DERECHO PROCESAL LABORAL
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Título del Test:
![]() DERECHO PROCESAL LABORAL Descripción: TEST DE EXAMEN |



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Inmediación. El principio de inmediación garantiza que el juez o tribunal que dictará sentencia esté presente y perciba directamente las pruebas y declaraciones, asegurando un juicio justo y la correcta valoración de los hechos. El Juez debe estar presente físicamente en todas las audiencias. No puede delegar el desahogo de pruebas a un secretario. El principio de inmediación garantiza que el juez o tribunal que dictará sentencia esté presente y perciba directamente las pruebas y declaraciones, asegurando un juicio justo y la correcta valoración de los hechos. Definición y Fundamentación El principio de inmediación es un pilar del sistema judicial que exige la presencia directa del juez o tribunal durante la práctica de pruebas, declaraciones de acusados, testigos y peritos, evitando que la valoración de los hechos se base únicamente en documentos escritos o intermediarios. Inmediatez. Obligación de resolver los asuntos lo más pronto posible, evitando retardos innecesarios. El principio de inmediatez establece que la acción o sanción debe ejercerse en un tiempo razonable y proporcional al hecho que la origina, garantizando la protección urgente de derechos y la seguridad jurídica. El principio de inmediatez es un concepto jurídico que busca asegurar que las acciones legales o sanciones se realicen de manera rápida y proporcional respecto al hecho que las motiva. Continuidad. El procedimiento debe suceder en etapas sucesivas y fluidas hasta llegar a la sentencia. El principio de continuidad establece que, en un fluido incompresible y en un sistema cerrado, la cantidad de masa que entra en un volumen de control es igual a la que sale, manteniendo constante el caudal. El principio de continuidad es una ley fundamental de la mecánica de fluidos que se basa en la conservación de la masa. Celeridad. Rapidez en la tramitación del juicio. El principio de celeridad es un principio jurídico que exige que los procedimientos administrativos y judiciales se tramiten de manera ágil y eficiente, evitando retrasos innecesarios y garantizando la resolución de los asuntos en un plazo razonable. El principio de celeridad se encuentra consagrado en diversos sistemas jurídicos y constituye un pilar del debido proceso y de la tutela judicial efectiva. Veracidad. El proceso busca la verdad real sobre la verdad formal (lo que realmente pasó, no solo lo que dicen los papeles. El principio de veracidad establece que, en procedimientos legales o administrativos, se presume que las declaraciones y documentos presentados por los administrados son verdaderos, salvo que existan pruebas que demuestren lo contrario. La veracidad se entiende como el grado de confianza en que una persona o institución dice la verdad. Concentración. Realizar la mayor cantidad de actos procesales en una sola audiencia para ahorrar tiempo. El principio de concentración establece que los actos procesales deben celebrarse en unidad de acto y en un plazo breve, concentrando la mayor parte de la actividad procesal en una o pocas audiencias consecutivas. El principio de concentración es consustancial a la oralidad en el proceso penal, y busca que los actos procesales se realicen de manera unificada y continua, evitando la dispersión temporal de las actuaciones. Economía. El proceso debe ser poco costoso y accesible para el trabajador. Los principios de economía son ideas básicas que explican cómo las personas, empresas y gobiernos toman decisiones sobre recursos limitados para satisfacer necesidades y maximizar beneficios. El principio de economía procesal busca optimizar los recursos y el tiempo en los procesos laborales, garantizando una justicia más rápida y eficiente. Sencillez. El principio de sencillez en materia procesal laboral se refiere a la necesidad de que los procedimientos judiciales sean claros, comprensibles y eviten formalismos innecesarios. No se requieren tecnicismos excesivos o fórmulas sacramentales en las promociones de las partes. Predominio de la Oralidad. Aunque hay una fase escrita, el debate y el desahogo de pruebas ocurren de viva voz frente al juez. El principio de predominio de la oralidad en materia procesal laboral implica que se debe dar prevalencia a la palabra hablada en el juicio, obligando a las partes a comparecer y expresar sus manifestaciones necesarias para su defensa adecuada. Este principio se complementa con la forma escrita, que debe ser asentada en actas y firmadas por las partes intervinientes. Tribunales Laborales. Órganos del Poder Judicial (Federal o Local) que sustituyen a las Juntas de Conciliación. Los tribunales laborales son órganos del Poder Judicial encargados de resolver conflictos laborales, sustituyendo gradualmente a las Juntas de Conciliación y Arbitraje, con énfasis en la conciliación y la oralidad. Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL): Organismo descentralizado encargado de la conciliación federal y del registro de todos los contratos colectivos y sindicatos del país. El CFCRL es un organismo público descentralizado encargado de la conciliación laboral y del registro de sindicatos y contratos colectivos en México. El Conciliador. Funcionario profesional encargado de mediar entre las partes para llegar a un convenio. El conciliador en materia procesal laboral tiene un papel crucial en la resolución de conflictos laborales en México. Su función principal es facilitar el diálogo entre trabajadores y empleadores para resolver disputas de manera pacífica y efectiva. Secretario Instructor. Funcionario del Tribunal que se encarga de la fase escrita (dicta acuerdos, admite demandas y vigila los emplazamientos). El Secretario Instructor en materia procesal laboral tiene varias funciones y responsabilidades clave: Admisión de demandas: Debe admitir o prevenir con inmediatez las demandas derivadas de conflictos de trabajo. Seguimiento del proceso: Dirigir las actividades necesarias para la tramitación y seguimiento de los procedimientos judiciales. Registro de asuntos: Registrar en el Sistema de Gestión Laboral los asuntos iniciados y mantener actualizado el estatus procesal. Facultades limitadas: Carece de facultades para dictar acuerdos una vez concluida la fase escrita del procedimiento laboral. Ética y responsabilidades: Debe observar principios de legalidad, imparcialidad y transparencia en su actuación. Estas funciones son esenciales para asegurar un proceso laboral justo y eficiente. Principio de publicidad. La posibilidad de que las audiencias y diligencias que conforman el proceso pueden ser vistas y oídas por cualquier persona en especial por las partes litigantes. El principio de gratuidad procesal garantiza que todas las personas puedan acceder a la justicia sin que su situación económica limite su derecho a litigar o recibir asistencia judicial. El principio de gratuidad procesal establece que todas las personas tienen derecho a acceder a los tribunales y a los servicios judiciales sin costo alguno, asegurando la igualdad de acceso a la justicia sin importar su capacidad económica. Principio de conciliación. El principio de conciliación se basa en la búsqueda de acuerdos justos y voluntarios entre las partes, guiado por la buena fe, la equidad y la legalidad. Incluido el 30 de noviembre de 2012 subraya la importancia de la conciliación como un mecanismo alternativo de solución de conflictos. La conciliación es un mecanismo de resolución de conflictos mediante el cual las partes involucradas buscan llegar a un acuerdo con la ayuda de una autoridad conciliadora. Principio dispositivo. Las autoridades laborales no pueden iniciar de oficio un proceso laboral la parte interesada deberá de presentar su demanda. El principio dispositivo es un concepto fundamental en el derecho procesal que establece que el proceso judicial se inicia y se desarrolla a partir de la actividad de las partes, quienes tienen el derecho de acción y el objeto del proceso. las partes, quienes tienen el derecho de acción y el objeto del proceso. Este principio se manifiesta en varios aspectos, como la iniciativa, la disponibilidad del derecho material, el impulso procesal y la delimitación del tema decidendum. Principio de suplencia. El tribunal tiene la obligación de subsanar las omisiones que haya incurrido el trabajador, indicarle y en caso de no subsanar el actor el tribunal lo hará. El principio de suplencia se refiere a la facultad y obligación del juez constitucional de suplir las deficiencias en las que pueda incurrir la parte actora en un proceso. Este principio implica que el juez tiene la responsabilidad de adecuar las pretensiones de los quejosos cuando se advierte un error u omisión en sus reclamos. ¿Quiénes son partes en el proceso del trabajo?. Son partes en el proceso del trabajo, las personas físicas o morales que acrediten su interés jurídico en el proceso y ejerciten acciones u o pongan excepciones. Artículo 689 LFT. En el proceso del trabajo, las partes son las personas físicas o morales que acreditan su interés jurídico en el proceso y ejercen acciones u oponen excepciones. Las partes en el proceso del trabajo son las personas físicas o morales que acreditan su interés jurídico en el proceso y ejercen acciones u oponen excepciones. Concepto de jurisdicción. Entendemos la jurisdicción como la facultad exclusiva que tiene el Estado de aplicar la ley, en un caso controvertido para darle solución. caer bajo el poder de alguien. Pedir al juez que conoce de un pleito o causa que se reconozca incompetente y se inhiba de su seguimiento. Concepto de competencia. Si la jurisdicción de entendemos como la facultad estatal, de resolver controversias y ante la aplicación de la ley, al caso controvertido, la competencia será la justa medida de esta facultad, es decir, la facultad estatal para la resolución de determinados negocios. La competencia en materia procesal laboral se refiere a la facultad o atribución que tiene una autoridad judicial, administrativa o laboral para conocer, decidir y resolver un determinado asunto legal. ¿Cómo se establece la competencia en el derecho procesal del trabajo?. Según la materia y la competencia de los tribunales locales o federales. La competencia en el derecho procesal del trabajo se establece mediante la aplicación de las reglas de competencia absoluta y relativa. Ignorancia, del nombre de patrón. La ley considera la posibilidad de qué el trabajador ignore el nombre del patrón o la denominación y la demanda será procedente siempre que el trabajador precisa el domicilio en donde la laboraba. La ignorancia del nombre del patrón no puede acarrear perjuicios a los trabajadores, pero debe entenderse en el contexto del juicio laboral, donde se establece quién debe responder de las obligaciones contractuales. PLAZO. El plazo es el periodo durante el cual se debe cumplir con una obligación procesal,. Los plazos procesales laborales en España varían según la fase del proceso y son cruciales para la gestión de demandas y juicios. término. Implica el señalamiento de un día y una hora específicos para el inicio de la celebración práctica o desahogo del acto procesal. Los términos procesales en materia laboral son los plazos legales que tienen las partes para realizar actos procesales, contados de manera estricta según la Ley Federal del Trabajo. Las notificaciones en materia de derecho procesal del trabajo. En el actuario, efectuar la notificación en el domicilio indicado por el demandante y se entenderá hecha al patrón, aunque se ignore su nombre. Las notificaciones en el proceso laboral son actos formales mediante los cuales se comunica a las partes y terceros interesados las resoluciones, emplazamientos y actos procesales, pudiendo realizarse de manera personal, electrónica o por estrados según la Ley Federal del Trabajo. ¿Qué es probar?. En materia de derecho procesal, podemos afirmar que probar es demostrar el juicio, la certeza de un hecho afirmado por alguna de las partes en litigio. Hacer examen y experimento de las cualidades de alguien o algo. El objeto de la actividad probatoria son los hechos controvertidos. El juzgador debe desechar por improcedentes todas aquellas probanzas de las partes que no tengan relación directa con los hechos. Objeto de la prueba. Prueba. Medios de prueba. El fin de la prueba es lograr el convencimiento del juzgador respecto de lo afirmado por las partes, tanto en la demanda, como en la contestación de la misma. Fin de la prueba. Medios de prueba,. Objeto de la prueba. Entendemos como medios de prueba, todo objeto o circunstancia que sirva para lograr la convicción del juzgador respecto a la afirmación de las partes. Medios de prueba. Motivos de prueba. Fin de la prueba. Los motivos de pruebas son las razones, la consideraciones de los argumentos, las intuiciones y en una palabra los motivos por los que el juez o tribunal tiene por acreditados o no acreditados los hechos alegados por las partes en el conflicto. Motivos de prueba. Naturaleza de la prueba. Medios de prueba,. La naturaleza es probar y probar es producir un estado de certidumbre en la mente y el juzgador respecto a la existencia o no de un determinado hecho. Naturaleza de la prueba. Los motivos de pruebas. Motivos de prueba. ¿Cuáles son las pruebas admisibles en el proceso laboral?. Son 10 1Confesional 2documental 3testimonial 4pericial, 5 inspección 6presuncional 7instrumental de actuaciones 8 fotografías, cintas, cinematográficas, registros, 9constancias de notificaciones hechas a través del buzón electrónico 10 los recibos de nómina con sello digital. Documental: Documentos que respaldan la información presentada. Testimonial: Testigos que pueden ofrecer información sobre hechos relevantes. Pericial: Peritos que evalúan aspectos técnicos o científicos. Presuncional: Pruebas que establecen presunciones sobre hechos. Instrumental de actuaciones: Herramientas utilizadas para la recolección de pruebas. Fotografías y grabaciones: Medios de evidencia visual o audio. Recibos de nómina: Documentos que contienen información salarial. Constancias de notificación: Documentos que indican la notificación de actos laborales. Documentos digitales: Firmas electrónicas, documentos digitales y otros medios electrónicos. Prueba confesional. Entendemos por confesión, el reconocimiento que una persona hace de hechos que se invocan en su contra, y se puede produce efectos en los que le perjudica. La prueba confesional es la declaración que realiza una persona sobre hechos pasados desfavorables a su interés, con valor probatorio en un juicio. Documentales. Documento cualquier material perceptible por los sentidos y capaz de proporcionarnos una información. En el contexto de la materia procesal laboral, el concepto de documentales se refiere a las pruebas documentales que son fundamentales en los litigios laborales. Documento público. Son aquellos cuya formulación está encomendada por la ley, a un funcionario, vestido de fe pública o aquellos servidores públicos que los expidan. Los documentos públicos en materia procesal laboral son aquellos cuya formulación está encomendada por la Ley a un funcionario investido de fe pública, o a aquellos servidores públicos que los expidan en ejercicio de sus funciones. Son los que reúne las condiciones previstas para los documentos públicos, pero son realizados por particulares y en su elaboración no participan en federaros de autoridades en ejercicio de sus funciones. Documento privado. Documento público. Reinicia de los trabajadores. La renuncia de los trabajadores presentadas por el patrón de manera unilateral, carecen de todo valor probatorios, si no son ratificadas en cuanto a su contenido y firma por los trabajadores que la suscriben y no deben contener renuncias a los derechos de los trabajadores en Tales circunstancias del tribunal, no las aprobara. Cotejo de documento. Prueba, testimonial. Cotejo de documento. Si el original de un documento exhibido en juicio obra, en parte de la contraparte de un tercero o de una autoridad, deberá ser cotejado por el actuario, a solicitud de la parte oferente de la prueba. l testimonio lo ofrece, un testigo que es toda persona, que, sin ser parte de la controversia, conoce los hechos que lo motivaron. El testimonio lo ofrece, un testigo que es toda persona, que, sin ser parte de la controversia, conoce los hechos que lo motivaron. Prueba, testimonial. Prueba pericial. Inspección. Prueba pericial. La prueba pericial se realiza por un perito que es la persona que auxilia al juzgador con sus conocimientos científicos, técnicos o artísticos, en la investigación de los hechos controvertidos. La prueba pericial es un medio de prueba judicial basado en conocimientos técnicos o científicos aportados por un perito para esclarecer hechos que requieren especialización. Inspección. La inspección es el examen sensorial realizado sobre objetos y documentos relacionados con la controversia. Acción y efecto de inspeccionar. Es la consecuencia que la ley o el tribunal deducen de un hecho conocido para averiguar la verdad de otro desconocido. Presunción. Instrumental instrumental. Inspección. es el conjunto de actuaciones y elementos que obren en el expediente, los anexos formados con motivo del juicio. Instrumental instrumental. Resoluciones laborales. Presunción. Es todo lo que puede servir para averiguar la verdad, lo que significa que son instrumentos toda clase de medios de prueba. Instrumento. Resoluciones laborales. Instrumental instrumental. Son todas las manifestaciones de voluntad, emanadas por las autoridades laborales y que tienen relevancia en el proceso. Resoluciones laborales. Instrumental instrumental. Clasifica tres tipos de resoluciones de los tribunales laborales. Esos tres son uno, acuerdos dos autos, incidentales o resoluciones interlocutoras y Tres la sentencia. Los tribunales laborales pueden dictar tres tipos de resoluciones: acuerdos, autos incidentales o resoluciones interlocutorias, y sentencias. Plazo para resolver. El tribunal dictará su resoluciones en el acto en que concluye la diligencia respectiva o dentro de las 48 horas siguientes, aquella en la que reciba promociones por escrito, salvo disposición, en contrario de esta ley artículo 838. El plazo general para que la Administración resuelva un procedimiento es de tres meses, salvo que una norma específica establezca un plazo mayor, con un máximo de seis meses en casos especiales según la Ley 39/2015. Firma de las resoluciones. Artículo ocho 39. La resoluciones de los tribunales deberán ser firmadas por los integrantes de ellas y por el secretario del mismo día, que las voten en los términos del artículo 620 de dicha ley. La firma de resoluciones es el requisito formal mediante el cual un juez o autoridad expresa su voluntad en un documento oficial, y puede incluir el uso de firmas digitales para validar la autenticidad de los documentos. |





