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DIPúblico.

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Título del Test:
DIPúblico.

Descripción:
Temas 6, 7 y 8.

Fecha de Creación: 2026/05/27

Categoría: Otros

Número Preguntas: 45

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Temario:

¿Cuál es la función originaria del artículo 38 del Estatuto del Tribunal Internacional de Justicia (TJI)?. Sustituir a las constituciones nacionales en materia de política exterior. Establecer una jerarquía rígida entre todas las normas internacionales. Crear un cuerpo legislativo mundial con poder sancionador directo. Indicar qué normas debe aplicar la Corte para resolver conflictos entre Estados.

¿Qué característica define principalmente a los tratados internacionales según el temario?. Su carácter oral y basado únicamente en la buena fe de los gobernantes. Su carácter escrito y la expresión explícita del consentimiento. La creación de obligaciones que solo son éticas y no jurídicamente vinculantes. La imposición de normas por parte de los Estados más poderosos sin necesidad de firma.

En el contexto de la costumbre internacional, ¿qué diferencia a una norma regional de una local o bilateral?. Las locales prevalecen sobre las normas de ius cogens y las regionales no. Las regionales vinculan a un grupo en un ámbito geográfico, mientras que las locales afectan a un grupo reducido o solo a dos Estados. Las normas regionales son siempre escritas y las locales son siempre orales. No existe diferencia; ambos términos se utilizan indistintamente para referirse a la costumbre general.

¿Qué condición debe cumplir un ‘objetor persistente’ para no quedar vinculado por una norma consuetudinaria en formación?. Debe oponerse a la norma solo después de que esta haya sido aceptada por la mayoría. Debe expresar su objeción de manera clara, comunicarla a los demás y mantenerla persistentemente. Debe abandonar el tratado internacional que regula esa materia específica. Basta con no realizar la práctica, sin necesidad de comunicarlo formalmente.

¿De dónde provienen los Principios Generales del Derecho aplicados en el ámbito internacional?. De los ordenamientos jurídicos nacionales y del propio marco del sistema jurídico internacional. Solo de las recomendaciones no vinculantes de la Asamblea General de la ONU. De los mandatos religiosos seguidos por la mayoría de la población mundial. Exclusivamente de las sentencias previas dictadas por el Tribunal Internacional de Justicia.

¿Cuándo se recurre habitualmente a la aplicación de los Principios Generales del Derecho?. Únicamente cuando se trata de casos de derecho penal internacional. Como primera opción, incluso si existe un tratado claro sobre el tema. Solo si el Estado demandado acepta expresamente su uso en el juicio. Cuando las normas consuetudinarias o convencionales no resuelven total o parcialmente una cuestión.

Dentro de los medios auxiliares, ¿cuál es la función de la doctrina y la jurisprudencia?. Crear nuevas obligaciones jurídicas que los Estados deben firmar. Anular tratados internacionales que se consideren injustos por los expertos. Servir como herramientas para interpretar el Derecho y ayudar a entenderlo. Sustituir el consentimiento de los Estados en casos de emergencia global.

¿En qué consiste decidir un conflicto bajo el principio ‘Ex Aequo et Bono’. Decidir según lo que se considere justo para el caso, más allá de las normas existentes. Aplicar estrictamente la literalidad de los tratados firmados. Obligar a los Estados a ceder su soberanía a una organización internacional. Seguir la opinión mayoritaria de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

¿Cuál es la excepción principal al principio de que los Estados solo están obligados por normas que aceptan?. Las normas de ius cogens, como la prohibición del genocidio y la tortura. Las directivas económicas emitidas por el Banco Mundial. Las leyes internas de los Estados con mayor peso en el Consejo de Seguridad. Cualquier tratado firmado por más de cincuenta países.

¿Qué diferencia al consentimiento expreso del consentimiento tácito?. El consentimiento tácito es más importante que el expreso en la jerarquía internacional. El tácito se manifiesta mediante la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El consentimiento expreso sólo puede ser retirado por orden judicial del TIJ. El expreso se da en los tratados mediante firma y ratificación; el tácito se deduce de la práctica repetida.

Según el artículo 27 de la Convención de Viena, ¿puede un Estado incumplir un tratado alegando su Derecho interno?. Sí, siempre que la ley interna sea anterior a la firma del tratado. Solo si se trata de una norma constitucional fundamental. No, un Estado no puede invocar disposiciones de su Derecho interno para justificar su incumplimiento. Sí, si el incumplimiento es necesario para proteger la economía nacional.

¿Cómo se define la jerarquía normativa general en el Derecho Internacional Público?. La costumbre general siempre es superior a los tratados bilaterales. Todas las normas tienen igual valor, excepto las normas imperativas (ius cogens). Los principios generales del Derecho son la norma suprema del sistema. Los tratados siempre prevalecen sobre la costumbre internacional.

¿Qué ocurre si un tratado internacional contradice a una norma de ‘ius cogens’?. Se debe renegociar el ius cogens para adaptarlo al nuevo tratado. La norma de ius cogens deja de aplicarse para ese caso concreto. El tratado es plenamente válido, pero el Estado debe pagar una indemnización. El tratado se considera nulo de pleno derecho.

En el sistema español, ¿qué estatus jerárquico tienen los tratados internacionales una vez publicados?. Son meras recomendaciones sin fuerza de ley en el territorio nacional. Son equivalentes a un reglamento administrativo menor. Tienen un rango supralegal pero infraconstitucional. Están por encima de la Constitución pero por debajo de las leyes ordinarias.

¿Cómo se califica el sistema de recepción de tratados en España según el material?. Monismo moderado. Soberanismo absoluto. Anarquismo jurídico internacional. Dualismo extremo.

¿Cuál es la definición correcta de costumbre internacional?. Un conjunto de normas escritas aprobadas por la ONU. Una práctica general de los Estados aceptada como derecho. Un acuerdo bilateral entre dos Estados. Una decisión de los tribunales internacionales.

¿Qué elemento NO forma parte de la costumbre internacional?. Práctica general de los Estados. Opinio iuris. Ratificación de tratados. Conductas materiales o verbales.

¿Qué significa el concepto de “opinio iuris”?. La repetición constante de conductas. La aceptación de una práctica por costumbre social. La convicción de que una conducta es jurídicamente obligatoria. La aprobación de normas por tribunales.

¿Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta sobre el “objetor persistente”?. Es un Estado que acepta siempre todas las normas consuetudinarias. Es un Estado que puede evitar quedar vinculado si se opone desde el inicio. Es un Estado que solo puede oponerse después de que la norma exista. Es un Estado que actúa sin práctica internacional.

¿Qué tipo de costumbre obliga únicamente a un grupo limitado de España?. Costumbre general. Costumbre universal. Costumbre particular. Costumbre imperativa.

¿Cuál es la función principal de la Comisión de Derecho Internacional (CDI) según lo establecido por la Asamblea General de la ONU?. Resolver conflictos territoriales entre Estados miembros mediante sentencias obligatorias. La codificación y el desarrollo progresivo del Derecho Internacional. Representar legalmente a los Gobiernos de los Estados nacionales ante la sede de Ginebra. Elegir a los candidatos que deben formar parte de los grupos regionales de la ONU.

Sobre la composición de la Comisión de Derecho Internacional (CDI), ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?. Está compuesta por 34 miembros que actúan como representantes directos de sus gobiernos. Los miembros son elegidos por un periodo de 10 años sin posibilidad de reelección. No puede haber dos nacionales de un mismo Estado dentro de la Comisión. Cada Estado miembro de la ONU puede proponer hasta un máximo de diez candidatos.

¿Qué requisito es indispensable para que un acto unilateral obligue internacionalmente a un Estado?. Que el acto sea ratificado por al menos dos terceros Estados beneficiarios. Que emane de una autoridad que tenga competencia para obligar al Estado. Que se enuncie en términos generales y abstractos para permitir flexibilidad. Que el acto sea aprobado previamente por la Comisión de Derecho Internacional.

En el contexto de la “Costumbre Particular”, ¿cuál es la principal diferencia entre normas regionales y las locales/bilaterales?. Las regionales vinculan a un grupo de un ámbito geográfico, mientras que las locales pueden vincular a solo dos Estados. Las normas regionales son requieren “opinio iuris”, pero las locales sí. Las normas locales son obligatorias para toda la ONU, mientras que las regionales son opcionales. Solo las normas regionales se consideran Derecho Internacional consuetudinario.

Cuando un Estado alega la existencia de una norma de costumbre particular ante un tribunal, ¿qué carga procesal tiene?. Ninguna, ya que el tribunal debe conocer de oficio todas las costumbres internacionales. Debe probar que la norma ha sido codificada previamente por la CDI. Debe probar la existencia de los dos elementos constitutivos (práctica y opinio iuris) para ese grupo de Estados. Solo necesita demostrar que el otro Estado ha realizado un acto unilateral similar.

En cuanto a las características de la práctica para la formación de una costumbre internacional, ¿qué establece el texto respecto a su duración?. Debe mantenerse de forma ininterrumpida y sin ninguna contradicción durante al menos 10 años. No se requiere que la práctica tenga una determinada duración, siempre que sea general. Es imprescindible que posea una larga duración comprobada por los tribunales internos. Debe tener exactamente la misma duración en el tiempo que la opinio iuris.

De los tres supuestos en los que una disposición de un tratado puede considerarse expresión de una norma de DI consuetudinario, ¿en qué consiste el “efecto cristalizador”?. El tratado declara o codifica normas de DI consuetudinario ya preexistentes en el momento en que dicho tratado se celebró. A partir de la celebración de la norma convencional se origina una práctica general aceptada como derecho. El tratado anula y sustituye por completo a las normas consuetudinarias anteriores aplicables. El tratado cristaliza normas de DI consuetudinario que habían empezado a formarse antes de la celebración del tratado.

Al asumir obligaciones mediante actos unilaterales, ¿cuáles son los límites generales que los Estados deben respetar según el texto?. Los Estados disponen de una libertad absoluta para asumir obligaciones y no tienen ningún límite general. Solo deben respetar lo que decidan las resoluciones de la Asamblea General de la ONU. Deben respetar las normas imperativas de DI general, así como el art. 103 de la Carta de la ONU. Deben respetar exclusivamente los intereses de los Estados especialmente afectados.

Dentro de las clases de actos unilaterales mencionadas en el tema, ¿cómo se define la “renuncia”?. Acto con el que se asume la obligación de no ejercer una pretensión jurídica a la que se considera que se tiene derecho. Acto con el que se manifiesta la intención de comportarse de un determinado modo ante una situación concreta. Acto con el que se acepta una determinada situación, como por ejemplo, la existencia de un nuevo Estado. Acto mediante el cual un Estado exige a terceros el cumplimiento de un tratado bilateral.

La Comisión de Derecho Internacional (CDI) tiene dos funciones principales. Según el texto, ¿en qué consiste específicamente el “desarrollo progresivo del DI”?. En la formulación y la sistematización por escrito de las normas de DI en vigor. En la elaboración de proyectos de convenciones sobre temas que aún no han sido regulados por el DI. En la adopción de tratados internacionales por la propia Asamblea General a partir de los trabajos previos. En la recopilación de las decisiones de los tribunales nacionales sobre derecho marítimo.

Según la Convención de Viena de 1969, un tratado internacional es: Todo acuerdo político entre Estados, aunque no sea vinculante. Un acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el Derecho Internacional. Cualquier declaración unilateral de un Estado. Un acuerdo entre particulares de distintos Estados.

La Convención de Viena de la 1969 se aplica, en principio, a: Acuerdos escritos entre Estados regidos por el Derecho Internacional. Acuerdos verbales entre particulares. Acuerdos internos entre órganos administrativos. Declaraciones de intenciones sin efectos jurídicos.

Que la Convención de Viena de 1969 no se aplique a ciertos acuerdos internacionales significa que: Esos acuerdos carecen siempre de valor jurídico. Esos acuerdos son automáticamente nulos. No afecta necesariamente al valor jurídico de dichos acuerdos. Solo pueden aplicarse en el Derecho interno.

Los tratados multilaterales son aquellos que: Se celebran entre dos sujetos de Derecho Internacional. Se celebran entre más de dos sujetos de Derecho Internacional. Solo pueden celebrarse entre organizaciones internacionales. Solo tiene efectos políticos.

Un tratado multilateral abierto se caracteriza por: Permitir la participación de todos los sujetos de Derecho Internacional y tener vocación universal. Exigir siempre una condición geográfica. Limitarse a dos Estados. No generar obligaciones jurídicas.

Los tratados restringidos son aquellos que: No permiten reservas. Solo se celebran verbalmente. Exigen el cumplimiento de alguna condición para participar. Carecen de efectos jurídicos internacionales.

Por razón de la duración, los tratados pueden ser: Solemnes, simplificados y políticos. Bilaterales, multilaterales y administrativos. De duración determinada, indeterminada o prorrogables. Normativos, no normativos y privados.

Los tratados concluidos de forma solemne se caracterizan porque: No requieren intervención de órganos estatales. Exigen la participación de diversos órganos del Estado, pudiendo requerir autorización parlamentaria. Se perfeccionan únicamente con una declaración verbal. No producen efectos jurídicos.

Los acuerdos internacionales administrativos se caracterizan por: Ser tratados internacionales en sentido estricto. Ejecutar o concretar un tratado previo y estar regidos por el Derecho Internacional. Contener solo declaraciones de intenciones sin efectos jurídicos. No requerir ningún tipo de control formal.

Los acuerdos no normativos, como los memorandos de entendimiento, se caracterizan porque: Constituyen siempre fuente de obligaciones internacionales. Se rigen necesariamente por el Derecho Internacional. Contienen declaraciones de intenciones o compromisos no jurídicamente vinculantes. Son tratados multilaterales abiertos.

Los plenos poderes son: Una autorización parlamentaria para reformar la Constitución. Un documento que autoriza a una persona a representar al Estado en relación con un tratado. Una reserva formulada por el Estado. Un informe jurídico de la ONU.

En relación con los plenos poderes, no siempre son necesarios para: Jefes de Estado y determinados altos cargos. Cualquier particular. Universidades públicas. Entidades locales.

La adopción del texto de un tratado en una conferencia internacional requiere, salvo que se decida otra mayoría: Unanimidad absoluta de todos los Estados del mundo. Mayoría simple de los Estados ausentes. Dos tercios de los Estados presentes y votantes. La aprobación exclusiva del Estado depositario.

La manifestación del consentimiento es: El acto por el que un Estado acepta quedar vinculado por un tratado internacional. La fase en la que se redactan propuestas sin efectos jurídicos. La mera publicación del tratado. Un informe previo del Ministerio de Hacienda.

Según la Convención de Viena de 1969, una reserva es: Una declaración unilateral destinada a excluir o modificar los efectos jurídicos de ciertas disposiciones del tratado para el Estado que la formula. Un tratado celebrado entre particulares. Un acuerdo no normativo sin valor jurídico. Una fase obligatoria en todos los tratados internacionales.

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