DM10
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Título del Test:
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El contrato de seguro de caracteriza porque el asegurador. Garantiza un beneficio económico. Asume la cobertura de un riesgo a cambio de una prima. Transmite la propiedad de un bien. Presta un servicio profesional. La prima en el contrato de seguro es. Una indemnización. Un impuesto. El precio del seguro. Una garantía real. El seguro de daños se rige por. El principio de libertad contractual. El principio de autonomía de la voluntad. El principio indemnizatorio. El principio de solidaridad. En los seguros de personas, con carácter general. Se indemniza el daño efectivo. Se entrega la suma pactada. Se aplica la regla proporcional. No existe prima. La ley aplicable al contrato de seguro es. El Código de Comercio. El Código Civil. La ley 50/1980, de Contrato de Seguro. La ley 20/2015. La ley de Contrato de Seguro tiene carácter: Dispositivo en todo caso. Imperativo, salvo pacto contrario más favorable al asegurado. Meramente supletorio. Administrativo. La ordenación y supervisión de la actividad aseguradora se rige por: La ley de Contrato de Seguro. El Código de Comercio. La ley 20/2015, de ordenación, supervisión y solvencia. Reglamentos autonómicos. El asegurador debe adoptar necesariamente la forma de. Persona física. Sociedad civil. Alguna de las formas jurídicas legalmente previstas. Empresario individual. El Consorcio de Compensación de Seguros interviene, entre otros supuestos, en. Cualquier siniestro. Riesgos ordinarios. Riesgos extraordinarios previamente asegurados. Seguros de vida. El tomador del seguro es. El beneficiario del contrato. El titular del interés asegurado. Quién suscribe la póliza. El asegurador. El asegurado es. El titular del interés asegurado. Siempre el tomador. El beneficiario. Quien paga la prima. Antes de la celebración del contrato, el tomador debe. Pagar la prima. Declarar el siniestro. Declarar las circunstancias relevantes del riesgo. Aportar peritaje. Si el tomador actúa con dolo en la declaración del riesgo. El asegurador reduce la indemnización. El asegurador queda liberado. El contrato de mantiene íntegro. Se aplica la regla proporcional. El impago de la primera prima permite al asegurador. Suspender automáticamente la cobertura. Resolver el contrato o exigir el pago. Mantener la cobertura sin límites. Indemnizar parcialmente. En el impago de primas sucesivas, la cobertura. Se extingue de inmediato. Se mantiene indefinidamente. Se mantiene un mes y luego queda en suspenso. Nunca se suspende. El contrato de seguro es. Real. Solemne. Consensual. Aleatorio imperfecto. La forma escrita del contrato de seguro. Es requisito de validez. No es necesaria. Da certeza al contrato y obliga a entregar la póliza. Sustituye al consentimiento. La proporción de seguro vinculados al asegurador durante. 7 días. 10 días. 15 días. 30 días. Las cláusulas limitativas de los derechos del asegurado deben. Estar ocultas. Aceptarse verbalmente. Destacarse y aceptarse por escrito. Se aprobadad judicialmente. El principio indemnizatorio implica que. El asegurado puede enriquecerse. La indemnización nunca supera el daño. Siempre se paga la suma asegurada. No existen límites indemnizatorios. Existe infraseguro cuando. El valor asegurado coincide con el real. El valor asegurado es superior al real. El valor asegurado es inferior al real. No se declara el valor. En el sobreseguro con mala fe del tomador. Se aplica la regla proporcional. El contrato puede declararse ineficaz. Se paga la suma asegurada. Se reduce la prima. En el seguro múltiple, los aseguradores. Indemnización íntegramente cada uno. Se reparten el daño proporcionalmente. Pegan por orden cronológico. Se excluyen entre sí. El seguro de incendios cubre. Cualquier daño material. Solo bienes muebles. Daños por incendio y gastos de extinción. Siempre objetos de especial valor. En el aseguro contra robo, si el objeto aparece después del plazo pactado. El asegurado deben devolver la indemnización. El asegurado puede optar entre dos alternativas. El asegurador conserva la propiedad. Se anula el contrato. El seguro de lucro cesante cubre. Daños materiales. Daños morales. Pérdidas de beneficios y gastos generales. Multas administrativas. En el seguro de caución, el asegurador. Garantiza un crédito. Responde frente al asegurado por el incumplimiento del tomador. No puede repetir. Sustituye al deudor. El seguro de crédito cubre. El retraso en el pago. La insolvencia definitiva del deudor. El riesgo cambiario. El impago temporal. En el seguro de responsabilidad civil. No hay acción directa. El asegurador responde sin responsabilidad del asegurado. El perjudicado tiene acción directa contra el asegurador. El asegurado dirige siempre la defensa. En el seguro de defensa jurídica. Se cubren multas y sanciones. El asegurador elige siempre abogado. El asegurado tiene derecho a elegir abogado y procurador. Solo se cubren procedimientos judi. Los seguros de personas comprenden los riesgos que afectan a. El patrimonio del asegurado. La existencia , integridad corporal o salud del asegurado. Exclusivamente la vida del asegurado. Únicamente la capacidad laboral. No es una modalidad de seguro de personas. Seguro de vida. Seguro de accidentes. Seguro de asistencia sanitaria. Seguro de crédito. Los seguros colectivos se caracteriza por. Asegurar siempre a familiares. Cubrir riesgos individuales sin conexión. Referirse a un grupo delimitado por una circunstancia común. Ser obligatorios. El seguro de vida puede cubrir. Solo la muerte del asegurado. Solo la supervivencia. Muerte, supervivencia o ambos eventos. Únicamente la invalidez. En el seguro de vida para caso de muerte por tiempo indefinido. La prima varía anualmente. La prima se ajusta al riesgo anual. La prima es fija y constante. No existe prima. El seguro de supervivencia tiene principalmente una finalidad de. Protecfrente al riesgo. Ahorro. Indemnización del daño. Responsabilidad civil. Salvo pacto con, el riego de suicidio del asegurado queda cubierto. Desde la firma del con. Tras seis meses. Tras un año desde la contratac. Nunca queda cubierto. Si el beneficiario causa dolosamente la muerte del asegurado. Recibe la prestación. Se reduce la indemnización. No tiene derecho a la prestación. Se reparte entre herederos. Está prohibido contratar un seguro para caso de muerte sobre. Personas mayores de 65 años. Menores de 14 años. Salvo como instrumento de ahorro. Personas extranjeras. Empleados. Cuando tomador y asegurado no coinciden en el seguro de vida. No es posible contratar. Basta el consentimiento verbal. Es necesario el consentimiento escrito del asegurado. Solo se requiere autorización judicial. El seguro de accidentes cubre. Cualquier lesión corporal. Lesiones derivadas de enfermedad. Lesiones corporales por causa violenta, súbita , externa y ajena a la voluntad del asegurado. Únicamente la muerte. La indemnización en el seguro de accidentes se determina en función de. El valor económico del daño. El grado de invalidez y los baremos de la póliza. La edad del asegurado. La duración del contrato. En caso de desacuerdo sobre la indemnización en el seguro de accidentes. Decide el asegurador. Decide el asegurado. Se acude a peritos médicos. Se extingue el contrato. El seguro de enfermedad se caracteriza porque el asegurador. Presta directamente los serv médicos. Indemniza daños materiales. Paga determinadas sumas y gastos médicos y farmacéuticos. Solo cubre hospitalización. El seguro de asistencia sanitaria implica que el asegurador. Reembolsa gastos. Presta directamente los servicios médicos y quirúrgicos. Indemniza con una suma fija. Solo cubre medicamentos. En el seguro de decesos, el asegurador se obliga a. Pagar una indemnización en metálico. Prestar los servicios funerarios pactados. Cubrir gastos médicos. Garantizar una renta vitalicia. El exceso de la suma asegurada sobre el coste del servicio en el seguro de decesos corresponde a. El asegurador. El Estado. El tomador o los herederos. La funeraria. El seguro de dependencia tiene por finalidad. Cubrir riesgos profesionales. Atender las consecuencias de la situación de dependencia del asegurado. Indemnizar daños materiales. Garantizar una pensión pybl. El reaseguro es un contrato celebrado entre asegurado y asegurador. Asegurado y Asegurador. Tomador y reasegurador. Asegurador y reasegurador. Beneficiario y asegurador. En el contrato de reaseguro. El asegurado puede reclamar directamente al reasegurador. El reasegurador sustituye al asegurador. El asegurado no tiene acción directa contra el reasegurador. El tomador es parte del contrato. |





