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derecho procesal penal

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Título del Test:
derecho procesal penal

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Fecha de Creación: 2025/12/12

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Este artículo del Código Nacional de Procedimientos Penales establece del derecho del imputado a contar con un defensor. art. 115. art. 125. art. 112.

Está compuesta por el Juez de Control, un Tribunal de enjuiciamiento y un Tribunal de Alzada. medidas cautelares. competencia. supuesto de flagrancia.

La etapa de investigación, que se divide en Inicial y complementaria, la etapa intermedia y la etapa de juicio, que además, en conjunto, son procedimiento ordinario, son. etapa de procedimiento. etapa de inmediación. sujetos de procedimiento penal.

Toda audiencia se desarrollará íntegramente en presencia del Órgano Jurisdiccional, así como de las partes que deberán intervenir en las mismas. etapa de inmediación. etapa de procedimiento. presunción de inocencia.

Son las formas en las que la autoridad jurisdiccional pronunciará sus resoluciones. presunción de inocencia. sentencias y acitos. procedimiento abreviado.

Antes de junio de 2008 a la etapa que se hacía consistir en el ejercicio de la acción penal por parte del Agente del Ministerio Público, se le denominaba. competencia. medidas cautelares. consignación.

La víctima u ofendido, el asesor jurídico, el imputado, el defensor, el Ministerio Público, la policía, el Órgano Jurisdiccional y la autoridad de supervisión de medidas cautelares, son. acuerdos reparatorios. sujetos de procedimiento penal. ofendido.

Toda persona se presume inocente y será tratada como tal en todas las etapas del procedimiento mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el juez. sujetos de procedimiento penal. ofendido. presunción de inocencia.

Es una forma de terminación anticipada del proceso, lo solicita el Ministerio Público y lo autoriza el Juez, consiste básicamente en la aceptación por parte del imputado de su responsabilidad en la comisión del delito. suspensión condicional. procedimiento abreviado. formas de conducción del imputado a proceso.

Su naturaleza, entre otras cosas, es garantizar la presencia en juicio del Imputado, así como que este no se evada de la acción de la justicia. suspensión condicional. medidas cautelares. etapa intermedia.

Comprende desde la formulación de la acusación hasta el auto de apertura del juicio, en ella se realiza el descubrimiento probatorio. etapa intermedia. supuesto de flagrancia. etapa de inmediación.

Produce la extinción de la acción penal una vez cumplidas sus condiciones, consiste en un plan detallado sobre el pago de la reparación del daño y el sometimiento del imputado a una o varias condiciones, lo plantea el Ministerio Público. suspensión condicional. concentración-principio. obligaciones del policía.

Produce la extinción de la acción penal una vez cumplidas sus condiciones, consiste en un plan detallado sobre el pago de la reparación del daño y el sometimiento del imputado a una o varias condiciones, lo plantea el Ministerio Público. suspensión condicional. suspensión penal. acuerdos reparatorios.

Las audiencias se desarrollarán preferente en un mismo día o en días consecutivos hasta su culminación. concentración-principio. prohibición de doble enjuiciamiento. escusa.

El citatorio, las órdenes de comparecencia y la orden de aprehensión, son: formas de conducción del imputado a proceso. sentencias y acitos. acuerdos reparatorios.

El artículo 21 d e nuestra Constitución Política, así como el artículo 132 del Código Nacional de Procedimientos Penales, entre otras cosa establece. formas de notificación. obligaciones del policía. proceso penal.

Tiene como efecto la extinción de la acción penal una vez cumplidos sus términos, para ello debe darse el acuerdo entre la víctima u ofendido y el imputado, debe ser aprobado por el Ministerio Público o el Juez de Control. acuerdos reparatorios. incompetencia declinatorio. principio de publicidad.

Es la persona física o moral titular del bien jurídico lesionado o puesto en peligro por la acción u omisión prevista como delito. ofendido. competencia. preinstrucción.

Antes de junio de 2008, está etapa sirvió para que las partes aportaran pruebas al juzgador para que pudiera pronunciarse sobre los hechos, se le denominaba. instrucción. medidas de apemio. principio de legalidad ante la ley.

La amonestación, la multa y el arresto hasta por 36 horas por parte del Órgano jurisdiccional o del Agente del Ministerio Público, son. supuesto caso urgente. medidas de apemio. principio de igualdad.

La persona condenada, absuelta o cuyo proceso haya sido sobreseído, no podrá ser sometida a otro proceso penal por los mismos hechos. prohibición de doble enjuiciamiento. victima. ausencia de debate.

Ninguna persona podrá ser condenada a una pena, ni sometida a una medida de seguridad, sino en virtud de una resolución dictada por 1 Tribunal, conforme a las leyes expedidas con anterioridad. principio de juicio previo al debido proceso. incompetencia por inhibición. averiguación previa.

El artículo 16 de nuestra Constitución Política en su párrafo séptimo, así como el artículo 150 del Código Nacional de Procedimientos Penales contemplan: principio de contradicción. supuesto caso urgente. proceso penal.

Cuando un Juez o Magistrado advierta que se actualizan algunas de las causas de impedimento, se declarará separado del asunto y remitirá los registros al tribunal competente. escusa. oportunidad para declarar. suspensión de proceso.

Todas las personas que intervengan en el procedimiento penal recibirán. principio de legalidad ante la ley. oportunidad de vincular a proceso. apertura de juicio.

estas se ordenan mediante oficio, correo certificado o telegrama, con aviso d e entrega al domicilio proporcionado cuando nenos con 48 horas de anticipación a la celebración del acto, también pueden realizarse por teléfono. concluir. principio de contradicción. formas de notificacion.

El imputado y su defensor, el Ministerio Público, la víctima u ofendido y su asesor jurídico son: proceso penal. etapa de juicio. formulacion de imputacion.

En cualquier etapa del procedimiento esta incompetencia se tramitará a petición de cualquiera de las partes ante el tribunal que crean competente. investigación inicial. incompetencia declinatorio. incompetencia por inhibición.

Este principio procesal consiste en que por regla general is audiencias serán públicas. principio de igualdad. principio de publicidad. sobreseimiento total.

El artículo 21 de nuestra Constitución Política, así como el artículo 131 del Código Nacional de Procedimientos Penales, entre otras cosas, se refiere a. parcial. obligación del mp. reapertura de proceso.

en esta fecha se publicaron en el Diario Oficial de la Federación diversas modificaciones a la Constitución para dar paso al nuevo sistema de justicia penal en nuestro país. 16 de junio. 15 de junio. 18 de junio.

Los actos procedimentales serán cumplidos en los plazos establecidos, en los términos que el Código Nacional de Procedimientos Penales autorice. regla de competencia. reglas generales de plazo. incompetencia declinatorio.

Las personales, por lista, estrado o boletín judicial según corresponda y edictos, son. formas de notificación. recusación. valoración probatoria.

Los órganos jurisdiccionales del fuero común tendrán competencia sobre los hechos punibles cometidos dentro de la circunscripción judicial en la que ejerzan sus funciones. regla de competencia. art. 37. investigación complementaria.

Antes de junio de 2008 a la etapa que Iniciaba con la denuncia y/o querella ante el Agente del Ministerio Público por la presunta: comisión de un delito, se le denominaba. averiguación previa. acceso a carpetas digitales. etapa de juicio.

En cualquier etapa del proceso, salvo algunas excepciones, el tribunal que reconozca su incompetencia remitirá los registros correspondientes al que considere competente. incompetencia declinatorio. control de legalidad. suspensión de proceso.

Este artículo del Código Nacional de Procedimientos Penales contempla las causas de impedimento de los para que opere la excusa o recusación. art. 37. art. 113. art. 337.

Comprende desde la formulación de Imputación y se agota una vez que se haya cerrado la investigación. prohibición de la investigación. investigación inicial. investigación complementaria.

El artículo 50 del Código Nacional de Procedimientos Penales garantiza a las partes en el proceso: suspensión de proceso. contenido de la acusación. acceso a carpetas digitales.

antes de junio de 2008 a la etapa que daba comienzo con el auto de radicación y concluía con el dictado, en su caso, del auto de formal prisión, se le denominaba. derechos de la víctima u ofendido. preinstrucción. tipos de medidas cautelares.

Por regla general las audiencias se llevarán a cabo de forma continua, sucesiva y secuencial. principio de continuidad. principio de contradicción. principio de igualdad.

El artículo 20 de nuestra Constitución Política en su apartado C, así como el artículo 109 del Código Nacional de Procedimientos Penales contemplan. derechos de la víctima u ofendido. dictar auto vinculación a proceso. reapertura de proceso.

Cuando el Juez o Magistrado no se excuse a pesar de tener algún Impedimento, procederá esta figura jurídica. incompetencia declinatorio. recusación. investigación inicial.

Comienza con la presentación de la denuncia o querella y concluye cuando el imputado queda a disposición del juez de control para que se le formule Imputación. investigación complementaria. efecto sobresaliente. investigación inicial.

La exhibición de una garantía económica, el embargo de bienes, la colocación de localizadores electrónicos, la prisión preventiva, entre otras, son. tipos de medidas cautelares. contenido de la acusación. formulacion de imputacion.

Comprende desde que se recibe el auto de apertura a juicio hasta la sentencia emitida por el Tribunal de Enjuiciamiento. alegatos de apertura. etapa de juicio. efecto sobresaliente.

Las partes podrán conocer, controvertir o confrontar los medios de prueba, así como oponerse a las peticiones de las partes. principio de contradicción. principio de igualdad. acuerdos probatorios.

El artículo 20 de nuestra Constitución Política en su apartado B, así como el artículo 113 del Código Nacional de Procedimientos Penales contemplan. derechos del imputado art. 113. dictar auto vinculación a proceso. contenido de vinculación a proceso.

Se garantiza a las partes, en igualdad de condiciones, el pleno e irrestricto ejercicio de los derechos previstos en la Constitución, los Tratados y las Leyes que de ellos emanen. formulacion de imputacion. dictar auto vinculación a proceso. principio de igualdad.

Es el sujeto pasivo que resiente directamente sobre su persona la afectación producida por la conducta delictiva. victima. parcial. audiencia inicial.

Una vez concluida la deliberación, el tribunal se constituirá nuevamente, después de haber convocado a las partes, para comunicarlo. libertad probatoria. contenido de la acusación. emisión de fallo.

Se compone de dos fases, una escrita y otra oral, la primera inicia con el escrito de acusación, la segunda culminará con el dictado del auto de apertura a juicio. efecto de auto. debe testificar. etapa intermedia.

Esta audiencia deberá tener lugar no antes de veinte ni después de sesenta días naturales, una vez que el tribunal de enjuiciamiento haya recibido el auto de apertura a juicio oral. efecto de auto. ausencia de debate. formulacion de imputacion.

Todos los hechos y circunstancia aportados para la adecuada solución del caso sometido a juicio, podrán ser probados por cualquier medida pertinente , no referimosa. libertad probatoria. contenido de vinculación a proceso. procedimiento.

La individualización del o los acusados y de su defensor, la individualización de la víctima u ofendido y su asesor jurídico, la relación clara precisa, circunstanciada y especifica de los hechos atribuidos en modo, tiempo y lugar, así como su clasificación jurídica, entre otros, son. contenido de la acusación. requisitos para vincular a proceso. oportunidad para declarar.

Tiene por objeto el ofrecimiento y admisión de pruebas, así como la depuración de los hechos controvertidos que serán materia del juicio. etapa intermedia. parcial. prueba pericial.

Es la comunicación que el Ministerio Público efectúa al imputado, en presencia del Juez de control, de que desarrolla una investigación en su contra respecto de uno o más hechos que la ley señala como delito. Querella. proceso. formulacion de imputacion.

Este sobreseimiento será cuando se refiera a algún delito o alguno de los Imputados. parcial. deliberación. concluir.

Cuando cesen las causas que lo hayan motivado, a petición del Ministerio Público o de cualquiera que intervienen en el proceso, el juez podrá: sobreseder al procedimiento. reapertura de proceso. dictar auto vinculación a proceso.

Esta se ofrece cuando para el examen de personas, hechos objetos o circunstancias relevantes para el proceso, fuera necesario o conveniente poseer conocimientos especiales en alguna ciencia, técnica u oficio. prueba pericial. prueba. legalidad de la prueba.

Que se haya formulado imputación, se haya otorgado al imputado la oportunidad de declarar, que no se actualice una causa de extinción la acción penal o excluyente del delito, son requisito para. requisitos para vincular a proceso. dictar auto vinculación a proceso. proceso.

El descubrimiento probatorio en la eta Intermedia se encuentra contenido en este artículo del Código Nacional de Procedimientos Penales: art. 337. art. 334. art. 323.

Formulada la imputación, el Juez de control le preguntará al imputado si la entiende y si es su deseo contestar al cargo. En caso de que decida guardar silencio, éste no podrá ser utilizado en su contra. continuación de audiencia inicial. concepto de documentado. oportunidad para declarar.

Una vez que Se haya formulado la imputación, se haya otorgado al imputado la oportunidad para declarar, de los antecedentes se desprendan datos de prueba que establezcan que se ha cometido un delito y que exista la probabilidad de que el imputado lo cometió o participó en su comisión, entre otros, son. valor de las actuaciones. requisitos para vincular a proceso. vinculación a proceso.

Datos personales del imputado, los fundamentos y motivos por los cuales se estiman satisfechos los requisitos del artículo 316, el lugar, tiempo y circunstancias de ejecución del hecho que se imputa, son. contenido de vinculación a proceso. testificar. sobreseimiento total.

La forma en que el juzgador debe dirigir la audiencia de juicio, se encuentra contendía en este artículo del Código Nacional de Procedimientos Penales. art. 257. art. 354. art. 334.

Cuando el Ministerio Público no cumpla con cerrar la investigación, el juez de control podrá en conocimiento del superior para que en 15 días se pronuncie, de incumplir la Representación Social, el Juez procederá a. sobreseimiento total. sobreseder al procedimiento. suspensión de proceso.

El auto de vinculación a proceso establecerá el hecho o los hechos delictivos sobre los que se continuará el proceso o se determinarán formas anticipadas de terminación del proceso, la apertura a juicio o el sobreseimiento. efecto de auto. control de legalidad. apertura de juicio.

Este sobreseimiento se da cuando se refiere a todos los delitos y todos los Imputados. concepto de documentado. acuerdos probatorios. sobreseimiento total.

Toda persona tendrá la obligación de concurrir al proceso cuando sea citado y de declarar la verdad de cuanto conozca y le sea preguntado. debe testificar. procedimiento. efecto de auto.

Este plazo no podrá ser mayor de dos meses si la pena a imponer no excede de dos años, y de seis meses si la pena a Imponer si excede de ese tiempo. investigación complementaria. concluir. investigación.

El Ministerio Público deberá justificar las razones de la detención y el Juez de control procederá a calificarla, examinará el cumplimiento plazo constitucional de retención y los requisitos de procedibilidad. valor de las actuaciones. disciplina de audiencia a juicio. control de legalidad.

El Juez que haya Intervenido en alguna etapa del procedimiento anterior a la audiencia de juiclo no podrá fungir como tribunal de enjuiciamiento, nos referimos al principio de. apertura de audiencia a juicio. prohibición de la investigación. concepto de documentado.

El Juez de control, antes de finalizar la audiencia Inicial determinará, previa propuesta de las partes, este plazo. legalidad de la prueba. concepto de documentado. cierre de investigación complementaria.

Cuando se trate de la sustracción del imputado a la acción de la justica, el imputado adquiera algún tipo de trastorno metal temporal durante el proceso, entre otros, son causas de. suspensión de proceso. suspensión. deliberación.

En este momento procesal el Ministerio Público tiene la posibilidad de solicitar el sobreseimiento total o parcial, solicitar la suspensión del proceso o formular acusación. concluir. continuación de audiencia inicial. alegatos de clausura.

En caso de que no se reúna alguno de los requisitos previstos en este Código, el Juez de control lo dictará y, en su caso,ordenará la libertad inmediata del imputado. legalidad de la prueba. auto de vinculación a proceso. proceso.

Esta se da inmediatamente después de haber concluido el debate, el Juez podrá ordenar un receso para examinar de forma privada, continúa aislada hasta emitir el fallo correspondiente. deliberación. alegatos de clausura. sobreseer el procedimiento.

Quien la presida verificará la presencia de los demás jueces, de las partes, de los testigos, peritos o intérpretes que deban participar en el debate. continuación de audiencia inicial. oportunidad de vincular a proceso. apertura de audiencia a juicio.

La incorporación de datos y medios de prueba en el pazo constitucional y su ampliación, están regulados en este artículo del Código Nacional de Procedimientos Penales. art. 314. art. 313. art. 321.

Son aquellos celebrados entre el Ministerio Público y el acusado, sin posición fundada de la víctima u ofendido, para aceptar como probados alguno o algunos de los hechos o sus circunstancias, son. suspender la audiencia de juicio. citar a la audiencia intermedia. acuerdos probatorios.

El apercibimiento, la multa de veinte a cinco mil salarios mínimos, expulsión de la sala de audiencia, el arresto hasta por treinta y seis horas, son facultades que el juzgador tiene para mantener. citar a la audiencia intermedia. incorporación de datos y medidas de prueba. disciplina de audiencia a juicio.

Es todo soporte material que contenga información sobre algún hecho. concepto de documentado. efecto sobresaliente. continuación de audiencia inicial.

Deberá de indicar, entre otras cosas, el Tribunal de enjuiciamiento competente para celebrar la audiencia de juicio, la Individualización de los acusados, los acuerdos probatorios a los que hubieran llegado las partes. auto de apertura a juicio. valor de las actuaciones. juicio.

No tendrá valor si ha sido obtenida por medio de actos violentos de derechos fundamentales, o si no fue incorporada al proceso conforme a las disposición del Código Nacional de Procedimientos Penales. legalidad de la prueba. sobreseer el procedimiento. contiene el auto y vinculación a proceso.

Las pruebas que se hayan desahogado para dictar el auto de vinculación a proceso, carecen de valor probatorio para fundar sentencia, nos referimos a. prueba. audiencia inicial. valor de las actuaciones.

La posibilidad que tiene el acusado en la fase escrita de la etapa Intermedia, tales como, señalar vicios, ofrecer medios de prueba, solicitar la acumulación o separación de procesos, manifestarse sobre los acuerdos reparatorios, se encuentran establecidos en este artículo del Código Nacional de Procedimientos Penales. art. 340. art. 345. art.354.

Antes de finalizar la audiencia intermedia, el Juez de control deberá dictar este auto. apertura de juicio. alegatos de apertura. audiencia inicial.

Después de que el imputado haya emitido su declaración, o manifestado su deseo de no hacerlo, el agente del Ministerio público Público solicitará al Juez de control la oportunidad para discutir medidas cautelares, en su caso, y posteriormente solicitar la vinculación a proceso. oportunidad de vincular a proceso. vincular. apertura de juicio.

En esta audiencia se desahogan los medios de prueba, primero se le da la vos al Ministerio Público y después a la defensa, agotado el debate el juez resuelve la situación jurídica del Imputado. de juicio. audiencia. continuación de audiencia inicial.

En un plazo no menor a treinta días ni mayor a cuarenta, cuando el Juez haya recibido la acusación por parte del Ministerio Público, deberá. citar a la audiencia intermedia. suspensión de proceso. concepto de documentado.

El imputado o su Defensor podrán, durante el plazo constitucional o su ampliación, presentar los datos de prueba que consideren necesarios ante el Juez de control. oportunidad de vincular a proceso. prueba. incorporación de datos y medidas de prueba.

Tiene efectos de sentencia absolutoria, e inhibe una nueva persecución penal por el mismo hecho y hace cesar todas las medidas cautelares que se hubieran dictado. efecto sobresaliente. sobreseimiento total. suspensión de proceso.

El Tribunal de enjuiciamiento valorará la prueba de manera libre y lógica, en caso de duda razonable, el Tribunal de enjuiciamiento absolverá al acusado. valoración probatoria. valor de las actuaciones. auto de vinculación a proceso.

Concluido el desahogo de las pruebas el juzgador otorgará sucesivamente la palabra al Ministerio Público, al asesor jurídico al defensor para que expongan para que expongan estos alegatos. alegatos de clausura. clausura. sobreseer el procedimiento.

Una vez abierto el debate, el juez concederá la palabra al Ministerio Público para que exponga su acusación, se concede la palabra al a s e s o r jurídico d e la víctima u ofendido, por último concede la palabra la defensa. alegatos de apertura. apertura de juicio. apertura.

Si se debe resolver una cuestión incidental que no pueda, por su naturaleza, resolverse en forma inmediata, se tenga que practicar algún acto fuera de la sala de audiencia, no comparezcan testigos o peritos, entre otras, son factores para. suspender la audiencia de juicio. legalidad de la prueba. oportunidad de vincular a proceso.

Entre otras cosas, si el hecho no se cometió, si el hecho cometido n o constituye un delito, apareciera claramente establecida inocencia del imputado, el imputado este exento de responsabilidad penal, son causas para. sobreseer el procedimiento. audiencia inicial. citar a la audiencia intermedia.

Es la etapa de decisión de las cuestiones esenciales del proceso y se realizará sobre la base de la acusación presentada por el Ministerio Público. de juicio. apertura de audiencia a juicio. control de legalidad.

En esta audiencia se informan al Imputado sus derechos constitucionales y legales, se realizará el control de legalidad, se formulará imputación y se resolverá sobre la solicitud de vinculación a proceso y medidas cautelares, además se definirá el plazo para el cierre de investigación. audiencia inicial. ausencia de debate. preinstrucción.

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