distritos y consejo social
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Título del Test:
![]() distritos y consejo social Descripción: distritos y consejo social |



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¿Qué deben crear los ayuntamientos según el Artículo 128?. Distritos con órganos de gestión desconcentrada. Juntas de Gobierno Local. Consejos Sociales de la Ciudad. Comisiones de Sugerencias y Reclamaciones. ¿Cuál es el propósito de crear distritos según el Artículo 128?. Centralizar la gestión municipal. Impulsar y desarrollar la participación ciudadana en la gestión municipal. Reducir el número de concejales. Facilitar la recaudación de impuestos. ¿Quién tiene la competencia para crear los distritos y su regulación?. El Alcalde. La Junta de Gobierno Local. El Pleno de la Corporación. El Consejo Social de la Ciudad. ¿Quién presidirá el distrito?. El Alcalde. Un concejal. El Secretario general del Pleno. Un miembro de la Junta de Gobierno Local. ¿Qué órgano administrativo es responsable de la asistencia jurídica según el Artículo 129?. El Secretario del Pleno. La Junta de Gobierno Local. El órgano de gestión tributaria. Un órgano administrativo responsable de la asistencia jurídica. ¿Qué requisito es indispensable para ser titular de la asesoría jurídica según el Artículo 129?. Ser licenciado en derecho. Tener una habilitación de carácter nacional. Ser miembro del Pleno de la Corporación. Ser funcionario de carrera del Estado. ¿Quién nombra y separa al titular de la asesoría jurídica?. El Alcalde. El Pleno de la Corporación. La Junta de Gobierno Local. Los coordinadores generales. ¿Cuáles son los órganos superiores municipales según el Artículo 130?. Coordinadores generales y directores generales. El Alcalde y la Junta de Gobierno Local. El interventor general y el secretario general del Pleno. Los titulares de organismos autónomos. ¿Quiénes son considerados órganos directivos municipales según el Artículo 130?. El Alcalde y la Junta de Gobierno Local. Los coordinadores generales de cada área o concejalía. El Consejo Social de la Ciudad. Los representantes de las organizaciones económicas y sociales. ¿Qué otros titulares se consideran órganos directivos según el Artículo 130.2?. Los titulares de los máximos órganos de dirección de organismos autónomos y entidades públicas empresariales locales. Los miembros de la Comisión de Sugerencias y Reclamaciones. Los representantes vecinales. Los asesores jurídicos externos. ¿Bajo qué régimen quedan sometidos los órganos superiores y directivos?. Un régimen de incompatibilidades específico para cada órgano. El régimen de incompatibilidades establecido en la Ley 53/1984. Un régimen de incompatibilidades determinado por el Alcalde. No quedan sometidos a ningún régimen de incompatibilidades. ¿Qué existirá en los municipios señalados en el título, según el Artículo 131?. Una Comisión de Sugerencias y Reclamaciones. Un Consejo Social de la Ciudad. Una Junta de Gobierno Local ampliada. Distritos especializados. ¿Quién integra el Consejo Social de la Ciudad?. Únicamente representantes del Alcalde y la Junta de Gobierno Local. Representantes de las organizaciones económicas, sociales, profesionales y de vecinos más representativas. Solo funcionarios municipales. Miembros del Pleno de la Corporación. ¿Cuál es una de las funciones del Consejo Social de la Ciudad según el Artículo 131?. Nombrar y separar al Alcalde. Crear nuevos distritos. La emisión de informes, estudios y propuestas en materia de desarrollo económico local. Presidir los distritos. ¿Qué creará el Pleno para la defensa de los derechos de los vecinos ante la Administración municipal, según el Artículo 132?. Un órgano de gestión desconcentrada. Una Comisión especial de Sugerencias y Reclamaciones. Un Consejo Social de la Ciudad ampliado. Una Junta de Gobierno Local especial. |





