DP TEMAS 1-15
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1.- Según establece el artículo 33 del vigente Código Penal, en función de la naturaleza y duración las penas se clasifican, en: Graves y menos graves. Muy graves, graves y menos graves. Graves, menos graves y leves. Delitos graves, delitos menos graves y faltas. 2.- ¿Es pena privativa de libertad?. Los trabajos en beneficio de la comunidad. La responsabilidad personal subsidiaria por impago de pena de multa. La inhabilitación en la condición de funcionario. La prisión preventiva. 3.- jur 2022. El internamiento en centro de deshabituación y en centro educativo especial de penados clasificados en tercer grado que necesiten un tratamiento específico para deshabituación de drogodependencias y otras adicciones que se encuentra previsto en el artículo 182 del Reglamento Penitenciario: Será propuesto por el Director y autorizado por el Juez de Vigilancia Penitenciaria. Será autorizado por el Director dando cuenta al Juez de Vigilancia Penitenciaria. Será autorizado por el Centro Directivo dando cuenta al Juez de Vigilancia Penitenciaria. Será propuesto por el Centro Directivo y autorizado por el Juez de Vigilancia Penitenciaria. 4.- El artículo 76 del Código Penal vigente, regula el máximo de cumplimiento efectivo de la condena del culpable que no podrá exceder del triple del tiempo por el que se le imponga la más grave de las penas en que haya incurrido, declarando extinguidas las que procedan desde que las ya impuestas cubran dicho máximo, que no podrán exceder de 20 años. Entre las excepciones que se enumeran a continuación, hay una que no es correcta. Indique cuál es: De 25 años, cuando el sujeto haya sido condenado por dos o más delitos y alguno de ellos esté castigado por la ley con pena de prisión de hasta 20 años. De 30 años, cuando el sujeto haya sido condenado por dos o más delitos y alguno de ellos esté castigado por la ley con pena superior a 20 años. De 35 años, cuando el sujeto haya sido condenado por dos o más delitos y, al menos, dos de ellos estén castigados por la ley con pena de prisión superior a 20 años. De 40 años, cuando el sujeto haya sido condenado por dos o más delitos referentes a organizaciones y grupos terroristas y delitos de terrorismo del Capítulo VII del Título XXII del Libro II de este Código y alguno de ellos esté castigado por la ley con pena de prisión superior a 20 años. 5.- El internamiento en un centro psiquiátrico es: Una pena privativa de libertad. Una medida de seguridad privativa de libertad. Una medida de seguridad no privativa de libertad. Una pena sustitutoria de la privación de libertad. 6.- Dentro de las medidas de seguridad privativas de libertad, que se pueden imponer se encuentran: Inhabilitación profesional. Expulsión del territorio nacional de extranjeros no residentes legalmente en España. Internamiento en centro de deshabituación. Prohibición de estancia y residencia en determinados lugares. 7.- jur 2022. En la medida de seguridad de expulsión del territorio nacional: El extranjero puede regresar a España una vez finalizado el plazo por el que se impuso la medida de seguridad. Conlleva la prohibición de regresar a España por un periodo de cinco a diez años. El extranjero no podrá regresar a España en un plazo de diez años contados desde la fecha de su efectiva expulsión. El extranjero no podrá regresar a España en un plazo de diez años contados desde la fecha de la sentencia que impuso la medida de seguridad. 8.- Conforme al Código Penal son penas privativas de libertad: La prisión, la localización permanente, los arrestos de fin de semana y la responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa. La prisión, los arrestos de fin de semana y la responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa. La prisión, la prisión permanente revisable, la localización permanente y la responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa. La prisión, la localización permanente y los arrestos de fin de semana. 9.- Es postulado fundamental de los partidarios de la intimidación: La amenaza de un castigo es un método eficaz para intimidar a posibles infractores o para evitar que los que ya cometieran un delito vuelvan a hacerlo. La amenaza de un castigo es un método eficaz para evitar que los que ya cometieran un delito vuelvan a hacerlo. La amenaza de un castigo es un método eficaz para intimidar a posibles infractores. La amenaza de un castigo es un método eficaz para separar individuos peligrosos de la sociedad. 10.- Es propio de las teorías absolutas de las penas: Lo fundamental es el logro de un bien al ejecutar la pena. Lo realmente importante es la idea de la retribución. La pena no es un mal, sino una oportunidad para la recuperación del trasgresor. Todas son falsas. 11.- La prevención general positiva, entendiéndola desde postulados garantistas limitadoras del "ius puniendi": Es un contrapeso a la idea de la prevención especial. Es un contrapeso a la idea de la reforma del penado como fin único de las penas. Es un contrapeso a la idea intimidadora de la prevención general clásica. Es un contrapeso a la idea de las teorías reparadoras. 12.- La expresión "supone compensar las carencias del recluso ofreciéndole posibilidades de que tenga acceso a la cultura y al desarrollo de su personalidad, removiendo los obstáculos que dificulten su participación en la sociedad" es definición de: Reinserción social. No es definición, sino contenido propio del Art. 25.2 de la Constitución. Tratamiento Penitenciario. Reeducación. 13.- Las teorías que tienen como fin reparar las consecuencias dañosas del delito se denominan: Teorías de la responsabilidad. Teorías reparadoras. Teorías indemnizatorias. Teorías preventivas. 14.- El sistema celular propiamente dicho surgió en: Inglaterra. Estados Unidos. Italia. España. 15.- Howard: Es uno de los reformadores del siglo XVII. Propuso que se suspendiera el derecho de carcelaje. Propuso que los internos recibieran formación profesional. Escribió el libro “ The State of prisions in Europe". 16.- Tec2024. En relación a los grandes sistemas penitenciarios, uno de los fundadores de los llamados sistemas progresistas fue: Elam Lynds. George Obermayer. Jeremías Bentham. Willian Penn. 17.- La introducción en nuestro ordenamiento jurídico del denominado "periodo de seguridad” (imposibilidad de poder efectuar la clasificación en tercer grado de tratamiento penitenciario del condenado hasta el cumplimiento de la mitad de la pena impuesta), se produjo: Mediante la modificación del artículo 36 del Código Penal, operada por la Ley Orgánica 7/2003, de 30 de junio. Mediante la modificación del artículo 72 de la Ley Orgánica General Penitenciaria, operada por la Ley Orgánica 7/2003, de 30 de junio. Mediante la modificación del artículo 36 del Código Penal, operada por la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre. Mediante la modificación del artículo 72 de la Ley Orgánica General Penitenciaria, operada por la Ley Orgánica 1/2003, de 10 de marzo. 18.- El sistema progresivo de ejecución de las penas privativas de libertad estuvo vigente en España, hasta: La LO 1/79, LOGP. LO 10/95 de 23 de noviembre del C.P. Real Decreto 190/96 del R.P. La Ley Orgánica. 8/83, de reforma del C.P. 19.- Los principios Básicos que propone Bentham son los de: Regla de la economía. Regla de la justicia. Regla de la severidad. Las a y c son ciertas. 20.- Son elementos esenciales de la prisión, uno no es: Un adecuado sistema de clasificación de los funcionarios. Personal penitenciario especializado. Control judicial de la ejecución. Una eficaz organización del trabajo. 21.- A2022. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos se instituyó en: La Declaración Universal de Derechos Humanos. El Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales. Las Reglas Penitenciarias Europeas. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. 22.- Un interno que hubiese recurrido la condena, encontrándose aún pendiente de resolución tal, ¿puede acogerse al Convenio de traslado de personas condenadas?. Cuando así lo solicite. Cuando la petición fiscal es superior a seis años de condena. No, precisamente por hallarse pendiente de resolución. Si presta consentimiento el país donde va a cumplir. 23.- El Convenio de Estrasburgo. Es exclusivo para los estados de la CEE. Es exclusivo para los estados del Consejo de Europa. Está referido a los derechos de los penados en los estados miembros. Se refiere al traslado de las personas condenadas a su país de nacionalidad. 24.- ¿Obligan jurídicamente las Reglas Penitenciarias Europeas a su puesta en práctica en los países del Consejo de Europa?. Sólo a los países que no formularon reservas. Sí, a todos los países del Consejo de Europa. No, carecen de fuerza jurídica vinculante. Ninguna de las anteriores es cierta. 25.- Una resolución dictada por un Juzgado de Vigilancia Penitenciaria ante la que no se ha interpuesto recurso y, por tanto, ha devenido firme, ¿puede ser recurrida ante la Comisión Europea de Derechos del Hombre?. Sí, porque ya es firme. No está reconocido tal derecho. No, porque no se han agotado las vías de decisión internas. Siempre es recurrible. 26.- Conforme lo dispuesto a las Reglas Penitenciarias Europeas, los detenidos condenados pueden ser obligados a trabajar de acuerdo con sus aptitudes físicas y mentales según lo determinado por el médico: Si, si no han alcanzado la edad de jubilación. Si, siempre que así lo determine el médico. No, en ningún caso podrá ser obligado a trabajar. No, puesto que el trabajo se establece como derecho. 27.- Según el Convenio Europeo sobre traslado de personas condenadas hecho en Estrasburgo en 1983, en caso de cualquier recurso de revisión presentado contra la sentencia, solamente tendrá derecho a decidir: El Estado de condena. El Estado de cumplimiento. Ambos se pondrán de acuerdo. En estos casos no cabe la revisión de sentencia. 28.- Las Reglas Penitenciarias Europeas no hacen referencia, en su Parte V de Dirección y personal, a: La formación del personal penitenciario. La investigación y evaluación. La selección de personal. El régimen disciplinario. 29.- La supresión del traje de recluso se debe al Reglamento Penitenciario: De 1948. De 1956. De 1981. No se debe a ningún Reglamento Penitenciario, sino a la L.O.G.P. 30.- El Título IV del Reglamento Penitenciario es: Formas especiales de ejecución. Del Tratamiento penitenciario. De la separación y clasificación de los internos. Ninguna es correcta. 31.- El primer reglamento Penitenciario español, también llamado Código Penitenciario, fue promulgado por: Real Decreto de 3 de junio de 1901. Real Decreto de 10 de mayo de 1902. Real Decreto de 5 de mayo de 1913. Real Decreto de 28 de marzo de 1937. 32.- El reglamento penitenciario vigente fue aprobado por. Real Decreto 160/1996 de 15 de abril. Real Decreto 190/1996 de 9 de febrero. Real Decreto 1/1979 de 26 de septiembre. Real Decreto 1201/1981 de 8 de mayo. 33.- El JVP se regula en el RP: En el Título V. En el art. 235 y SS. Junto a los órganos unipersonales. No se regula en el RP. 34.- La pena de prisión se implanta como principal en España en el siglo: XIX. XX. XVIII. XVII. 35.- A2016. El Real Decreto 419/2011, de 25 de marzo, introdujo determinadas modificaciones en el Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero. Indique cuál de las siguientes es incorrecta: Respecto a la composición del Consejo de Dirección de cada Establecimiento penitenciario, se añade entre sus miembros el Subdirector o Subdirectores de Centros de Inserción Social. En los centros con módulos o departamentos de régimen cerrado se diseñará un programa de intervención específico que garantice la atención personalizada a los internos que se encuentren en dicho régimen, por equipos técnicos, especializados y estables. La recogida, tratamiento automatizado y cesión de los datos de carácter persona de los reclusos contenidos en los ficheros se efectuará de acuerdo con lo establecido en la legislación sobre protección de datos de carácter personal y sus normas de desarrollo. La Junta de Tratamiento se reunirá en sesión ordinaria una vez todas las semanas del año, y en sesión extraordinaria cuantas veces lo considere necesario su Presidente o el Centro Directivo. 36.- El derecho al trabajo de los penados: Lo regula el art. 25 de la CE. Está condicionado a la existencia de infraestructura en la prisión. Será remunerado cuando tenga naturaleza de productivo. Todas son ciertas. 37.- A tenor de la Constitución Española, los penados en un Establecimiento Penitenciario podrán verse privados de los derechos fundamentales: En ningún caso. Por el contenido del fallo, el sentido de la pena y la Ley Penitenciaria. Por el contenido del fallo y sentido de la pena. Podrán afectarse los derechos por el contenido del fallo y sentido de la pena, pero nunca de un derecho fundamental. 38.- No es un fin de la actividad penitenciaria según el artículo 1 de la Ley Orgánica General Penitenciaria: La reeducación y la reinserción social de los sentenciados a penas y medidas se seguridad privativas de libertad. La retención y custodia de los detenidos, presos y penados. La asistencia social a detenidos, liberados y sus familiares. Todas son correctas. 39.- Psi2021. Conforme a lo previsto en el Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario, es un principio inspirador del cumplimiento de las penas y medidas de seguridad privativas de libertad que: Las actividades de tratamiento deben estar subordinadas a las de régimen. El interno carece de los derechos fundamentales, habida cuenta de que la pena se los restringe. La persona en prisión tiene derecho a trabajar, pero no a los beneficios de la Seguridad Social. El interno es un sujeto de derecho y no se halla excluido de la sociedad. 40.- La competencia del Juez o tribunal para hacer cumplir las sentencias excluye la de cualquier autoridad gubernativa: Hasta que el condenado tenga ingreso en el Establecimiento penal o se traslade al lugar donde deba cumplir condena. A no ser que la propia sentencia disponga lo contrario. Hasta que el penado sea trasladado al lugar donde deba cumplir condena. En todo momento y en cualquier caso dicha competencia gubernativa queda excluida. 41.- Es principio que informa la Ley Orgánica General Penitenciaria en lo referente a la ejecución de penas: La finalidad perseguida es la prevención general. Se establece el principio de legalidad para el régimen disciplinario. El tratamiento queda sometido al régimen penitenciario. Se consagra el principio de legalidad de las penas. 42.- Según ha reiterado en Tribunal Constitucional en numerosas ocasiones en relación al derecho al trabajo de los reclusos, la Administración Penitenciaria tiene el deber de: Otorgar a cada interno un puesto de trabajo remunerado, sin hacer excepción alguna. Mantener en ocupación activa a todos y cada uno de los internos, sea dicha actividad remunerada o no. Crear y proporcionar los puestos de trabajo que le permitan sus disponibilidad económicas. Ninguna es cierta. 43.- No se trata de un deber de los internos de acuerdo con el artículo 5 del Reglamento Penitenciario: Participar en las actividades del centro. Participar en las actividades formativas, educativas y laborales definidas en función de sus carencias para la preparación de la vida en libertad. Utilizar adecuadamente los medios y materiales que se pongan a su disposición y las instalaciones del Establecimiento. Todos son deberes del interno de acuerdo con el artículo 5. 44.- El recluso en su relación con la Administración Penitenciaria tiene una serie de derechos que se pueden clasificar en: Derecho como persona, como ciudadano del Estado y como trabajador. Derecho como persona, como ciudadano del estado y, como recluso de un establecimiento penitenciario. Como persona y como español. Derecho como persona, como ciudadano del Estado, como recluso de un Establecimiento Penitenciario y como trabajador. 45.- jur 2022. Conforme al artículo 53.2 del Reglamento Penitenciario las peticiones y quejas de los internos sobre materias que sean competencia de la Administración Penitenciaria podrán ser formuladas ante: El Jefe de Servicios. El Tribunal sentenciador. La Junta de Tratamiento. El Psicólogo o el Jurista. 46.- Los internos pueden solicitar la intervención del Defensor del Pueblo en defensa de los derechos comprendidos en el Título 1 de la Constitución (art. 54 CE). Nunca. Siempre. Sólo los preventivos. Únicamente los penados. 47.- No es un derecho relacionado con el tratamiento: El derecho a beneficios penitenciarios. El derecho a las reconsideraciones periódicas de su clasificación anterior. Derecho a ser destinado al Establecimiento que por su clasificación le corresponde. Todos son derechos relacionados con el tratamiento. 48.- "El derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes”. Está recogido, en qué artículo de la Constitución. Art. 16. Art. 22. Art. 15. Art. 12. 49.- Se podrán ceder datos de carácter personal contenidos en los ficheros informáticos sin previo consentimiento del afectado a: El Defensor del Pueblo. El Ministerio Fiscal. Los Jueces o Tribunales. Todas las respuestas son correctas, tratándose en el ejercicio de las funciones que tienen atribuidas. 50.- T2015. El Reglamento Penitenciario, aprobado por Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero (en adelante Reglamento Penitenciario), en su artículo 8, establece los datos de carácter personal especialmente protegidos, entre los cuales no figuran los relativos a: Las opiniones políticas. La actividad delictiva. Las convicciones filosóficas. La condición o procedencia étnica. 51.- De entre los siguientes derechos que tienen los internos. ¿Cuál de ellos hace referencia al régimen penitenciario?: Derecho-deber del trabajo. Derecho a mantener el contacto familiar. Derecho a que el horario y el programa de actividades del centro no impida el descanso nocturno de ocho horas. Derecho a la intimidad. 52.- A24. Según el artículo 12.2 de la Ley Orgánica General Penitenciaria, los establecimientos penitenciarios NO deberán acoger, por unidad, a más de: Doscientos cincuenta internos/as. Trescientos internos/as. Trescientos cincuenta internos/as. Cuatrocientos internos/as. 53.- Entre los servicios idóneos con que deberán contar en el conjunto de sus dependencias los establecimientos penitenciarios, el artículo 13 la L. O. 1/1979, General Penitenciaria, no recoge: La peluquería. El economato. Los talleres. Las salas anejas de relaciones familiares. 54.- Los Establecimientos en los que prevalece el carácter asistencial podrán ser de los siguientes tipos: Hospitalarios. Centros de Inserción Social. Unidades Dependientes. Todas las respuestas son correctas. 55.- Según el artículo 12 del Reglamento Penitenciario, se entiende por Establecimiento polivalente: El conjunto de unidades arquitectónicas, funcionales y con organización propia administrativamente independientes. Una entidad arquitectónica, administrativa y funcional con organización propia. Una unidad arquitectónica, administrativa y funcional con organización propia formada por Unidades, Módulos y Departamentos que faciliten la convivencia ordenada, necesaria y contribuyan a la seguridad. Aquel que cumple los diversos fines previstos en los artículos 7 a 11 de la Ley Orgánica General Penitenciaria. 56.- ¿El Principio Celular está recogido en nuestro ordenamiento penitenciario?. No, desde el siglo XIX se descartó de nuestro Ordenamiento Penitenciario. Si, en el artículo 12 del Reglamento Penitenciario. No, está expresamente rechazado en las Reglas Penitenciarias Europeas. Si, en el artículo 13 del Reglamento Penitenciario. 57.- Las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos, aprobadas por el Primer Congreso de las Naciones Unidas, celebrado en Ginebra en 1955, bajo el epígrafe "locales destinados a los presos";, que condiciones mínimas establece. A-Principio de comunidad (es preferible que las celdas sean dormitorios colectivos para evitar la soledad) (R. 9) (principio celular). B-Iluminación adecuada (posibilidad de que los internos puedan leer y trabajar con luz artificial suficiente para que los internos puedan leer y trabajar sin perjuicio de su vista (Regla 11). C-Instalaciones sanitarias adecuadas (Regla 12). b y c son correctas. 58.- A efectos del Reglamento Penitenciario, por Establecimiento o Centro se entiende una entidad arquitectónica, administrativa y funcional: Horizontal. Con elementos de máxima seguridad. Polivalente. Con organización propia. 59.- En el supuesto de que la orden de detención proceda de la policía judicial ¿cuál de los siguientes extremos, entre otros, debe constar expresamente?. Los datos identificativos del detenido. El delito imputado. La hora y día del vencimiento del plazo máximo de detención. Todas son correctas. 60.- A2019. La entrevista al ingreso previa a la propuesta de clasificación interior que, conforme al artículo 20 del Reglamento Penitenciario, aprobado por Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, han de emitir el Educador y el Trabajador Social respecto a los detenidos o presos una vez admitidos en un establecimiento penitenciario, habrá de realizarse: En todo caso, respetando los criterios recogidos en el artículo 98 del Reglamento Penitenciario. Exclusivamente en los supuestos recogidos en el artículo 99 del Reglamento Penitenciario,. En el plazo de cinco días salvo motivos de orden sanitario o para preservar su seguridad. En todo caso, pero respetando lo establecido en los supuestos de incomunicación por orden judicial. 61.- En el supuesto de que la orden de detención hubiese sido acordada por el Ministerio Fiscal, en la misma deberá constar expresamente uno de los siguientes extremos: Datos identificativos del detenido. Delito imputado. Que se halla a disposición judicial. Datos de identificación de las diligencias de investigación. 62.- Admitido en un establecimiento penitenciario quien se presente voluntariamente para cumplir condena: No es posible la presentación voluntaria de penados. Se hará constar en el expediente personal y se entregará al interno certificación acreditativa de tal extremo en todo caso. Se hará constar en el expediente personal pero no se expedirá certificación de tal extremo por no tener repercusión penal ni penitenciaria. Ninguna es correcta. 63.- Los internos incomunicados judicialmente solo podrán comunicar: Con las personas que tenga expresa autorización del Juez que dictase sentencia firme en esa causa. Con las personas que tenga expresa autorización del Juez que conozca de la causa. Con quien les autorice el Director. Con quien les autorice el Juez de Vigilancia. 64.- El procedimiento de habeas corpus, recogido en el artículo 17.4 de la Constitución española de 1978: Trata de proteger la inviolabilidad del domicilio como derecho fundamental. Regula la forma en que puede practicarse una detención por particulares. Produce la inmediata puesta de disposición judicial de toda persona detenida ilegalmente. Establece mecanismos para señalar el plazo máximo de duración de las penas privativas de libertad. 65.- A1995. Las alhajas y valores que posean los internos a su ingreso: Podrán pasarlos al interior del Centro una vez anotados en el libro correspondiente. Quedarán custodiados en la caja fuerte de Jefatura de Servicios. Serán custodiados por el Funcionario de Ingresos hasta que haga su entrega al Administrador. Se entregarán a sus familiares si están prohibidos en el Centro. 66.- Según el Art. 20.1 del R.P. y a fin de elaborar el modelo individualizado de intervención de los detenidos y presos, la Junta de Tratamiento, respetando el principio de presunción de inocencia, valorará todos menos uno de los siguientes aspectos: Ocupación laboral. Formación cultural y profesional. Trayectoria delictiva. Medidas de ayuda. 67.- Las Juntas de Tratamiento en propuestas de clasificación inicial, al amparo de lo previsto en el artículo 103.7 del Reglamento Penitenciario. Deberán tener en cuenta la satisfacción de la responsabilidad civil derivada del delito por parte del interno. No vienen obligadas a tener en cuenta la satisfacción de la responsabilidad civil derivada del delito por parte del interno al tratarse de condenas de hasta un año. Deberán tener en cuenta la satisfacción de la responsabilidad civil derivada del delito sólo en el caso de delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico de notoria gravedad. Deberán tener en cuenta la satisfacción de la responsabilidad civil derivada del delito sólo en el caso de delitos contra la Hacienda Pública, contra la Seguridad Social o en el caso de delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico de notoria gravedad. 68.- La propuesta de clasificación inicial debe formularse: En el plazo máximo de 6 meses. En el plazo máximo de 3 meses desde la fecha de ingreso en el centro. Cuando haya transcurrido el tiempo de estudio suficiente para el adecuado conocimiento del interno. En el plazo máximo de 2 meses desde la recepción en el Establecimiento del testimonio de sentencia. 69.- A2022. Conforme al artículo 111.1 del Reglamento Penitenciario, las tareas de observación, clasificación y tratamiento penitenciario las realizarán: Las Juntas de Tratamiento y sus decisiones serán ejecutadas por el personal funcionario de vigilancia interior. Las Juntas de Tratamiento y sus decisiones serán ejecutadas por los Equipos Técnicos. Los Equipos Técnicos y sus decisiones serán ejecutadas por el personal funcionario de vigilancia interior. Los Equipos Técnicos y el personal funcionario de vigilancia interior y sus decisiones serán comunicadas a la Junta de Tratamiento. 70.- Una de las siguientes alternativas es falsa, señálela: Cuando un penado tenga además pendiente una o varias causas en situación de preventivo no se formulará propuesta de clasificación inicial mientras dure dicha situación procesal. Si un penado estuviese ya clasificado y le fuera decretada prisión preventiva por otra causa quedará sin efecto dicha clasificación dando cuenta al Centro Directivo. Para que un interno que no tenga extinguida la cuarta parte de la condena pueda ser propuesto para tercer grado, deberá transcurrir un tiempo mínimo de seis meses y concurrir favorablemente calificadas las variables enumeradas en el artículo 102.2 del Reglamento Penitenciario. Los penados enfermos muy graves con padecimientos incurables podrán ser clasificados en tercer grado por razones humanitarias atendiendo a la dificultad para delinquir y a su escasa peligrosidad. 71.- Cuando un penado tiene además pendiente una o varias causas en situación de preventivo. No se formulará propuesta de clasificación inicial, salvo cuando concurran razones de seguridad y se propusiera clasificación en primer grado de tratamiento con traslado al Centro cerrado correspondiente. No se formulará propuesta de clasificación inicial salvo los casos en que la causa penada lo fuera a pena/s grave/s y los delitos imputados en la causa preventiva tuvieren legalmente atribuidos penas inferiores. Se podrá formular propuesta de clasificación inicial dando cuenta al Ministerio Fiscal si la propuesta fuera en tercer grado. Ninguna respuesta es correcta. 72.- El Título III de la Ley Orgánica General Penitenciaria: "Del Tratamiento" comprende los artículos: Del 58 al 71. Del 59 al 72. Del 59 al 73. Del 58 al 72. 73.- La Junta de Tratamiento de un Centro Penitenciario propone al Centro Directivo la regresión de segundo grado a primer grado de un interno del Centro que quebrantó condena al no reingresar de un permiso de salida ordinario de cuatro días, autorizado por el Juzgado de Vigilancia, que ha ingresado nuevamente, sin que conste que haya cometido nuevos delitos. En función de las variables y factores que deben tenerse en cuenta para clasificar a un interno en primer grado, ¿podría ser atendida la propuesta de regresión por el Centro Directivo?: Sí, quebrantar condena denota una evolución negativa en el pronóstico de integración social, y ello debe ser suficiente para acordar la regresión. Sí, ya que el quebrantamiento puede ser considerado una falta muy grave del artículo 108 del R.P. aprobado por Real Decreto 1201/81, vigente conforme a la Disposición Derogatoria del actual Reglamento y, en consecuencia, procederá la regresión. No, no reingresar de un permiso penitenciario puede constituir un delito de los contemplados en el capítulo VIII del Título XX del Código Penal y, en consecuencia y teniendo en cuenta el principio de presunción de inocencia, hasta que no recaiga sentencia no podrá plantearse la regresión de grado. No, ya que esta circunstancia no se contempla entre las variables a tener en cuenta para determinar la peligrosidad extrema o inadaptación manifiesta y grave que han de ponderarse para la clasificación en primer grado. 74.- El protocolo de clasificación contendrá la propuesta razonada de grado y el programa individualizado de tratamiento, en el que se señalará expresamente: A.Los destinos y actividades que deba seguir el interno. B.Los programas educativos que deba seguir el interno. Las respuestas a) y b) son correctas. D.Todas las respuestas son falsas. 75.- En relación a los reclusos, el Centro Directivo tiene la competencia para decidir en exclusiva: La clasificación. El destino. La clasificación y destino, con carácter ordinario y extraordinario. La separación interior. 76.- Según el artículo 18 de la Ley Orgánica General Penitenciaria, los traslados de los detenidos, presos y penados se realizarán de forma que se respete: La dignidad. Los deberes de los internos. La igualdad de los internos. Todas son correctas. 77.- La entrega de los internos a los efectivos de las fuerzas de seguridad se hará mediante acta suscrita por el jefe de la escolta, en la que se indicará en todo caso: La hora de salida. La hora de salida y una referencia a la orden que disponga la conducción. La hora de salida, una referencia a la orden que disponga la conducción y el grado de peligrosidad del interno. La respuesta c) es correcta, así como en su caso también, la Autoridad que hubiese recabado la conducción. 78.- T014. Previa autorización del Centro Directivo ¿quién dispondrá lo necesario para el ingreso de un interno en un centro hospitalario?: El Médico que habitualmente atiende al interno. El Subdirector Médico del Establecimiento. El Director. El mismo Centro Directivo autoriza el ingreso y dispone lo necesario. 79.- Los traslados, en el caso de detenidos y presos, a fin de posibilitar el levantamiento de las limitaciones regimentales previstas en el art. 75 del Reglamento Penitenciario: Serán propuestas al Centro Directivo mediante acuerdo motivado del Consejo de Dirección. Serán propuestos al Centro Directivo mediante acuerdo motivado de la Junta de Tratamiento. Serán propuestos al Centro Directivo mediante petición motivada del Director del Centro. Serán propuestos a la Autoridad de la que dependan mediante acuerdo motivado del Director del Centro. 80.- De acuerdo con el artículo 31.2. del Reglamento Penitenciario no tiene competencia para formular al Centro Directivo propuestas de traslados de internos: Las Juntas de Tratamiento. El Director. El Consejo de Dirección. Todos la tienen. 81.- ¿Quién es) recabará (n) la conducción oportuna del interno cuando estuviere recluido en centro penitenciario de una misma provincia?. Las autoridades judiciales. El Centro Directivo. Director del establecimiento. Las autoridades judiciales o gubernativas. 82.- En relación a las pertenencias personales de los internos trasladados, es incierto: El peso de las pertenencias personales de los internos trasladados no podrá ser nunca superior a los 25 Kilogramos. Las pertenencias personales de los internos trasladados que excedan del peso máximo permitido serán remitidas por paquetería ordinaria, corriendo los gastos por norma general, a su cargo. Los objetos y artículos de valor, así como aquéllos otros susceptibles de deterioro durante el traslado, serán remitidos por paquetería ordinaria, corriendo los gastos por norma general, a cargo del interno. Para casos excepcionales de internos sin medios económicos se estudiarán por parte de la Junta Económico-Administrativa las posibles medidas a adoptar respecto de las pertenencias personales que no puedan ser trasladadas por la Fuerza Conductora, que deberán ser aprobadas por el Centro Directivo. 83.- Por una de las siguientes causas no podrán restringirse las comunicaciones orales: El interno lleva pocos días en el Establecimiento. Por razones de seguridad. Por interés del tratamiento del interno. Por el mantenimiento y buen orden del Establecimiento. 84.- Según el Art. 45.6 del Reglamento Penitenciario, las visitas de convivencia. Se concederán, previa solicitud del interno, una vez al mes. Se celebrarán en locales o recintos adecuados. Tendrán una duración mínima de tres horas y máxima de seis horas. Todas las respuestas son correctas. 85.- Las comunicaciones escritas de los internos estarán sujetas a las siguientes normas: No se establecerán limitaciones en cuanto al número de cartas o telegramas que puedan recibir y remitir los internos, salvo en los supuestos de intervención. En los supuestos de intervención, la Junta de Tratamiento determinará el número de cartas que podrán recibir y remitir semanalmente los internos. Las cartas que expidan los internos cuyo peso o volumen exceda de lo normal serán retenidas y almacenadas en el departamento de objetos retenidos. Ninguna de las anteriores es correcta. 86.- El importe de las llamadas telefónicas que realizan los internos, debidamente autorizados, será satisfecho por los mismos, excepto cuando estas se efectúen: Con el cónyuge e hijos. Con los padres. Con el abogado y familia a su ingreso en el Centro. Con el cónyuge, siempre y cuando este se encuentre interno en otro Centro penitenciario. 87.- A2022. En la Unidad de recepción de paquetes, aquellos artículos que no sean de valor, ni perecederos, que no hayan sido autorizados y ella remitente no se haya hecho cargo de ellos a pesar de habérselo notificado en su domicilio, deberán ser relacionados en un listado en el tablón de anuncios al público, con la advertencia de que serán destruidos si no se retiran, desde su publicación, en el plazo de: Quince días. Veinte días. Diez días. Diez días naturales. 88.- No podrán recibir paquetes del exterior los internos: Que se encuentren en régimen cerrado, cuando se trate de penados clasificados en primer grado. Que se encuentren cumpliendo la sanción de aislamiento. Que se encuentren en régimen cerrado, ya sean detenidos, presos o penados. Ninguna es cierta. 89.- Las comunicaciones telefónicas de los internos: Serán autorizadas por el Director previa comprobación de los requisitos al efecto, señalando la hora en que deban celebrarse. Podrán ser intervenidas mediante resolución motivada del Director, dando cuenta a la Autoridad Judicial de la que dependan en el caso de preventivos o al Juez de Vigilancia en el de los penados. Tendrán una duración mínima de cinco minutos y se efectuarán con una frecuencia máxima de cinco llamadas por semana. Serán satisfechas por el interesado, no permitiéndo en ningún caso el recibir llamadas desde el exterior. 90.- No es competencia de los Consejos de Dirección: El establecer los horarios de celebración de comunicaciones orales. El establecer los horarios de celebración de las visitas reguladas en el Art. 45 del R.P. El establecer los horarios de celebración de las comunicaciones telefónicas. Todo lo anterior es competencia de los Consejos de Dirección. 91.- Los internos encontrarán a su disposición varios ejemplares de la Ley Orgánica General Penitenciaria, del Reglamento Penitenciario y de las normas de régimen interior del Centro: En el departamento de ingresos y en la biblioteca. En la biblioteca. En su propia celda. En el departamento que señale el Director del Establecimiento. 92.- La Administración Penitenciaria fomentará la colaboración y participación de las instituciones públicas y privadas de asistencia a: Los reclusos extranjeros. El menor en las unidades de madres. Los internos jóvenes. Los reclusos toxicómanos. 93.- Es presidente del Consejo Social Penitenciario: La persona que designen las organizaciones no gubernamentales que sean partícipes del Consejo. El titular de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. La persona que designen, de mutuo acuerdo, la Administración Penitenciaria y las organizaciones no gubernamentales que sean partícipes del Consejo. La persona que designe la Administración Penitenciaria. 94.- Corresponde actuar como Secretario de los Consejos Sociales Penitenciarios Locales a: Un miembro del equipo de tratamiento del centro elegido por el director del centro. Un funcionario de vigilancia del centro, elegido a propuesta del director del centro entre los funcionarios de la plantilla cuya actividad esté relacionada con el Tercer Sector. El Jefe de los Servicios Sociales Penitenciarios. Cualquiera de sus miembros. 95.- Las resoluciones que se adopten con respecto a las peticiones y quejas de los internos: A.Se notificarán por escrito a los interesados y se establecerá que en su caso cabe recurrir a la vía de la jurisdicción contencioso administrativo. B.Se notificarán por escrito a los interesados. C.Se establecerá que el plazo de recurso es en cualquier caso de tres meses. La b y la c son correctas. 96.- Son procedimientos del ámbito penitenciario excluidos del silencio positivo: Comunicaciones y visitas. Concesión de beneficios penitenciarios. Revisión de grado. Todos están excluidos. 97.- No podrán ser elegidos para las comisiones de participación, aquellos internos: Tengan faltas muy graves sin cancelar. Tengas faltas muy graves, canceladas o no. Tengan faltas graves sin cancelar. Tengan faltas graves o muy graves sin cancelar. 98.- La competencia para garantizar la seguridad interior de los establecimientos penitenciarios queda asignada, salvo casos excepcionales a: Los funcionarios del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias. Los Cuerpos de Instituciones Penitenciarias. Los Cuerpos Especial y Ayudantes de Instituciones Penitenciarias. Ninguna es correcta. 99.- A24. A tenor del artículo 72.5 del Reglamento Penitenciario, en los casos de graves alteraciones del orden con peligro inminente para las personas, el/la Director/a, con carácter provisional, podrá recabar el auxilio de las Fuerzas de Seguridad de guardia en el establecimiento, quienes, en caso de tener que utilizar armas de fuego. Podrán usarlas a criterio del responsable de la Fuerza. Lo harán por los mismos motivos que establece la legislación de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. No podrán usarlas en ningún caso. Sólo podrán usarlas con autorización expresa de la Secretaría de Estado de Seguridad. 100.- Según el artículo 72.3 del Reglamento Penitenciario, con carácter general, la utilización de medios coercitivos será previamente autorizada por: El Director, quien comunicará inmediatamente al Juez de Vigilancia la adopción y cese de los medios coercitivos. El Jefe de Servicios y éste comunicará al Director la adopción y el cese de los medios coercitivos. El Director, quien comunicará inmediatamente al Centro Directivo la adopción y cese de los medios coercitivos. El Subdirector de Seguridad y éste lo comunicará al Juez de Vigilancia. 101.- ¿Se puede realizar un estudio radiológico a un interno para detectar algún objeto o sustancia de las descritas en el artículo 68.2 del Reglamento Penitenciario vigente, una vez que el cacheo con desnudo integral resulte infructuoso y persista la sospecha de que el interno las siga ocultando en su cuerpo?: Sí, siempre con la autorización del Jefe de Servicios. No, estos medios de control no están recogidos en el artículo 68 del Reglamento Penitenciario de 1996. Sí, siempre y cuando tras la realización del mismo, el Director comunique el resultado al Juez de Vigilancia Penitenciaria. Sí, siempre que exista autorización de la Autoridad Judicial competente, tras la solicitud de la misma por el Director del Centro Penitenciario. 102.- La utilización de los medios coercitivos: Deberá ser siempre autorizada previamente por el Jefe de Servicios. Deberá ser siempre autorizada por el Director. Deberá ser siempre puesta inmediatamente en conocimiento del Director, si se lleva a cabo sin su previa autorización. No podrá llevarse a cabo en ningún caso por los funcionarios sin la previa autorización del Director o, concurriendo razones de urgencia, del Jefe de Servicios. 103.- EL2022. Conforme al artículo 75 del Reglamento Penitenciario: Es el/la directora/a, siempre por propia iniciativa, el/la competente para acordar medidas que impliquen limitaciones regimentales. Los acuerdos de traslado, con independencia de la situación procesal del/de la interno/a, se comunicarán al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria. La Junta de Tratamiento propondrá al Centro Directivo el traslado de detenidos/as, presos/as y penados/as a otro establecimiento de similares características para posibilitar el levantamiento de las limitaciones regimentales. En su caso, a solicitud del/de la interno/a o por propia iniciativa, el/la directora/a podrá acordar mediante resolución motivada, cuando fuere preciso para salvaguardar la vida o integridad física del/de la recluso/a, la adopción de medidas que impliquen limitaciones regimentales, dando Cuenta al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria. 104.- Los medios coercitivos vienen regulados en el RP en el artículo: 75. 10. 72. No se regulan en el RP sino en la LOGP. 105.- Conforme a la Disposición Final 1ª de la LOGP, los derechos reconocidos a los internos en ella podrán ser: Suspendidos total o parcialmente. Suspendidos parcial y temporalmente. Suspendidos parcial y permanentemente. Suspendidos total y permanentemente. 106.- A2015. Conforme a lo establecido en el artículo 77 del Reglamento Penitenciario sobre el horario y calendario de actividades que debe regir en los establecimientos penitenciarios de régimen ordinario ¿cuál de las siguientes respuestas es falsa?. El Consejo de Dirección aprobará el horario que debe regir en el Centro. El horario será puesto en conocimiento del Centro Directivo para su ratificación o reforma, con periodicidad semestral. El horario aprobado garantizará ocho horas de descanso nocturno, un mínimo de dos horas para que el interno pueda dedicarlas a asuntos propios y tiempo suficiente para atender a las actividades culturales y terapéuticas y a los contactos con el mundo exterior. El Consejo de Dirección vendrá obligado a difundir entre los internos, con la periodicidad que se determine en las normas de régimen interior aquellas actividades no regulares que se organicen en el Establecimiento. 107.- De acuerdo con el artículo 97.2 del Reglamento Penitenciario. Si el acuerdo de aplicación de las normas del Art. 10 de la LOGP., a un interno preventivo implicara el traslado de éste a otro Establecimiento: Se comunicará dicha medida a la Autoridad Judicial de la que dependa el interno. No se producirá dicho traslado hasta que sea ratificado por la Autoridad Judicial competente. Se comunicará dicha medida al Juez de Vigilancia y a la Autoridad Judicial de la que dependa el interno. Se comunicará dicha medida al Juez de Vigilancia. 108.- Según el Art. 74 del vigente Reglamento penitenciario el Régimen ordinario se aplicará: A los penados clasificados en tercer grado. A los penados clasificados en primer grado por su peligrosidad extrema. A los penados clasificados en segundo grado, a los penados sin clasificar y a los detenidos y presos. A los preventivos que manifiesten peligrosidad extrema o manifiesta inadaptación. 109.- El horario de un Centro Penitenciario de régimen ordinario será aprobado por: La Junta de Tratamiento. El Director del Centro. El Consejo de Dirección. El Centro Directivo. 110.- El régimen ordinario se aplicará, como indica el Reglamento Penitenciario vigente: A los penados clasificados según el principio de flexibilidad establecido en el Artículo 100.2 del RP. A los penados clasificados en Tercer Grado, siempre que sea en la modalidad prevista en el Artículo 82.1 del RP. A los penados clasificados en Segundo Grado, a los penados sin clasificar y a los detenidos y presos. Ninguna de las anteriores es correcta. 111.- T2016. En relación con las limitaciones regimentales del artículo 75 del Reglamento Penitenciario: Los acuerdos de traslado de detenidos, presos y penados para posibilitar el levantamiento de limitaciones regimentales se comunicarán al Juez de Vigilancia Penitenciaria. La Junta de Tratamiento es la competente para proponer el traslado de detenidos, presos y penados para posibilitar el levantamiento de limitaciones regimentales. El Consejo de Dirección es el competente para proponer el traslado de detenidos, presos y penados para posibilitar el levantamiento de limitaciones regimentales. Los acuerdos de traslado de detenidos y presos para posibilitar el levantamiento de limitaciones regimentales se comunicarán a la Autoridad judicial de que dependan y, en el caso de penados, al Juez de Vigilancia Penitenciaria correspondiente. 112.- A2022. En el caso de detenidos/as y presos/as, de acuerdo con el artículo 75.3 del Reglamento Penitenciario, para posibilitar el levantamiento de las limitaciones regimentales exigidas para el aseguramiento de su persona, la propuesta de traslado se hará: A la Junta de Tratamiento mediante acuerdo motivado del Equipo Técnico. Al Centro Directivo mediante acuerdo motivado del Consejo de Dirección. Al/la Director/a previo informe del/la Jefe/a de Servicios. Al Centro Directivo mediante acuerdo motivado de la Junta de Tratamiento. 113.- De acuerdo con el Artículo 77.2 del Reglamento Penitenciario: ¿qué tiempo se garantizará para que el interno pueda atender las actividades culturales y terapéuticas y a los contactos con el mundo exterior?. Dos horas diarias. Tres horas diarias. Mínimo dos horas diarias. El suficiente. |




