DERECHO DEL TRABAJADOR Y LA SEGURIDAD SOCIAL.
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Título del Test:
![]() DERECHO DEL TRABAJADOR Y LA SEGURIDAD SOCIAL. Descripción: Recopilación Módulo 1 y 2 |



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● Para que el trabajador goce de sus vacaciones, deberá haber prestado servicios durante la mitad, como mínimo, de los días hábiles comprendidos en el año calendario o aniversario respectivo. V. F. ● Los accidentes de trabajo siempre implican alguna pérdida, por eso el objetivo fundamental debe ser la PREVENCIÓN. V. F. ● El reglamento de empresa sirve para organizar las tareas laborales y reglar las conductas del personal. V. F. ● El trabajador gozará del beneficio de la gratuidad en los procedimientos judiciales y administrativos. V. F. ● El trabajador autónomo asume un riesgo propio. V. F. ● La remuneración incluye pagos que percibe el trabajador cuando está impedido o no se encuentra obligado a trabajar. V. F. ● La normativa que establece un salario mínimo legal responde al principio universal del orden público. V. F. ● En el caso de que el despido del trabajador sea por fuerza mayor y falta o disminución de trabajo, se tomará (según el art. 247 de la LCT) la mejor remuneración mensual, normal y habitual por año de antigüedad o fracción mayor que 3 meses. V. F. ● Los principios generales del derecho del trabajo son las reglas inmutables e ideas esenciales que forman las bases en las que se sustenta todo el ordenamiento jurídico-laboral. V. F. ● El trabajo que regula la L.C.T. no es todo el trabajo humano; queda fuera de su alcance el trabajo benévolo, el familiar y el trabajo autónomo. V. F. ● Pueden efectuarse anticipos de las remuneraciones de hasta un 60% de las mismas. V. F. ● Es innecesario que la licencia de vacaciones anuales comience en día lunes o el siguiente hábil si aquél fuese feriado. V. F. ● La antigüedad mínima requerida para que a un trabajador se le abone la indemnización por despido sin causa es de un mes y un día. V. F. ● El rubro integración mes de despido se abona igualmente, aunque el despido se efectúe con preaviso. V. F. ● El principio de Primacía de la Realidad se puede obviar si hay documentación que avale lo contrario. V. F. ● Un empleado puede renunciar a cualquier derecho adquirido por ley. V. F. ● El trabajador puede acordar con su empleador renunciar a la indemnización que le correspondiere en caso de despido. V. F. ● Un convenio de partes, de empresa o colectivo de trabajo, pueden fijar remuneraciones básicas inferiores al salario mínimo, vital y móvil. V. F. ● El principio de la irrenunciabilidad implica no renunciar al empleo. V. F. . ●El trabajador realiza el trabajo de la forma y según los pareceres señalados por el empleador:. ●El trabajador recibe la remuneración del empleador, y no comparte el riesgo de la empresa:. ●El empleador dirige en el empleo la conducta del trabajador:. ●Riesgo propio:. ●Riesgo ajeno:. ●Autonomía:. . Deber de diligencia y colaboración:. ●Deber de fidelidad:. ●Deber de obediencia:. ●Deber de no concurrencia:. ●Herramientas de trabajo:. ●Responsabilidad por daño:. . ●Por unidad de tiempo o resultado:. ●Remuneraciones principales:. ●Remuneraciones variables:. ●Remuneraciones fijas:. ●Remuneraciones complementarias:. ●Dinerarias y en especie:. . ●Mensual. ●Gratificaciones. ●Propina. ●Viáticos. ●Gratificación extraordinaria. ●Jornal. . ●Incapacidad laboral temporaria. ●Incapacidad laboral permanente provisoria. ●Incapacidad laboral permanente definitiva parcial leve…. ●Incapacidad laboral permanente. Incapacidad laboral permanente definitiva parcial grave…. Incapacidad laboral permanente definitiva total. . ●Deber de seguridad y proteccion. ●Deber de diligencia…. ●Deber de formación profesional…. ●Llevar libros. ●Obligaciones previsionales. ●Deber de ocupación. . ●Por unidad de tiempo o resultado…. ●Remuneraciones principales…. ●Remuneraciones fijas…. ●Remuneraciones variables…. ●Remuneraciones complementarias. ●Dinerarias y en especie. . ●Primacía de la realidad…. ●Principio Protectorio…. ●Principio de continuidad…. ●Principio de irrenunciabilidad. ●Principio protectorio…. ●Principio de Gratuidad…. |





