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Educación integral en Sexualidad y género

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Título del Test:
Educación integral en Sexualidad y género

Descripción:
Carta de los derechos sexuales y reproductivos

Fecha de Creación: 2024/09/24

Categoría: Otros

Número Preguntas: 13

Valoración:(3)
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Está fundamentada en el marco jurídico mexicano vigente a la fecha de su publicación. Desde su prime- ra edición en 2001, como resultado del “Foro Nacional de Jóvenes por los Derechos Sexuales” convocado por el Instituto Mexicano de la Juventud y que continuó con el impulso de la sociedad civil y el aval de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Cartilla de los derechos sexuales en adolescentes y jóvenes. Cartilla de los derechos sexuales y reproductivos. Cartilla de los derechos en adolescentes del país.

Es una dimensión central del ser humano que está pre- sente en todas las etapas de la vida. El disfrute pleno de nuestra se- xualidad y el placer son fundamentales para nuestra salud y bienes- tar físico, mental y social. salud. sexualidad. personalidad.

La libertad y la autonomía son derechos esenciales reconocidos constitucionalmente como fundamentales y que pueden hacer referencia a las condiciones indispensables de toda persona. Tenemos derechos a decidir de forma libre autónoma e informada sobre nuestro cuerpo y nuestra sexualidad. Tenemos autónoma e informada sobre nuestro cuerpo y nuestra sexualidad.

El estado debe garantizar que el ejercicio de este derecho sea libre de presiones discriminación inducción al remordimiento o castigo por ejercer o no actividades relacionadas con el conocimiento exploración y disfrute de nuestro cuerpo y de nuestra sexualidad. tenemos derecho a ejercer y disfrutar plenamente de nuestra sexualidad. tenemos derecho a ejercer y disfrutar plenamente de nuestra sexualidad para ejercer la igualdad.

Es un procedimiento para terminar un embarazo que es llevado a cabo por personas capacitadas, con métodos recomendados por instancias oficiales como la Organización Mundial de la Salud (OMS) y en un entorno que cuenta con es- tándares sanitarios adecuados. aborto seguro. legrado.

Hace referencia al ejercicio político del cuerpo; a la toma de decisiones autóno- mas sobre nuestros cuerpos y nuestra sexualidad como garantía de acceso a todos nuestros derechos humanos. ciudadania. poblacion. adolescente.

Es toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con in- tención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o re- sultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades de los siguientes motivos: el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embara- zo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación po- lítica, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idio- ma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo. desigualdad. discriminación. disparidad.

Es un principio reconocido en la “Convención sobre los Derechos del Niño” (sic) que se refiere al desarrollo progresivo de facultades cognitivas, físicas, sociales, emocionales y morales. A medida que niños, niñas y adolescentes adquieren competencias cada vez mayores, disminuye su necesidad de dirección y orientación y aumenta su capacidad de asumir responsabilidades, tomando las decisiones que afectan sus vidas. facultad. Facultades de evolución. derechos de la niñez.

Esta conformada por la identidad de género, la orientación sexual y la identidad política. La identidad de género es el género con el que la persona se siente identificada, incluyendo si no se siente identificada con ningún género (femenino, masculino o trans). identidad. sexualidad en igualdad. identidad sexual.

Es una condición indispensable para el respeto a la individualidad y libertad de las personas porque se basa en una ética incluyente, no discrimina- toria, ni hegemónica. En consecuencia, es un carácter laico del Estado, siendo la condición imprescindible para la protección de los derechos humanos y para el pleno ejercicio de la ciudadanía de las mujeres y jóvenes. laicidad. educación.

Es un principio del Derecho, universalmente reconocido, que se basa en la «certeza del derecho» que tiene el individuo de modo que su situa- ción jurídica no será modificada más que por procedimientos regulares y conduc- tos legales establecidos, previa y debidamente publicados, en el ámbito del poder político, jurídico y legislativo. Juridica. seguridad jurídica.

Es nuestro derecho incidir en cualquier iniciativa de ley, plan o programa público que involucre los derechos sexuales, así como en la asignación y ejecución del presupuesto público. Tenemos derecho a expresarnos, manifestarnos y aso- ciarnos con otras personas adolescentes y/o jóvenes para dialogar, crear y proponer acciones positivas que contri- buyan a nuestra salud y bienestar. Tenemos derecho a la identidad sexual,. Tenemos derecho a la participación en las políticas públicas sobre sexualidad y reproducción,. Tenemos derecho a la información actualizada, veraz, com- pleta, científica y laica sobre sexualidad.

El Estado debe garantizar que nuestra identidad sea re- conocida en los documentos legales como elemento fun- damental para contribuir activamente a la comunidad y construir ciudadanía. tenemos derecho a la identidad sexual. Tenemos derecho a la participación en las políticas públicas sobre sexualidad y reproducción,.

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