DIA 27
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Título del Test:![]() DIA 27 Descripción: VARIOS LGP 2 |




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La LGP dispone en relación con la estructura de los estados de gastos de los Presupuestos Generales del Estado que: La clasificación económica agrupará los créditos por capítulos, separando las operaciones corrientes, las de capital, las financieras y el Fondo de Contingencia de ejecución presupuestaria. Los estados de gastos de los presupuestos se estructurarán de acuerdo con las clasificaciones orgánica, económica, financiera y por hitos. La clasificación orgánica permitirá a los centros gestores agrupar sus créditos en artículos y conceptos y establecer los objetivos a conseguir como resultado de su gestión presupuestaria. La clasificación por programas agrupará en secciones los créditos asignados a los centros directivos con dotación diferenciada de la Administración General del Estado, sus organismos autónomos y las entidades de la Seguridad Social. Conforme al artículo 73.3 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, ¿cuál es la fase del procedimiento de la gestión de los gastos mediante la que se acuerda, tras el cumplimiento de los trámites legalmente establecidos, la realización de gastos previamente aprobados por un importe determinado o determinable?. Compromiso de gasto. Aprobación del gasto. Reconocimiento de la obligación. Ordenación de pago. Según la LGP, el acto mediante el cual se acuerda, tras el cumplimiento de los trámites legalmente establecidos, la realización de gastos previamente aprobados, por un importe determinado o determinables se denomina: Compromiso del gasto. Ordenación del pago. Reconocimiento de la obligación. Aprobación del gasto. Conforme con el artículo 73 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, el reconocimiento de la obligación es el acto: Mediante el que se declara la existencia de un crédito exigible contra la Hacienda Pública estatal o contra la Seguridad Social, derivado de un gasto aprobado y comprometido y que comporta la propuesta de pago correspondiente. Mediante el cual se acuerda, tras el cumplimiento de los trámites legalmente establecidos, la realización de gastos previamente aprobados, por un importe determinado o determinable. Mediante el cual se autoriza la realización de un gasto determinado por una cuantía cierta o aproximada, reservando a tal fin la totalidad o parte de un crédito presupuestario. Por el que se inicia el procedimiento de ejecución del gasto, sin que implique relaciones con terceros ajenos a la Hacienda Pública estatal o a la Seguridad Social. En la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria se establece que los estados de ingresos de los Presupuestos Generales del Estado se estructurarán siguiendo las clasificaciones: Orgánica y económica. Orgánica y por programas. Orgánica, económica y funcional. Orgánica, económica y por programas. Según el artículo 41 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, los estados de ingresos de los presupuestos se estructurarán siguiendo las clasificaciones: Orgánica y económica. Orgánica y por programas. Orgánica y funcional. Orgánica y por áreas de gasto. De conformidad con lo establecido en la LGP, la Cuenta General del Estado: Se formará por la Intervención General de la Administración del Estado y se elevará al Gobierno para su remisión al Tribunal de Cuentas antes del 31 de octubre del año siguiente al que se refiera. Se formará por las Cortes Generales y se remitirá al Tribunal de Cuentas antes del 31 de octubre del año siguiente al que se refiera. Se formará por la Intervención General de la Administración del Estado y se elevará al Gobierno para ser sometida a la aprobación del Congreso de los Diputados y, posteriormente, ser remitida al Tribunal de Cuentas antes del 31 de octubre del año siguiente al que se refiera. Se formará por el Gobierno que la someterá a la aprobación de la Intervención General de la Administración del Estado, para su posterior remisión al Tribunal de Cuentas. De conformidad con la LGP, las tasas y precios públicos tienen la consideración de: Ingresos corrientes. Ingresos de capital. Ingresos patrimoniales. Operaciones financieras. La programación presupuestaria se regirá, según la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, general presupuestaria, por los principios de: Estabilidad presupuestaria, sostenibilidad financiera, plurianualidad, transparencia, eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, responsabilidad y lealtad institucional, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Estabilidad financiera, sostenibilidad, plurianualidad, transparencia, eficacia en la asignación y utilización de los recursos públicos, responsabilidad, lealtad institucional, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Estabilidad financiera, sostenibilidad, plurianualidad, transparencia, eficacia en la asignación y utilización de los recursos públicos, lealtad institucional, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Estabilidad financiera, sostenibilidad, plurianualidad, transparencia, eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, responsabilidad, lealtad institucional, conforme a lo dispuesto en la Ley 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Conforme al artículo 55 de la Ley General Presupuestaria, en la Administración del Estado, se financiarán los suplementos de crédito que afectan a operaciones financieras del presupuesto mediante: Deuda Pública o con baja en otros créditos de la misma naturaleza. Con cargo al Fondo de Contingencia de ejecución presupuestaria o con baja en otros créditos de la misma naturaleza. Con cargo a la parte del remanente de tesorería al fin del ejercicio anterior que no haya sido aplicada en el presupuesto. Deuda Pública o con cargo al Fondo de Contingencia de ejecución presupuestaria. De acuerdo con la LGP, las transferencias de créditos: Son traspasos de dotaciones entre créditos. Son minoraciones de créditos para hacer frente al pago de la Deuda Pública. Establecen un plazo semestral para reconocer las obligaciones, pasado el cual se anulan los créditos correspondientes. Son incrementos de créditos derivados de ingresos imprevistos. Según la LGP, los gastos menores de 5.000 euros que se realicen con cargo a fondos librados a justificar NO estarán sometidos a fiscalización previa: Cuando los servicios o prestaciones a que se refieren hayan tenido o vayan a tener lugar en territorio extranjero. Cuando los servicios o prestaciones a que se refieren hayan tenido o vayan a tener lugar en territorio nacional o extranjero. Cuando los servicios o prestaciones a que se refieren hayan tenido o vayan a tener lugar en territorio nacional. En ningún caso. De acuerdo con la LGP, están sometidos a fiscalización previa: Los actos de la Administración General del Estado que den lugar al reconocimiento de derechos o a la realización de gastos. Los actos de la Administración General del Estado, las entidades públicas empresariales y las fundaciones del sector público que den lugar al reconocimiento de derechos o a la realización de gastos. Los actos de la Administración General del Estado y las entidades públicas empresariales que den lugar al reconocimiento de derechos o a la realización de gastos. Los actos de la Administración General del Estado y las fundaciones del sector público que den lugar al reconocimiento de derechos o a la realización de gastos. El artículo 26 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria (en adelante LGP) establece que la programación presupuestaria se regirá, entre otros, por el principio de: Sostenibilidad financiera. Eficacia en la asignación de recursos. Legalidad presupuestaria. Publicidad. Según el artículo 33 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria (en adelante LGP), los Presupuestos Generales del Estado determinarán: Las obligaciones económicas que, como máximo, pueden reconocer los sujetos que integran el sector público estatal o cuya normativa específica confiera a su presupuesto carácter limitativo. Las obligaciones económicas que, como mínimo, pueden reconocer los sujetos que integran el sector público administrativo. Las obligaciones económicas que, como mínimo, pueden reconocer los sujetos que integran el sector público estatal o cuya normativa específica confiera a su presupuesto carácter limitativo. Nunca reflejan obligaciones, sólo derechos de gastos de los sujetos que integran el sector público administrativo. De acuerdo con el artículo 34 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, el ejercicio presupuestario coincidirá con: El año natural. Un año entero, de fecha a fecha. Un año más el periodo prorrogado. Con los escenarios plurianuales. Según el artículo 52 de la LGP, las transferencias son traspasos de dotaciones entre créditos. Pueden realizarse entre los diferentes créditos del presupuesto incluso con la creación de créditos nuevos, con las siguientes restricciones: No podrán realizarse entre créditos de distintas secciones presupuestarias. No podrán realizarse entre créditos de distintos Ministerios. No podrán realizarse entre créditos de distintos órganos. No podrán realizarse entre créditos de distintos organismos autónomos. El objeto de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, en virtud de lo establecido en su artículo primero, es: La regulación del régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad, intervención y de control financiero del sector público estatal. El establecimiento de los principios rectores, a los que deberá adecuarse la política presupuestaria del sector público, orientados a la estabilidad presupuestaria y a la sostenibilidad financiera. La asignación equitativa de los recursos públicos, su programación y ejecución, respondiendo a criterios de eficiencia, eficacia, economía y racionalización del gasto. La estabilidad presupuestaria hacia aquellas políticas que más favorecen la productividad y el crecimiento a largo plazo; como son la inversión en infraestructuras y el gasto en investigación, desarrollo e innovación tecnológica, el gasto social y la mejora de los servicios públicos esenciales. De acuerdo con la LGP, las transferencias de créditos: Son traspasos de dotaciones entre créditos. Son minoraciones de créditos para hacer frente al pago de la Deuda Pública. Establecen un plazo semestral para reconocer las obligaciones, pasado el cual se anulan los créditos correspondientes. Son incrementos de créditos derivados de ingresos imprevistos. De acuerdo con la LGP, podrán tramitarse propuestas de pagos presupuestarios y librarse fondos con el carácter de a justificar: Cuando, excepcionalmente, no pueda aportarse la documentación justificativa de las obligaciones en el momento del reconocimiento de la obligación. Previa autorización del Ministerio de Hacienda y Función Pública, en aquellos expedientes de contratación cuyas bases prevean pagos en el exterior. Cuando, una vez autorizada la correspondiente retención de crédito, se acordase el pago de una subvención nominativa. Para la provisión de fondos de carácter extrapresupuestario y permanente que se realicen a pagadurías, cajas y habilitaciones para la atención inmediata y posterior aplicación al capítulo de gastos corrientes. De acuerdo con la LGP, la fase del procedimiento de la gestión de los gastos mediante la que se declara la existencia de un crédito exigible contra la Hacienda Pública estatal, es: El reconocimiento de la obligación. El compromiso de gasto. La aprobación del gasto. El pago material. El Gobierno para los casos recogidos en el art. 60 LGP puede conceder anticipos de tesorería, pero ¿para qué gastos y con qué límite puede el gobierno autorizarlos?. Para atender gastos inaplazables, con el límite máximo en cada ejercicio del 1% de los créditos autorizados al Estado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Para atender gastos corrientes, con el límite máximo en cada ejercicio del 1% de los créditos autorizados al Estado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado. En ningún caso pueden financiarse gastos mediante anticipos de tesorería por autorización del Gobierno. Para atender gastos financiados con el fondo de contingencia, con el límite máximo en cada ejercicio del 1% de los créditos autorizados al Estado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Según la LGP, las modificaciones de crédito que incrementan los créditos como consecuencia de la realización de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial son: Generaciones de crédito. Incorporaciones de crédito. Suplementos de crédito. Ampliaciones de crédito. Según la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, con carácter previo a la suscripción de cualquier convenio o contrato-programa: Se tramitará el oportuno expediente de gasto, en el cual figurarán el importe máximo de las obligaciones a adquirir. Se tramitará el oportuno expediente de gasto, en el cual figurarán el importe aproximado de las obligaciones a adquirir. El expediente de gastos se tramitará, no con carácter previo, sino de manera simultánea a la suscripción del convenio o contrato-programa. Se tramitará el oportuno expediente de gasto, en el cual figurarán los importes mínimo y máximo de las obligaciones a adquirir. De acuerdo con la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria se especificarán al nivel que corresponda conforme a su concreta clasificación económica: Los créditos extraordinarios que se concedan durante el ejercicio. Los créditos que establezcan asignaciones identificando perceptor o beneficiario, incluyendo las destinadas a atender transferencias corrientes a de capital al exterior. Los créditos ampliados. Los créditos destinados a arrendamientos financieros. Según el artículo 43 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, ¿a qué nivel se especifican en el Presupuesto del Estado los créditos declarados ampliables?. Al nivel que corresponda conforme a su concreta clasificación económica. A nivel de concepto. A nivel de capítulo. A nivel de artículo. |