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derecho romano

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Título del Test:
derecho romano

Descripción:
derecho romano

Fecha de Creación: 2025/07/18

Categoría: Otros

Número Preguntas: 13

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1. Para la estimación o fijación de Honorarios distintos a los establecidos en esta Tarifa, los abogados deberán tomar en consideración, entre otros aspectos: a. La cuantía del asunto o negocio. b. Todas las otras opciones son correctas. c. El resultado económico y pecuniario obtenido y el reconocimiento de la pretensión. d. La importancia de los servicios.

2. El Cuarto Distrito Judicial, se integra por: a. Las provincias de Herrera y Los Santos. b. Las provincias de Coclé y Veraguas. c. Las provincias de Colón y Darién.

3. La Tarifa de Honorarios profesionales mínimos. a. Establece la base pecuniaria para el cobro de Honorarios, entendiéndose que es válido todo acuerdo, convenio o contrato escrito suscrito entre los profesionales del Derecho y sus clientes que fijen honorarios inferiores en atención a la Tarifa, la naturaleza, especialidad o cuantía del negocio o asunto. b. Establece la base pecuniaria para el cobro de Honorarios, entendiéndose que es valido todo acuerdo, convenio o contrato escrito suscrito entre los profesionales del Derecho y sus clientes que fijen honorarios similares en atención a la Tarifa, la naturaleza, especialidad o cuantía del negocio o asunto. c. Ninguna de las otras opciones es correcta. d. Establece la base pecuniaria para el cobro de Honorarios, entendiéndose que es válido todo acuerdo, convenio o contrato escrito suscrito entre los profesionales del derecho y sus clientes que fijen honorarios superiores en atención a la Tarifa, la naturaleza, especialidad o cuantía del negocio o asunto.

4. Aquellos asuntos, materias y procesos no contemplados en el listado de la presente tarifa de honorarios mínimos, serán fijados, pactados o determinados siguiendo en lo posible las gestiones: a. Por lo establecido por el tribunal de la causa. b. Por casos análogos. c. Por lo establecido en la Ley. d. Ninguna de las otras opciones es correcta.

5. Para la estimación o fijación de Honorarios distintos a los establecidos en esta Tarifa, los abogados deberán tomar en consideración, entre otros aspectos: a. Si el abogado ha precedido su gestión como asesor, consultor, consejero o apoderado del cliente. b. El tiempo requerido en el patrocinio. c. Todas las otras opciones son correctas. d. La participación del abogado en el estudio y planteamiento del asunto o proceso.

6. Para la estimación o fijación de Honorarios distintos a los establecidos en esta Tarifa, los abogados deberán tomar en consideración, entre otros aspectos: a. Todas las otras opciones son correctas. b. La posibilidad de que el abogado pueda ser impedido de patrocinar otros asuntos. c. La novedad o dificultad de los problemas jurídicos tratados. d. Su experiencia o especialidad en la materia.

7. Definición de infante, impúber, adulto y mayor de edad según la ley: a. Es infante, todo el que no ha cumplido siete (7) años; impúber, el varón que no ha cumplido catorce (14) años y la mujer que no ha cumplido doce (12); adulto, el que ha dejado de ser impúber; mayor de edad o simplemente menor, el que no ha llegado a cumplirlos. b. Es infante, todo el que no ha cumplido siete (7) años y no ha llegado a quince (15); impúber, el varón que ha cumplido quince (15) años y la mujer que ya ha cumplido doce (12); adulto, el que ha cumplido dieciocho (18) años y menor de edad o simplemente menor; el que no ha llegado a cumplirlos. c. Es infante, todo el que no ha cumplido siete (7) años; impúber, el varón que ha cumplido catorce (14) años y la mujer que no ha cumplido doce (12); adulto, el que ha dejado de ser impúber, mayor de edad o simplemente mayor, el que ha cumplido dieciocho (18) años y menor de edad o simplemente menor; el que no ha llegado a cumplirlos.

8. De acuerdo con lo dispuesto en el Código de Ética y Responsabilidad del Abogado, en su relación con la administración de justicia el abogado debe actuar con honradez y buena fe por lo que: a. Ha de aconsejar, tolerar y valerse de actos aun sin fundamento real, afirmar o negar con falsedad, siempre que con ello proteja los intereses de su cliente. b. Deberá valerse de actos que, aun sin fundamento real, le permitan apoyar y defender los hechos en beneficio de los argumentos de su cliente. c. No ha de aconsejar actos fraudulentos ni sin fundamentos real, tampoco ha de afirmar o negar con falsedad. Se exceptúa el caso en que el cliente sea culpable y dichos actos busquen asegurar la buena defensa de los intereses de su cliente. d. No ha de aconsejar, tolerar o valerse de actos fraudulentos sin fundamentos real, afirmar o negar con falsedad.

9. De acuerdo con lo dispuesto en el Código de Ética y Responsabilidad del Abogado, respecto a la prestación de servicios profesionales: a. La abogacía puede ser ejercida por Sociedades mercantiles, constituidas e integradas exclusivamente por abogados idóneos. b. La abogacía puede ser ejercida por sociedades anónimas, constituidas e integradas exclusivamente por abogados idóneos. c. La abogacía puede ser ejercida por sociedades civiles de personas, constituidas e integradas exclusivamente por abogados idóneos. d. La abogacía puede ser ejercida por fundaciones, constituidas e integradas exclusivamente por abogados idóneos.

10. Para la estimación o fijación de Honorarios distintos a los establecidos en esta Tarifa, los abogados deberán tomar en consideración, entre otros aspectos: a. La poca importancia mediática de los servicios. b. Todas las otras opciones son correctas. c. La ausencia de cuantía del asunto o negocio. d. El resultado económico y pecuniario obtenido y el reconocimiento de la prestación.

11. Toda obligación consiste en: a. Dar, hacer o no hacer alguna cosa. b. Dar, hacer o rehacer alguna cosa. c. Dar o hacer alguna cosa.

12. Las obligaciones nacen de: a. La ley, de los contratos y cuasi-contrados. b. La ley, de los contratos y cuasi-contratos, y de los actos y omisiones ilícitos o en que intervenga cualquier género de culpa o negligencia. c. La ley, de los contratos y cuasi-contratos, y de los actos y omisiones ilícitos o en que intervenga cualquier género de culpa o diligencia.

13. El efecto de las obligaciones lo podemos definir como: a. El sujeto pasivo queda compelido a ejecutar una cosa, en favor del sujeto activo o acreedor de la prestación. b. La petición de entregar una cosa determinada o indeterminada a expensas del deudor. c. Entregar la cosa con sus accesorios. d. La sujecución del deudor a la capacidad jurídica que tiene el acreedor para compelerlo.

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