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Los derechos de la infancia y de la adolescencia. Convención sobre los Derechos

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Título del Test:
Los derechos de la infancia y de la adolescencia. Convención sobre los Derechos

Descripción:
Educación Social Tema 1 ( ART. 47 al 85) de la oposición de la GVA 46/26

Fecha de Creación: 2026/07/23

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 25

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Temario:

1. El artículo 49 de la Ley 26/2018, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia establece que la conselleria competente en materia de educación promoverá la elaboración de un plan marco contra la no escolarización, el absentismo y el abandono escolar, el cual: a) Formará parte de la Estrategia valenciana de infancia y adolescencia, y cuya ejecución y seguimiento corresponderá a la conselleria competente en materia de educación y a las administraciones locales. b) Formará parte de la Estrategia valenciana de infancia y adolescencia, y cuya ejecución y seguimiento corresponderá en exclusiva al Ministerio Fiscal. c) Formará parte de la Estrategia valenciana de servicios sociales, y cuya ejecución y seguimiento corresponderá a la conselleria competente en materia de educación y a las administraciones locales. d) Formará parte de la Estrategia valenciana de infancia y adolescencia, y cuya ejecución y seguimiento corresponderá en exclusiva a la conselleria competente en materia de educación.

2. Señale la respuesta INCORRECTA. Según el artículo 52 de la Ley 26/2018, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia, la escolarización del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo se regirá por los principios de: a) No discriminación e igualdad efectiva en el acceso, permanencia y promoción en el sistema educativo. b) Normalización e inclusión. c) Escolarización preferente en centros de educación especial separados del sistema ordinario. d) Accesibilidad universal y provisión y continuidad de los apoyos necesarios.

3. Según el artículo 54 de la Ley 26/2018, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia, la planificación urbanística tendrá en cuenta la perspectiva, las necesidades específicas y el interés superior de niños, niñas y adolescentes en la concepción y distribución del espacio urbano, con el fin de conseguir: a) Un entorno urbano amable con la infancia, e inclusivo, que evite la segregación, protegiendo su salud con bajos niveles de contaminación atmosférica y acústica. b) Un entorno urbano amable con la infancia, aunque no necesariamente inclusivo, que evite la segregación, protegiendo su salud con bajos niveles de contaminación atmosférica, electromagnética y acústica. c) Un entorno urbano amable con la infancia, e inclusivo, que favorezca la concentración de servicios, protegiendo su salud con bajos niveles de contaminación atmosférica, electromagnética y acústica. d) Un entorno urbano amable con la infancia, e inclusivo, que evite la segregación, protegiendo su salud con bajos niveles de contaminación atmosférica, electromagnética y acústica.

4. Señale la respuesta CORRECTA. El artículo 58 de la Ley 26/2018, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia establece que las personas menores de edad extranjeras que se encuentren en la Comunitat Valenciana, incluidas aquellas que no estén acompañadas: a) Gozarán de los mismos derechos que los y las nacionales y en igualdad de condiciones. b) Gozarán de los derechos reconocidos en la ley en función de su situación administrativa. c) Gozarán de los mismos derechos que los y las nacionales, salvo los de contenido económico. d) Gozarán de los mismos derechos que los y las nacionales una vez regularizada su situación administrativa en territorio español.

5. Conforme al artículo 62 de la Ley 26/2018, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia, se consideran niños, niñas o adolescentes con conductas disruptivas quienes: a) Tengan antecedentes de conductas disociales recurrentes, transgresoras de las normas sociales y de los derechos de terceros, provocando un riesgo evidente para sí o para terceras personas. b) Tengan diagnosticado un problema de conducta o presenten conductas disociales ocasionales, transgresoras de las normas sociales y de los derechos de terceros, provocando un riesgo evidente para sí o para terceras personas. c) Tengan diagnosticado un problema de conducta o presenten conductas disociales recurrentes, transgresoras de las normas sociales y de los derechos de terceros, provocando un riesgo evidente para sí o para terceras personas. d) Tengan diagnosticado un problema de conducta o presenten conductas disociales recurrentes, transgresoras de las normas sociales y de los derechos de terceros, provocando un riesgo potencial para sí o para terceras personas.

6. Según el artículo 64 de la Ley 26/2018, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia, sobre la protección frente al riesgo de no tener hogar, las administraciones públicas garantizarán este derecho a las familias con niñas, niños o adolescentes que no puedan acceder a la vivienda en condiciones de mercado, mediante: a) La puesta a su disposición de la ocupación estable de un alojamiento asequible y adecuado, a través de ayudas al alquiler, viviendas sociales u otras medidas previstas en la normativa en materia de emergencia habitacional. b) La puesta a su disposición de la ocupación estable de un alojamiento asequible y adecuado, a través de ayudas al alquiler, viviendas sociales u otras medidas previstas en la normativa en materia de función social de la vivienda. c) La puesta a su disposición de la ocupación estable de un alojamiento asequible y adecuado, a través de la entrega en propiedad de viviendas sociales u otras medidas previstas en la normativa en materia de función social de la vivienda. d) La puesta a su disposición de la ocupación temporal de un alojamiento asequible y adecuado, a través de ayudas al alquiler, viviendas sociales u otras medidas previstas en la normativa en materia de función social de la vivienda.

7. El artículo 66 de la Ley 26/2018, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia reconoce los derechos de niños, niñas y adolescentes en relación al tiempo libre, entre los que se incluye el derecho: a) Al descanso, al ocio y al esparcimiento, y a participar en las actividades recreativas propias de su edad, así como a practicar deportes en función de su edad y aptitudes. b) Al descanso, al ocio y al esparcimiento, y a participar en las actividades recreativas propias de su edad, así como a practicar deportes sin discriminación por origen o nacionalidad. c) Al descanso, al ocio y al esparcimiento, y a participar en las actividades recreativas organizadas por las administraciones públicas, así como a practicar deportes sin discriminación por origen o nacionalidad. d) Al descanso, al ocio y al esparcimiento, con las limitaciones derivadas de sus obligaciones escolares, así como a practicar deportes sin discriminación por origen o nacionalidad.

8. Señale la respuesta CORRECTA. Según el artículo 72 de la Ley 26/2018, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia, sobre la entrada y permanencia de personas menores de edad en espectáculos públicos y establecimientos públicos: a) Se prohíbe la entrada y la permanencia de las personas menores de catorce años a los establecimientos que tengan la consideración de salas de fiesta, discotecas o salas de baile, excepto en aquellas condiciones en que la normativa les permita el acceso. b) Se prohíbe la entrada y la permanencia de las personas menores de doce años a los establecimientos que tengan la consideración de salas de fiesta, discotecas o salas de baile, excepto en aquellas condiciones en que la normativa les permita el acceso. c) Se prohíbe la entrada y la permanencia de las personas menores de dieciséis años a los establecimientos que tengan la consideración de salas de fiesta, discotecas o salas de baile, excepto en aquellas condiciones en que la normativa les permita el acceso. d) Se prohíbe la entrada y la permanencia de las personas menores de dieciocho años a los establecimientos que tengan la consideración de salas de fiesta, discotecas o salas de baile, excepto en aquellas condiciones en que la normativa les permita el acceso.

9. Conforme al artículo 74 de la Ley 26/2018, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia, sobre la protección contra la explotación económica y laboral, se prohíbe en toda la Comunitat Valenciana la explotación económica y laboral infantil de conformidad con las normas internacionales, en especial: a) Los Convenios de la OIT números 29 y 105, sobre el trabajo forzoso, y lo previsto en la Ley del Estatuto de los Trabajadores. b) Los Convenios de la OIT números 182, sobre las peores formas de trabajo infantil, y 138, sobre la edad mínima de admisión al empleo, y lo previsto en la Ley del Estatuto de los Trabajadores. c) Los Convenios de la OIT números 182, sobre las peores formas de trabajo infantil, y 138, sobre la edad mínima de admisión al empleo, y lo previsto en la Ley General de la Seguridad Social. d) Los Convenios de la OIT números 138, sobre las peores formas de trabajo infantil, y 182, sobre la edad mínima de admisión al empleo, y lo previsto en la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

10. Señale la respuesta CORRECTA. Según el artículo 76 de la Ley 26/2018, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia, sobre la protección frente a sustancias perjudiciales para la salud: a) Queda prohibida la venta a personas menores de catorce años de cualquier sustancia que pueda perjudicar su salud, cree dependencia o produzca efectos euforizantes, depresivos o alucinógenos. b) Queda prohibida la venta a personas menores de dieciocho años de cualquier sustancia que pueda perjudicar su salud, cree dependencia o produzca efectos euforizantes, depresivos o alucinógenos. c) Queda prohibida la venta a personas menores de dieciséis años de cualquier sustancia que pueda perjudicar su salud, cree dependencia o produzca efectos euforizantes, depresivos o alucinógenos. d) Queda prohibida la venta a personas menores de quince años de cualquier sustancia que pueda perjudicar su salud, cree dependencia o produzca efectos euforizantes, depresivos o alucinógenos.

11. Señale la respuesta CORRECTA. Según el artículo 78 de la Ley 26/2018, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia, sobre el alojamiento de niños, niñas o adolescentes en establecimientos públicos: a) Las personas menores de catorce años deberán estar acompañadas de sus representantes legales, o autorizadas por estos, para alojarse en establecimientos públicos. b) Las personas menores de doce años deberán estar acompañadas de sus representantes legales, o autorizadas por estos, para alojarse en establecimientos públicos. c) Las personas menores de dieciocho años deberán estar acompañadas de sus representantes legales, o autorizadas por estos, para alojarse en establecimientos públicos. d) Las personas menores de dieciséis años deberán estar acompañadas de sus representantes legales, o autorizadas por estos, para alojarse en establecimientos públicos.

12. Conforme al artículo 80 de la Ley 26/2018, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia, relativo a la protección y fomento de la lactancia materna, las consellerias competentes en materia de salud e infancia fomentarán el aumento de la tasa de lactancia materna en exclusiva en: a) Los primeros seis meses de vida con carácter obligatorio. b) Los primeros tres meses de vida siempre que sea posible. c) Los primeros doce meses de vida siempre que sea posible. d) Los primeros seis meses de vida siempre que sea posible.

13. Señale la respuesta CORRECTA. El artículo 87 de la Ley 26/2018, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia regula la defensa de los derechos de las personas menores de edad, estableciendo que, para la defensa de sus derechos, podrán por sí mismos o a través de sus representantes legales: a) Presentar denuncias y quejas ante el Ministerio Fiscal de la Comunitat Valenciana. b) Presentar denuncias y quejas ante el Defensor del Pueblo de la Comunitat Valenciana. c) Presentar denuncias y quejas ante el Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana. d) Presentar recursos y reclamaciones ante el Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana.

14. Según el artículo 88 de la Ley 26/2018, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia, la Generalitat y las administraciones locales comprobarán que todas las personas que desempeñan actividades que implican contacto habitual con niños, niñas o adolescentes acrediten, mediante: a) Certificación negativa del Registro Central de Penados, que cumplen el requisito exigido por el artículo 13.5 de la Ley orgánica 1/1996. b) Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, que cumplen el requisito exigido por el artículo 13.5 de la Ley orgánica 8/2021. c) Certificación positiva del Registro Central de Delincuentes Sexuales, que cumplen el requisito exigido por el artículo 13.5 de la Ley orgánica 1/1996. d) Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, que cumplen el requisito exigido por el artículo 13.5 de la Ley orgánica 1/1996.

15. El artículo 12 de la Ley 26/2018, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia, sobre información pública sobre el maltrato, dispone que, para que la información pública sobre casos de maltrato no afecte al derecho de las víctimas al honor, a la intimidad y a la propia imagen, el departamento competente en materia de infancia: a) Pondrá a disposición de los medios de comunicación un código deontológico y adoptará las medidas que sean necesarias, dentro de su competencia, para proteger este derecho. b) Pondrá a disposición de la ciudadanía un manual de estilo y adoptará las medidas que sean necesarias, dentro de su competencia, para proteger este derecho. c) Pondrá a disposición de los medios de comunicación un manual de estilo y autorizará previamente las informaciones, dentro de su competencia, para proteger este derecho. d) Pondrá a disposición de los medios de comunicación un manual de estilo y adoptará las medidas que sean necesarias, dentro de su competencia, para proteger este derecho.

16. Señale la respuesta CORRECTA. Conforme al artículo 18 de la Ley 26/2018, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia, sobre el derecho a la libertad de expresión y a la creación intelectual, los niños, niñas y adolescentes gozarán en la Comunitat Valenciana: a) Del derecho a la creación literaria, artística, científica y técnica, así como del reconocimiento y atribución de los derechos derivados del hecho de la creación. b) Del derecho a la creación literaria, artística, científica y técnica, así como del reconocimiento de los derechos derivados del hecho de la creación, salvo los de contenido económico hasta la mayoría de edad. c) Del derecho a la creación literaria, artística, científica y técnica, cuya titularidad y derechos derivados corresponderán a sus representantes legales. d) Del derecho a la creación literaria, artística y científica, así como del reconocimiento y atribución de los derechos derivados del hecho de la creación.

17. Según el artículo 22 de la Ley 26/2018, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia, relativo al derecho frente al tratamiento de datos personales, cuando los niños, niñas y adolescentes no puedan otorgar por sí mismos el consentimiento para la cesión o tratamiento de sus datos, sus representantes legales: a) Habrán de escucharlos al respecto antes de concederlo, en los términos previstos en la Ley orgánica 3/2018. b) Podrán concederlo libremente, sin necesidad de recabar la opinión de la persona menor de edad. c) Habrán de escucharlos al respecto antes de concederlo, en los términos previstos en la Ley orgánica 1/1996. d) Habrán de informarlos al respecto con posterioridad a concederlo, en los términos previstos en la Ley orgánica 1/1996.

18. El artículo 26 de la Ley 26/2018, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia establece que el punto de encuentro familiar contará con un equipo técnico interdisciplinar integrado por personal cualificado, con formación especializada y debidamente acreditada, al menos, en: a) Mediación e intervención familiar, protección de la infancia, diversidad funcional o discapacidad, igualdad y mediación penal. b) Mediación e intervención familiar, protección de la infancia, diversidad funcional o discapacidad e igualdad. c) Mediación e intervención familiar, protección de la infancia, diversidad funcional o discapacidad, igualdad y violencia de género. d) Mediación e intervención familiar, protección de la infancia, diversidad funcional o discapacidad, igualdad y salud mental.

19. Señale la respuesta CORRECTA. Conforme al artículo 30 de la Ley 26/2018, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia, sobre el derecho a la información, la Generalitat debe velar por que la información que reciban los niños, las niñas y los adolescentes sea: a) Veraz, plural y acorde con la línea editorial del servicio público audiovisual de la Generalitat. b) Veraz, plural y respetuosa con los principios contenidos en la Constitución, la Carta de los Derechos del Niño y el resto del ordenamiento jurídico. c) Veraz, objetiva y respetuosa con los principios contenidos en la Constitución, el Estatuto de autonomía de la Comunitat Valenciana y el resto del ordenamiento jurídico. d) Veraz, plural y respetuosa con los principios contenidos en la Constitución, el Estatuto de autonomía de la Comunitat Valenciana y el resto del ordenamiento jurídico.

20. Señale la respuesta INCORRECTA. Según el artículo 35 de la Ley 26/2018, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia, no podrá emitirse en el horario de programación infantil ni en las publicaciones o páginas destinadas a niños, niñas o adolescentes, publicidad de: a) Material escolar, juguetes educativos y actividades de ocio saludable dirigidas a la infancia. b) Alimentos o bebidas insanas, bebidas alcohólicas y tabaco. c) Espectáculos violentos o que impliquen maltrato animal, ni de carácter pornográfico. d) Armas, juegos de azar o apuestas de cualquier tipo.

21. Señale la respuesta INCORRECTA. Según el artículo 44 de la Ley 26/2018, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia, sobre los contenidos educativos, las enseñanzas y la formación que se ofrezcan a la infancia y la adolescencia: a) Adaptarán los contenidos curriculares y la metodología docente a la discapacidad y diversidad del alumnado y a sus necesidades educativas especiales. b) Quedarán al margen de la promoción de la igualdad de oportunidades y de género, por corresponder esta materia en exclusiva al ámbito familiar. c) Contemplarán, en la formación integral en los centros de enseñanza, la educación social y emocional y sexoafectiva. d) Fomentarán el ejercicio pleno de su ciudadanía, el conocimiento y difusión de los derechos y deberes y el respeto a los derechos humanos y a los valores democráticos.

22. El artículo 50 de la Ley 26/2018, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia regula las unidades educativas terapéuticas/hospitales de día infantil y adolescente, que deben atender, desde una perspectiva inclusiva, al alumnado con: a) Necesidades educativas especiales derivadas de problemas graves de salud mental que, de forma temporal, necesiten tratamientos intensivos en un medio estructurado. b) Necesidades educativas especiales derivadas de problemas graves de salud mental que, de forma permanente, necesiten tratamientos intensivos en un medio estructurado. c) Necesidades educativas especiales derivadas de problemas graves de conducta que, de forma temporal, necesiten tratamientos intensivos en un medio estructurado. d) Necesidades educativas especiales derivadas de problemas graves de salud mental que, de forma temporal, necesiten tratamientos ambulatorios en su entorno habitual.

23. Señale la respuesta CORRECTA. Conforme al artículo 59 de la Ley 26/2018, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia, la Generalitat debe promover el mayor grado posible de autonomía personal y de desarrollo de las capacidades de cada niño, niña o adolescente con discapacidad a través de: a) La actuación exclusiva de la conselleria competente en materia de inclusión social. b) La actuación coordinada de las consellerias competentes en materia de educación, salud y justicia. c) La actuación coordinada de las consellerias competentes en materia de educación, empleo e inclusión social. d) La actuación coordinada de las consellerias competentes en materia de educación, salud e inclusión social.

24. Según el artículo 67 de la Ley 26/2018, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia, sobre el derecho al juego, los juegos, juguetes y videojuegos destinados a población infantil o adolescente: a) Reunirán las adecuadas medidas de seguridad y condiciones de accesibilidad, se adaptarán a las necesidades propias de cada edad y podrán incluir elementos de competitividad y de riesgo controlado. b) Reunirán las adecuadas medidas de seguridad y condiciones de accesibilidad, se adaptarán a las necesidades propias de cada edad y evitarán los elementos, mensajes o estereotipos machistas, violentos, racistas, xenófobos o discriminatorios. c) Reunirán las adecuadas medidas de seguridad, sin exigencias específicas de accesibilidad, se adaptarán a las necesidades propias de cada edad y evitarán los elementos, mensajes o estereotipos machistas, violentos, racistas, xenófobos o discriminatorios. d) Reunirán las adecuadas medidas de seguridad y condiciones de accesibilidad únicamente cuando se destinen a población infantil con discapacidad, y evitarán los elementos, mensajes o estereotipos discriminatorios.

25. El artículo 85 de la Ley 26/2018, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia, relativo a la garantía genérica, establece que la Generalitat y las administraciones locales de la Comunitat Valenciana, dentro de sus competencias, garantizarán el respeto y el efectivo ejercicio de los derechos: a) Civiles, políticos, sociales, económicos y culturales de los niños, niñas y adolescentes tutelados por la Generalitat, fomentando su participación real y efectiva en la sociedad. b) Civiles, políticos, sociales, económicos y culturales de niños, niñas y adolescentes previstos en la ley y en el resto del ordenamiento, fomentando su participación real y efectiva en la sociedad. c) Sociales, económicos y culturales de niños, niñas y adolescentes previstos en la ley y en el resto del ordenamiento, fomentando su participación real y efectiva en la sociedad. d) Civiles, políticos, sociales, económicos y culturales de niños, niñas y adolescentes previstos en la ley y en el resto del ordenamiento, sin que resulte exigible el fomento de su participación en la sociedad.

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