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DM3 Temas 5 al 8

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Título del Test:
DM3 Temas 5 al 8

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DM3 Temas 5 al 8

Fecha de Creación: 2025/11/20

Categoría: Otros

Número Preguntas: 71

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Si en un contrato de obra se pacta expresamente que la obra ha de hacerse a satisfacción del propietario (principal): El propietario queda en total libertad para rechazar la obra si ésta no es de su conformidad. El pacto se reputa nulo por dejar el cumplimiento del contrato al arbitrio de una de las partes. La aprobación de la obra, si el propietario no da su conformidad, se entiende reservada al juicio pericial.

En el contrato de obra, el desistimiento unilateral de quien encarga la obra. Es completamente libre, con la correspondiente indemnización. Sólo es posible si hay una causa justificada. Sólo es posible si la obra no se ha iniciado.

En relación con la resolución anticipada del contrato de obra por desistimiento unilateral del principal cabe afirmar que: Exige que el principal demuestre las justas razones de su desistimiento. Solo es posible si la obra no ha sido iniciada. El principal puede desistir de la obra aunque se haya empezado, y a su libre voluntad, indemnizando al contratista.

En los contratos de obra, el que formula el encargo (principal) puede desistir de la ejecución de la obra: Solo si existe causa justificada. Por su sola voluntad, siempre y cuando la obra no se haya empezado. Por su propia voluntad y aunque se haya empezado la obra, pero tiene que indemnizar al contratista en la cuantía que corresponda.

En caso de subcontratación en un contrato de obra mercantil, el subcontratista será responsable: Únicamente frente al contratista que recibió el encargo y lo subcontrató. Directamente frente al principal siempre que éste haya autorizado la subcontratación o supiera la identidad del subcontratista. Subsidiariamente frente al principal si éste autorizó la subcontratación o sugirió su nombre.

En el contrato de depósito mercantil el depositario: No responde del caso fortuito ni de la fuerza mayor, pero él debe probar que ha desplegado la debida diligencia. Responde por su propia culpa o negligencia en la custodia de los objetos depositados y la prueba de las mismas corresponde al depositante. Responde del caso fortuito y de la fuerza mayor.

La responsabilidad "ex receptum" propia del depósito supone que el depositario: Responde del caso fortuito y de la fuerza mayor. No responde del caso fortuito y de la fuerza mayor, pero tiene que probar que él ha desplegado la debida diligencia. No responde del caso fortuito ni de la fuerza mayor y es el depositante quien tiene que probar la culpa del depositario.

Señale cuál de las siguientes respuestas es correcta: Conforme al art. 304 CCom el contrato de depósito mercantil es naturalmente gratuito, a diferencia del depósito civil. El contrato de depósito se puede calificar como contrato bilateral y obligacional. El carácter real del contrato de depósito mercantil aparece expresamente recogido en el art. 305 del CCom.

El contrato de depósito mercantil: Es siempre oneroso. Es oneroso, salvo que se pacte la gratuidad. Es gratuito, salvo pacto en contrario.

Si no se ha pactado nada sobre la retribución de un depósito mercantil: El depósito se considera gratuito. El depositario tiene derecho a percibir la retribución que sea usual en la plaza en que se constituya. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El contrato de depósito mercantil está configurado legalmente como un contrato: Real. Retribuido a no mediar pacto expreso en contrario. Las dos respuestas anteriores son correctas.

En el depósito mercantil el depositario tiene derecho a exigir retribución por el depósito: Siempre. Solo si así se ha pactado expresamente en el contrato. Salvo que se haya pactado la gratuidad.

Según el Código de Comercio, la obligación de custodia del depositario consiste: En los depósitos cerrados, en la obligación de a asegurar la conservación del continente, pero no el contenido. En la mera vigilancia sobre la correcta conservación del objeto depositado, no quedando obligado el depositario a evitar los daños o averías derivados de la naturaleza o vicio propio de la cosa. Las dos respuestas anteriores son correctas.

El llamado depósito irregular: Se caracteriza porque el depositante sigue manteniendo el objeto en su posesión. Se produce cuando varias personas entregan a un único depositario cosas genéricas, autorizándole para mezclarlas en un depósito unitario. Se caracteriza porque el depositario puede disponer en su beneficio del objeto de depósito, porque se hace dueño de lo que se le entrega.

El depósito colectivo se caracteriza por: El depositario solo se obliga a devolver otro tanto de la misma especie y calidad. Varios depositantes entregan al depositario distintas partidas de cosas genéricas autorizándolo para mezclarlas en depósito unitario. Las dos respuestas anteriores son correctas.

En el depósito colectivo. El depositante puede pretender la devolución de los mismos objetos que depositó, puesto que el depositante mantiene la propiedad del objeto del depósito. El depositario puede disponer en su beneficio del objeto del depósito. El depositante recibirá otro tanto de la misma especie y calidad de lo entregado.

En los depósitos colectivos: El depositario puede disponer del objeto de depósito al igual que en los depósitos irregulares. El depositante no puede exigir la devolución de los mismos objetos que depositó, sino otros tantos de la misma especie y calidad. La pluralidad de depositantes ha de actuar siempre de forma conjunta para solicitar la devolución del depósito.

Los resguardos de depósito en Almacén General de Depósitos. Son expresivos de la especie y cantidad de las mercancías. Son representativos de la mercancía depositada. Las dos respuestas anteriores son correctas.

En el contrato de depósito en Almacén General de depósito, el depositante podría. Pignorar la mercancía depositada. Transmitir la titularidad de la mercancía depositada con la transmisión del resguardo de depósito, al ser este documento representativo de la mercancía depositada. Las dos respuestas anteriores son correctas.

En el contrato de depósito los derechos y obligaciones propios del depositante y depositario cesan, según el Código de Comercio: Cuando el depositario dispone de las cosas para su propio beneficio. Cuando el depósito sea de numerario sin especificación de moneda. Cuando el depositario dispusiera de las cosas depositadas, siempre que medie consentimiento del depositante, en cuyo caso se observan las reglas y disposiciones aplicables al préstamo mercantil, la comisión o el contrato que sustituye al depósito.

El depositante tiene derecho a solicitar la devolución del depósito: Solo cuando haya transcurrido el plazo por el que se estableció el depósito. En cualquier momento, pero debiendo retribuir al depositario por toda la duración del depósito prevista al contratar. Con un preaviso mínimo de un mes, si pretende obtener la devolución antes de que haya transcurrido el tiempo pactado para el depósito.

En el contrato de edificación, son parte en el contrato según la Ley de Ordenación de la Edificación en sentido estricto: Solo el constructor y el promotor. Sólo el promotor, el constructor y otros sujetos como proyectista, director de obra y propietarios o usuarios. Solo el proyectista y el director de obra.

La Ley sobre el Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías se aplica: Únicamente al transporte por carretera. Solo al transporte por carretera y al transporte por ferrocarril. Al transporte por carretera, al transporte por ferrocarril y también al transporte fluvial.

Conforme a recientes planteamientos de la Comisión Nacional de Mercados y de la Competencia (10 de febrero de 2021), el servicio de transporte de paquetería en el maletero de un vehículo con autorización VTC. No es nunca lícito. Es siempre un servicio de interés general si el transporte es de carácter internacional. Es un servicio que puede realizarse por el vehículo con autorización VTC.

Se reputa mercantil el contrato de transporte terrestre siempre que: Tenga por objeto mercaderías o efectos de comercio. El porteador se dedique de forma habitual a la actividad del transporte para el público. Las dos respuestas anteriores son correctas.

De acuerdo con la Ley de contrato de transporte terrestre de mercancías, recibe la consideración de porteador: Quien contrata en nombre propio la realización del transporte. Quien asume la obligación de realizar el transporte, normalmente, en nombre propio. Ambas respuestas son correctas.

La Ley considera porteador: Únicamente a quien ejecuta el transporte por sus propios medios. A quien asume la obligación de realizar el transporte en nombre propio o en nombre ajeno. A quien asume la obligación de realizar el transporte en nombre propio, con independencia de que lo ejecute por sus propios medios o contrate su realización con otros sujetos.

Porteador o transportista es: El propietario de los medios de transporte. Quien asume la obligación de realizar el transporte en nombre propio, bien con sus propios medios o con los de otro. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

En el marco del contrato de transporte terrestre de mercancías, el cargador. Es la persona que contrata en nombre propio la realización del transporte y frente al cual el porteador se obliga a realizarlo. Es el remitente de la mercancía, que debe estar vinculado a la mercancía transportada en concepto de propietario. Es el remitente de la mercancía que además asume necesariamente la posición de destinatario de la mercancía en el marco del contrato de transporte.

En el ámbito del contrato de transporte terrestre de mercancías, el consignatario. Es la persona a la que se le deben entregar las mercancías transportadas. Es parte del contrato de transporte. Es siempre el cargador o remitente en el contrato de transporte.

Las normas sobre el contrato de transporte de mercancías por carretera: Son todas imperativas. Son imperativas las que se refieren a la responsabilidad del porteador y a la prescripción. Son todas dispositivas.

Sobre la documentación del contrato de transporte puede decirse que: La carta de porte es necesaria si la exige una de las partes. La carta de porte no es en ningún caso necesaria. Es un contrato formal en el que la carta de porte es siempre necesaria.

Las operaciones de carga en los servicios de paquetería y pequeños envíos: Son por cuenta del cargador, salvo pacto en contra. Son por cuenta del porteador, salvo pacto en contra. Corresponden en todo caso al porteador.

Como regla general, cuando se pacte que sea el destinatario el encargado del pago del precio: Cargador y destinatario responderán solidariamente del pago. El porteador solo podrá exigir el pago al destinatario. El cargador será responsable subsidiario, si el destinatario no paga.

En el contrato de transporte terrestre de mercancías, el consignatario o destinario: Por el hecho de estar designado en la póliza está obligado frente al porteador a recibir las mercancías. Puede ejercer frente al porteador los derechos derivados del contrato de transporte desde el momento en que, habiendo llegado las mercancías a su destino, solicite su entrega. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Sobre el pago del precio en el transporte terrestre de mercancías puede decirse que: A falta de pacto en contrario corresponde su pago al cargador. Al cargador solo se le puede reclamar el pago del transporte como responsable subsidiario del destinatario. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

De acuerdo con la LCTTM, si se ha pactado que sea el destinatario el encargado del pago del precio del transporte: El porteador puede negarse a entregarle la mercancía, si el destinatario no paga el precio del transporte y tampoco garantiza suficientemente su pago. En el caso de que, tras aceptar la mercancía, el destinatario no pague el precio, será responsable subsidiario el cargador. Las dos respuestas anteriores son correctas.

La responsabilidad del porteador en el marco del contrato de transporte terrestre,. Se basa en un sistema de responsabilidad por culpa con inversión de la carga de la prueba. Está limitada en su cuantía. Las dos respuestas anteriores son correctas.

En relación con la responsabilidad del porteador en el contrato de transporte terrestre de mercancías por carretera, se puede afirmar que. El régimen legal imperativo español contempla tres supuestos de responsabilidad del porteador: pérdidas (totales o parciales), averías y retrasos. El sistema de responsabilidad del porteador parte de la idea de la responsabilidad por culpa con inversión de la carga de la prueba. Todas las respuestas enunciadas son correctas.

El sistema de responsabilidad del porteador en el transporte terrestre de mercancías parte de la idea central de que se trata de: Una responsabilidad objetiva y limitada. Una responsabilidad por culpa con inversión de la carga de la prueba. Una responsabilidad por culpa incumbiendo al cargador probar la culpa del porteador.

El sistema de responsabilidad del porteador establecido en la LCTTM: Es un sistema de responsabilidad objetiva. Tiene como idea central la responsabilidad por culpa con inversión de la carga de la prueba. Tiene carácter meramente dispositivo, pudiendo las partes fijar contractualmente unas condiciones que agraven o que aminoren la responsabilidad del porteador.

Para determinar la indemnización que debe pagar el porteador por pérdidas de las mercancías debe tomarse como referencia el valor de la mercancía: En el momento y lugar en que el porteador las recibió para el transporte. En el momento y lugar en que se produjo la pérdida. En el momento y lugar en que las mercancías debieron ser entregadas al destinatario.

En caso de pérdida total o parcial de las mercancías transportadas por carretera, la cuantía de la indemnización se establece tomando como base el valor que tuvieran: En el momento en que el porteador las recibió para su transporte. En el momento en que se produjo la pérdida. En el momento en que se debieron entregar al consignatario.

En caso de retraso en la entrega de las mercancías transportadas, la Ley establece como regla general que: Se indemnizará el perjuicio que se pruebe que ha ocasionado dicho retraso, sin ningún tipo de limitación. La indemnización por los perjuicios derivados del retraso no puede superar el valor de la mercancía. La indemnización de los perjuicios derivados del retraso no excederá del precio del transporte.

La regla general en relación con la indemnización por retraso en la entrega de las mercancías transportadas por carretera es que: Se determinará teniendo en cuenta la cuantía total de los daños que el destinario demuestre haber sufrido por el retraso, sin ninguna limitación. No puede exceder del valor de las mercancías transportadas. No puede superar el precio del transporte.

El plazo de prescripción para las acciones de responsabilidad del porteador en el contrato de transporte de mercancías según las normas generales es de: Un año, ampliable un año más en casos de actuaciones dolosas o con dolo eventual del porteador. Dos años, ampliable a tres años en casos de fuerza mayor. Tres años, ampliable a cuatro años en casos de incumplimiento del contrato.

El contrato de transporte con porteadores sucesivos se caracteriza por: Los porteadores no tienen responsabilidad sobre el recorrido total. Cada porteador asume solo la responsabilidad de su tramo del trayecto. Es un contrato único y cada porteador asume la responsabilidad de la totalidad del contrato.

El porteador en el contrato de mudanza podrá limitar su responsabilidad siempre que cumpla, entre otros, con el siguiente deber de información: Informar sobre las tarifas de transporte. Comunicar las normas administrativas aplicables y ofrecer la opción de seguro. Notificar únicamente la fecha de entrega estimada.

Entre las especialidades que Ley de Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías (LCTTM) prevé en relación con el transporte ferroviario, destaca la siguiente regulación: Plazos de entrega específicos. Específico régimen de responsabilidad del porteador, incluyendo las actuaciones llevadas a cabo por los auxiliares de la empresa ferroviaria, esto es, los administradores generales de infraestructuras ferroviarias. Las dos respuestas anteriores son correctas.

Sobre la responsabilidad del porteador en el contrato de transporte internacional de mercancías por ferrocarril, puede afirmarse que: Responde desde el momento en que se celebra el contrato. Responde desde el momento en que recibe las mercancías hasta que cumple con la obligación de entregarlas, con independencia de la infraestructura ferroviaria utilizada. Las dos respuestas anteriores son correctas.

En cuanto a los daños al equipaje en el transporte internacional de viajeros por ferrocarril, el transportista asume: Responsabilidad por los daños por cualquier causa y sin posibilidad de exoneración. Responsabilidad por los daños desde que se hace cargo del equipaje hasta su entrega, o por retraso en la entrega, pero puede alegar concretas causas de exoneración tipificadas. Responsabilidad por los daños por cualquier causa, pero puede alegar cualesquiera causas de exoneración.

De acuerdo con la normativa comunitaria que rige el contrato de transporte de viajeros por ferrocarril, el viajero tiene derecho en caso de retraso: A solicitar, entre otras opciones, el reintegro del precio del billete siempre y cuando el retraso supere el tiempo legalmente establecido. A una indemnización en cualquier caso y siempre que renuncie a su derecho al transporte. A permanecer en el mismo tren hasta que reanude su recorrido.

Para considerar un contrato de transporte como multimodal, de acuerdo con la LCTTM, es necesario: La concurrencia de varios porteadores. La concurrencia de más de un modo de transporte, siendo necesario que uno de ellos sea el terrestre. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

El consignatario, en el ámbito del contrato de transporte terrestre de mercancías,. Es la persona a la que se le deben entregar las mercancías transportadas. Es parte del contrato de transporte. Es siempre el cargador o remitente en el contrato de transporte.

Tal y como está configurado en la LCTTM, para que estemos en presencia de un contrato de transporte multimodal es necesario: Que el traslado de las mercancías se realice por más de un medio de transporte, siendo uno de ellos el terrestre. La concurrencia de varios porteadores. La concurrencia de diversas clases de mercancías.

En el contrato de transporte multimodal. Es necesario que intervengan al menos 4 porteadores. Existen tantos contratos de transporte como modos de transporte se incluyan en el contrato multimodal. Necesariamente uno de los modos de transporte debe ser el terrestre.

El contrato con superposición de modos es aquel en el que. Se emplea un vehículo de transporte por carretera que es posteriormente transportado por un modo distinto, por ejemplo en un ferry. Las mercancías transportadas en el vehículo de transporte por carretera no deben haber sido transbordadas, esto es, no debe haberse producido operaciones de carga y descarga de las mismas, sino solo del vehículo de transporte terrestre. Las dos respuestas anteriores son correctas.

Es característica de la contratación en los mercados financieros desintermediados o no intermediados: La intervención necesaria de una entidad financiera. La negociación directa entre oferentes y demandantes. Las dos respuestas anteriores son correctas.

En relación con el contrato de transporte terrestre de mercancías por carretera podemos afirmar que: Es un contrato formal por cuanto debe ser extendida necesariamente siempre la carta de porte. Salvo pacto en contrario, el porteador está obligado a la carga de las mercancías en el vehículo correspondiente. Las dos respuestas anteriores son erróneas.

En la contratación financiera, los mercados organizados se diferencian de los no organizados en que: Los mercados organizados cuentan con una serie de medios materiales y personales para organizar la concurrencia de la oferta y la demanda de determinados activos financieros. Los mercados no organizados cuentan con una serie de medios materiales y personales para organizar la concurrencia de la oferta y la demanda de determinados activos financieros, medios que se incluyen bajo el concepto de "establecimiento". Las dos respuestas anteriores son erróneas.

Entre las funciones del Banco de España, se encuentran: La dirección y control de los sistemas generales de pagos nacionales y el control y supervisión de los mercados y algunas entidades de crédito. El control y supervisión de todos los mercados y entidades financieras. Prestar el servicio que se precise en la gestión de la Deuda Pública, incluyendo la suscripción de la misma.

Con carácter general, y a raíz de la situación generada por el Covid-19, en el sector financiero, las normas promulgadas por el legislador español se refieren a. Apoyar la solvencia empresarial, extendiéndose los plazos de vencimiento y de carencia de las operaciones de financiación a autónomos y empresas que hubieran recibido avales públicos a través del Instituto de Crédito Oficial. normas especiales relativas a operaciones de financiación que realice el Grupo Banco Europeo de Inversiones a través del Fondo Paneuropeo de Garantías. Las dos respuestas anteriores son correctas.

La crisis sanitaria provocada por la pandemia mundial Covid-19 ha provocado que en el sector financiero se haya producido. La promulgación de una normativa ad hoc, cuyas normas han estado dirigidas a flexibilizar el cumplimiento de ciertos requisitos normativos que no resultaban compatibles con la situación de excepcionalidad. Una asistencia de carácter financiero para apoyar la solvencia de las empresas, a través de avales públicos y otras ayudas. Las dos respuestas anteriores son correctas.

En cuanto al régimen jurídico de las entidades de crédito, cabe advertir que la autorización previa para el acceso a la actividad crediticia corresponde en exclusiva: Al Banco de España. Al Ministerio de Economía. Al Banco Central Europeo.

El Fondo de Garantía de Depósitos: Es una entidad de personalidad jurídica publica y plena capacidad jurídica para el desarrollo de sus funciones, a la que pueden adherirse todas las entidades de crédito. Su función principal es garantizar la devolución de los depósitos constituidos en entidades de crédito solo cuando estas se encuentran en situaciones de insolvencia. Las dos respuestas anteriores son correctas.

Los contratos bancarios se caracterizan por: Ser todos ellos contratos legalmente típicos. Ser contratos generalmente de duración e intuitu personae. No tienen tal consideración los contratos por los que las entidades de crédito prestan servicios de inversión.

En sentido lato, las operaciones de pasivo son: Las de colocación e inversión de los recursos de que disponen las entidades de crédito. Las de concesión de créditos a terceros de manera directa. Las que permiten a las entidades de crédito la captación de recursos.

Las operaciones bancarias de pasivo. Permiten a las entidades de crédito la captación de recursos. Permiten a las entidades de crédito la financiación a terceros, al referirse a operaciones de inversión de los recursos de que disponen. Se refieren a los contratos de apertura de crédito y descuento.

Señale cuál de las siguientes afirmaciones generales en relación con los contratos bancarios es correcta: Los contratos bancarios se caracterizan, entre otras notas, por ser con carácter general contratos típicos. La normativa de protección al consumidor se aplica a los contratos bancarios con independencia de que el cliente pueda ser considerado consumidor o no. Los contrarios bancarios se han clasificado tradicionalmente distinguiendo entre contratos u operaciones activas, pasivas y neutras.

Manifestación de la transformación digital del sistema financiero: Es la denominada fintech, que supone un incremento de la eficiencia, así como un aumento de los servicios a disposición de los usuarios, y nuevos modelos de negocio. Es el incremento de las plataformas de financiación participativa, en torno a empresas que ponen en contacto a una pluralidad de personas físicas o jurídicas que ofrecen financiación a cambio de un rendimiento dinerario, con personas físicas o jurídicas que solicitan financiación en nombre propio para destinarlo a un proyecto de financiación participativa. Las dos respuestas anteriores son correctas.

La publicidad de las criptomonedas y criptoactivos. Puede estar sometida a autorización por la Comisión Nacional de Mercados y Valores. Son una plataforma de financiación participativa (crowdfunding). Ninguna respuesta es correcta.

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