba ser cumplida por una entidad del Estado: Corte Constitucional. Corte Nacional de Justicia. Unidades Judiciales Civiles. Salas de lo Contencioso Administrativo. 5. Qué puede hacer la Corte Constitucional si al momento de encontrarse sustanciando una acción extraordinaria de protección se percata que existe una incompatibilidad entre una disposición jurídica de una ley y las normas constitucionales: Se debe tramitar una acción de inconstitucionalidad por la incompatibilidad entre la ley y la Constitución. Se debe tramitar un proceso de selección y revisión para que la Corte se pronuncie respecto a la constitucionalidad de la ley que no es compatible con la Constitución. Se debe tramitar una acción de incumplimiento en contra de la sentencia que se no ha acatado y que ha sido debidamente dicta por un Órgano Jurisdiccional competente. Se debe tramitar un control incidental de constitucionalidad mediante el cual, se tramite dentro del mismo proceso un control abstracto de constitucionalidad. 6. Es el caso que no se ha cumplido con una medida cautelar autónoma dictada por una Unidad Judicial. Ya se ha solicitado el cumplimiento y el juez de instancia ha ejecutado todas las medidas legales para procurar que se cumpla, pero no ha sido posible tal acometido. Indique qué garantía jurisdiccional procede para este caso: Acción por incumplimiento. Acción de apelación. No procede garantía jurisdiccional. Acción de incumplimiento. 7. Cuál de las siguientes características le pertenece a la acción de protección: Complementaria. Cautelar. Residual. Subsidiaria. |




