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DESAHUCIO 2026

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Título del Test:
DESAHUCIO 2026

Descripción:
DESAHUCIO 2026

Fecha de Creación: 2026/09/12

Categoría: Otros

Número Preguntas: 12

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El funcionario de auxilio judicial cuando se dispone a practicar de forma personal la diligencia de notificación de la demanda, citación y requerimiento de pago a Albert Guardiola, en la vivienda arrendada, abre la puerta su hijo, de 17 años y manifiesta que no está su padre. Le surge la duda de si puede practicar el acto de comunicación con el hijo ya que no se encuentra en el domicilio el destinatario. Señale la respuesta correcta: No, debe realizarlo en la persona del demandado. Sí, ya que la persona es un familiar mayor de 14 años, efectuándose la entrega en sobre cerrado. No, ya que la persona es un familiar menor de edad. Sí, ya que la persona es un familiar mayor de 14 años, dejando constancia en la diligencia que la documentación queda a disposición del demandado en el Juzgado para ser recogida.

Cuando el funcionario de auxilio judicial cita al demandado para la vista, se le apercibirá que también queda citado para recibir la notificación de la sentencia que se dicte: El día más próximo posible dentro de los cinco días siguientes al de la sentencia. El quinto día siguiente al señalado para la vista. El día más próximo posible dentro de los seis días siguientes al de la sentencia. El sexto día siguiente al señalado para la vista.

Angustias y Milagros saben que, en estos casos de sucesión procesal, según el artículo 16.2 de la LEC, cuando conste al tribunal la defunción de un litigante y el sucesor no se personare en plazo de los cinco días siguientes: El tribunal mediante providencia, permitirá a las demás partes pedir, con identificación de los sucesores y su domicilio o residencia, que se les notifique la existencia del proceso, emplazándoles para comparecer en diez días. El tribunal mediante auto permitirá a las demás partes pedir, con identificación de los sucesores y su domicilio o residencia, que se les notifique la existencia del proceso, emplazándoles para comparecer en diez días. El LAJ mediante diligencia de ordenación permitirá a las demás partes pedir, con identificación de los sucesores y su domicilio o residencia, que se les notifique la existencia del mismo, emplazándoles para comparecer en diez días. El LAJ mediante decreto permitirá a las demás partes pedir, con identificación de los sucesores y su domicilio o residencia, que se les notifique la existencia del mismo, emplazándoles para comparecer en cinco días.

Los cuatro hermanos, sucesores de los causantes, deciden no continuar con el procedimiento judicial en reclamación de rentas debidas, pues los arrendatarios ya han abandonado la vivienda y dada la escasa cuantía de lo reclamado. Por ello, deciden no personarse ya que no quieren comparecer. Ello supondrá que: Se dictará por el LAJ decreto en el que, teniendo por desistido al demandante, se ordene el archivo de las actuaciones. Se dictará por el LAJ decreto teniendo por desistido al demandante, salvo que el demandado se oponga, caso en que el Juez resolverá lo que estime oportuno. Podrán promover nuevo juicio sobre el mismo objeto. Se entenderá que la parte demandante renuncia a la acción ejercitada.

Milagros está divorciada desde hace dos años de su exmarido Carlos y se encuentra actualmente inmersa en un proceso judicial para la formación de inventario de bienes de la sociedad de gananciales instado por ella. Una vez citados ambos a tal efecto, Carlos se opone a la propuesta de activo y pasivo de la sociedad de gananciales presentada por Milagros, dado que considera que el apartamento de Benidorm debe ser incluido como activo de la sociedad. En este caso: El LAJ ante quien se está celebrando la comparecencia resolverá mediante decreto lo que estime oportuno, y éste será recurrible en revisión ante el juez. El juez ante quien se está celebrando la comparecencia resolverá en el mismo día o en el siguiente lo que proceda sobre la administración y disposición de los bienes incluidos en el inventario. El juez ante quien se está celebrando la comparecencia resolverá en el mismo día o en el siguiente lo que proceda mediante auto sin que quepa ulterior recurso. El LAJ ante quien se está celebrando la comparecencia citará a los interesados a una vista.

Concluido el inventario y siendo firme la resolución que declaró disuelto el régimen económico matrimonial, Carlos fallece, contando la pareja con tres hijos en común mayores de edad, que resultan herederos. En tal caso: Cualquiera de los hijos puede solicitar la liquidación del régimen económico matrimonial, pese a la oposición de Milagros. La solicitud de liquidación de régimen económico matrimonial podrá acumularse a la acción para la división de la herencia. No será pertinente la liquidación del régimen económico matrimonial, dilucidándose el asunto en el proceso de división de la herencia. En el proceso de liquidación del régimen económico matrimonial pasará a ser parte el Ministerio Fiscal una vez conste al tribunal el fallecimiento.

Milagros, recibe la llamada desesperada de su íntima amiga Bárbara, y sabiendo que Milagros conoce bastante el tema penal, le comunica que le han notificado un auto de apertura de juicio oral, derivado de un procedimiento sobre un delito de falsedad documental frente a ella y su marido. Bárbara no está conforme y Milagros se plantea varias opciones. ¿Cuál sería la correcta?: Contra este auto podrá ejercitarse recurso de reforma y apelación, que no suspenderán el curso del procedimiento. Contra este auto sólo podrá plantearse apelación de manera subsidiaria al de reforma, o bien por separado, suspendiendo el curso del procedimiento. Contra este auto sólo podrá plantearse reforma, que no suspenderá el curso del procedimiento. Contra este auto no cabe recurso, excepto en lo relativo a la situación personal.

Los problemas de Bárbara crecen al conocer que a su gran amigo Sawar H. le han notificado una resolución que acuerda la inadmisión de la petición de asilo político que había realizado. Enfurecida habla con su amigo Andrés, que es un reconocido administrativista, para que le aconseje cómo debe actuar su amigo. Andrés le dice que conocerán, en primera instancia, de los recursos que se deduzcan frente a este tipo de resoluciones: Las Secciones de lo Contencioso-administrativo de los Tribunales de Instancia. Las Salas de lo Contencioso-administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia. La Sección de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Central de Instancia. La Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional.

conocera el Juzgado Central de Instancia del Conten. Adtvo. Señale la incorrecta;. extinción de partidos politicos,. Restitución por via de fiscalización, sean dictadas por el Comité Disciplina deportiva. Inadmisión de asilo politico. Recursos en relación a los convenios entre las administraciones publicas no atribuidos al TSJ.

Andrés no llevaba un buen día. Acababa de enterarse que la Administración municipal, contra la que pleiteaba por una injusta sanción administrativa, seguía sin remitir el expediente administrativo completo, razón por la que el Juez o la Jueza de la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia había acordado imponer: Una segunda multa coercitiva por importe de 200 euros. Una cuarta multa coercitiva por importe de 1.500 euros, poniendo los hechos en conocimiento del Ministerio Fiscal. Una cuarta multa coercitiva por importe de 1.500 euros. Una tercera multa coercitiva por importe de 300 euros.

Celebrada la comparecencia de impugnación de denegación del derecho, el juez dicta auto en cinco días donde mantiene la resolución. ¿Qué opción procesal queda a Bárbara, de nuevo disconforme con dicho auto?: Recurrir en apelación. Ninguna, pues no cabrá recurso alguno. Recurrir en reforma. Recurrir en queja.

La Administración municipal considera contrario a derecho el auto del Juez o Jueza de la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia por el que se acuerda la imposición de esa multa coercitiva por la no remisión del expediente administrativo completo; contra el referido auto cabe: Interponer recurso de reposición. Interponer recurso de apelación en un solo efecto. Interponer recurso de apelación en ambos efectos. Satisfacer la multa coercitiva, al no existir posibilidad alguna de recurrir ese auto.

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