Derecho procesal penal
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Título del Test:![]() Derecho procesal penal Descripción: Recopilatorio control 4 |




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En el escrito de formalización de recurso de apelación contra una sentencia de un juicio por delitos leves. No se podrán proponer pruebas. Se podrán proponer aquellas pruebas que admitidas no fueron practicadas por causas que no le sean imputables. Sólo se podrá proponer prueba documental. Contra el auto de incoación de diligencias urgentes para el enjuiciamiento rápido de determinados delitos: Se podrá interponer recurso de apelación. No cabe interponer recurso. Se podrá interponer recurso de queja. En los juicios denominados rápidos. Es posible la conformidad del acusado siempre que concurran los requisitos regulados en el artículo 801 de la LECrim. Es posible en todos los casos la conformidad del acusado. No es posible la conformidad del acusado. Para el enjuiciamiento de las causas contra diputados y senadores: No es necesaria la autorización de la Cámara respectiva en ningún caso. Será necesaria la autorización de la Cámara respectiva. Solo será necesaria la autorización cuando se enjuicie la causa contra un ministro. Se podrá enjuiciar por el denominado juicio rápido: El delito de tráfico de influencias. El delito de hurto. El delito de homicidio. Se podrá enjuiciar por el denominado juicio rápido: El delito de allanamiento de morada. Los delitos contra la seguridad vial. El delito de incendios forestales. Si el senador o diputado a Cortes fuere delincuente infraganti: No podrá ser detenido ni procesado hasta que se obtenga la autorización de la cámara respectiva. Podrá ser detenido y procesado sin autorización de la cámara respectiva, sin que se tenga que poner en conocimiento de la cámara a la que pertenezca en las siguientes 24 horas. Podrá ser detenido y procesado sin autorización de la cámara respectiva, siempre que en las 24 horas siguientes se ponga el hecho en conocimiento del cuerpo colegislador al que pertenezca. Se podrá enjuiciar por el denominado juicio rápido: El delito de hurto y robo de vehículos. El delito de incendios forestales. El delito de homicidio. La iniciación del proceso por injurias y calumnias contra particulares: Corresponde al Juzgado de Instrucción. Corresponde al Ministerio Fiscal. Corresponde exclusivamente al agraviado u ofendido. Los Juzgados de Violencia sobre la Mujer: Conocerán de la instrucción de los procesos para exigir responsabilidad penal por los delitos de lesiones cometidas contra cualquier persona. Conocerán de la instrucción de los procesos para exigir responsabilidad penal por el delito de homicidio cometido contra cualquier persona. Conocerán de la instrucción de los procesos para exigir responsabilidad penal por los delitos de lesiones cometidas contra quien sea o haya sido su esposa o mujer que esté o haya estado ligada al autor por análoga relación de afectividad. Los Juzgados de Violencia sobre la Mujer tendrán de forma exclusiva y excluyente competencia en el orden civil: Para conocer de los procesos de incapacitación. Para conocer de los procesos de separación y divorcio siempre que alguna de las partes sea víctima de los actos de violencia de género. Para conocer de los procesos de separación y divorcio en todos los casos. Si el denunciado reside fuera del lugar de la demarcación del juzgado, no tendrá obligación de concurrir al acto del juicio y podrá: Dirigir al Letrado de la Administración de Justicia alegando lo que estime conveniente en su defensa y además puede apoderar a un abogado que presente en aquel acto las alegaciones y prueba de descargo que tuviere. Dirigir al Letrado de la Administración de Justicia alegando lo que estime conveniente en su defensa. Dirigir al juez escrito alegando lo que estime conveniente en su defensa y además puede apoderar a un abogado que presente en aquel acto las alegaciones y prueba de descargo que tuviere. En el juicio por delitos leves, si las partes, conocido el fallo, expresan su decisión de no recurrir: El Juez tendrá por apelada la sentencia. El juez, en el mismo acto, declarará la firmeza de la sentencia. El juez concederá un plazo de cinco días para ejecutar la sentencia. El juicio por delitos leves, puede iniciarse a través de los siguientes medios: Únicamente a través de querella. Solamente en virtud de denuncia. Por querella, denuncia o bien de oficio. Contra la sentencia que se dicte en la segunda instancia del proceso por delitos leves: Cabrá interponer recurso de reforma. No habrá lugar a recurso alguno. Cabrá interponer recurso de queja. En los supuestos no comprendidos en el artículo 962, recibido en el Juzgado de Instrucción el atestado formado por la policía, ¿puede procederse a la celebración inmediata del juicio por delitos leves?. Si, en cualquier caso. Si, pero solo en los supuestos de presentación directa ante el juzgado por parte del ofendido o perjudicado de la denuncia o de la querella. Si, si estando identificado el denunciado fuese posible citar a todas las personas que deban ser convocadas al acto del juicio y concurran el resto de los requisitos del artículo 963. Usted como letrado y a los efectos de comprobar la regularidad de la citación de su cliente en calidad de denunciado al acto del juicio, debe conocer que uno de los siguientes no resulta ser requisito o elemento integrante de la mencionada citación: Que puede ser asistido por abogado. La relación sucinta de los hechos en que consista la denuncia. Que debe comparecer con los medios de prueba de los que intente valerse. Si el senador o diputado a Cortes fuere delincuente in fraganti: No podrá ser detenido ni procesado hasta que se obtenga la autorización de la cámara respectiva. Podrá ser detenido y procesado sin autorización de la cámara respectiva, sin que se tenga que poner en conocimiento de la cámara a la que pertenezca en las siguientes 24 horas. Podrá ser detenido y procesado sin autorización de la cámara respectiva, siempre que en las 24 horas siguientes se ponga el hecho en conocimiento del cuerpo colegislador al que pertenezca. Como regla general el conocimiento y fallo de los juicios por delitos leves, corresponde: A los Juzgados Centrales de lo Penal. A los Juzgados de lo Penal. A los Juzgados de Instrucción. La sentencia dictada en grado de apelación en el juicio por delitos leves: Se notificará a los ofendidos o perjudicados siempre que se hayan personado. Se notifica al Ministerio Fiscal exclusivamente. Se notificará a los ofendidos o perjudicados aunque no se hayan personado. |