Derecho UNED
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Título del Test:![]() Derecho UNED Descripción: varios temas |




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Se garantiza la asistencia de abogado al detenido: En las diligencias policiales, exclusivamente. En las diligencias judiciales, exclusivamente. En las diligencias policiales y judiciales. En las diligencias policiales, judiciales y administrativas. El procedimiento para producir la inmediata puesta a disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente se denomina: De legalidad penal. De “habeas corpus”. De “tenere corpus”. De interdicción. La Constitución garantiza: El derecho al honor. El derecho a la intimidad personal y familiar. El derecho a la propia imagen. Todos los derechos anteriores. Salvo resolución judicial, se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las: Postales. Postales y telegráficas. Postales, telegráficas y telefónicas. Postales, electrónicas, telegráficas y telefónicas. La inviolabilidad del domicilio supone que: Ninguna entrada podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular, salvo en caso de flagrante delito. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito. Ninguna entrada, registro o inspección podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial. La ley limitará el uso de la informática: Para garantizar el honor de los ciudadanos. Para garantizar la intimidad personal y familiar de los ciudadanos. Para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de los ciudadanos. Para materializar todas las garantías anteriores. Los españoles tienen derecho: A elegir libremente su residencia. A elegir libremente su residencia y a circular por el territorio nacional. A circular por territorio extranjero. A elegir libremente su residencia y a circular por el territorio nacional y extranjero. El derecho de los españoles a entrar y salir libremente de España en los términos que la ley establezca, ¿podrá ser limitado?: Sí, por cualquier motivo. No, por ningún motivo. No podrá serlo por motivos políticos. No podrá serlo por motivos políticos o ideológicos. Se podrán expresar y difundir libremente: Los pensamientos. Las ideas. Las opiniones. Todas las respuestas anteriores son correctas. La libertad de expresión podrá realizarse: Mediante la palabra. Mediante la palabra y el escrito. Mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción. Ninguna de las contestaciones anteriores es correcta. Se reconoce y protege el derecho: A la producción y creación literaria. A la producción y creación literaria y artística. A la producción y creación literaria, artística y científica. A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica. La libertad de cátedra: Es un derecho. Es un deber. Es una obligación. No está reconocida expresamente como derecho en la Constitución. La regulación legal de la cláusula de conciencia y el secreto profesional, ¿con qué derecho se relaciona?: Con ninguno. Con el de comunicar libremente información veraz. Con el de comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. Con el de comunicar o recibir libremente información veraz. El ejercicio de los derechos de expresión, ¿puede restringirse mediante algún tipo de censura previa?: Sí. No. Sí, durante el estado de alarma. Sí, durante los estados de alarma y excepción. La libertad de expresión tiene su límite: En el derecho al honor. En el derecho al honor y a la intimidad. En el derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen. En el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia. ¿Podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información?: No, en ningún caso. Solamente en virtud de resolución judicial. Solamente en virtud de resolución administrativa o judicial. Solamente durante la vigencia de los estados de alarma, excepción y sitio. El ejercicio del derecho de reunión pacífica y sin armas, ¿necesitará autorización previa?: No. Sí. Depende del número de reunidos. Depende del tema de la reunión. ¿Se podrán prohibir las reuniones y manifestaciones que se celebren en lugares de tránsito público?: No. Únicamente cuando existan razones fundadas de alteración del orden público. Únicamente cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas. Únicamente cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes. ¿Se exige comunicación previa a la autoridad para celebrar reuniones y manifestaciones en lugares de tránsito público?: Sí. No. Depende del número de reunidos. Depende de la hora del acontecimiento. ¿Reconoce la Constitución el derecho de asociación?: No. Sí. Sí, como obligación. Sí, como libertad. Son ilegales las asociaciones: Que persigan fines tipificados como delito. Que utilicen medios tipificados como delito. Que persigan fines o utilicen medios tipificados como delito. Que persigan fines delictivos o utilicen medios peligrosos. Las asociaciones, ¿deberán inscribirse en un registro?: No. Sí, a los solos efectos de control. Sí, a efectos de publicidad y control. Sí, a los solos efectos de publicidad. Las asociaciones, ¿podrán ser disueltas o suspendidas en sus actividades?: No. Sí, en virtud de resolución administrativa motivada. Sí, en virtud de resolución judicial motivada. Sí, en virtud de resolución administrativa o judicial. ¿Prohíbe la Constitución algún tipo de asociaciones?: No. Sí, las asociaciones secretas. Sí, las asociaciones secretas y las de carácter paramilitar. Sí, las asociaciones secretas y las de carácter militar. Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos: Sólo directamente o por medio de representantes. Sólo por medio de representantes. Directamente o por medio de representantes. Directamente o por medio de representantes y delegados. Los ciudadanos tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad: A las funciones públicas. A los cargos públicos. A las funciones, cargos y empleos públicos. A las funciones y cargos públicos. Los representantes de los ciudadanos para participar en los asuntos públicos: Serán libremente elegidos. Serán libremente elegidos por sufragio universal. Serán libremente elegidos en elecciones frecuentes por sufragio censitario. Serán libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal. En el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de: Los jueces. Los tribunales. Los jueces y tribunales. Los jueces, magistrados, juzgados y tribunales. En materia de tutela judicial, todos tienen derecho: Al Juez ordinario predeterminado por la ley. A la defensa. A la asistencia de letrado. Todas las contestaciones anteriores son ciertas. En materia de tutela judicial, todos tienen derecho: A ser informados de la acusación formulada contra ellos. A un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías. A utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa. Todas las contestaciones anteriores son ciertas. En materia de tutela judicial, no se reconoce el derecho: A no declarar contra sí mismo. A no ser condenado. A no confesarse culpables. A la presunción de inocencia. En determinados casos establecidos por la ley, no se estará obligado a declarar sobre hechos presuntamente delictivos. Por razón de parentesco. Por razón de secreto profesional. Por razón de parentesco o de secreto profesional. Por razón de parentesco, de secreto profesional o de obediencia debida. Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan. Delito. Delito o falta. Delito, falta o infracción administrativa. Delito, falta, e infracción administrativa o judicial. Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia: La reeducación. La resocialización. La reeducación y reinserción social. La reeducación, resocialización y reinserción social. Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad, ¿podrán consistir en trabajos forzados?: No. Sí. Sí, si no exceden de un año. Sí, para casos de terrorismo. El condenado a pena de prisión que estuviera cumpliendo la misma gozará de los derechos constitucionales fundamentales, a excepción de los que se vean expresamente limitados por: El contenido del fallo condenatorio. El contenido del fallo condenatorio y la duración de la pena. El contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria. El contenido del fallo condenatorio, la duración de la pena y la ley penitenciaria. El condenado a pena de prisión que estuviera cumpliendo la misma no tendrá derecho: A un trabajo remunerado. A los beneficios correspondientes de la Seguridad Social. Al acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad. Tendrá todos los derechos anteriores. La Administración civil, ¿podrá imponer sanciones que impliquen privación de libertad?: Sí, mediante resolución motivada. No podrá hacerlo de forma directa, pero sí subsidiariamente. No podrá hacerlo ni de forma directa ni subsidiariamente. Sí, mediante autorización judicial. La Constitución, ¿prohíbe los Tribunales de Honor?: No, en ningún ámbito. Sí, en todos los ámbitos. Sí, en el ámbito de la Administración civil. Sí, en el ámbito de la Administración civil y de las organizaciones profesionales. ¿Reconoce la Constitución el derecho a la educación?: No. Sí, y también la libertad de enseñanza. Sí, pero no la libertad de enseñanza. Sí, y también el deber de enseñanza. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en. A los principios democráticos de convivencia. A los principios democráticos de convivencia y tolerancia. A los principios democráticos de convivencia, tolerancia e integración. A los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales. Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación: Integral que esté de acuerdo con sus propios ideales. Religiosa que esté de acuerdo con sus propias convicciones. Religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones. Religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propios ideales. La enseñanza básica es: Obligatoria e integral. Gratuita. Obligatoria y gratuita. Obligatoria, gratuita e integral. Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación: Mediante una programación general de la enseñanza. Con participación efectiva de todos los sectores afectados. Con la creación de centros docentes. Todas las respuestas anteriores son correctas. La Constitución, ¿reconoce la libertad de creación de centros docentes?: No. Sí, a las personas físicas exclusivamente. Sí, a las personas jurídicas exclusivamente. Sí, a las personas físicas y jurídicas. ¿Quiénes intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos?: Los profesores. Los profesores y los padres. Los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos. Los profesores, los padres y, en todo caso, los alumnos. Para garantizar el cumplimiento de las leyes, los poderes públicos: Inspeccionarán el sistema educativo. Homologarán el sistema educativo. Inspeccionarán y homologarán el sistema educativo. Inspeccionarán, coordinarán y homologarán el sistema educativo. La Constitución, ¿reconoce la autonomía de las Universidades?: No, solamente su autogestión. Sí, en los términos que la propia Constitución establece. Sí, en los términos que la ley establezca. Ninguna de las contestaciones anteriores es cierta. Según la Constitución, ¿quiénes tienen derecho a sindicarse libremente?: Todos. Los asalariados. Los trabajadores. Quienes presten servicios por cuenta ajena. Según la Constitución, la Ley podrá limitar o exceptuar el ejercicio del derecho de sindicación: A las Fuerzas Armadas. A las Fuerzas o Institutos armados. A las Fuerzas o Institutos armados y los demás Cuerpos sometidos a disciplina militar. A los funcionarios públicos. Según la Constitución, la ley regulará las peculiaridades del ejercicio del derecho de sindicación: Para las Fuerzas Armadas. Para las Fuerzas o Institutos armados. Para las Fuerzas o Institutos armados y los demás Cuerpos sometidos a disciplina milita. Para los funcionarios públicos. ¿Qué derecho no comprende la libertad sindical?: El de fundar sindicatos. El de afiliarse al sindicato de su elección. El derecho de los sindicatos a formar confederaciones y a fundar organizaciones sindicales internacionales. Comprende todos los derechos anteriores. ¿Podrá ser obligado alguien a afiliarse a un sindicato?: Sí, mediante resolución motivada de la autoridad labor. Solamente por necesidades de la producción. Solamente por necesidades de la economía. Nadie podrá ser obligado. La Constitución, ¿reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores?: No, lo encomienda a una ley. Sí, para la defensa de sus salarios. Sí, para la defensa de sus intereses. Sí, para la defensa de sus contratos. La ley que regule el ejercicio del derecho de huelga establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento: De los servicios esenciales de la comunidad. Del orden público. De los sistemas productivos. De la paz social. Todos los españoles tendrán el derecho de petición: Individual. Individual y colectiva. Individual y colectiva, por escrito. Individual y colectiva, por escrito o verbalmente. Los miembros de las Fuerzas o Institutos armados o de los Cuerpos sometidos a disciplina militar, ¿podrán ejercer el derecho de petición?: No. Sí, sin ninguna limitación. Sólo individualmente. Sólo individualmente y con arreglo a lo dispuesto en su legislación específica. Los españoles, ¿tienen el derecho de defender a España?: No. Sí, y también el deber. Sí, si han cumplido o están cumpliendo el servicio milita. Sí, si son mayores de 18 años. Según la Constitución, ¿podrá establecerse un servicio civil?: No. No, porque el servicio será militar. Sí, para el cumplimiento de fines colectivos. Sí, para el cumplimiento de fines de interés general. Mediante ley podrán regularse los deberes de los ciudadanos en los casos de: Grave riesgo. Grave riesgo o catástrofe. Grave riesgo, catástrofe o calamidad pública. Grave riesgo, siniestro o catástrofe. Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de: Igualdad y equidad. Igualdad y proporcionalidad. Igualdad y progresividad. Igualdad, progresividad y proporcionalidad. El sistema tributario, ¿podrá tener alcance confiscatorio?: No, en ningún caso. No, salvo para las rentas más altas y grandes fortunas. Sí, por razones de interés social. Sí, dependiendo de la evolución de la economía nacional. La programación y ejecución del gasto público responderá a los criterios de: Eficacia y economía. Eficiencia y economía. Eficiencia y eficacia. Eficiencia, productividad y economía. ¿Podrán establecerse por ley prestaciones personales de carácter público?: No, en ningún caso. Sí, mediante ley orgánica. Sí, y también patrimoniales. Sí, y también económicas. El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio: En cualquier momento. Con plena igualdad jurídica. Con plena igualdad económica. Con plena igualdad económica y social. Respecto del matrimonio, la ley regulará: Las formas, edad y capacidad para contraerlo. Las causas de separación y disolución y sus efectos. Los derechos y deberes de los cónyuges. Todas las cuestiones anteriores. ¿Reconoce la Constitución el derecho a la propiedad privada. No. Sí, y a la comunal. Sí, y a la herencia. Sí, y a la herencia y legados. Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada. Utilidad pública. Interés social. Utilidad pública o interés social. Utilidad pública, necesidad o interés social. La privación de bienes y derechos mediando causa justificada se efectuará: Mediante la correspondiente indemnización. De conformidad con lo dispuesto por las leyes. Mediante la correspondiente contraprestación. Mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes. Se reconoce el derecho de fundación: Para fines de interés específico. Para fines de interés general. Para fines lícitos. Para fines educativos y sociales. |