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DERECHO PROCESAL CIVIL 3 parte

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Título del Test:
DERECHO PROCESAL CIVIL 3 parte

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Univerwsidadd Estatl de Milagro

Fecha de Creación: 2025/07/14

Categoría: Otros

Número Preguntas: 40

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Será toda actividad del órgano jurisdiccional, todo acto realizado en el ejercicio de sus funciones. Actuación judicial. Controversia. Expediente. Litigio.

Son los que deben cumplirse una vez admitida la demanda o denuncia por el juez e iniciada la etapa preliminar del proceso (o del sumario en lo penal). Presupuestos procesales del procedimiento. Presupuestos privados. Presupuestos materiales o sustanciales. Presupuestos educativos.

En relación a este principio (Couture 2014) expresa que se refiere a la esencia misma de la nulidad como medio de impugnación procesal afirmando además que la nulidad debe ser aplicada en los casos en que por las violaciones a las formas procesales. Principio de protección. Principio de saneamiento. Principio de finalidad. Principio de conservación.

Son los requisitos para que el juez pueda, en la sentencia, proveer de fondo o mérito, es decir, resolver si el demandante tiene o no el derecho pretendido y el demandado la obligación correlativa, o si el sindicado tiene o no la responsabilidad que se le imputa. Presupuestos materiales o sustanciales de la sentencia de fondo. Presupuestos procesales de la demanda, la denuncia o la querella. Presupuestos procesales de la acción. Presupuestos procesales del procedimiento.

Permite a los ciudadanos acceder al sistema de justicia sin necesidad de realizar gastos. Principio de gratuidad. Principio de obligatoriedad y exclusividad. Principio de unidad jurisdiccional. Principio de publicidad.

Josefina Martínez se encuentra en posesión tranquila e ininterrumpida por mas de veinte años de un solar ubicado en la ciudad de Babahoyo haciendo actos que solo el dominio da derecho habiendo logrado edificar una casa de cemento de una planta. Acude donde la abogada Lucrecia Cárdenas con quien luego de analizar el caso presentan una demanda en la Unidad Judicial Civil. Lo realizado por la parte actora corresponde a un acto procesal de: Postulacion. Prueba. Afirmacion. Resolucion.

Este aspecto viene dado por la consagración del derecho a la jurisdicción como un Derecho Humano amparado por Declaraciones Internacionales de este tipo, y en la mayoría de las constituciones nacionales. Meta derecho. Derecho subjetivo. Derecho objetivo. Derecho o poder juridico.

La enumeración de los principios que rigen el proceso no puede realizarse en forma: Taxativa. Autonoma. Directa. Libre.

Para que se pueda constituir válidamente un determinado proceso y el juez pueda dictar una sentencia de fondo que resuelva definitivamente el conflicto, es necesario que el actor cumpla con: Los presupuestos procesales y materiales. Los pagos correspondientes. Diversas fucniones jurídicas. Los impuestos pendientes.

El derecho procesa establece un medio para la aplicación del derecho: Sustantivo. Personal. Objetivo. Subjetivo.

Aquel acto jurídico emanado por las partes, agentes de la jurisdicción y terceros ligados al proceso, que puede crear, modificar o extinguir efectos procesales se denomina: Acto procesal. Hecho procesal. Negocio jurídico procesal. Acto jurídico.

Son posiciones antagónicas en relación con el fin del proceso: Objetiva y subjetiva. General y específica. Contenciosa y analítica. Particular y universal.

Es la parte de la sentencia que consiste en la descripción de lo ocurrido en el proceso: Expositiva. Resolutiva. Considerativa. Aclarativa.

Las sentencias respecto a la decisión se clasifican en: Inhibitorias y de fondo. Primera y segunda instncia,casacion y revision. Orales y escritas. Estimatorias,declaratorias y constitutivas.

Según (Álvarez del Cuvillo) “se refiere en principio a la sucesión ordenada de actos procesales a través de los cuales el proceso se sustancia, es decir, se manifiesta, toma forma, se lleva a cabo; se refiere por tanto a la manifestación externa y formal del proceso”. Procedimiento. Instruccion fiscal. Proceso. Sumario.

Sobre el tribunal colegial se afirma que obtiene: Una mejor justicia con menos márgenes de error. Rapidez, sencillez y economia que la responsabilidad queda bien establecida. Responsabilidad y celeridad. Celeridad y economía procesal.

Significa que el órgano jurisdiccional deberá estar en contacto personal con las partes recibir personalmente las pruebas, oír los alegatos, para poder dictar una sentencia justa. Principios de inmediación del órgano jurisdiccional. Principio de publicidad. Principios del impulso procesal de oficio o a instancia de parte. Principio de oralidad o de escritura.

Se debe tener en cuenta que la normas que refieren al derecho sustantivo establecen: Las relaciones jurídicas al determinar los derechos y obligaciones que ligan a los sujetos de derechos. La forma como se pueden hacer efectivos los preceptos establecidos en las sustantivas. El procedimiento que debe seguirse. El orden por la violación del derecho subjetivo.

El debido proceso es el derecho que posibilita que los procedimientos sean: Equitativos. Desiguales. Favorables. Parciales.

La persona jurídica podrá comparecer a juicio a través de: Su representante legal o judicial. Cualquier socio. Junta Directiva. Un tercero acreditado.

La renuncia que hace el actor a continuar con el proceso o también el accionado en relación a la reconvención que tiene planteada corresponde al: Desistimiento. Abandono. Transacción. Allanamiento.

Respecto al lugar donde deben realizarse los acto procesales se debe tener en cuenta: La sede de la unidad judicial y además la competencia donde se ejerce la jurisdicción. La mayoria de actos estan sometidos a terminos o plazos. El domicilio de las partes unicamente. La forma de los actos procesales es establecida por el legislador.

Aquellas que por asentimiento de las partes no fueron impugnadas por lo que pasaron en autoridad de cosa juzgada por falta de impugnación de las partes legitimadas en el proceso. Estas son las denominadas sentencias: Consentidas. Cautelares. Desestimatorias. Definitivas.

Es el conjunto de documentos que conforman la historia judicial de un conflicto, es decir, todas las actuaciones procesales realizadas. Expediente judicial. Caso. Conflicto. Juicio.

Las partes deben tener un mismo trato, y las mismas oportunidades de hacer valer sus derechos. Principio de igualdad de las partes. Principio de congruencia. Principio de preclusion procesal o eventualidad. Principio de Economia Procesal.

Sirve para que el avance del proceso y puede venir del propio órgano que está regulando el proceso (el juez) o de otra persona. Esto corresponde a los principios de: Impulso procesal de oficio o a instancia de parte. Oralidad o de escritura. Publicidad y privacidad. Inmediacion del orgno jurisdiccional y concentración.

Según este principio, todo lo que es alegado debe ser probado por la parte que lo refiere en aplicación del principio dispositivo. Principio de aportación de partes. Principio de congruencia. Principio de preclusión. Principio de concentración.

Impide que órganos no habilitados por la Constitución puedan administrar justicia que faculta a juzgar y además hacer que se cumpla las decisiones. Principio de unidad jurisdiccional. Principio de gratuidad. Principio de obligatoriedad y exclusividad. Principio de publicidad.

Este principio va orientado que la actividad procesal debe realizarse cumpliéndose los procedimientos previamente establecidos de acuerdo a la materia y en las etapas y fases que la normativa procesal establezca. Uniformidad. Inmediación. Simplificación. Eficacia.

La palabra jurisdicción como función publica de hacer justicia. Es una acepcion que se da por extension a la palabra. La expresion jurisdiccion designa la naturaleza de la funcion propia del juzgador. Es una funcion de los organos del Estado. Como funcion propia del juzgador, del lugar,demarcacón o ámbito territorial dentro del cual aquel puede ejercer validamente dicha funcion.

Martha Solís presenta demanda contra Luis Peralta teniendo como pretensión que se le cancele el capital de la letra de cambio más los intereses legales y demora ya su también las costas procesales entre las que se incluirán los honorarios del su defensor. El juez de la Unidad Judicial Civil que por sorteo le correspondió conocer luego de verificar que la demanda cumple con los requisitos del articulo 142 del Código Orgánico general del proceso emite el auto interlocutorio aceptando al tramite en procedimiento ejecutivo y dispone que el demandado conteste la demanda luego de practicada la citación. Esta providencia emitida por el juez de la causa corresponde a un: hecho procesal. Negocio juridico procesal. Acto procesal. Hecho juridico.

El proceso se divide en dos etapas: Instrucción y Juicio. Conflicto y controversia. Caso y Litigio. Caso y Expediente.

¿Qué es conflicto?. Es el conjunto de documentos que conforman la hstoria judicial de un conflicto, es decir, todas las actuaciones procesales realizadas. Es una actividad dada en el campo subjetivo (del juez) sometido a reglas objetivas(ley sustantiva y procedimental). Se presenta cuando una persona no puede conseguir amigablemente el reconocimiento de una prerrogativa que cree tener y resuelve acudir a un tribunal para someterle la decisión del asunto. Alude a una situacion de tensión y desacuerdo entre dos o más partes, refiere a posiciones encontradas.

Busca que el proceso judicial concluya con el menor número de actos procesales posibles. Principio de precusión. Principio de autonomía. Principio de concentración. Principio de celeridad.

Entre los actos procesales de postulación (actos introductorios) tenemos: La demanda permite la apertura del proceso poniendo en movimiento la actividad jurisdiccional. La providencia que emite el juez aceptando la demanda. La citación al demandado. Audiencias dirigidas por el juez.

La capacidad procesal para comparecer al juicio, es conocida también como: legitimatio ad processum. legitimatio ad causam. Legitima defensa. Capacidad de goce.

La palabra jurisdicción como ámbito territorial: Se suele aludir a la Jurisdicción federal, la Jurisdicción del Distrito Federal, etc. Como función propia del juzgador, del lugar,demarcación a ámbito territorial dentro del cual aquel puede ejercer validamente dicha función. Designa la naturaleza de la función propia del juzgador. Es una función pública, una función de los óragnos del Estado.

Aquella que determina no sólo quienes deben obrar en el proceso con derecho a obtener sentencia de fondo sino, además quienes deben estar presentes para que sea posible esa decisión de fondo es la denominada: legitimación en la causa o legitimatio ad causam. Capacidad de goce. Legitimacion activa. legitimatio ad processum.

Este derecho es algo que se tiene o no se tiene. Por otro lado, la pretensión es algo que se hace o no se hace, lo que significa que la pretensión es actividad. Derecho subjetivo. Derecho objetivo. Derecho o poder jurídico. Meta derecho.

La antigua máxima que establece nemo iudex in re propia, significa: No se debe ser juez en causa propia. Jurisdicción y competencia. órgano jurisdiccional. Decir el derecho.

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