DESPACHADOR (CAP. 06) - OPERACIONES AÉREAS
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Título del Test:
![]() DESPACHADOR (CAP. 06) - OPERACIONES AÉREAS Descripción: DIRECCION DE PERSONAL AERONAUTICO DPTO. DE INSTRUCCION PREGUNTAS Y OPCIONES POR |



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¿A qué altitud mínima debe entrar al espacio aéreo de Clase D una aeronave propulsada por motores a turbina, o una aeronave grande?. 1,500 pies AGL. 2,000 pies AGL. 2,500 pies AGL. ¿Cuál es la máxima velocidad aérea indicada en la que se puede operar una aeronave propulsada por motores recíprocos dentro del espacio aéreo de Clase B?. 180 nudos. 230 nudos. 250 nudos. Los pilotos deben indicar su posición en el aeropuerto al llamar a la torre para el despegue: Desde una intersección de pista. Desde una intersección de pista, sólo por la noche. Desde una intersección de pista, sólo durante condiciones instrumentales. ¿En qué velocidad aérea indicada máxima se puede operar una aeronave propulsada por motores recíprocos en el espacio aéreo inferior Clase B?. 180 nudos. 200 nudos. 230 nudos. ¿A qué altitud debe ascender tan pronto como sea posible tras el despegue un piloto de una aeronave propulsada a turbinas?. 1,000 pies AGL. 1,500 pies AGL. 5,000 pies AGL. ¿Cuáles son los mínimos de despegue bajo IFR para una aeronave trimotor si éstos no han sido prescritos para un aeropuerto civil?. 1 milla estatuto. 1/2 milla estatuto. 300 pies y 1/2 milla estatuto. ¿En qué velocidad aérea indicada máxima se puede operar una aeronave propulsada por motores recíprocos dentro del espacio aéreo de Clase D?. 156 nudos. 180 nudos. 200 nudos. ¿Cuáles de las siguientes operaciones se considera que están en la "fase crítica de vuelo" con respecto a las funciones de los tripulantes técnicos?. Rodaje, despegue, aterrizaje y todas las otras operaciones realizadas por debajo de 10,000 pies MSL, incluyendo vuelo crucero. Descenso, aproximación, aterrizaje y operaciones de rodaje, sin importar las altitudes MSL. Rodaje, despegue y todas las otras operaciones realizadas por debajo de 10,000 pies, excluyendo vuelo crucero. Si se necesita un aeropuerto alterno de salida para un vuelo de aeronave trimotor de transportador aéreo, dicho aeropuerto debe estar localizado a una distancia no mayor a: 2 horas desde el aeropuerto de salida a velocidad crucero normal con viento en calma y un motor inoperativo. 1 hora desde el aeropuerto de salida a velocidad crucero normal con viento en calma y un motor inoperativo. 2 horas desde el aeropuerto de salida a velocidad crucero normal con viento en calma. Las condiciones meteorológicas mínimas que deben existir para un vuelo de transportador aéreo nacional a fin de despegar desde un aeropuerto no considerado en las Especificaciones de Operaciones de Transportador Aéreo (los mínimos de despegue no han sido prescritos para dicho aeropuerto) son: 800-2; 1,100-1 o 900-1-1/2. 1,000-1; 900-1-1/4 o 800-2. 1,000-1; 900-1-1/2 o 800-2. ¿Por debajo de qué altitud, a excepción de vuelo crucero, queda prohibido por parte de la tripulación técnica realizar otras funciones que no sean las relativas a la cabina de mando?. 10,000 pies. 14,500 pies. FL 180. Es necesario un aeropuerto alterno para la salida: Si las condiciones meteorológicas están por debajo de los mínimos autorizados de aterrizaje en el aeropuerto de salida. Si el pronóstico meteorológico a la hora aproximada de salida corresponde a los mínimos de aterrizaje sólo en el aeropuerto de salida. Si el clima de destino es VFR marginal (techo menor a 3,000 pies y visibilidad menor a 5 millas estatuto). ¿A qué distancia máxima del aeropuerto de salida se puede localizar su aeropuerto alterno si se despacha una aeronave cuatrimotor de un transportador aéreo desde un aeropuerto localizado por debajo de los mínimos de aterrizaje?. A no más de 2 horas a velocidad crucero con un motor inoperativo. A no más de 2 horas a velocidad crucero normal con viento en calma y un motor inoperativo. A no más de 1 hora a velocidad crucero normal con viento en calma y un motor inoperativo. ¿Qué acción debe llevar a cabo el piloto al mando si para la operación de un transportador aéreo nacional si las condiciones meteorológicas pronosticadas son marginales para un aeropuerto de destino y alterno?. Disponer de un aeropuerto en donde el pronóstico meteorológico no es marginal como en el alterno. Añadir 1 hora de combustible de acuerdo a posiciones de potencia de crucero correspondientes a la aeronave en uso. Disponer de un aeropuerto alterno más como mínimo. Para un vuelo de transportador aéreo nacional, las condiciones meteorológicas mínimas que deben existir en un aeropuerto considerado en el release de despacho como alterno son: Aquellas consideradas en las cartas IAP NOAA para aeropuertos alternos, en la hora en que se espera el arribo del vuelo. Aquellas establecidas en las especificaciones de operaciones del poseedor del certificado para dicho aeropuerto a la hora de arribo del vuelo. Aquellas consideradas en las cartas IAP NOAA para el aeropuerto alterno, desde 1 hora antes de la hora estimada de arribo para dicho vuelo o después de la misma. Un aeropuerto alterno no ha sido considerado en las Especificaciones de Operaciones de un Transportador Aéreo Nacional y carece de los mínimos meteorológicos prescritos para el despegue. ¿Cuáles son las condiciones meteorológicas mínimas necesarias para el despegue?. 800-2. 900-1. 1000-1/2. Antes de considerar en el release de despacho o vuelo un aeropuerto como alterno, los reportes y pronósticos meteorológicos deben indicar que las condiciones meteorológicas se encuentran en los mínimos autorizados para dicho aeropuerto o por encima de los mismos: Por un período de 1 hora antes de la hora estimada de arribo o después de la misma. Durante todo el vuelo. Cuando llegue el vuelo. |





