EAG Competencias
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Título del Test:
![]() EAG Competencias Descripción: Compe tencias |



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Es competencia de la Comunidad Autónoma gallega el desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación del Estado en los términos que la misma establezca, de las siguientes materias: (señala incorrecta). Establecimientos farmacéuticos. Puertos pesqueros. Entidades cooperativas. Asistencia social. Es competencia de la Comunidad Autónoma gallega el desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación del Estado en los términos que la misma establezca, de las siguientes materias: (señala incorrecta). Régimen Jurídico de la Administración Pública de Galicia, y régimen estatutario de sus funcionarios. Expropiación forzosa, contratos y concesiones administrativas en el ámbito de las competencias propias de la Comunidad Autónoma. Régimen minero y energético. Ordenación del territorio y del litoral, urbanismo y vivienda. Es competencia de la Comunidad Autónoma gallega el desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación del Estado en los términos que la misma establezca, de las siguientes materias: (señala incorrecta). Puertos pesqueros. Ordenación del sector pesquero. Reserva al sector público de recursos o servicios esenciales, especialmente en caso de monopolio e intervención de empresas cuando lo exija el interés general. Cofradías de Pescadores, Cámaras de la Propiedad Agrarias, de Comercio, Industria y Navegación y otras de naturaleza equivalente, sin perjuicio de lo que dispone el artículo ciento cuarenta y nueve de la Constitución. Es competencia de la Comunidad Autónoma gallega el desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación del Estado en los términos que la misma establezca, de las siguientes materias: (señala incorrecta). Puertos pesqueros. Ordenación del sector pesquero. Reserva al sector público de recursos o servicios esenciales, especialmente en caso de monopolio e intervención de empresas cuando lo exija el interés general. La pesca en las rías y demás aguas interiores, el marisqueo, la acuicultura, la caza, la pesca fluvial y lacustre. Es competencia de la Comunidad Autónoma gallega el desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación del Estado en los términos que la misma establezca, de las siguientes materias: (señala incorrecta). Expropiación forzosa, contratos y concesiones administrativas en el ámbito de las competencias propias de la Comunidad Autónoma. Entidades cooperativas. Régimen minero y energético. Régimen jurídico de los montes vecinales en mano común. Corresponde a la Comunidad Autónoma gallega la ejecución de la legislación del Estado en las siguientes materias: (señala incorrecta). Laboral, asumiendo las facultades, competencias y servicios que en este ámbito, y a nivel de ejecución, ostenta actualmente el Estado respecto a las relaciones laborales, sin perjuicio de la alta inspección de éste. Quedan reservadas al Estado todas las competencias en materia de migraciones interiores y exteriores, fondos de ámbito nacional y de empleo, sin perjuicio de lo que establezcan las normas del Estado sobre estas materias. Propiedad industrial e intelectual. Régimen minero y energético. Salvamento marítimo. Corresponde a la Comunidad Autónoma gallega la ejecución de la legislación del Estado en las siguientes materias: (señala incorrecta). Vertidos industriales y contaminantes en las aguas territoriales del Estado correspondientes al litoral gallego. Propiedad industrial e intelectual. Reserva al sector público de recursos o servicios esenciales, especialmente en caso de monopolio e intervención de empresas cuando lo exija el interés general. Salvamento marítimo. Competencias de la Comunidad Autónoma que desarrolla legislativamente y ejecuta, siendo estas de la legislación del Estado: Régimen Jurídico de la Administración Pública de Galicia, y régimen estatutario de sus funcionarios. Expropiación forzosa, contratos y concesiones administrativas en el ámbito de las competencias propias de la Comunidad Autónoma. Régimen minero y energético. Reserva al sector público de recursos o servicios esenciales, especialmente en caso de monopolio e intervención de empresas cuando lo exija el interés general. Ordenación del sector pesquero. Puertos pesqueros. Entidades cooperativas. Establecimientos farmacéuticos. La promoción del deporte y la adecuada utilización del ocio. Los centros de contratación de mercancías y valores de conformidad con las normas generales de Derecho mercantil. Es competencia de la Comunidad Autónoma gallega el desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación del Estado en los términos que la misma establezca, de las siguientes materias: (señala incorrecta). Régimen Jurídico de la Administración Pública de Galicia, y régimen estatutario de sus funcionarios. Expropiación forzosa, contratos y concesiones administrativas en el ámbito de las competencias propias de la Comunidad Autónoma. Régimen minero y energético. Normas adicionales sobre protección del medio ambiente y del paisaje en los términos del artículo ciento cuarenta y nueve, uno, veintitrés. Competencias de la Comunidad Autónoma que ejecuta, siendo estas de la legislación del Estado: Régimen Jurídico de la Administración Pública de Galicia, y régimen estatutario de sus funcionarios. Expropiación forzosa, contratos y concesiones administrativas en el ámbito de las competencias propias de la Comunidad Autónoma. Régimen minero y energético. Reserva al sector público de recursos o servicios esenciales, especialmente en caso de monopolio e intervención de empresas cuando lo exija el interés general. Vertidos industriales y contaminantes en las aguas territoriales del Estado correspondientes al litoral gallego. Puertos pesqueros. Entidades cooperativas. Salvamento marítimo. Propiedad industrial e intelectual. Laboral, asumiendo las facultades, competencias y servicios que en este ámbito, y a nivel de ejecución, ostenta actualmente el Estado respecto a las relaciones laborales, sin perjuicio de la alta inspección de éste. Quedan reservadas al Estado todas las competencias en materia de migraciones interiores y exteriores, fondos de ámbito nacional y de empleo, sin perjuicio de lo que establezcan las normas del Estado sobre estas materias. Corresponde a la Comunidad Autónoma gallega la competencia exclusiva de las siguientes materias: (señala incorrecta). Agricultura y ganadería. Propiedad industrial e intelectual. Industria, sin perjuicio de lo que determinen las normas del Estado por razones de seguridad, sanitarias o de interés militar y las normas relacionadas con las industrias que estén sujetas a la legislación de minas, hidrocarburos y energía nuclear. Queda reservada a la competencia exclusiva del Estado la autorización para transferencia de tecnología extranjera. Instituciones de crédito corporativo, público y territorial y Cajas de Ahorro. |





