DERECHO ROMANO
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Título del Test:![]() DERECHO ROMANO Descripción: NINGUNO |




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Los derechos de carácter político le pertenecían solo a: Los patricios. Los plebeyos. Los severos. El elemento de carácter objetivo que era la convivencia conyugal se llamaba: Honor matrimonii. Justas nupcias. Affectio maritalis. El consentimiento tácito del pueblo inveterado por un largo uso constituye la: Costumbre. Voluntad. Duda. El mecanismo que asegura que los pasos del proceso sean equitativos para las partes y eficaces se llama. Procedimiento. Proceso. Juicio. La constante y perpetua voluntad de dar a cada cual lo que le corresponde puede llamarse. Justicia. Equidad. Comprensión. Al referirnos a personas físicas nos referimos: A la naturaleza. Al entorno físico. A los seres humanos. En el método exegético se expresan las interpretaciones en notas marginales llamadas: Glosas. Cotas. Partes. El adulterio se castigaba: Con severidad. Levemente. No se castigaba. Los comicios era asambleas de: Los patricios. Los plebeyos. Los etruscos. En el procedimiento formulario calificaba la demanda: El magistrado. El juez. El demandado. El derecho de los ciudadanos se llamaba: Derecho civil. Derecho honorario. Derecho penal. Los hijos nacidos de una unión amorosa no permanente se llamaban: Espurios o vulgo concepti. Legítimos. Liberii naturales. Inicialmente Roma fue. Un pequeño reino a orillas del Tíber. Un Imperio de tres continentes. Una ciudad histórica y turística. Estaban prohibidas las donaciones: Entre cónyuges. Entre senadores. Entre soldados. Los senado consultos eran expedidos por. El senado. El foro. La academia. Un ciudadano particular que, como juez, conocía un asunto determinado se llamaba: Iudex. Pretor. Cónsul. La noción de un ordenamiento superior y suprahumano nos remite al: Derecho natural. Derecho civil. Derecho honorario. Los hijos habidos en el concubinato se llamaban. Liberii naturales. Adulterinos. Espurios. El Derecho pretorio tenía excepciones y el Derecho civil tenía: Acciones. Reprensiones. Penas. Para los antiguos romanos las mujeres alcanzan la pubertad a los: 14 años. 12 años. 7 años. Lo que el pueblo romano constituía por un magistrado senatorial a manera de Cónsul se llamaba: Ley comicial. Ley de la gravedad. Ley plebiscitaria. Para resolver sobre el status civitatis y el status libertatis existían tribunales llamados: Decemviros. Curias. Decurias. Losm principios de la equidad eran: Amplios y generales. Amplios pero concretos. Estrechos y limitados. Sobre las personas libres que pertenecían por una razón u otra la familia se ejercía. La mancipium. La manu maritalis. La domenica potestas. A la República y al Imperio antecedió la: Monarquía. Regencia. Comunidad. Los tutores eran las personas que se ocupaban de: La fortuna del pupilo. La salud del pupilo. La educación del pupilo. Las causas que dieron origen a las normas del derecho pueden llamarse: Fuentes. Sucesos. Ocasiones. El procedimiento pignoris captionem consistía en: El secuestro privado de los bienes del deudor. El secuestro privado de los bienes del juez. El secuestro privado de los bienes del acreedor. El derecho que regula la organización estatal se llama: Derecho público. Derecho privado. derecho social. Un patrimonio destinado a un fin se llama: Fundación. Corporación. Sociedad. El Derecho romano abarca un campo: Amplio. Mediano. Nimio. Uno de los efectos del matrimonio era. La mujer estaba subordinada al marido. El marido estaa subordinado a la mujer. Los hijos estaban subordinados a la mujer. Las disposiciones normativas expedidas por los decenviros se llaman. XII Tablas. VII Partidas. XI mandatos. En el procedimiento por acciones de ley participaban: Magistrados y jueces. Solo magistrados. Solo jueces. La escuela de los postglosadores también se llama escuela de los: Comentaristas. Argumentadores. Glosadores. La esclavitud de uno de los cónyuges constituia un impedimento. Absoluto. Relativo. Indeterminado. La ley que los dioses han previsto para los hombres se llama: Fas. Jus. Lar. El estado de familia consistí. En la condición de sui juris. En la condición de ciudadano. En la condición de individuo libre. Los concilios de los plebeyos se llamaban. Plebiscitos. Comicios. Senados. El procedimiento por acciones de ley era. Verbal. Escrito. Conversado. Entre los derechos políticos se contaba: El votar y ejercer cargos públicos. El debatir sobre asuntos de interés general. El escribir tratados políticos. Uno de los efectos del matrimonio era: La mujer estaba subordinada al marido. El marido estaa subordinado a la mujer. Los hijos estaban subordinados a la mujer. Las causas que dieron origen a las normas del derecho pueden llamarse. Fuentes. Sucesos. Ocasiones. El procedimiento formulario tenía: Dos fases. Siete fases. Tres fases. El varón de mayor edad de la familia se convertía en. Pater. Hijo. Cliente. Los derechos de carácter político le pertenecían solo a: Los patricios. Los plebeyos. Los severos. La diferencia con curatela con la tutela es que el curador administra los bienes de su pupilo pero no da la. Auctoritas. Gestio. Domencia potestas. Los concilios de los plebeyos se llamaban: Plebiscitos. Comicios. Senados. La constante y perpetua voluntad de dar a cada cual lo que le corresponde puede llamarse: Justicia. Equidad. Comprensión. La persona que ingresa a una familia por adopción lo hace en condición de: Hijo. Padre. Hermano. A la República y al Imperio antecedió la: Monarquía. Regencia. Comunidad. Para los antiguos romanos los varones alcanzaban la pubertad a los. 14 años. 12 años. 7 años. La jurisprudencia estaba constituida por las respuestas de: Los jurisprudentes. Los magistrados. Los proculeyanos. El mecanismo que asegura que los pasos del proceso sean equitativos para las partes y eficaces se llama. Procedimiento. Juicio. Proceso. Las relaciones entre los particulares son reguladas por el: El Derecho privado. El Derecho público. El Derecho laboral. La capitis deminutio media sucedía cuando se perdía: El estado de libertad. El estado de ciudadanía. El estado de familia. A la luz de los testimonios históricos y arquelógicos podemos evidenciar: La grandeza del Imperio Romano. La pobreza en la que vivían los romanos. La magnificiencia de Cartago. La teoría de los impedimentos matrimoniales fue establecida por: El Derecho canónico. El Derecho ambiental. El Derecho civil. El consentimiento tácito del pueblo inveterado por un largo uso constituye la: Costumbre. Duda. Voluntad. Para resolver sobre el status civitatis y el status libertatis existían tribunales llamados: Decemviros. Curias. Decurias. El derecho de los ciudadanos se llamaba: Derecho civil. Derecho penal. Derecho honorario. El estado de libertad consiste: En la condición de individuo libre. En la condición de ciudadano romano. En la condición de sui juris. En el siglo VI asume la jefatura del Imperio de Oriente: Diocleciano. Justiniano. Constantino. Se prohibían las acciones judiciales entre: Cuñados. Cónyuges. Suegros. Los senado consultos eran expedidos por: El senado. El foro. La academia. Para resolver las controversias privadas podía intervenir como magistrado: El pretor. El edil curul. El centurión. Los pretores peregrinos crearon. El Derecho de los pueblos indígenas. El Derecho de gentes. El derecho de resistencia. Una persona moral o ficticia integrada por varias personas naturales se llama: Persona supernatural. Persona jurídica. Persona física. El Populus romano en los tiempos primitivos solo estaba constituído por. Los patricios. Los severos. Los plebeyos. El elemento de carácter objetivo que era la convivencia conyugal se llamaba. Honor matrimonii. Justas nupcias. Affectio maritalis. Los mecanismos jurídicos y los textos legales que han dado origen al cuerpo de estudios de nuestra asignatura constituyen: Fuentes del Derecho romano. Fuentes del Derecho romano. Anclas del Derecho romano. Anclas del Derecho romano. Cognitio extra ordinem. Ordinario. Cognitio. Si nos preguntamos si es conveniente o no estudiar el Derecho en general encontraremos que. Debemos estudiar también el Derecho romano. Existen otros contenidos de superior interés al que ofrece el Derecho romano. El Derecho romano es supérfluo. La esclavitud de uno de los cónyuges constituia un impedimento: Absoluto. Relativo. Indeterminado. El derecho que regula la organización estatal se llama. Derecho público. Derecho social. Derecho privado. Sobre las personas libres que pertenecían por una razón u otra la familia se ejercía. La mancipium. La manu maritalis. La domenica potestas. La expresión legislativa de la simple voluntad del Emperador se llamaba. Constitución Imperial. Ley Imperia. Respuesta Imperial. En el procedimiento por acciones de ley el demandante podía comparecer. Acompañado o no por demandado. Siempre acompañado por el demandado. Acompañado por el juez. Los pretores corregían las posibles injusticias del Derecho. Civil. Honorario. El procedimiento pignoris captionem consistía en. El secuestro privado de los bienes del deudor. El secuestro privado de los bienes del acreedor. El secuestro privado de los bienes del juez. La dominica potestas se ejercía sobre: Los esclavos. La esposa. Los hijos. Las instituciones jurídicas perviven en nuestras leyes. En muchas ocasiones inalteradas. Como una memoria de oprobio. Como un triste recuerdo. Los mecanismos jurídicos y los textos legales que han dado origen al cuerpo de estudios de nuestra asignatura constituyen. Fuentes del Derecho romano. Cimientos del Derecho romano. Anclas del Derecho romano. La primera fase del procedimiento formulario se llamaba: In jure. Apud judicium. De excepciones. El procedimiento por acciones de ley era: Verbal. Escrito. Conversado. Sobre las personas libres que pertenecían por una razón u otra la familia se ejercía. La mancipium. La manu maritalis. La domenica potestas. La diferencia con curatela con la tutela es que el curador administra los bienes de su pupilo pero no da la: Auctoritas. Gestio. Domencia potestas. El procedimiento extraordinario también se llamaba. Cognitio extra ordinem. Ordinario. Cognitio. La capitis deminutio mínima sucedía cuando se perdía. El estado de familia. El estado de ciudadanía. El estado de libertad. El elemento de carácter objetivo que era la convivencia conyugal se llamaba. Honor matrimonii. Justas nupcias. Affectio maritalis. El procedimiento por acciones de ley debía ser: Solemne y con términos precisos. Solemne y con términos vagos. in solemnidades pero con términos precisos. Un patrimonio destinado a un fin se llama: Fundación. Corporación. Sociedad. En el siglo VI asume la jefatura del Imperio de Oriente: Justiniano. Diocleciano. Constantino. La expresión legislativa de la simple voluntad del Emperador se llamaba. Constitución Imperial. Ley Imperial. Respuesta Imperial. Las acciones en Roma podían ser: Civiles u honorarias. Parciarias o solidarias. Compleja o unitarias. El derecho que regula la organización estatal se llama: Derecho público. Derecho socia. Derecho privado. Constantino fundó: Constantinopla. Roma. Cartago. Los concilios de los plebeyos se llamaban: Plebiscitos. Comicios. Senados. Las acciones en Roma podían ser: Civiles u honorarias. Parciarias o solidarias. Compleja o unitarias. Al estudiar el Derecho romano estudiamos nuestro propio derecho pero en forma: Clara y pura. Confusa y romántica. Exegética y monótona. El procedimiento por acciones de ley debía ser: Solemne y con términos precisos. Solemne y con términos vagos. Sin solemnidades pero con términos precisos. El procedimiento extraordinario permitía: La apelación. La imputación. La prevención. El procedimiento extraordinario fue fundamentalmente: Escrito. Hablado. Conversado. Por otra parte existía un elemento de carácter subjetivo que se llamaba: Affectio maritalis. Honor matrimonii. Justas nupcias. |