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Derecho Procesal Administrativo U1

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Título del Test:
Derecho Procesal Administrativo U1

Descripción:
Guía, temario U1.

Fecha de Creación: 2026/02/06

Categoría: Otros

Número Preguntas: 5

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Unidad 1: El Procedimiento Administrativo Objetivo Comprender cómo la Administración Pública manifiesta su voluntad y las reglas que debe seguir para que sus actos sean válidos y no vulneren los derechos de los gobernados. 1.1 Concepto de Proceso y Procedimiento Administrativo Es vital distinguir estos dos términos que suelen confundirse: Procedimiento Administrativo: Es el conjunto de actos y formalidades realizados por la autoridad administrativa para emitir un Acto Administrativo (una decisión). Se desarrolla en sede administrativa (dentro de la propia Secretaría o Instituto). Fundamento: Art. 1 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo (LFPA). Las disposiciones de esta ley son de orden e interés públicos, y se aplicarán a los actos, procedimientos y resoluciones de la Administración Pública Federal centralizada, sin perjuicio de lo dispuesto en los Tratados Internacionales de los que México sea parte. Proceso Administrativo (o Contencioso): Es la resolución de una controversia ante un órgano jurisdiccional (el Tribunal Federal de Justicia Administrativa). Aquí ya hay un litigio entre el particular y la autoridad. 1.2 Principios Generales del Procedimiento Administrativo La LFPA y la Constitución establecen las "reglas del juego" para la autoridad: ■ Legalidad: La autoridad solo puede hacer lo que la ley le permite (Art. 16 Constitucional). ■ Economía, Celeridad y Eficacia: El procedimiento debe ser ágil y evitar trámites innecesarios (Art. 13 LFPA). La actuación administrativa en el procedimiento se desarrollará con arreglo a los principios de; economía, celeridad, eficacia, legalidad, publicidad y buena fe. ■ Publicidad y Gratuidad: Los expedientes son públicos para los interesados y el acceso no debe costar (salvo copias). ■ Debido Proceso: El derecho a ser oído y a ofrecer pruebas antes de una resolución (Art. 14 Constitucional). 1.3 Las Partes en el Procedimiento Administrativo De acuerdo con la LFPA, los sujetos que intervienen son: ■La Autoridad Administrativa: El órgano del Estado que tiene la facultad legal para actuar. ■El Interesado (Administrado): Aquel que tiene un derecho subjetivo o un interés legítimo. Fundamento: Art. 12 LFPA. Pueden actuar por sí mismos o mediante representantes con poder notarial o carta poder firmada ante dos testigos (Art. 19 LFPA). 1.4 Actos en el Procedimiento Administrativo El procedimiento se compone de varias etapas o "actos": ■ Iniciación: Puede ser de oficio o a petición de parte. ■ Instrucción: Etapa para aportar pruebas, realizar inspecciones y presentar alegatos. ■ Finalización: Generalmente mediante una resolución expresa, pero también puede ser por desistimiento, renuncia o caducidad. Nota sobre el Silencio Administrativo: Si la autoridad no responde en los plazos legales, opera la Negativa Ficta (se entiende que te dijeron que "no"), permitiéndote acudir al juicio. 1.5 Procedimiento de Oficio o a Petición de Parte ■ A petición de parte: Inicia con una solicitud, queja o denuncia del particular (Art. 14-15 LFPA). Ejemplo: Pedir una licencia de construcción. ■ De oficio: La autoridad inicia el trámite por iniciativa propia. Ejemplo: Una visita de verificación o un procedimiento sancionador (Art. 12 y 62 LFPA). 1.6 Procedimiento Administrativo Interno y Externo Interno: Regula la organización jerárquica y la relación entre órganos de la administración (circulares, reglamentos internos). No suele afectar directamente al particular. Externo: Es el que vincula a la administración con el particular. Tiene efectos jurídicos directos hacia afuera (una multa, una clausura, una concesión). 1.7 Relación con el Procedimiento Contencioso Administrativo Aquí es donde conectamos con la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo (LFPCA) y la Ley de Amparo: Agotamiento de Recursos: Antes de ir a juicio, a veces puedes interponer el Recurso de Revisión (Art. 83 LFPA). Juicio de Nulidad: Si la resolución final del procedimiento te afecta, puedes demandar su nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (LFPCA). Juicio de Amparo: Si en el procedimiento se violan derechos humanos (como la falta de audiencia), puedes acudir al Amparo Indirecto ante un Juez de Distrito (Ley de Amparo, Art. 107, Fracc. II). Concepto .........................Vía Administrativa.....................Vía Jurisdiccional Ley Aplicable....................LFPA.........................................LFPCA / Ley de Amparo Decide..............................La propia Autoridad..................Un Juez o Magistrado Fin....................................Acto Administrativo...................Sentencia. Procedimiento Administrativo:. Art. 1 de la LFPA. Proceso Administrativo (o Contencioso):. Principios Generales del Procedimiento Administrativo ECELPuBD.

1.3 Las Partes en el Procedimiento Administrativo De acuerdo con la LFPA, los sujetos que intervienen son: ■La Autoridad Administrativa: El órgano del Estado que tiene la facultad legal para actuar. ■El Interesado (Administrado): Aquel que tiene un derecho subjetivo o un interés legítimo. Fundamento: Art. 12 LFPA. Pueden actuar por sí mismos o mediante representantes con poder notarial o carta poder firmada ante dos testigos (Art. 19 LFPA). Fundamento Legal de la Actuación (Capacidad y Representación) ■ Capacidad de actuar (Art. 12 LFPA): Los particulares con capacidad de obrar pueden actuar por sí mismos ante la Administración Pública Federal. ■ Mediante representantes (Art. 19 LFPA): La representación de personas físicas o morales se acreditará mediante: - Instrumento público (poder notarial). - Carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas del otorgante y testigos ante las propias autoridades o fedatario público. - Comparecencia personal del interesado. ■Autorización para trámites: El interesado o su representante legal puede autorizar por escrito a personas para oír y recibir notificaciones, realizar trámites y gestiones (Art. 19, párrafo segundo). 1.4 Actos en el Procedimiento Administrativo El procedimiento se compone de varias etapas o "actos": ■ Iniciación: Puede ser de oficio o a petición de parte. ■ Instrucción: Etapa para aportar pruebas, realizar inspecciones y presentar alegatos. ■ Finalización: Generalmente mediante una resolución expresa, pero también puede ser por desistimiento, renuncia o caducidad. Concepto .........................Vía Administrativa.....................Vía Jurisdiccional Ley Aplicable....................LFPA.........................................LFPCA / Ley de Amparo Decide..............................La propia Autoridad..................Un Juez o Magistrado Fin....................................Acto Administrativo...................Sentencia. Partes en el Procedimiento Administrativo. Actos en el Procedimiento Administrativo InInFi.

Sobre el Silencio Administrativo: Si la autoridad no responde en los plazos legales, opera la Negativa Ficta (se entiende que te dijeron que "no"), permitiéndote acudir al juicio. 1.5 Procedimiento de Oficio o a Petición de Parte ■ A petición de parte: Inicia con una solicitud, queja o denuncia del particular (Art. 14-15 LFPA). Ejemplo: Pedir una licencia de construcción. ■ De oficio: La autoridad inicia el trámite por iniciativa propia. Ejemplo: Una visita de verificación o un procedimiento sancionador (Art. 12 y 62 LFPA). Concepto .........................Vía Administrativa.....................Vía Jurisdiccional Ley Aplicable....................LFPA.........................................LFPCA / Ley de Amparo Decide..............................La propia Autoridad..................Un Juez o Magistrado Fin....................................Acto Administrativo...................Sentencia. Silencio administrativo. La negativa ficta. Tipos de procedimientos.

1.6 Procedimiento Administrativo Interno y Externo Interno: Regula la organización jerárquica y la relación entre órganos de la administración (circulares, reglamentos internos). No suele afectar directamente al particular. Externo: Es el que vincula a la administración con el particular. Tiene efectos jurídicos directos hacia afuera (una multa, una clausura, una concesión). 1.7 Relación con el Procedimiento Contencioso Administrativo Aquí es donde conectamos con la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo (LFPCA) y la Ley de Amparo: Agotamiento de Recursos: Antes de ir a juicio, a veces puedes interponer el Recurso de Revisión (Art. 83 LFPA). Juicio de Nulidad: Si la resolución final del procedimiento te afecta, puedes demandar su nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (LFPCA). Juicio de Amparo: Si en el procedimiento se violan derechos humanos (como la falta de audiencia), puedes acudir al Amparo Indirecto ante un Juez de Distrito (Ley de Amparo, Art. 107, Fracc. II). Procedimiento Administrativo Interno. Procedimiento Administrativo Externo. Antes de ir a juicio,. Juicio de Nulidad:. Juicio de Amparo:.

Ejemplo 1: El Trámite de una Licencia (Petición de Parte) Quieres abrir una farmacia. Este es un procedimiento administrativo externo. • Iniciación (Art. 15 LFPA): Presentas tu escrito inicial cumpliendo con los requisitos (nombre, firma, domicilio para oír notificaciones). • Instrucción (Art. 42 LFPA): La autoridad te pide fotos del local y el dictamen de protección civil. Tú aportas estas pruebas. • El Acto Administrativo: La autoridad emite un oficio autorizándote. • Conexión con lo Contencioso: Si pasan 3 meses y no te responden, opera la Negativa Ficta. Puedes demandar ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (LFPCA) alegando que tu solicitud era legal y el silencio de la autoridad es injustificado. ________________________________________ Ejemplo 2: Una Clausura por Inspección (De Oficio) La autoridad sanitaria decide revisar restaurantes al azar. Este es un procedimiento de oficio. • Fundamento Constitucional (Art. 16): La autoridad debe llegar con una Orden de Visita por escrito, fundada y motivada (explicando por qué ley tienen la facultad de revisarte). • Desarrollo (Art. 62-68 LFPA): Se levanta un "Acta Circunstanciada" donde se anotan las irregularidades. Te deben dejar nombrar dos testigos. Si no te dejan, violan el Debido Proceso. • Defensa (Ley de Amparo): Si la autoridad llega y clausura tu negocio sin haberte dado derecho a defenderte en el acta o sin una orden escrita, puedes interponer un Amparo Indirecto alegando violación al artículo 14 y 16 Constitucional por actos de molestia sin cumplir las formalidades esenciales. ________________________________________ Ejemplo 3: El Procedimiento Sancionador (Multa de Tránsito Federal) Un transportista es multado por la Guardia Nacional en carretera federal. • Principio de Legalidad: La boleta de infracción debe citar exactamente qué artículo del Reglamento de Tránsito se violó. Si no lo cita, el acto es nulo. • Relación con lo Contencioso (LFPCA): El transportista tiene dos opciones: 1. Interponer el Recurso de Revisión (Art. 83 LFPA) ante el superior jerárquico de quien lo multó. 2. Irse directo al Juicio de Nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa para pedir que se cancele la multa por un vicio de forma. • Interés Legítimo: Como la multa afecta su patrimonio, él tiene la personalidad jurídica para ser parte en el procedimiento. Situación..................................................................Ley Aplicable..................................Acción Pides un permiso.....................................................LFPA..............................................Solicitud formal y seguimiento de plazos. Te imponen una multa.............................................LFPA / LFPCA................................Impugnación de la validez del acto administrativo. La autoridad te ignora..............................................LFPCA...........................................Demanda por Negativa Ficta. Te violan un derecho humano.................................Constitución / Ley de Amparo.........Amparo Indirecto contra el procedimiento. Quieres abrir una farmacia. Una Clausura por Inspección La autoridad sanitaria decide revisar restaurantes al azar. El Procedimiento Sancionador.

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