EA 2.0
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Título del Test:![]() EA 2.0 Descripción: EA 2 test |




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Fecha de creación de Adif. 31 diciembre 2004. 30 diciembre 2004. 31 diciembre 2003. 30 diciembre 2003. Mediante que documento se aplaza la creación ADIF. R.D Ley 1/2004, 7 mayo. Ley 39/2003,17 noviembre. R.D Ley 1/2004, 8 mayo. Ley 39/2003, 18 noviembre. Mediante que documento se crea ADIF. R.D Ley 1/2004, 7 mayo. Ley 39/2003,17 noviembre. R.D Ley 1/2004, 8 mayo. Ley 39/2003, 18 noviembre. ¿Qué marca la Ley 39/2003, 17 de noviembre?. RENFE pasa funciones a ADIF. ADIF pasa funciones a RENFE. RENFE pasa a ser ADIF. ADIF pasa funciones a RENFE. Características de ADIF. Adscrita al Ministerio de Fomento. Adscrita mediante la Secretaria General de Infraestructura. Personalidad jurídica propia (diferenciada de la del Estado). Plena capacidad de obrar. Patrimonio propio. Entidad pública empresarial. Adscrita mediante la Subsecretaria General de Infraestructura. Personalidad jurídica propia (ligada a la del Estado). Limitada capacidad de obrar. Patrimonio mixto. Mediante que se rige ADIF. LSF 39/2003, 17 noviembre. LOFAGE 6/1997, 14 abril (pasa luego a ser la LRJSP 40/2015, 1 octubre). Real Decreto 2395/2004, 30 diciembre (Estatuto ADIF). Normas que le sean de aplicación. LSF 38/2003, 17 noviembre. LOFAGE 6/1997, 14 abril (pasa luego a ser la LRJSP 39/2015, 1 octubre). Real Decreto 2395/2004, 31 diciembre (Estatuto ADIF). Leyes que le sean de aplicación. ¿Qué marca la Ley 39/2003,17 noviembre?. Disposición adicional 1º: RENFE pasa algunas funciones a ADIF. Disposición adicional 1º: Gestor Infraestructura Ferroviaria (GIF) se extingue y todos sus derechos y obligaciones pasan a ser de ADIF. Disposición adicional 1º: RENFE pasa a ser ADIF. Disposición adicional 1º: Gestor Infraestructura Ferroviaria (GIF) se extingue y sus funciones pasan a ser de ADIF. ¿Qué ocurre con los trabajadores de RENFE y GIF, según la Ley 39/2003, 17 noviembre?. RENFE: pasan a ser de ADIF, salvo los que sean necesarios para RENFE (Disposición adicional 2º). GIF: pasan a ADIF o pueden ir a la función pública. (Disposición adicional 2º). RENFE: pasan a ser de ADIF, salvo los que sean necesarios para RENFE (Disposición adicional 1º). GIF: pasan a ADIF (Disposición adicional 2º). ¿Qué marca el R.D Legislativo 1/1995, 24 marzo?. GIF se extingue. Sucesión de empresas entre GIF y ADIF. RENFE se extingue. Sucesión de empresas entre RENFE y ADIF. ¿Qué pasa 31 diciembre 2004?. RENFE pasa funciones a ADIF. GIF se extingue y pasa a ser ADIF. ADIF se hace cargo de todos los proyectos, expedientes de gastos, contratos..., bienes, derechos y obligaciones de GIF. RFIG pasa a ser administrada de RENFE a ADIF. RENFE pasa a ser ADIF. GIF pasa funciones a ADIF. ADIF se hace cargo de todos los proyectos, expedientes de gastos, contratos..., bienes, derechos y obligaciones de RENFE. RFIG pasa a ser administrada de GIF a ADIF. Relaciona. Disposición adicional primera Ley 39/2003, 17 noviembre. R.D Ley 1/2004,. Disposición adicional segunda Ley 39/2003, 17 noviembre. En relaciones externas ADIF puede identificarse como... Administración de RFIG pasa de RENFE a. ¿Cuándo termina el último ejercicio de RENFE como administrador de la infraestructura?. 31 diciembre 2004. 30 diciembre 2004. 31 diciembre 2005. 30 diciembre 2005. ¿Cuándo termina el primer ejercicio económico de ADIF?. 31 diciembre 2005. 30 diciembre 2005. 31 diciembre 2004. 30 diciembre 2004. ¿Cuándo comienza el primer ejercicio económico de ADIF?. 31 diciembre 2004. 30 diciembre 2004. 1 enero 2005. 31 diciembre 2005. ¿Qué documento marca los límites en la gestión de ADIF?. Ley Sector Ferroviario. Estatuto. Real Decreto Ley 1/2004. Competencias de ADIF. Aprobación de proyectos básicos y de construcción de infraestructuras. Construcción de infraestructura con sus recursos o según lo marcado por el Ministerio de Fomento. Construcción de infraestructura con recursos ajenos siempre con convenio. Administración de infraestructura de su titularidad y de aquella que le sea encomendada por terceros mediante convenio. Aprobación de proyectos y de construcción de infraestructuras. Construcción de infraestructura con sus recursos o según lo marcado por el Ministerio de Economía y Hacienda. Construcción de infraestructura con recursos siempre con convenio. Administración de infraestructura de su titularidad y encomendada por terceros ambas mediante convenio. Competencias de ADIF. Prestación de servicios básicos mínimos para acceso a la infraestructura. Control, vigilancia e inspección de la infraestructura ferroviaria. Explotación de bienes de su titularidad y de terceros encomendados por convenio. Elaboración, aprobación y publicación de la Declaración de Red. Prestación de servicios para acceso a la infraestructura. Control e inspección de la infraestructura ferroviaria. Explotación de bienes de terceros encomendados por convenio. Elaboración y publicación de la Declaración de Red. Competencias de ADIF. Adjudicación de capacidad a empresas ferroviarias y restantes candidatos. Celebración de acuerdos marcos con las adjudicatarias de capacidad. Prestación de servicios complementarios y auxiliares al servicio ferroviario. ADIF no puede prestar servicios de transporte ferroviarios, salvo los inherentes a su actividad. Adjudicación de capacidad a empresas ferroviarias. Celebración de acuerdos con las adjudicatarias de capacidad. Prestación de servicios principales y auxiliares al servicio ferroviario. ADIF puede prestar servicios de transporte ferroviarios, salvo los inherentes a su actividad. Convenios o contratos programas. ¿Qué son?. Acuerdos por los cuáles ADIF se encarga de la administración, gestión, construcción… de las infraestructuras ferroviarias que son de titularidad de un tercero (Estado, Empresa Públicas o privadas …). Acuerdos por los cuáles ADIF AV se encarga de la administración, gestión, construcción… de las infraestructuras ferroviarias que son de titularidad de un tercero (Estado, Empresa Públicas o privadas …). Acuerdos por los cuáles ADIF se encarga la administración, gestión, construcción… de las infraestructuras ferroviarias que son de su titularidad a un tercero (Estado, Empresa Públicas o privadas …). Convenios o contratos programa ¿Con quién puede firmar un convenio o contrato programa?. Ministerio de Economía y Hacienda y Ministerio de Fomento. RENFE - INFRAESTRUCTURA. Comunidades Autónomas. Administración General del Estado. Administraciones Públicas. Entidades de derecho público y sociedades vinculadas o dependientes de estas administraciones. RENFE - OPERADORA. Entidades públicas. Entidades privadas. Empresas ferroviarias. Convenios o contratos programa ¿Por qué se puede firmar?. Administración, construcción y/o gestión infraestructura ferroviaria titularidad del Estado. Administración y/o construcción red infraestructura ferroviaria o tramo de la misma de una CCAA. Contratación de obras ferroviarias (excluyendo aprobación proyecto, supervisión y recepción de la obra). Administración, gestión y/o construcción red infraestructura ferroviaria o tramo de la misma de una CCAA. Proyectos y construcción. ¿Quién es el encargado de realizarlos?. ADIF. ADIF AV. Tercero (Administración General del Estado, Empresa Pública o Privada, Empresa Ferroviaria...). Renfe. Proyectos y construcción. ¿Quién es el encargado de realizarlos?. ADIF, con sus propios recursos. ADIF AV, con sus propios recursos. Tercero. Ministerio de Fomento. Proyectos y construcción. ¿Quién paga?. Adif, dentro del presupuesto autorizado por el Ministro de Economía y Hacienda. Adif, dentro del presupuesto autorizado por el Ministro de Fomento. Adif Av, dentro del presupuesto autorizado por el Ministro de Economía y Hacienda. Adif Av, dentro del presupuesto autorizado por el Ministro de Fomento. Proyectos y construcción. ¿Funciones que corresponden a ADIF?. Aprobación de proyectos básicos y de construcción. Realización de la construcción. Certificación medioambiental. Realización con sus propios recursos. Supervisión y replanteo (si fuera necesario) de los proyectos. Aprobación de proyectos complejos y de construcción. Realización con recursos ajenos cuando la obra es para terceros. Proyectos y construcción. ¿Ministro que autoriza presupuesto?. Economía y Hacienda. Fomento. Transportes. Expropiaciones. ¿Quién expropia?. Administración General del Estado. ADIF. Gobierno. Ministerio de Fomento. Expropiaciones. ¿Beneficiario?. ADIF. Administración General del Estado. Ministerio de Fomento. Gobierno. Expropiaciones ¿Quién paga el justiprecio de las expropiaciones?. ADIF. Administración General del Estado. Ministerio de Fomento. Gobierno. Expropiaciones. ¿Qué ocurre si ADIF aprueba un proyecto básico o de construcción y este necesita un nuevo terreno?. Declaración de utilidad pública o interés social, necesidad de ocupación y declaración de urgencia de la misma. Declaración de utilidad pública o interés social, necesidad de expropiación y declaración de urgencia de la misma. Declaración de utilidad pública o interés social, necesidad de ocupación y declaración pública de la misma. Expropiaciones ¿Zona de protección?. Terreno límite hasta la edificación. Terreno límite desde la edificación. Expropiaciones ¿Se puede expropiar para la zona de protección?. Si, siempre será concedida si se justifica su necesidad para la prestación de los servicios ferroviarios y/o la seguridad para la circulación. Si, siempre ser concedida aunque no se justifique su necesidad para la prestación de los servicios ferroviarios y/o la seguridad para la circulación. No, no siempre puede ser concedida aunque se justifique su necesidad para la prestación de los servicios ferroviarios y/o la seguridad para la circulación. No, el terreno elegido ya debe de tener espacio para la zona de protección. Expropiación ¿Quién aprobará la expropiación de una zona de protección?. Ministerio de Fomento. Administración General del Estado. Adif. Gobierno. Expropiación. ¿Quién redacta el Proyecto de Delimitación y utilización de Espacios Ferroviarios?. ADIF. Ministerio de Fomento. Administración General del Estado. Subsecretaria General del Ministerio de Fomento. Expropiación. ¿Quién aprueba el Proyecto de Delimitación y utilización de Espacios Ferroviarios?. Ministerio de Fomento. ADIF. Gobierno. Consejo de Ministros. Expropiación. ¿Si aprueba el Proyecto de Delimitación y utilización de Espacios Ferroviarios que obtiene automáticamente?. Declaración de utilidad pública o interés social, la necesidad de ocupación y la declaración de urgencia. Declaración de utilidad pública o interés social, la orden de ocupación y la declaración de urgencia. Declaración de utilidad pública o social, la necesidad de ocupación y la declaración de urgencia. Puesta en funcionamiento de la infraestructura ferroviaria. ¿Quién dará autorización para su uso?. Ministerio de Fomento mediante la AESF. Gobierno mediante la AESF. AESF mediante Ministerio de Fomento. AESF mediante ADIF. ADIF mediante AESF. Ámbito de la Administración de Infraestructura. ¿En qué consiste?. Mantenimiento, explotación y la gestión de los sistemas de control, de circulación y de seguridad. Mantenimiento, explotación y la gestión de los sistemas de control y de circulación. Mantenimiento, explotación y la centralización de los sistemas de control, de circulación y de seguridad. Mantenimiento, explotación y la centralización de los sistemas de control y de circulación. Ámbito de la Administración de Infraestructura. ¿Quién es el administrador de la infraestructura?. ADIF. Renfe. Ministerio de Fomento. Administración General del Estado. Mantenimiento de la Infraestructura. ¿Qué es?. Todas las operaciones que se realizan para mantener, reparar, sustituir y renovar tecnológicamente los elementos. Todas las operaciones que se realizan para mantener, reparar, sustituir y modificar tecnológicamente los elementos. Todas las operaciones que se realizan para reparar, sustituir y renovar tecnológicamente los elementos. Todas las operaciones que se realizan para mantener, reparar y renovar tecnológicamente los elementos. Mantenimiento de la Infraestructura. ¿Qué se pretende?. Conseguir la operatividad y seguridad adecuadas. Conseguir la seguridad adecuada. Conseguir la operatividad adecuada. Conseguir el mantenimiento y seguridad adecuadas. Mantenimiento de la Infraestructura ¿Quién se encarga?. ADIF. Ministerio de Fomento. Administración General del Estado. Renfe. Explotación de la infraestructura. ¿Quién la realiza?. ADIF. Ministerio de Fomento. Administración General del Estado. Renfe. Explotación de la infraestructura. ¿Adif lleva a cabo la explotación de su infraestructura o la de terceros mediante convenio?. Ambas. Explotación de su infraestructura. Explotación de la infraestructura de terceros mediante convenio. Explotación de la infraestructura. ¿Adif lleva a cabo la explotación de su infraestructura o la de terceros?. Ambas, la de terceros con convenio. Explotación de su infraestructura. Explotación de la infraestructura de terceros. Gestión de sistemas de control, de circulación y de seguridad. ¿Quién la realizará?. ADIF. Ministerio de Fomento. Administración General del Estado. Renfe. Gestión de sistemas de control, de circulación y de seguridad. ¿Pueden ser delegados en terceros?. No, debe ser siempre realizada por ADIF. Si, siempre con la supervisión de algún trabajador de ADIF. No, debe ser siempre realizada por GIF. Si, siempre con la supervisión de algún trabajador de GIF. Gestión de sistemas de control, de circulación y de seguridad. ¿Por qué no pueden ser delegadas por parte de ADIF?. Porque así ADIF puede garantizar su completa fiabilidad y eficacia. Porque así GIF puede garantizar su completa fiabilidad y eficacia. No es correcto ya que ADIF puede subcontratar la gestión de sistemas. Órganos de Gobierno. ¿Cuántos hay?. Dos. Uno. Tres. Órganos de Gobierno. ¿Cuáles son?. Consejo de Administración y Presidente. Consejo de Administración, Presidente y Comisión Delegada. Comité de Administración y Presidente. Comité de Administración, Presidente y Comisión Delegada. Consejo de Administración ¿Quién dirige Adif?. Consejo de Administración. Comité de Administración. Comité Delegado. Consejo Delegado. Consejo de Administración ¿Funciones?. Superior Dirección de Administración y Gestión. Superior Dirección de Estrategia y Gestión. Superior Dirección de Estrategia y Movilidad. Consejo de Administración ¿Por quién está formado?. Presidente + Mínimo 9 Máximo 10 vocales. Presidente + Mínimo 3 Máximo 10 vocales. Presidente + Mínimo 3 Máximo 7 vocales. Presidente + Mínimo 7 Máximo 9 vocales. Consejo de Administración ¿Quién nombra y cesa a los vocales?. Ministro de Fomento. Consejo de Administración. Presidente. Consejo de Ministros. Consejo de Administración. ¿Qué hace el Ministro de Fomento?. Nombrar y cesar vocales. Nombrar y cesar al Presidente. Nombrar y cesar directivos. Consejo de Administración. ¿Quién es el Presidente?. Presidente de ADIF. El elegido por el Consejo de Administración. El elegido por la Comisión Delegada. Consejo de Administración. Si el Presidente está ausente ¿quién asume sus funciones?. Vicepresidente (si lo hay) o el vocal más antiguo y a igual antigüedad, el más mayor. Vocal más mayor. Vicesecretario. Consejo de Administración. Casos de ausencia del Presidente en los que Vicepresidente o vocal más antiguo deben asumir sus funciones. Vacante, ausencia o enfermedad. Vacante o enfermedad. Vacante o ausencia. Características Consejo de Administración. Presidente Consejo = Presidente de ADIF. Máximo 10 vocales. Vocales nombrados por Ministro de Fomento. Función: Superior Dirección Y gestión. Ausencia Presidente= Suplido por Vicepresidente y si no hay, por vocal más antiguo y a igual antigüedad el de mayor edad. Máximo 18 vocales. Vocales nombrados por Consejo de Ministros. Función: Superior Estrategia y Dirección. Presidente Consejo = Elegido por miembros Consejo. Ausencia Presidente= Suplido por Vicepresidente y si no hay, por vocal más antiguo y a igual antigüedad el de menor edad. Funciones Consejo de Administración. Determinar la estructura de la entidad. Determinar las condiciones retributivas básicas. Proponer al Ministerio de Fomento las normas para desarrollar del Estatuto tras su aprobación. Emitir informes preceptivos o potestativos. Dictar las normas de funcionamiento que no estén en el Estatuto. Dictar las normas de funcionamiento que no estén en la LSF. Proponer al Ministerio de Fomento las normas para desarrollar del LSF tras su aprobación. Funciones Consejo de Administración. Aprobar las cuentas anuales, informe de gestión y la cuenta de aplicación de resultados de la entidad. Autorizar operaciones de crédito y endeudamiento. Ser el órgano de contratación en las operaciones que sobrepasen la cantidad autorizada por el Consejo de Ministros. Ser el órgano de contratación en las operaciones en las que la cantidad sea menor a la autorizada por el Consejo de Ministros,si lo considera necesario. Autorizar operaciones de pasivo y endeudamiento. Ser el órgano de contratación en las operaciones en las que la cantidad sea mayor a la autorizada por el Consejo de Ministros,si lo considera necesario. Funciones del Consejo de Administración. Conferir poderes generales o especiales a persona o personas determinadas. Aprobar acuerdos, pactos, convenios y contratos. Las enajenaciones superiores a 20.000.000 € necesitan autorización del Consejo de Ministros mediante el ministro de Economía y Hacienda. Aprobar los contratos - programa que sean presentados por el Presidente. Aprobar inventario de bienes y derechos. Aprobar acuerdos, pactos, convenios y contratos. Las enajenaciones superiores a 10.000.000 € necesitan autorización del Consejo de Ministros mediante el ministro de Economía y Hacienda. Aprobar inventario de patrimonio, bienes y derechos. Funciones del Consejo de Administración. Redactar, aprobar, publicar la Declaración de Red. Emitir informes sobre una Empresa Ferroviaria antes de que se le otorgue la licencia. Aprobación y cobro de tarifas por prestación de servicios complementarios y auxiliares de transporte ferroviario. Determinación, revisión y cobro de cánones por uso de la infraestructura ferroviaria. Determinación, revisión y cobro de cánones por uso de la estructura ferroviaria. Emitir informes sobre una Empresa Ferroviaria tras obtener la licencia. Funciones del Consejo de Administración. Aprobar convenios que se celebren con otros administradores en adjudicación de capacidad internacional. Aprobar instrucciones y circulares sobre las condiciones de operación de infraestructura ferroviaria. Aprobar pautas para el procedimiento de investigación interna de los accidentes ferroviarios. Aprobar un informe anual que refleje todos los accidentes e incidentes derivados de la prestación de servicio ferroviario. Aprobar plan de contingencias. Aprobar convenios que se celebren con otros administradores en adjudicación de capacidad nacional. Aprobar pautas para el procedimiento de investigación externa de los accidentes ferroviarios. Elegir las correctas funciones. Presidente: Actuar como órgano de contratación en los contratos cuyo importe no supere la cantidad que necesita autorización por el Consejo de Ministros. Consejo de Administración: Actuar como órgano de contratación en los contratos cuyo importe no supere la cantidad que necesita autorización por el Consejo de Ministros,si lo consideran oportuno. Consejo de Administración: Actuar como órgano de contratación en los contratos cuyo importe supere la cantidad que necesita autorización por el Consejo de Ministros. Presidente: Actuar como órgano de contratación en los contratos cuyo importe supere la cantidad que necesita autorización por el Consejo de Ministros. Consejo de Administración: Actuar como órgano de contratación en los contratos cuyo importe supere la cantidad que necesita autorización por el Consejo de Ministros,si lo consideran oportuno. Delegación de competencias Consejo de Administración. ¿En quién puede delegar?. Presidente. Comisiones Delegadas. Cualquier órgano restante interno. Comité Delegado. Consejo Delegado. Delegación competencias Consejo de Administración. ¿Cuáles no pueden ser delegadas?. Marcar la estructura de la entidad y condiciones retributivas básicas. Proponer al Ministerio de Fomento las normas que desarrollan el Estatuto antes de su aprobación o modificación. Dictar las normas de funcionamiento que no estén previstas en el Estatuto. Aprobar presupuestos anuales y el programa de actuación plurianual para presentarlos al Ministerio de Fomento. Proponer al Presidente las normas que desarrollan el Estatuto antes de su aprobación o modificación. Aprobar presupuestos anuales y el programa de actuación plurianual para presentarlos al Ministerio de Economía y Hacienda. Delegación competencias Consejo de Administración. ¿Cuáles no pueden ser delegadas?. Aprobar las cuentas anuales, informe de gestión y la propuesta de aplicación de resultados de la entidad. Autorizar operaciones de crédito y endeudamiento (siempre que excedan más del 5% del presupuesto anual). Acordar la participación en el capital social de toda clase de entidades. Aprobación a petición del presidente, la propuesta de los contratos- programa. Autorizar operaciones de pasivo y endeudamiento (siempre que excedan más del 5% del presupuesto anual). Delegación competencias Consejo de Administración. ¿Cuáles no pueden ser delegadas?. Aprobar inventario de bienes y derechos. Aprobación y cobro de tarifas por servicios complementarios y auxiliares del servicio de transporte ferroviario. Acuerdos sobre los bienes de dominio público de su titularidad y declaración de que queda excluido del servicio público (desafectación). Aprobar inventario de patrimonio, bienes y derechos. Aprobación y cobro de tarifas por servicios principales y auxiliares del servicio de transporte ferroviario. Acuerdos sobre los bienes de dominio público de titularidad privada y declaración de que queda excluido del servicio público (desafectación). Delegación competencias Consejo de Administración. ¿Qué funciones no puede ser delegada bajo ningún concepto?. Creación Declaración de Red. Redacción Declaración de Red. Aprobación Declaración de Red. Difusión Declaración de Red. Corrección Declaración de Red. Características reuniones Consejo de Administración. Adopción Acuerdos: Mayoría absoluta. Empate: Presidente desempata (Voto calidad). Levantamiento acta: Secretario. Visto Bueno acta: Presidente. Autorización compensación asistencia: Ministerio de Economía y Hacienda. Iniciativa compensación asistencia: Ministerio de Fomento. Adopción Acuerdos: Mayoría simple. Empate: Miembro con más edad desempata (Voto calidad). Levantamiento acta: Presidente. Visto Bueno acta: Secretario. Comisión Delegada. ¿Qué son?. Comisión de especialistas. Comité de especialistas. Comisión de trabajadores. Comité de trabajadores. Comisión Delegada. ¿Quién la crea?. Consejo de Administración. Presidente. Vocales. Comisión Delegada. ¿Por qué se crea?. Consejo de Administración delega competencias en ella por la naturaleza del asunto. Consejo de Administración delega competencias en ella por ausencia. Comisión Delegada ¿Criterio para su formación?. Naturaleza del asunto. Ausencia del Consejo de Administración. Ausencia Presidente ADIF. Comisión Delegada. ¿Funcionamiento?. Acuerdo de constitución o normas del Consejo de Administración. Normas implantadas por el Presidente. Comisión Delegada ¿Formado por?. Mínimo 3 – Máximo 7 vocales + Presidente del Consejo y Secretario del Consejo. Mínimo 9 – Máximo 10 vocales + Presidente del Consejo y Secretario del Consejo. Comisión Delegada ¿Quién será el Secretario?. Secretario del Consejo. Miembro electo por la propia Comisión. Comisión Delegada ¿Quién será el Presidente?. Presidente del Consejo. Miembro electo por la propia Comisión. Comisión Delegada ¿Número de vocales?. Mínimo 3 – máximo 7. Mínimo 9 – máximo 10. Características Comité Delegado. Presidente: Presidente ADIF/Consejo. Secretario: Secretario del Consejo. Vocales: Mínimo 3 - Máximo 7. Creación: Naturaleza del asunto. Integrantes: Expertos en el asunto. Presidente: Persona electa de entre los miembros. Secretario: Persona electa de entre los miembros. Vocales: Mínimo 9 - Máximo 10. Creación: Ausencia del Consejo. Convocatoria y Quorum Consejo de Administración. Reuniones ¿Quién convoca?. Presidente o al menos ½ de los vocales. Presidente o al menos 1/3 de los vocales. Presidente o vocales. Convocatoria y Quorum Consejo de Administración. Reuniones ¿Número de veces?. Las que sean necesarias, mínimo 11. Las que sean necesarias, mínimo 12. Las que sean necesarias, mínimo 10. Convocatoria y Quorum Consejo de Administración. Reuniones ¿Asistencia con voz, pero sin voto?. Aquellas personas que hayan sido convocadas por el Presidente del Consejo con el acuerdo del mismo. Aquellas personas que no hayan sido convocadas por el Presidente del Consejo con el acuerdo del mismo. Aquellas personas que hayan sido convocadas por el Secretario del Consejo con el acuerdo del mismo. Aquellas personas que no hayan sido convocadas por el Secretario del Consejo con el acuerdo del mismo. Convocatoria y Quorum Consejo de Administración. Reuniones ¿Quién cursa la convocatoria?. Secretario. Presidente. Vicesecretario. Vicepresidente. Convocatoria y Quorum Consejo de Administración. Reuniones ¿Cómo convoca?. Por escrito. Vía telefónica. Vía email. Convocatoria y Quorum Consejo de Administración. Reuniones ¿Con cuánta antelación?. Mínimo 48 horas. Mínimo 24 horas. Mínimo 12 horas. Convocatoria y Quorum Consejo de Administración. Reuniones ¿Qué contiene la convocatoria?. Orden del día con los asuntos a tratar. Requerimiento de presencia. Ambas son correctas. Convocatoria y Quorum Consejo de Administración. Reuniones extraordinarias ¿Quién convoca?. Presidente o mínimo 1/3 de los vocales. Presidente o mínimo 1/2 de los vocales. Presidente o vocales. Convocatoria y Quorum Consejo de Administración. Reuniones extraordinarias ¿Motivos?. Por motivos fundados según su criterio. Sin motivo. Convocatoria y Quorum Consejo de Administración. Reuniones extraordinarias ¿Cuánto tiempo de antelación?. No hace falta margen de antelación. 48 horas. 24 horas. Convocatoria y Quorum Consejo de Administración. Reuniones extraordinarias ¿Se comunica contenido de la reunión?. Por escrito y a cada uno de los convocados. Por email y a cada uno de los convocados. Por teléfono y cada uno de los convocados. Convocatoria y Quorum Consejo de Administración. Reuniones. ¿Cuál será la constitución válida?. Presidente+ Secretario+ Presentes o representados: ½ vocales (1º ronda) o 1/3 vocales (2º ronda). Presidente+ Secretario+ Presentes o representados: todos los vocales (1º ronda) o 1/3 vocales (2º ronda). Presidente+ Secretario+ Presentes o representados: ½ vocales (1º ronda) o 1/4 vocales (2º ronda). Convocatoria y Quorum Consejo de Administración. Reuniones ¿Tiempo entre convocatorias?. Mínimo 1 hora. Mínimo 2 horas. Mínimo 3 horas. Adopción de acuerdos. ¿Qué necesitan?. Mayoría absoluta presentados o representados. Mayoría simple presentados o representados. Minoría absoluta presentados o representados. Minoría simple presentados o representados. Adopción de acuerdos. ¿Empate?. Presidente tendrá voto de calidad. Vocal más antiguo tendrá voto de calidad. Vocal más mayor tendrá voto de calidad. Adopción de acuerdos. ¿Acta?. Firmada por el Secretario con el visto bueno del Presidente. Firmada por el Presidente con el visto bueno del Secretario. Firmada por el Vicesecretario con el visto bueno del Presidente. Firmada por el Vicepresidente con el visto bueno del Secretario. Adopción de acuerdos. ¿Secretario?. Expide certificados y custodia el libro de actas y los acuerdos adoptados. Expide actas y custodia el libro de certificados y los acuerdos adoptados. Expide certificados y custodia el libro de actas y los certificados adoptados. Dietas por asistencia a las reuniones del Consejo de Administración ¿Quién las recibe?. Miembros del Consejo que asistan. Miembros del Comité que asistan. Dietas por asistencia a las reuniones del Consejo de Administración ¿Quién aprueba?. Ministerio de Economía y Hacienda. Ministerio de Fomento. Presidente de ADIF. Dietas por asistencia a las reuniones del Consejo de Administración ¿Quién insta la compensación?. Ministerio de Economía y Hacienda. Ministerio de Fomento. Presidente de ADIF. Características reuniones Consejo de Administración. Iniciativa convocatoria: Presidente o 1/2 vocales. Minimo reuniones/año: 11. Convocatoria con 48 horas de antelación. Maxímo reuniones/año: Las que sean necesarias. Iniciativa convocatoria: Presidente o 1/3 vocales. Minimo reuniones/año: 12. Convocatoria con 24 horas de antelación. Maxímo reuniones/año: 20. Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas. ¿Cuál es?. Ley Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, 40/2015 1 octubre. Ley Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, 30/1992 26 noviembre. Ley Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, 38/2015 29 septiembre. Presidente. ¿Quién lo nombra?. Consejo de Ministros a propuesta del Ministro de Fomento. Consejo de Administración elige entre los candidatos propuestos por el Ministro de Fomento. Ministro de Fomento elige entre los candidatos propuestos por el Consejo de Ministros. Ministro de Fomento elige entre los candidatos propuestos por el Consejo de Administración. Presidente. Funciones. Representación de la entidad. Acordar convocatoria, dirigir y fijar orden del día de las reuniones del Consejo de Administración. Dirigir las deliberaciones y desempatar. Realizar los acuerdos del Consejo de Administración. Jefe superior de todo el personal de la entidad, inspección de los servicios y vigilar el desarrollo de la actividad. Acordar convocatoria, dirigir y fijar orden del día de las reuniones del Comité Delegado. Dirigir las liberaciones y desempatar. Realizar los acuerdos del Comité Delegado. Jefe superior de todo el personal de la entidad, inspección de los servicios y vigilar el desarrollo de la subactividad. Presidente. Funciones. Proponer al Consejo de Administración la estructura de la organización. Nombrar y cesar a los directivos de la entidad (informando al Consejo de Administración). Presentar las propuestas de contratos programa al Consejo de Administración. Proponer al Consejo de Administración la estructura de la fundación. Nombrar y cesar a los vocales de la entidad (informando al Consejo de Administración). Presentar las propuestas de contratos programa al Comité Delegado. Presidente. Funciones. Proponer al Consejo de Administración el programa de actuación plurianual de la entidad y sus presupuestos. Representar a la entidad en los Tribunales de Justicia. Ser el órgano de contratación cuando la cantidad no sea superior a la que necesita autorización por parte del Consejo de Ministros. Proponer al Consejo de Administración el programa de actuación anual de la entidad y sus presupuestos. Representar a la fundación en los Tribunales de Justicia. Ser el órgano de contratación cuando la cantidad sea superior a la que necesita autorización por parte del Consejo de Ministros. Presidente. ¿Quién lo propone?. Ministro de Fomento. Consejo de Ministros. Consejo de Administración. Comité Delegado. Presidente. ¿Quién lo nombra?. Ministro de Fomento. Consejo de Ministros. Consejo de Administración. Comité Delegado. Presidente. ¿Puede tomar decisiones reservadas al Consejo de Administración?. Si. No. Presidente ¿Debe dar cuenta de las decisiones tomadas en casos de urgencia y necesidad?. Si. No. Presidente. Condiciones de adopción excepcional de acuerdos. Casos de urgente necesidad. Obligada cuenta de los acuerdos adoptados, en la primera reunión ordinaria que se celebre tras esa adopción. En cualquier momento. No debe dar cuenta de los acuerdos adoptados, es el Presidente de Adif y siempre tiene la última palabra. Vicepresidente. ¿Escogido entre?. Miembros Consejo de Administración. Miembros Comité Delegado. A propuesta del Consejo de Ministros. A propuesta del Ministro de Fomento. Vicepresidente. ¿Nombrado por?. Consejo de Administración. Presidente de ADIF. Consejo de Ministros. Ministro de Fomento. Vicepresidente. Funciones. Suplir al Presidente en los casos de ausencia, vacante o enfermedad. Realizar tareas delegadas por el Presidente. Tareas delegadas son indelegables. Suplir al Presidente en los casos de ausencia o enfermedad. Asistencia a los Comités Delegados con voz pero sin voto. Tareas indelegadas son delegables. Vicepresidente. ¿Cuándo suple al Presidente?. Vacante. Enfermedad. Ausencia. Funciones delegadas. Vacaciones. Funciones indelegadas. Vicepresidente ¿Puede delegar funciones delegadas por el Presidente?. No. Si. Secretario. ¿Nombrado por?. Consejo de Administración. Ministro de Fomento. Presidente. Consejo de Ministros. Secretario. ¿Quién lo propone?. Presidente. Consejo de Administración. Consejo de Ministros. Ministro de Fomento. Secretario ¿Puede asistir a las reuniones del Consejo de Administración?. Si, con voz pero sin voto. Si, con voz y voto. Si, sin voz pero con voto. No. Secretario ¿existe alguna excepción a que asista a las reuniones con voz pero sin voto?. Que sea vocal. No, ya que es un miembro de pleno derecho. Si, que firme un contrato de confidencialidad. No, ya que es una de las funciones de su cargo. Secretario. ¿Características?. Licenciado en Derecho. Secretario del Consejo de Administración. Secretario de Comisiones Delegadas. Asistencia con voz pero sin voto a las reuniones del Consejo de Administración. Licenciado en Economía. Secretario del Comité de Administración. Secretario de los Comités Delegados. Asistencia sin voz pero con voto a las reuniones del Consejo de Administración. Secretario. Funciones. Velar por la legalidad. Convocar sesiones del Consejo de Administración. Preparar orden del día de las reuniones del Consejo de Administración. Expedir certificaciones de los acuerdos tomados. Custodiar libros de actas. Redactar actas de los acuerdos tomados en el Consejo de Administración. Convocar sesiones del Comité Delegado. Expedir actas de los acuerdos tomados. Preparar orden del día de las reuniones del Comité Delegado. Custodiar libros de certificaciones. Vicesecretario. ¿Nombrado por?. Consejo de Administración. Consejo de Ministros. Secretario. Presidente. Vicesecratrio ¿Nombrado a propuesta?. Presidente. Secretario. Ministro de Fomento. Consejo de Administración. Vicesecretario. Características. Licenciado en Derecho. Suple al Secretario en casos de ausencia, vacante o enfermedad. Licenciado en Economía. Suple al Presidente en casos de ausencia, vacante o enfermedad. Régimen Personal. ¿Mediante qué se rige el personal laboral y su contratación?. LSF, Derecho laboral y Ley de Organización y Funcionamiento de la AGE. Estatuto de los trabajadores. Convenio laborales entre ADIF y representantes de los trabajadores. Régimen Personal. ¿Qué ley marca el personal directivo?. Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. LSF. Estatuto ADIF. Régimen Personal. Según la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, ¿quiénes son personal directivo?. Directores Generales, Directores Gerentes de la Unidades de Negocio y los Directivos corporativos. Directores Territoriales, Directores Gerentes de la Unidades de Negocio y los Directivos corporativos. Directores Generales, Directores Gerentes de la Unidades de Negocio y los Directivos. Directores Generales, Directores Generales de la Unidades de Negocio y los Directivos corporativos. Incompatibilidades. ¿Qué ley marca la incompatibilidad del personal laboral?. Ley 53/1984, 26 de diciembre, Incompatibilidades del personal al Servicio de las Administraciones Públicas. Ley 12/1995, 11 mayo, Incompatibilidades del personal al Servicio de las Administraciones Públicas. Incompatibilidades. ¿Qué ley marca la incompatibilidad del personal laboral?. Ley 53/1984, 26 diciembre. Ley 12/1955, 11 de mayo. Incompatibilidades. ¿Qué ley marca la incompatibilidad del personal directivo?. Ley 12/1995 11 de mayo, Incompatibilidades de los miembros del Gobierno de la Nación y de los Altos cargos de la Administración General del Estado. Ley 53/1995, 26 diciembre, Incompatibilidades de los miembros del Gobierno de la Nación y de los Altos cargos de la Administración General del Estado. Incompatibilidades. ¿Qué ley marca la incompatibilidad del personal directivo?. Ley 12/1995 11 de mayo. Ley 53/1995, 26 diciembre. Competencias del personal. ¿Quién se encarga de ellas?. Consejo de Administración. Presidente ADIF. Cómite Delegado. Competencias del personal. Las relaciones entre la entidad y el personal, ¿pueden ser negociadas?. Si, mediante negociación colectiva. Si, mediante convenio colectivo. No, ya que están reguladas en la LSF. Competencias del personal. Las relaciones entre la entidad y el personal, ¿mediante que se rigen?. Estatuto trabajadores, convenios colectivos y demás normas que le sean de aplicación. LSF, convenios colectivos y demás normas que le sean de aplicación. Estatuto trabajdores, LSF y demás normas que le sean de aplicación. Competencias del personal. ¿A qué están sometidas?. Estatuto trabajadores y convenios colectivos. Estatuto ADIF y negociación colectiva. Patrimonio de la entidad. ¿Cuál es patrimonio de ADIF?. Conjunto de bienes, derechos y obligaciones de los que es titular. Conjunto de bienes, derechos y obligaciones de los que es titular o los que administra mediante convenio. Conjunto de bienes y obligaciones de los que es titular. Conjunto de bienes y obligaciones de los que es titular o los que administra mediante convenio. Patrimonio de la entidad. ¿De qué será titular ADIF?. Todas aquellas infraestructuras que se le asignen por ley o reglamento, adquieran o construya con sus propios recursos. Todas aquellas infraestructuras que se le asignen por ley o reglamento, adquieran o construya con sus propios recursos o administre mediante convenio. Todas aquellas infraestructuras que se le asignen por ley, adquieran o construya con sus propios recursos. Todas aquellas infraestructuras que se le asignen por ley, adquieran o construya con sus propios recursos o administre mediante convenio. Patrimonio de la entidad. ¿ADIF tendrá el patrimonio de la Administración General del Estado?. No, estará diferenciado. Si ya que se hace cargo de él mediante convenio. Patrimonio de la entidad. ¿Con qué se entrega toda la RFIG sin excepciones a ADIF?. Art. 34 RDL 4/2013. RDL 1/2004, 17 noviembre. LSF. Patrimonio de la entidad. ¿Qué marca el art 34 RDL4/2013?. Entrega de toda la RFIG sin excepciones a ADIF. Paso de GIF a ADIF. Inventario. ¿Debe estar actualizado?. Si. No. Inventario. ¿A qué fecha se debe actualizar?. 31 diciembre. 1 enero. 30 diciembre. Inventario. ¿Quién debe aprobarlo?. Consejo de Administración. Comité delegado. Presidente ADIF. Inventario. ¿Cuándo debe ser aprobado?. Primer trimestre del ejercicio siguiente. Primer semestre del ejercicio siguiente. Primera reunión ordinaria del ejercicio siguiente. Recursos del administrador de infraestructuras ferroviarias. ¿Cuáles son?. Recursos procedentes del endeudamiento. Donaciones. Obtenidos por realización de convenios. Cualquier otro ingreso previsto en la LSF. Recursos procedentes del deudamiento. Obtenidos por realización de programas. Cualquier otro ingreso previsto en el Estatuto. Recursos del administrador de infraestructuras ferroviarias. ¿Cuáles son?. Aportaciones patrimoniales del Estado. Gestión y explotación de su patrimonio. Ingresos obtenidos por la realización de convenios o contratos-programa. Tasas. Aportaciones patrimoniales del Ministerio de Fomento. Gestión y desarrollo de su patrimonio. Ingresos obtenidos por la no realización de convenios o contratos-programa. Recursos del administrador de infraestructuras ferroviarias. ¿Cuáles son?. Fondos comunitarios que le asignen. Cánones que perciba. Subvenciones de los Presupuestos Generales del Estado. Transferencias corrientes y de capital de la Administración General del Estado. Préstamos por parte del Estado. Fondos nacionales que le asignen. Subvenciones europeas. Transferencias corrientes y de capital de la Comunidad Económica Europea. Préstamos por parte Europa. Operaciones Financieras. ¿Qué tipo de operaciones puede hacer?. Todo tipo de operaciones financieras. Todo tipo de operaciones financieras excepto las pasivas de crédito. Operaciones financieras ¿Qué pueden usar para realizar las operaciones?. Obligaciones. Bonos. Pagarés. Cualquier otro pasivo financiero. Cualquier activo financiero. Patrimonio propio. Operaciones financieras. ¿A qué se ajustarán las operaciones activas y pasivas a corto plazo y de tesorería?. Al límite marcado por la empresa. Al límite marcado por el Ministerio de Fomento. Al límite marcado por el Ministerio de Economía y Hacienda. Programa de actuación plurianual. ¿Cada cuánto se hace?. Anualmente. Cada 2 años. Cada 5 años. Cada 4 años. Programa de actuación plurianual. ¿Sigue alguna pauta?. Las marcadas en la Ley General Presupuestaria. Las marcadas en el Estatuto de ADIF. Las marcadas en la LSF. Programa de actuación plurianual. ¿Quién lo aprueba?. Gobierno. Consejo de Administración. Ministerio de Fomento. Programa de actuación plurianual. ¿Quién lo envía?. Ministerio de Fomento se lo remite al Ministerio de Economía y Hacienda quién se lo manda al Gobierno. Ministerio de Economía y Hacienda se lo remite al Ministerio de Fomento quién se lo manda al Gobierno. Contabilidad. ¿Qué régimen contable tiene ADIF?. El marcado para las entidades públicas empresariales en la Ley General Presupuestaria. El marcado para las entidades públicas empresariales en la Ley de Administraciones Públicas. Contabilidad. ¿Dónde se marca el régimen contable que debe seguir ADIF?. Ley General Presupuestaria. Estatuto ADIF. LSF. Contabilidad. ¿Qué tipo de régimen contable tiene Adif?. Separado por actividades. Global. Contabilidad. ¿En cuántas actividades se separa la contabilidad?. Construcción. Administración (Separando la infraestructura propia e infraestructura encomendada (de terceros)). Prestación de servicios. Mantenimiento. Circulación. Seguridad. Control de eficacia. ¿Cómo se realiza?. Según lo marcado en el Régimen Jurídico del Sector Público. Según lo marcado en la LSF. Según lo marcado en el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas. Según lo marcado en el Estatuto de ADIF. Control de eficacia. ¿Según qué Ley se realiza?. Según lo marcado en la Ley 40/2015, 1 octubre Régimen Jurídico del Sector Público. Según lo marcado en la Ley 39/2003, 17 noviembre Ley Sector Ferroviario. Control de eficacia. ¿Quién lo realiza?. Ministerio de Fomento mediante la Secretaria General de Infraestructura. Ministerio de Economía y Hacienda mediante la Secretaria General de Infraestructura. Consejo de Administración mediante la Secretaria General de Infraestructura. Control de eficacia. ¿Qué ministerio lo realiza?. Ministerio de Fomento. Ministerio de Economía y Hacienda. Control de eficacia. ¿Qué departamento del Ministerio de Fomento lo realiza?. Secretaria General de Infraestructura. Subsecretaria General de Infraestructura. Control de eficacia ¿Quién fijará los cánones?. ADIF. Comisión Nacional de Mercados. Ministerio de Fomento. Ministerio de Economía y Hacienda. Control de eficacia ¿En qué se basará ADIF para fijar lo cánones?. LSF. Estatuto. Control Económico y financiero. ¿Quién lo ejerce?. Tribunal de cuentas. Comisión delegada. Consejo de Administración. Control Económico y financiero. ¿Qué tipo de control financiero se realiza?. Control financiero permanente. Control financiero anual. Control financiero mensual. Control Económico y financiero ¿En que se basa el control financiero permanente?. Ley General Presupuestaria. LSF. Estatuto. Control Económico y financiero ¿Cómo se realiza el control financiero permanente?. Mediante una Intervención Delegada en el organismo. Mediante una Comisión Delegada en el organismo. Control Económico y financiero. ¿Quién lo realiza?. Intervención General de la Administración. Intervención de la Administración. Elaboración del presupuesto. ¿Qué periocidad tiene?. Anual. Cada 2 años. Cada 6 meses. Cada 4 años. Elaboración del presupuesto. ¿Qué está basado en?. Ministerio de Economía y Hacienda. Ministerio de Fomento. Consejo de Administración. Presidente ADIF. Elaboración del presupuesto. ¿Quién debe aprobarlo?. Consejo de Administración. Presidente ADIF. Ministro de Fomento. Ministro Economía. Consejo de Ministros. Elaboración del presupuesto. ¿Qué se sigue para su elaboración?. Ley General Presupuestaria para entidades públicas empresariales. LSF. Estatuto ADIF. Variación del Presupuesto. ¿En qué se basa?. Ley General Presupuestaria para entidades públicas empresariales. LSF. Estatuto ADIF. Variación del presupuesto. ¿Quién debe aprobarlo?. Consejo de Administración. Presidente ADIF. Ministro de Fomento. Ministro Economía. Consejo de Ministros. Variación del presupuesto. ¿Siempre puede ser aprobado?. No, será aprobado siempre y cuando la cantidad global no sea aumentada y venga derivado de las necesidades del ejercicio. No, será aprobado siempre y cuando la cantidad global no sea disminuida y venga derivado de las necesidades del ejercicio. Si. Elaboración Presupuesto. Une. Periocidad. Se basa en lo dictado por. Aprobado por. Su realización se basa. Variación Presupuesto. Une. Basado en. Aprobado por. Qué no puede darse. Cuentas anuales. ¿Qué deben incorporar?. Propuesta de aplicación de resultados y un informe de gestión. Informe de resultados y propuesta de aplicación de los mismos. Propuesta de gestión y un informe de resultados. Cuentas anuales. ¿En qué se basan?. Ley General Presupuestaria. LSF. Estatuto ADIF. Cuentas anuales. ¿Quién las presenta?. Presidente. Consejo de Administración. Secretario. Cuentas anuales. ¿Quién las aprueba?. Presidente. Consejo de Administración. Ministerio de Fomento. Ministerio de Economía y Hacienda. Cuentas anuales. ¿Cuándo deben ser presentadas?. Primer trimestre del años siguiente. Primer semestre del año siguiente. Primer mes del año siguiente. Cuentas anuales. ¿Cuándo deben ser aprobadas como tarde?. Primer trimestre del años siguiente. Primer semestre del año siguiente. Primer mes del año siguiente. Une. Cuentas anuales. Deben de ir acompañadas. Basadas en. Quién presenta. Quién aprueba. Cuándo se presentan. Cuándo se aprueban. Aplicación de Resultados. ¿Quién decide qué hacer con el excedente?. Consejo de Administración. Presidente ADIF. Ministro de Fomento. Ministro de Economía y Hacienda. Aplicación de Resultados. ¿Qué se hará con el excedente?. Financiar inversiones y reducir endeudamiento. Si hay excedente: 20% fondo de necesidad de organización y operativas futuras. Resto excedente: Ingreso al Tesoro Público. Aplicación de Resultados. ¿Característica Fondo necesidad de organización?. Máximo un 10% de este fondo será del excedente de los resultados. Máximo un 20% de este fondo será del excedente de los resultados. Máximo un 30% de este fondo será del excedente de los resultados. Régimen tributario. ¿Cuál seguirá?. Propio de las entidades públicas empresariales. Marcado por LSF. Marcado por Estatuto. Marcado por Ministerio de Economía y Hacienda. |