DORA
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Título del Test:
![]() DORA Descripción: Segundo Tema LA DETENCIÓN |



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La detención presenta los siguientes caracteres: Es una medida cautelar, de naturaleza personal y provisional. Es una medida definitiva, de naturaleza patrimonial y cautelar. Es una medida cautelar, de naturaleza personal y definitiva. Los particulares ante la comisión de un delito "in fraganti": Tienen la obligación de detener. Tienen la posibilidad de detener. No pueden detener en ningún caso. La detención afecta directamente a un derecho fundamental: Al derecho a la intimidad. Al derecho a la libertad. Al derecho a la educación. El derecho a la libertad está recogido en el artículo: 14 CE. 17 CE. 24 CE. Que sea una medida cautelar significa que: Es una sanción. Es preventiva. Es definitiva. La detención como medida personal implica que afecta a: Los bienes patrimoniales. La libertad física. Los derechos políticos. La detención es provisional porque: Es una condena firme. Es temporal hasta decisión judicial. Es indefinida. El límite máximo general de la detención en delito común es de: 24 horas. 48 horas. 72 horas. Detener por intuición sin indicios objetivos es: Correcto. Obligatorio. Ilegal. La detención fuera de los casos legales puede constituir delito de: Secuestro. Detención ilegal. Abuso de autoridad. El delito de detención ilegal está regulado en el artículo: 163 del Código Penal. 490 LECrim. 17 de la Constitución Española. La detención imputativa se basa en: Sospechas subjetivas. Prejuicios. Indicios racionales. Las retenciones policiales (como controles) implican: Siempre detención. Vulneración automática de derechos. Sometimiento normal a las normas policiales si hay proporcionalidad. La detención debe regirse por el principio de: Autoridad absoluta. Proporcionalidad. Arbitrariedad. En los delitos relacionados con bandas armadas o elementos terroristas, ¿Cuál puede ser la duración máxima de la detención?. 120 horas. 72 horas. No hay plazo máximo de duración de la detención. ¿Quién puede detener a una persona en rebeldía?. Cualquier persona. Sólo los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Sólo los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. La duración de la detención de un menor es de: 72 horas. 24 horas. 48 horas. La obligación del vigilante de seguridad, en relación con los bienes a proteger, alcanza a infracciones: Penales. Administrativas. Penales y administrativas. El vigilante de seguridad puede detener: En caso de delito flagrante. Cuando crea que una persona en cuestión puede cometer un delito. En ambos casos. Ante la posibilidad de efectuarse detenciones ilegales, la Constitución recoge una institución para la puesta a disposición de la autoridad judicial de cualquier persona detenida ilegalmente. Dicha institución se llama: "Acta Habeas". "Habeas Corpus". "Corpus Christie". Los Diputados y Senadores pueden ser detenidos: En caso de flagrante delito. No pueden ser detenidos. En situaciones de Alarma, Excepción o Sitio. ¿Puede un Juez recurrir directamente a la orden de detención?. No, porque primero debe proceder a la orden de citación. Sí puede si lo cree conveniente. No puede porque primero debe resolver el Habeas Corpus. El vigilante de seguridad: Informará de sus derechos al detenido de forma inmediata y de modo comprensible. Informará de sus derechos al detenido en cuanto pueda. No está obligado a informar de sus derechos al detenido. ¿Se consideran detenciones los cacheos, los controles de alcoholemia o las retenciones para identificar a una persona?. Sí, porque forman parte de las actividades habituales de las FFCCS. No, porque son sometimientos normales a las normas de policía si se efectúan con proporcionalidad. Sí, porque están autorizados por las Leyes correspondientes. El delincuente in fraganti es aquel que: Fue condenado hace años. Está cometiendo el delito o acaba de cometerlo. Es sospechoso sin pruebas. El particular que detiene debe: Interrogar al detenido. Ponerlo inmediatamente a disposición policial. Ninguna es correcta porque un particular no puede detener. La citación judicial implica: Privación de libertad. Comparecencia voluntaria. Ingreso en prisión. Un vigilante puede detener: Por sospechas. Solo en delito flagrante. Por hechos pasados no presenciados. Tras detener, el vigilante debe: Interrogar al detenido. Entregar al detenido a las FFCCS. Cachear en profundidad al detenido. El vigilante puede usar la fuerza: De forma desproporcionada. Bajo legítima defensa y proporcionalidad. Libremente. Un vigilante no puede: Impedir la huida al delincuente. Reducir proporcionalmente al delincuente. Tomar declaración formal al delincuente. El cacheo por vigilante debe ser: Íntimo. Superficial. Invasivo. El vigilante puede retener la documentación personal de una persona: Sí, siempre. No, nunca. Solo 24 horas. No poner inmediatamente al detenido a disposición policial podría suponer: Una actuación correcta. Un secuestro. Una detención ilegal. |




