Historia del delito y del castigo en la Edad contemporánea
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Título del Test:
![]() Historia del delito y del castigo en la Edad contemporánea Descripción: Examen Junio 2022 |



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"Visita de la cárcel y de los presos", escrita por Tomás Cerdán de Tallada en 1574, es: Un tratado sobre el régimen de visitas a los presos en la España del siglo XV. La crónica de un viaje del autor, que visita varias cárceles españolas. Una descripción de la cárcel de la Audiencia de Valencia y una reflexión sobre el derecho penitenciario de le época. La crónica que hizo el autor de su estancia en prisión, tras ser condenado por apropiación de caudales públicos. El programa ilustrado y reformista sobre la legislación criminal defendía que la relación entre el delito y la pena debía ser: Adecuada a los preceptos de la doctrina nominalista. Asintomática. Proporcional. Desproporcionada, para proteger el Estado y la sociedad. ¿Qué se pretendía con la Codificación del Derecho?. Una nueva formulación del Derecho, manteniendo su contenido. Reformar su contenido, manteniendo su presentación formal. Reformar el contenido y la forma de Derecho. Adaptar al derecho a los cánones de la Iglesia siguiendo los preceptos de la bula Progressus modum translitterandi. ¿Cómo contribuyeron los Códigos a la secularización del Derecho Penal?. Despenalizando algunas conductas relacionadas con la religión. Despenalizando el adulterio. Introduciendo nuevos delitos en la Parte Especial. Castigando más severamente algunos delitos, especialmente contra la religión y autoridades religiosas. El Código Penal de 1850 se elaboró por: Un reducido y homogéneo equipo de juristas adscritos al Partido Progresista. Los Colegios de Abogados de Madrid y Barcelona. La Secretaría general del Ministerio de Justicia. El gobierno a golpe de decreto, sin informes externos. Durante la Dictadura de Primo de Rivera: No se publicó ningún nuevo código penal. Se publicaron dos nuevos códigos penales. Se publicó por Real Decreto un nuevo código penal en 1928. Solo se publicó la Parte Especial de un nuevo código penal, debido a la dimisión del dictador en 1930. El Reglamento penitenciario de 1844 introduce una novedosa regulación sobre el trabajo manufacturero y beneficios penitenciarios basados en: La filosofía hegeliana. Los postulados de la escuela penitencialista de Moscú. El "régimen progresivo" ensayado por Montesinos en el presidio de Valencia. El sistema penitenciario londinense implantado por Jeremy Bentham. La puesta en marcha de la Cárcel-Modelo de Madrid en 1884 estableció: Los permisos de fin de semana y fiestas importantes. La libertad condicional. Los talleres de capacitación industrial. El régimen progresivo en tres períodos. ¿Cuál de las siguientes mejoras no fue implantada por Victoria Kent, Directora General de Prisiones durante la II república?. El acceso al trabajo en el exterior. El fin de la influencia religiosa en las prisiones. El establecimiento de la libertad de cultos. La mejora en alojamiento y alimentación. El Código de Justicia Militar de 1945: Refundió los anteriores códigos procedentes de la Dictadura de Primo de Rivera y de la República. Se dividió en tres tomos separados correspondientes a los Ejércitos de Tierra, Mar y Aire. Unificó la legislación castrense, que estaba dividida según la clase de Ejército, además de otras leyes especiales. Unificó la legislación castrense con la civil. La denominada "minirreforma" socialista del bienio 1982-1983: Suprimió la redención de penas por el trabajo. Estableció el delito de conducción sin permiso. Suprimió los efectos agravatorios de la multirreincidencia. Estableció la inscripción perpetua de los antecedentes penales. Los Ficheros de Internos en Especial Seguimiento (FIES) se crearon en 1991 como: Una clasificación establecida por los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria para el mejor control de los presos en libertad condicional. Una base de datos de carácter administrativo para el seguimiento y control de determinados colectivos de reclusos especialmente peligrosos. Un sistema de vigilancia policial post-penitenciaria para delincuentes que hubiesen causado una especial alarma social. Una base de datos de carácter administrativo para el seguimiento y control de los permisos de salida de los presos. La llamada "ley de jurisdicciones" 1906 sometió a la jurisdicción militar: Los piropos y requiebros proferidos a las esposas e hijas de militares. Las ofensas, orales y escritas, contra la unidad de la patria, la bandera y el honor del ejército. Todos los delitos cometidos por y contra militares en el Protectorado de Marruecos. Cualquier delito civil o criminal cometido por cualquier persona en un establecimiento militar. En el siglo XIX los Consejos de Guerra: Estaban constituidos por letrados del ejército. Se constituían de acuerdo con las necesidades de cada momento. Eran órganos judiciales permanentes. Se instituyeron en España en 1812, por influencia del ejército invasor francés. ¿Quiénes fueron los denominados falsos conversos?. Los judíos convertidos y bautizados, que practicaban en secreto sus propios ritos. Los cristianos que practicaban en secreto ritos heréticos. Los moriscos, que practicaban en secreto sus propios ritos. Los albigenses. El Liber Iodicirum o Fuero Juzgo: No sigue la tradición jurídico-romana en la consideración del homicidio. Sigue claramente la construcción jurídico-romana y considera voluntad de matar como elemento cualificado de este delito. Considera homicidio únicamente el matar por mandato. Mantiene que el que mata de forma causal merece pena de deportación con carácter vitalicio. La difusión del garrote desde comienzos del siglo XIX se justificó por: Su espectacularidad en el momento de su aplicación, acorde con su carácter público y ejemplarizante. Su facilidad de uso, la ausencia de sangre y el menor sufrimiento del reo. La influencia prusiana en la disciplina militar. La ausencia de buenos verdugos que supieran ahorcar o descabezar adecuadamente a un condenado. La primera ley que expresamente permitía la intervención de la justicia militar en delitos políticos se promulgó: En 1809, durante la ocupación napoleónica. En 1821, durante el Trienio Liberal. En 1828, durante la Década Ominosa. En 1835, durante la 1.ª Guerra Carlista. La impulsora de las casas-galera para la corrección de las mujeres en el Antiguo Régimen fue: Santa Teresa de Jesús. Sor Magdalena de San Jerónimo. La reina Mariana de Austria-Hungría. Sor Belén Salvadora de Ubrique. Durante el siglo XIX la actitud de la Iglesia española respecto al duelo fue: Muy tolerante. Al fin y al cabo era un asunto privado, arraigado en la sociedad y cuyo resultado podía considerarse un "juicio de Dios". Dubitativa. Por un lado se consideraba contraria al Derecho canónico, pero por otro se consideraba un "juicio de Dios". Muy combativa, sucediéndose las pastorales y los sermones en su contra. Activa y participativa, como lo demuestran los hechos del exiliado francés René d'Herblay, obispo de Vannes. Pregunta de reserva: El Código de Justicia Militar de 1945 estableció el procedimiento sumarísimo, según el cual: Lo importante es juzgar al acusado en un plazo brevísimo, aunque la emisión de condena y la ejecución de la sentencia se puedan dilatar meses. Lo importante es juzgar al acusado y emitir la condena en un plazo brevísimo, aunque la ejecución de la sentencia se pueda dilatar meses. Se juzga al acusado, se emite la condena y se ejecuta la sentencia en un plazo brevísimo, incluso de horas. El acusad0 dispone de un plazo cautelar de tres semanas para encontrar un abogado defensor y de otras tres para apelar la sentencia si le es desfavorable. Pregunta de reserva: Cuando la Inquisición condenaba a pena de muerte a los herejes no arrepentidos, la sentencia era ejecutada por: Las autoridades civiles, a quienes el tribunal inquisitorial relajaba o entregaba al reo. Los tribunales militares. Los alcaldes del Honrado Concejo de la Mesta. El verdugo de la Inquisición. |





