DERECHO ROMANI UNIR
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Título del Test:
![]() DERECHO ROMANI UNIR Descripción: Tema 10 sacado de los apuntes |



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¿Cuál o cuáles de las siguientes afirmaciones sobre el usufructo y las servidumbres son verdaderas?. A. A diferencia de las servidumbres el usufructo no puede constituirse a perpetuidad. B. El usufructuario adquiere para sí todos los frutos de la cosa usufructuada. C. Las servidumbres pueden extinguirse por el non usus (servidumbres pasivas) y la usucapio libertatis (servidumbres activas). D. Al igual que el usufructo las servidumbres tienen carácter personalísimo y, por tanto, no se pueden enajenar separadamente del fundo que las contiene. Son causas comunes de extinción a todos los derechos reales…. A. La muerte o capitis deminutio del beneficiado. B. La confusión. C. La transformación de la cosa. D. El cumplimiento de la condición o término suspensivo. ¿Cuál o cuáles de las siguientes afirmaciones sobre la enfiteusis y la superficie son verdaderas?. A. En su origen la enfiteusis se constituía mediante un pacto. B. El enfiteuta adquiere los frutos por percepción. C. La superficie se constituía originariamente mediante arrendamiento. D. El superficiario puede disponer libremente del edificio construido en suelo ajeno, pero no puede demolerlo. ¿Cuál o cuáles de las siguientes afirmaciones sobre la situación jurídica del usufructuario son verdaderas?. A. Tiene derecho a la mitad del tesoro que un tercero descubra en la finca usufructuada porque es una accesión. B. En el usufructo de un rebaño debe reponer los animales muertos con las crías para mantener la sustancia. C. En el usufructo de un bosque no podrá talar los árboles porque se altera la sustancia. D. Responde de todos los daños que sufra la cosa usufructuada. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones sobre las servidumbres son verdaderas?. A. No pueden enajenarse separadamente del fundo, pero sí cederse. B. Nadie puede constituir una servidumbre sobre su propio fundo. C. Puede consistir en un tolerar (servidumbre positiva) o en un hacer (servidumbre negativa). D. No pueden coexistir dos servidumbres sobre el mismo fundo. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones sobre las servidumbres son verdaderas?. A. En una servidumbre de acueducto no es necesario que los fundos dominante y sirviente sean contiguos. B. Si el titular del fundo sirviente vende parte de este, la servidumbre subsistirá en aquella parte del fundo que sea todavía de su propiedad. C. La servidumbre ha de procurar una utilidad al propietario del fundo dominante, ahora bien, siempre procurando causar el menor daño posible al titular del fundo sirviente. D. El ejercicio de la servidumbre no puede perjudicar al fundo sirviente. ¿Cuál o cuáles de las siguientes afirmaciones sobre la enfiteusis y la superficie son verdaderas?. A. Se extinguen por impago del canon. B. Sus titulares podían defenderse con las mismas acciones que correspondía a los nudos propietarios pero útiles. C. A diferencia del enfiteuta, el superficiario no debía notificar al nudo propietario la transmisión de su derecho. D. Como el resto de los derechos reales sobre cosa ajena, se extingue por renuncia o muerte de su titular. ¿Cuál o cuáles de las siguientes afirmaciones sobre el usufructo son verdaderas?. A. Sólo puede recaer sobre cosas no consumibles y fructíferas. B. No puede enajenarse, pero sí cederse su ejercicio. C. El usufructuario debe prestar el solarium, garantía de que cuidará la cosa y la devolverá al término del usufructo. D. El usufructuario, cualquiera que sea el objeto del usufructo, debe mantener su sustancia. ¿Cuál o cuáles de las siguientes afirmaciones sobre la acción confesoria son verdaderas?. A. Sirve para la defensa de las servidumbres. B. Sirve para la defensa de los usufructos. C. Sirve para alegar la extinción de un derecho real por confusión. D. Surge en la época clásica. ¿Cuál o cuáles de las siguientes afirmaciones sobre usus, habitatio y operae servorum son verdaderas?. A. El uso es en todo caso temporal, mientras que la habitación puede tener carácter vitalicio. B. En época postclásica el usuario podía comercializar con una cantidad mínima de frutos para sufragar las necesidades económicas de la familia. C. El titular de unas operae servorum podía ceder gratuitamente su derecho e incluso arrendarlo. D. La habitatio puede recaer sólo en inmuebles rústicos o urbanos, pero nunca sobre bienes muebles. |




