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Derecho Procesal

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Título del Test:
Derecho Procesal

Descripción:
Derecho Procesal temas 6,7,8,9,10

Fecha de Creación: 2026/01/30

Categoría: Otros

Número Preguntas: 50

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¿Qué es la sumisión tácita?. Es el fuero convencional por el que ambas partes fijan competencia territorial cuando no hay criterio imperativo. Es un fuero especial de competencia territorial. Es el fuero convencional por el cual el demando comparece en el tribunal ante el que el demandante ha interpuesto demanda y hace cualquier acto que no sea interponer declinatoria. Es el fuero convencional por el cual el demando comparece en el tribunal ante el que el demandante ha interpuesto demanda para interponer la declinatoria.

¿Cuál es el fuero general subsidiario aplicable en ausencia de fuero imperativo?. El domicilio del demandado. El domicilio del actor. La sumisión expresa. La sumisión tácita.

¿Qué significa la improrrogabilidad de la jurisdicción?. Significa que las partes pueden prorrogar la competencia de los órganos jurisdiccionales. Significa que las partes pueden elegir el órgano jurisdiccional competente para conocer su asunto. Significa que las partes no pueden elegir y disponer el órgano judicial para conocer su asunto. Significa que el órgano judicial es prórroga jurisdicción para conocer tanto del pleito como de todos sus recursos.

¿Quién puede interponer la declinatoria?. El demandado. El Ministerio Fiscal. El letrado de la Administración de Justicia. El presidente del tribunal.

¿Cuál de los siguientes no es un fuero legal imperativo?. En los juicios hereditarios, el lugar donde el finado tuvo su último domicilio. En los juicios en materia del derecho al honor, el lugar del domicilio del actor. En los juicios de desahucio, el lugar donde esté la finca. En los litigios derivados de actividad empresarial, los empresarios pueden ser demandados en el lugar donde desarrollen esa actividad.

¿Cuál de los siguientes tribunales no tiene competencia objetiva civil por razón de la materia para conocer en primera instancia?. Los Juzgados de Violencia sobre la Mujer. Los Juzgados de Primera Instancia. Los Juzgados de lo Mercantil. Los Juzgados de Menores.

¿Puede pactarse convencionalmente la competencia territorial?. Nunca puede pactarse, según lo dispuesto en los fueros recogidos en la LEC. Pueden pactarse en casos que no vulneren fueros imperativos. Pueden pactarse a través de sumisión expresa en los contratos de adhesión. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

¿Qué sucede en caso de que el tribunal acepte la declinatoria y no establezca el órgano judicial territorialmente competente?. Si el tribunal acepta la declinatoria y no designa el órgano judicial competente, se produce el sobreseimiento del proceso. Si el tribunal acepta la declinatoria sin establecer el órgano competente, se entiende que no hay demanda. Si el tribunal acepta la declinatoria y no designa órgano competente, se entiende como tal el designado por el demandado en la solicitud de declinatoria. Si el tribunal acepta la declinatoria y no designa órgano competente, debe plantear una cuestión de competencia.

¿Cuál es la prelación correcta de criterios para determinar la competencia judicial internacional de los tribunales civiles españoles?. En primer lugar se aplica el art. 22 LOPJ y, en su defecto, los tratados internacionales. En primer lugar se está a lo dispuesto por los tratados y el derecho de la Unión Europea, en su defecto se aplica la legislación procesal española. En primer lugar se aplica el derecho de la Unión Europea, en su defecto el derecho convencional y de forma subsidiaria el derecho procesal español. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

¿Qué es la inderogabilidad de la jurisdicción?. Es la imposibilidad de disponer sobre la jurisdicción y competencia fuera del marco legal establecido. Es la posibilidad de disponer sobre la jurisdicción y competencia por las partes judiciales. Implica la imposibilidad de disponer por las partes de los criterios de atribución de jurisdicción y competencia, en cualquier caso. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

¿Qué es la capacidad de postulación?. Un presupuesto procesal de las partes. Es un presupuesto procesal del órgano jurisdiccional. No es un presupuesto procesal. Todas las respuestas anteriores son falsas.

¿Quién de los siguientes sujetos no tiene capacidad para ser parte?. El nasciturus. Los semovientes. La herencia yacente. Los patrimonios con titular provisionalmente indeterminado.

¿Un cliente puede oponerse al pago de honorarios a su abogado?. Sí, pero solo cuando se trate de honorarios injustos. No puede oponerse en ningún caso. Solo puede oponerse en caso de honorarios indebidos cuando se reclame el pago en procedimiento especial. Puede oponerse al pago en procedimiento especial tanto por honorarios indebidos como excesivos.

¿Qué diferencia existe entre el litisconsorcio y la intervención de terceros?. Son conceptos idénticos. El litisconsorcio conlleva siempre una intervención de terceros. El litisconsorcio implica una pluralidad sobrevenida de sujetos y la intervención de terceros conlleva una pluralidad inicial de sujetos. El litisconsorcio conlleva una pluralidad inicial de sujetos mientras que la intervención de terceros es una pluralidad sobrevenida.

¿Qué significa la capacidad procesal?. La capacidad para comparecer en un proceso. La legitimación para afirmar el ejercicio de la acción. La aptitud genérica para ser sujeto de derechos y obligaciones procesales. La capacidad para ser parte.

¿En cuál de los siguientes casos pueden las partes actuar sin procurador?. En cualquier tipo de proceso. En todo proceso civil siempre que la cuantía sea inferior a 2000 euros. En la petición inicial de los procedimientos monitorios. En todo tipo de reclamaciones de consumidores contra empresarios.

¿Qué tratamiento procesal tiene la legitimación?. Solo admite examen de oficio. Admite tanto examen de oficio como denuncia de parte. No tiene tratamiento alguno porque no es un presupuesto procesal. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

¿Qué ocurre respecto de los sucesores si, de forma sobrevenida, a lo largo del proceso fallece el demandante?. Se tiene siempre por personados a los sucesores de este. Si los sucesores no conocen o no pueden ser localizados se entiende que han renunciado a la tutela solicitada. Si los sucesores no desean comparecer se dicta decreto por el letrado de la Administración de Justicia dándolos por desistidos. Si los sucesores no desean comparecer se entiende que renuncian al ejercicio de la acción.

¿Puede el adquiriente del objeto litigioso ocupar el lugar del transmitente en juicio?. En el curso de un proceso nunca puede transmitirse lo que es objeto de este. Puede transmitirse perfectamente y el adquirente puede ocupar el lugar del transmitente salvo que haya oposición de la contraparte. Puede transmitirse perfectamente y el adquirente puede ocupar el lugar del transmitente sin condicionamiento alguno por la contraparte procesal. Solo puede ocupar ese lugar procesal si así se ha pactado en contrato.

¿Qué ocurre respecto de los sucesores si, de forma sobrevenida, a lo largo del proceso fallece el demandado?. Se entiende siempre que el proceso del fallecido no les afecta. Solo cuando los sucesores no quieran comparecer se procede a la declaración de rebeldía. Si los sucesores no pueden ser localizados se archiva la causa. Cuando los sucesores no quieran comparecer, no puedan ser localizados o no se conozca, procede siempre la declaración en rebeldía y la continuidad del proceso.

¿Pueden acumularse procesos pendientes ante distintos tribunales?. Nunca pueden acumularse procesos pendientes en diversos tribunales. Pueden acumularse procesos tramitados en diversos tribunales a petición de las partes. No pueden acumularse salvo que haya conexión objetiva entre los mismos y la resolución de uno de ellos produzca efectos prejudiciales sobre otros. Todas las respuestas anteriores son falsas.

¿Qué es la acumulación de acciones?. El litisconsorcio. Una pluralidad inicial del objeto procesal. Una pluralidad sobrevenida del objeto procesal. Una cuestión de competencia territorial.

¿Qué es la teoría de la sustanciación?. Una teoría en torno al petitum. Una teoría en torno a la fundamentación jurídica de la causa petendi. Una teoría de la causa petendi restringida a la mera fundamentación fáctica. Una teoría procesal que afecta tanto al petitum como a la causa petendi.

¿En qué casos no puede hablarse de pluralidad de objetos procesales?. En supuestos de ampliación de la demanda. Cuando existe reconvención. En casos de acumulación de autos. Ante todo tipo de acumulación alternativa de pretensiones.

¿Cuál de los siguientes no es un requisito para acumular autos?. La existencia de reconvención. La tramitación de procesos conexos pendientes en diversos tribunales. La tramitación de procesos conexos pendientes en el mismo tribunal. El riesgo de dictar resoluciones judiciales contradictorias.

¿En qué se diferencia la acumulación de autos respecto de la acumulación de procesos?. La acumulación de autos es una acumulación del objeto procesal inicial. La acumulación de autos nunca es una acumulación de procesos. La acumulación de autos es una acumulación sobrevenida de procesos. No existe ninguna diferencia porque se trata del mismo concepto.

¿Pueden acumularse procesos si antes y de forma objetiva se pudieron acumular acciones?. Con independencia de la posibilidad de acumular acciones antes siempre se pueden acumular procesos. Nunca pueden acumularse procesos si antes se pudieron acumular acciones. Sí pueden acumularse procesos, pero solo en supuestos muy restringidos. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

¿Hay algún elemento preclusivo para impedir la acumulación de acciones?. La fase de juicio oral. No hay ningún momento preclusivo. La contestación a la demanda por el demandado. Se puede pedir la acumulación hasta la práctica de pruebas.

Señala la respuesta correcta: Por regla general, la solicitud de acumulación de procesos no tiene efectos suspensivos. Por regla general, la acumulación de procesos tiene efectos suspensivos. La acumulación de procesos solo puede realizarse en casos tramitados por distintos tribunales. La acumulación de acciones menos utilizada es la acumulación objetiva simple.

¿Cuál de los siguientes no es un caso de acumulación sucesiva de acciones?. La denominada acumulación objetiva simple. La denominada acumulación sucesiva. La denominada acumulación de autos. La denominada acumulación objetiva eventual.

¿Qué es el fumus boni iuris?. Un presupuesto para la adopción de diligencias preliminares. Un presupuesto para la práctica de prueba anticipada. Un presupuesto para el aseguramiento de prueba. Todas las respuestas anteriores son falsas.

¿Cuál de las siguientes no es una diligencia preliminar?. Exhibición de acto de última voluntad. Petición de integración de un grupo de afectados fácilmente determinables. Embargo preventivo. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

¿Puede practicarse oposición a las diligencias preliminares?. Las diligencias preliminares no son susceptibles de oposición. Las diligencias preliminares son susceptibles de oposición en algunos casos. Sí puede practicarse oposición a la solicitud de diligencia preliminar. No puede practicarse oposición, pero sí procede la apelación.

¿Cuál es el órgano judicial competente para adoptar medidas cautelares?. El órgano judicial de instancia que conocerá del asunto principal. El juez de paz. El juzgado del domicilio del demandante en todo caso. La Audiencia Provincial del domicilio del demandado.

¿Dónde se regula actualmente la conciliación civil?. En la LEC de 1881. En la Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria. En la LEC 1/2000. En la Ley 5/2012, de mediación de asuntos civiles y mercantiles.

¿Cuál de los siguientes no es un acto previo al proceso civil?. Las diligencias preliminares. La solicitud de anticipación de prueba. La conciliación. La reclamación administrativa previa.

¿Cuál de los siguientes no es un presupuesto de las medidas cautelares?. Opinio iuris. Periculum in mora. Prestación de caución. Fumus boni iuris.

¿La mediación y la conciliación civiles son obligatorias?. La mediación es obligatoria, pero la conciliación no. Mediación y conciliación son voluntarias. Ambas son obligatorias. La mediación es voluntaria y la conciliación obligatoria como dispone la Ley de Jurisdicción Voluntaria 15/2015.

¿Qué ocurre si el requerido por una diligencia preliminar se niega a ejecutarla?. No puede negarse a ejecutar la diligencia y se somete a coerción. Puede negarse a ejecutar la diligencia practicándose entonces contradicción. La diligencia se practicará una vez introducida la demanda. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

¿Cuál es la regla preferente para determinar el tipo de proceso declarativo ordinario correspondiente al caso concreto?. La determinación por razón de la cuantía de la demanda. La determinación por razón de la materia de la demanda. La determinación por razón de providencia emitida por el órgano jurisdiccional. La determinación en virtud de la voluntad de las partes en el marco del principio dispositivo.

¿Qué es la reconvención?. Un acto de alegación procesal emitido por el actor. Una especie de contrademanda emitida por el demandado. Un acto de advertencia a las partes emitido por el letrado de la Administración de Justicia. Todas las respuestas anteriores son falsas.

¿Se puede reconvenir en el juicio verbal?. No, es una posibilidad restringida a los procesos ordinarios. Solo se puede reconvenir por el actor. Sí, es una posibilidad para el demandado. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

¿Puede interponerse una demanda a través de formulario?. No es una posibilidad contemplada en el proceso civil. Sí, en caso de juicios verbales en que no haya necesidad de actuar con abogado y procurador. Sí, es una posibilidad en todo tipo de procesos civiles. Solo puede hacerse en el proceso ordinario y a través del formulario previsto en LexNet.

Ante la demanda, ¿qué puede hacer el demandado?. Interponer declinatoria. Hacer escrito de alegaciones en su descargo. Contestar la demanda y, en su caso, reconvenir. Solicitar diligencias preliminares.

¿Qué plazo tiene el demandado para contestar a la demanda en el proceso ordinario?. Diez días desde la notificación. Veinte días desde la notificación. Un mes desde la notificación. Quince días desde la notificación.

¿Puede interponerse una demanda sin acompañamiento de documentos?. Es una opción válida. Toda demanda necesariamente debe acompañarse de documentos. Solo puede hacerse en las demandas del juicio verbal. Todas las respuestas anteriores son incorrectas.

¿Qué efectos tiene la incomparecencia de ambas partes a la audiencia previa?. Se suspende el proceso. Se dicta auto de sobreseimiento y archivo de actuaciones. Se tendrá a ambas partes por no comparecidos en la audiencia, y procederá a emplazarse a ambas a un nuevo acto de audiencia. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

¿Qué ocurre si el actor no comparece en la audiencia previa?. Si el demandado no alega interés legítimo en continuar el proceso, se procederá al dictado del auto de sobreseimiento. El proceso continúa, en cualquier caso. Nunca es obligatoria la comparecencia de las partes. Se entiende que el actor renuncia al ejercicio de la acción.

¿Qué ocurre si no comparece el abogado del actor a la audiencia previa?. Si el demandado no alega nada, procede dictar auto de sobreseimiento. Se suspende cautelarmente el proceso. El proceso continúa, en cualquier caso. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

¿Qué ocurre si a la audiencia previa no comparece el abogado del demandado?. El proceso se suspende. El proceso continúa. Se dicta auto de sobreseimiento por carecer el proceso de interés legítimo. Se finaliza el proceso dictándose sentencia de condena al demandado.

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