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Derecho TEST TEMAS 1-22

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Título del Test:
Derecho TEST TEMAS 1-22

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Fecha de Creación: 2026/01/15

Categoría: Otros

Número Preguntas: 49

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El incumplimiento de los deberes que las normas penitenciarias imponen al interno: No tiene ningún tipo de consecuencia. Sólo tiene consecuencias disciplinarias. Sólo tiene consecuencias penales. Puede tener consecuencias penales y disciplinarias.

Entre las limitaciones a los derechos de los reclusos no están las impuestas: Por el fallo condenatorio. La Ley Orgánica General Penitenciaria. El Reglamento Penitenciario. El sentido de la pena.

A2017. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones no es un deber del interno, según lo regulado en el artículo 4 de la Ley Orgánica General Penitenciaria?. Permanecer en el establecimiento a disposición de la autoridad que hubiere decretado su internamiento. Acatar las normas de régimen interior reguladoras de la vida del establecimiento. Observar una conducta correcta con sus compañeros de internamiento. Participar en las actividades formativas, educativas y laborales definidas en función de sus carencias para la preparación de la vida en libertad.

Entre los deberes de los internos en general no se encuentra: La realización de las prestaciones personales de limpieza, buen orden e higiene de los establecimientos. Respeto a las autoridades y funcionarios. Acatar las normas de régimen interior. Someterse a los métodos de tratamiento que respetando la personalidad del interno fueran programados por el Equipo técnico.

A24. Conforme al artículo 7 del Reglamento Penitenciario, la cesión de los datos de carácter personal de los/as internos/as. No precisarán consentimiento expreso, en ningún caso, Cuando se recojan para el ejercicio de las funciones propias de la Administración penitenciaria. No precisarán consentimiento expreso, excepto en lo relativo a sus creencias cuando se recojan para el ejercicio de las funciones propias de la Administración penitenciaria. Las transferencias internacionales de datos de carácter personal contenidos en los ficheros informáticos penitenciarios se efectuarán en los supuestos de prestación de auxilio judicial internacional, de acuerdo con lo establecido en los tratados o convenios en los que sea parte España. No se podrán ceder datos de carácter sanitario contenidos en los ficheros informáticos penitenciarios sin previo consentimiento para realizar estudios epidemiológicos.

Constituye un deber de los internos permanecer en el establecimiento, según el art. 4 de la LOGP. a) Para estar disposición de la autoridad que hubiere decretado su internamiento. b) Para cumplir la condena que se le impongan, hasta el momento de su liberación. c) No constituye un deber de los internos por ser una situación procesal ajena a la situación penitenciaria. d) Las respuestas a) y b) son correctas.

Entre los siguientes extremos que deberán constar expresamente en el supuesto de ingreso en prisión con orden de detención de la policía judicial, señale el incorrecto: Datos identificativos del detenido. Delito imputado. Que se halla a disposición judicial. Hora y día de la detención.

Psi 2022. El vigente Reglamento Penitenciario recoge que podrá ser admitido en un establecimiento penitenciario quien se presente voluntariamente. En este caso, el procedimiento correcto es: Desde la oficina de régimen se recabará inmediatamente el correspondiente mandamiento, así como, en su caso, el testimonio de sentencia y la liquidación de condena del Juez o Tribunal. El Director del centro recabará del Juez o Tribunal, dentro de las 24 horas siguientes al ingreso, el Correspondiente mandamiento, así como, en su caso, el testimonio de sentencia y la liquidación de condena. No se admitirá si no trae el correspondiente mandamiento, así como, en su caso, el testimonio de sentencia y la liquidación de condena del Juez o Tribunal. Para considerarse ingreso voluntario, se le darán 24 horas para volver con el correspondiente mandamiento, así como, en su caso, el testimonio de sentencia y la liquidación de condena del Juez o Tribunal.

El ingreso de una persona en prisión, excepción hecha de su presentación voluntaria, puede efectuarse, según se señala en el artículo 15 del Reglamento Penitenciario: Por orden judicial de detención, mandamiento de prisión o sentencia firme de Autoridad Judicial, así como por orden de la Policía Judicial y del Ministerio Fiscal, si se cumplen determinados requisitos que deben constar en la propia orden de ingreso. Exclusivamente por medio de mandamiento de prisión o sentencia condenatoria a pena privativa de libertad, u orden de detención, dictada por órgano judicial. Exclusivamente en los casos de preventivos y detenidos, por orden del Ministerio Fiscal, y en los penados por la autoridad judicial que dictó sentencia condenatoria a pena privativa de libertad. Solamente por orden de la Policía Judicial.

El interno extranjero, a su ingreso. Tiene derecho a que se ponga en conocimiento de las autoridades diplomáticas su ingreso en un Centro Penitenciario, si así lo autoriza expresamente. No es preciso que preste su consentimiento a esta comunicación, en todo caso. Tendrá derecho a decidir si se comunica su ingreso a sus autoridades diplomáticas, salvo cuando hubiese ingresado en prisión de forma voluntaria. El Centro Directivo ordenará en qué casos se dará conocimiento a las autoridades diplomáticas del ingreso de un determinado interno extranjero, según la naturaleza del delito.

La Junta de Tratamiento elaborará para los detenidos y presos, después de ser estudiados por el educador y el trabajador social, el: Modelo individualizado de intervención. Programa individualizado de tratamiento. Programa de acción paliativa. Reglamentariamente no existe mandato al respecto, de acuerdo con el principio de presunción de inocencia.

Al ingreso de un niño en prisión. Se le abre la hoja de filiación. Pasan al departamento de ingresos donde son cacheados, y entregados a la madre. Tras su reconocimiento médico pasan a la Unidad de Madres. Todas las respuestas son ciertas.

Psi 2022. En el artículo 52 del vigente Reglamento Penitenciario se establece que. Al ingreso en un Establecimiento Penitenciario, los internos, podrán solicitar la información escrita que consideren para su adaptación al centro, siempre que sea legal y la solicite mediante instancia. Al ingreso de internos extranjeros en un Establecimiento Penitenciario, se les facilitará, la dirección y el número de teléfono de la representación diplomática acreditada en España del país correspondiente. Al ingreso de internos extranjeros en un Establecimiento Penitenciario, se les informará de la posibilidad de contactar con la representación diplomática de su país, no pudiendo facilitarles ni dirección ni teléfono directos. Al ingreso en un Establecimiento Penitenciario, los internos podrán solicitar información sobre las prestaciones y servicios del Centro Penitenciario de que se trate, pudiéndose recibir por escrito, si así lo solicitan.

Tec. 2018. Entre las variables a ponderar por las juntas de Tratamiento para determinar la clasificación de un penado, según el artículo 102.2 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario, no se encuentra: El medio social al que retorne el recluso. El lugar de residencia familiar. La personalidad del interno. La duración de las penas.

T2015. Según la Orden INT/131/2023, de 11 de febrero, qué modificada por la Orden INT/1127/2010, de 19 de abril, los Directores de los Centros Penitenciarios ejercerán por delegación, respecto a los internos no vinculados a organizaciones terroristas o internos cuyos delitos no se hayan cometido en el seno de organizaciones criminales, la competencia de: Acordar la clasificación inicial en segundo grado de tratamiento de los penados con condena superior a cuatro años, siempre que el acuerdo de la Junta de Tratamiento se haya adoptado por unanimidad. Resolver las revisiones de grado, interesadas por los internos al amparo del artículo 105.2 del Reglamento Penitenciario, siempre que el acuerdo de la Junta de Tratamiento de continuidad sea en segundo grado, se haya adoptado por unanimidad, debiendo además cumplir al menos una de las siguientes condiciones: Que no haya cumplido la mitad de una condena superior a cinco años, que tenga dos o más sanciones graves o muy graves sin cancelar o que le conste procedimiento penal pendiente de sustanciación. Acordar la aplicación de la forma especial de ejecución consistente en el cumplimiento en una Institución extrapenitenciaria de los penados que se encuentren ya clasificados en tercer grado. Acordar la clasificación inicial en segundo grado o tercer grado de tratamiento de los penados con condenas de hasta un año, siempre que el acuerdo de la Junta de Tratamiento se haya adoptado por unanimidad.

Existirá una Central Penitenciaria de Observación con sede en los servicios centrales del Centro Directivo para el debido asesoramiento en materia, de: Observación y clasificación de los internos. Observación, clasificación y tratamiento de los internos. Observación y clasificación de los internos y de las tareas docentes y de formación de los funcionarios. Observación, clasificación, tratamiento y formación de los internos.

En la Central Penitenciaria de Observación los distintos especialistas: Actuarán de forma autónoma. Actuarán en grupo integrados en Equipos Técnicos. Actuarán de forma autónoma aunque integrados en las correspondientes Juntas de Tratamiento. Actuarán bajo las directrices de la Junta de Tratamiento en que estén integrados.

No es una función de la Central Penitenciaria de Observación: Completar la labor de los Equipos Técnicos de los Establecimientos en sus tareas específicas. Participar en las tareas docentes y de formación de funcionarios. Proceder a la clasificación de los internos a requerimiento de los Jueces, Tribunales y Ministerio Fiscal respecto de aquéllos sometidos a su jurisdicción. Realizar una labor de investigación criminológica.

No es un requisito para que la propuesta de clasificación inicial tenga la consideración de resolución clasificatoria: El acuerdo unánime de la Junta de Tratamiento. La propuesta de clasificación en segundo o tercer grado de tratamiento. La ausencia de causas en preventiva. El haber sido condenado a una sola pena y, que la misma, sea igual o inferior a un año de privación de libertad.

A2019. Que en ningún caso se mantendrá a un interno en un grado inferior cuando por la evolución de su tratamiento se haga merecedor a su progresión, está recogido por la Ley Orgánica General Penitenciaria en su artículo: 65. 69. 72. 76.

Un interno por varias causas presas, que le condenan por una. Se le desclasifíca. Sigue extinguiendo las presas. Se le clasifica si ha extinguido una cuarta parte. Sigue sin clasificar.

Los conflictos de jurisdicción entre los Juzgados y Tribunales y la Administración serán resueltos: Por la Sala de Conflictos de Jurisdicción. Por un órgano colegiado constituido por el Presidente del Tribunal Supremo, que lo presidirá, y por cinco vocales, de los que dos serán Magistrados de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Supremo, designados por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, y los otros tres serán Consejeros Permanentes de Estado, actuando como Secretario el de Gobierno del Tribunal Supremo. Por un órgano colegiado constituido por el Presidente del Tribunal Supremo, que lo presidirá, y por cuatro vocales, de los que dos serán Magistrados de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Supremo, designados por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, y los otros dos serán Consejeros Permanentes de Estado, actuando como Secretario el de Gobierno del Tribunal Supremo. Por un órgano colegiado constituido por el Presidente del Tribunal Supremo, que lo presidirá, y por cinco vocales, de los que dos serán Magistrados de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Supremo, designados por el Presidente del Consejo General del Poder Judicial, y los otros tres serán Consejeros Permanentes de Estado, actuando como Secretario el de Gobierno del Tribunal Supremo.

¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta? Cuando un interno penado es trasladado a otro Centro Penitenciario para asistir a juicio en calidad de testigo en causa por la que no se encuentra preso: Deberá ser autorizado por el Juez de Vigilancia Penitenciaria. Deberá poner en conocimiento del Juez de Vigilancia Penitenciaria. Dado que no se trata de una causa en la que tenga responsabilidad el interno no se realizará actuación alguna con el Juez de Vigilancia Penitenciaria. Debería acordarse su traslado, previa notificación de tal circunstancia por el Juez de Vigilancia Penitenciaria.

Podrán los internos clasificados en segundo grado realizar los desplazamientos por sus propios medios: sí en todo caso con autorización de la Junta de tratamiento. sí, si disfrutan de permisos extraordinarios. sí, si disfrutan de permisos ordinarios y son autorizados por el C. Directivo. todas son falsas.

Según lo dispuesto en el RP. podrán realizar los traslados por sus propios medios, sin vigilancia y en autogobierno, previa autorización del Centro Directivo: Los internos clasificados en segundo y tercer grado de tratamiento. Los presos clasificados en tercer grado de tratamiento. Los internos clasificados en segundo grado que disfruten de permisos ordinarios de salida. Todas las respuestas son ciertas.

T014. Según lo previsto en la Ley Orgánica General Penitenciaria, ¿quién debe informar a sus familiares del accidente grave sufrido por un interno?: El Trabajador Social. La Ley no recoge ninguna previsión con respecto a accidente grave, sólo alude a la defunción o enfermedad grave del interno. El Director. El funcionario o trabajador que el Director designe.

El traslado urgente de un interno, a un establecimiento de régimen cerrado, se efectuará mediando: Agresión psíquica a puñetazos. Intento de evasión. Toma de rehenes. Mediando conflicto colectivo.

Respecto de las comunicaciones escritas de los internos. En ningún caso podrán establecerse limitaciones en cuanto al número de cartas o telegramas que puedan recibir y remitir. En ningún caso podrán establecerse limitaciones en cuanto al número de cartas o telegramas que puedan recibir. Sólo podrán establecerse limitaciones en cuanto al número de cartas que puedan recibir y remitir en los casos en que éstas hayan de ser intervenidas. En los casos de intervención el número de cartas que podrán recibir y remitir será de al menos dos a la semana.

Es incierto en relación a las comunicaciones escritas de los internos: Toda la correspondencia que expidan los internos, salvo en los supuestos de intervención, se depositará en sobre cerrado. Las cartas que expidan los internos podrán ser devueltas al remitente cuando su peso o volumen exceda de lo normal e induzca a sospecha o cuando existan dudas respecto a la identidad del remitente. La correspondencia que reciban los internos les será entregada por el funcionario encargado del servicio o por el de su dependencia, previa apertura de la misma por el funcionario en presencia del destinatario. De la denegación, restricción o intervención de las comunicaciones escritas se dará cuenta a la Autoridad Judicial de la que dependan en el caso de preventivos o al Juez de Vigilancia en el de los penados.

Indique cuál de las siguientes es una de las normas a las que deben ajustarse las comunicaciones orales de los internos, según el artículo 42 del Reglamento Penitenciario: Se realizarán exclusivamente con familiares. Como mínimo, los internos pueden tener dos comunicaciones a la semana. No pueden comunicar más de cinco personas simultáneamente con el mismo interno. El horario destinado a este servicio será suficiente para permitir una comunicación de treinta minutos como mínimo.

La Ley Orgánica General Penitenciaria adjudica la competencia para suspender las comunicaciones orales al: Director del Establecimiento. Jefe de Servicios, por propia iniciativa. Jefe de Servicios por propia iniciativa o a propuesta del funcionario encargado del servicio. Funcionario encargado del servicio dando cuenta inmediata al Jefe de Servicios y este, a su vez, si ratifica la medida en resolución motivada, al Director del Centro.

A2022. En relación al derecho de los/as internos/as a comunicar con sus familiares, amigos/as y representantes acreditados/as de organismos e instituciones de cooperación penitenciaria: Estas comunicaciones se realizarán de forma oral o escrita, y siempre en castellano o en cualquiera de las lenguas cooficiales de las diferentes Comunidades Autónomas. En los casos de incomunicación judicial, las comunicaciones sólo podrán realizarse de forma escrita y previa autorización del Juzgado de Vigilancia. Las comunicaciones se anotarán en un libro registro donde conste el día, la hora y un breve extracto de su contenido. Las comunicaciones podrán llevarse a cabo mediante el uso de tecnologías de la información y comunicación y sistemas de videoconferencia.

Si un interno tiene las comunicaciones orales intervenidas por orden del Director, y está comunicando con su abogado defensor, ¿qué control puede efectuar el funcionario de comunicaciones?. Control solamente visual. Grabar la conversación, pues el control sólo puede ser visual. Intervendrá la comunicación, dejando la puerta del locutorio abierta. Permanecerá junto al interno en el locutorio para conocer el contenido de la comunicación.

A los efectos del Art. 62 del R.P., la elaboración de un estudio de evaluación del impacto y resultados del programa a remitirse al Centro Directivo finalizada la ejecución del programa de colaboración, compete a: La Junta de Tratamiento. El Consejo de Dirección. La Dirección del Establecimiento. La Institución o Asociación colaboradora.

Son requisitos necesarios para la participación de organizaciones no gubernamentales en el centro penitenciario. Estar subvencionados por algún organismo oficial. Presentación de un proyecto de colaboración. Que los colaboradores de la entidad no tengan antecedentes penales. Estar inscrito en el Registro Público de asociaciones y en el registro especial de Entidades colaboradoras gestionado por el Centro Directivo.

Los protocolos de los internos abiertos con los datos de filiación de los mismos se diligenciarán respectivamente en las fases de: Detención y cumplimiento. Detención, propuesta de grado inicial y cumplimiento. Detención, cumplimiento y reinserción social. Detención y libertad.

Tec. 2018. Según el artículo 54.3 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario, los escritos de queja o recurso presentados por el interno de un Centro Penitenciario dirigidos al Juez de Vigilancia Penitenciaria, deben remitirse: Sin dilación y en todo caso en el plazo máximo de tres días. En el plazo máximo de veinticuatro horas. El primer día hábil después de su presentación ante la Administración Penitenciaria. A la mayor brevedad posible y en todo caso en el plazo máximo de dos días.

Uno no es sector del catálogo de programas de intervención de ONG en medios penitenciarios. Programas de integración social. Programas formativos-educativos. Programas sanitarios y con drogodependientes. Programas de aprovechamiento del tiempo libre.

Los principios generales por los que deben regirse las medidas de seguridad serán. De necesidad. De proporcionalidad. De necesidad y proporcionalidad. De necesidad, proporcionalidad y oportunidad.

¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta? Cuando un interno penado es solicitado su traslado para asistir a juicio en calidad de testigo en causa por la que no se encuentra preso: Deberá ser autorizado por el Juez de Vigilancia Penitenciaria. Deberá notificarse al Juez de Vigilancia Penitenciaria. Dado que no se trata de una causa en la que tenga responsabilidad el interno no se realizará actuación alguna con el Juez de Vigilancia Penitenciaria. Debería acordarse su traslado, previo conocimiento de tal circunstancia por el Juez de Vigilancia.

¿Es necesaria la realización de un parte escrito de los registros, requisas y cacheos que se efectúen en un Centro Penitenciario?. Sí, de todos ellos, con la firma de los funcionarios que lo hayan efectuado. Sólo de aquellos que hayan dado como resultado alguna intervención de objetos no permitidos, o hayan tenido su origen en algún tipo de alteración regimental. Sólo de aquellos en los que se haya realizado con desnudo integral. Sólo de aquellos que hayan sido expresamente ordenados por el Jefe de Servicios o que hayan dado como resultado alguna intervención de objetos no permitidos, o hayan tenido su origen en algún tipo de alteración regimental.

EL2022. De acuerdo con lo establecido en el artículo 72.3 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que su aprueba el Reglamento Penitenciario (en adelante. Reglamento Penitenciario), la aplicación de medios coercitivos deberá ser inmediatamente comunicada a: El Centro Directivo. La Autoridad judicial de la que dependa el interno/a en el caso de preventivos/as y al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria en el caso de los/las penados/as. El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria. El Juzgado de Guardia.

El Jefe de Servicios a la hora de ordenar la realización de un recuento extraordinario valorará: a)La situación existente en el centro o departamento en el que se ha de practicar la medida. b)El comportamiento de los reclusos afectados por la medida. c)Necesidad de ejercer un control sobre los internos tras situaciones de riesgo, descontrol o posible evasión. d) Las respuestas a y b son correctas.

Al efectuar los recuentos extraordinarios que se ordenen por el Jefe de Servicios, comunicándolo a la Dirección, no se tendrá en cuenta de acuerdo con el artículo 67.2 del Reglamento Penitenciario: La situación existente en el Centro en que se haya de practicar la medida. El comportamiento de los reclusos afectados por la misma. La seguridad o convivencia ordenada del Establecimiento. La situación existente en el departamento en que se haya de practicar la medida.

A24. Qué artículo del Reglamento Penitenciario de los que se mencionan está expresamente referido a registros, cacheos y requisas: Articulo 66. Articulo 68. Articulo 67. Articulo 64.

Señale la respuesta incorrecta. Según el artículo 77 del Reglamento Penitenciario quien regula, para el régimen ordinario, el horario que debe regir en el Centro: El Consejo de Dirección aprobará y dará a conocer entre la población reclusa el horario. El horario garantizará ocho horas de descanso nocturno y un mínimo de dos horas para que el interno pueda dedicarlas a asuntos propios. El Consejo de Dirección aprobará mensualmente el calendario de actividades para el mes siguiente, previo acuerdo de la Junta de Tratamiento. El horario aprobado por el Consejo de Dirección así como el calendario mensual de actividades será puesto en conocimiento del Centro Directivo.

A2016. Indique la opción correcta. A tenor de lo que dispone e1 Artículo 73.1 del vigente Reglamento Penitenciario, por régimen penitenciario se entiende el conjunto de normas o medidas que persiguen: La consecución de una convivencia ordenada y pacífica que permita alcanzar el ambiente adecuado para el éxito del tratamiento y la retención y custodia de los reclusos. Garantizar los necesarios niveles de seguridad, orden y disciplina para el correcto funcionamiento del centro y asegurar los fines de la retención y custodia de presos y detenidos. La consecución de una convivencia adecuada que permita asegurar la participación de los internos en las actividades programadas por el centro y garantizar la retención y custodia de los internos. La consecución de un ambiente adecuado que permita asegurar la retención y custodia de los internos preventivos y que ayude a desarrollar los programas de tratamiento de todos los internos. Las medidas regimentales no podrán significar un obstáculo para las intervenciones de tratamiento.

¿Quién propondrá al Centro Directivo el traslado de detenidos y presos a otro Establecimiento de similares características para posibilitar el levantamiento de las limitaciones regimentales exigidas por el aseguramiento de su persona a que se refiere el apartado dos del artículo 75?. El Consejo de Dirección, mediante resolución motivada. El Director, mediante resolución motivada. El Consejo de Dirección, mediante acuerdo motivado. La Junta de Tratamiento mediante acuerdo motivado.

El calendario mensual de actividades de un Centro de régimen ordinario será puesto en conocimiento del Centro Directivo para su ratificación o reforma: Antes del día diez del mes anterior a aquél a que se refiera. No es preceptiva su comunicación. Antes del día quince del mes anterior a aquél a que se refiera. Es facultativa su comunicación.

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