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EFD/335/2025 fijación de límites gastos y delegacion de competencias - 3

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Título del Test:
EFD/335/2025 fijación de límites gastos y delegacion de competencias - 3

Descripción:
EFD/335/2025 fijación de límites gastos y delegacion de competencias - 3

Fecha de Creación: 2026/01/07

Categoría: Otros

Número Preguntas: 28

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Las personas titulares de la Secretaría de Estado de Educación, la Secretaría General de Formación Profesional y la Subsecretaría del departamento, ejercerán cada una, en su ámbito respectivo, las competencias para administrar los créditos para gastos de los presupuestos del Ministerio, aprobar y comprometer los gastos con cargo a aquellos créditos, y reconocer las obligaciones económicas y proponer su pago en el marco del plan de disposición de fondos del Tesoro Público, hasta el límite de: 10.000.000 de euros. 6.000.000 de euros. 12.000.000 de euros. 30.000.000 de euros.

Señale la FALSA. Ejercerán, por delegación de la persona titular de la Secretaría de Estado de Educación, las facultades de contratación hasta el límite de los contratos menores y para los contratos de servicios y suministros hasta el límite de los contratos sujetos a regulación armonizada, así como las cesiones de explotación que hayan de celebrarse en el país o países en los que estén acreditados: Las personas titulares de las Consejerías de Educación en el exterior. Las personas titulares de la dirección del Colegio Español María Moliner de Andorra. Las personas titulares de la Dirección del Programa en Guinea Ecuatorial. Las personas titulares de la Dirección del Centro Cultural Educativo «Reyes Católicos» de Bogotá.

Las personas titulares de las Consejerías de Educación en el exterior, de la Dirección del Programa en Guinea Ecuatorial y de la Dirección del Centro Cultural Educativo «Reyes Católicos» de Bogotá ejercerán, por delegación de la persona titular de la Secretaría de Estado de Educación, las facultades de: contratación hasta el límite de los contratos menores y para los contratos de servicios y suministros hasta el límite de 200.000 euros, así como las cesiones de explotación que hayan de celebrarse en el país o países en los que estén acreditados. contratación hasta el límite de 200.000 euros y para los contratos de servicios y suministros hasta el límite de los contratos menores, así como las cesiones de explotación que hayan de celebrarse en el país o países en los que estén acreditados. contratación hasta el límite de 200.000 euros y para los contratos de servicios y suministros hasta el límite de 600.000 euros, así como las cesiones de explotación que hayan de celebrarse en el país o países en los que estén acreditados. contratación hasta el límite de los contratos menores y para los contratos de servicios y suministros hasta el límite de los contratos sujetos a regulación armonizada, así como las cesiones de explotación que hayan de celebrarse en el país o países en los que estén acreditados.

Las personas titulares de las Consejerías de Educación en el exterior, de la Dirección del Programa en Guinea Ecuatorial y el Agregado de Educación en la Federación de Rusia ejercerán, por delegación de la persona titular de la Secretaría de Estado de Educación, la competencia de: suscripción de acuerdos y convenios de colaboración, así como encomiendas de gestión y encargos a medios propios, en aplicación de un convenio marco y previa autorización de la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa. suscripción de acuerdos internacionales no normativos (memorandos de entendimiento), en su ámbito de actuación, previo informe favorable de la Unidad de Acción Educativa Exterior. suscripción de acuerdos internacionales no normativos (memorandos de entendimiento) , en su ámbito de actuación, previo informe favorable del Ministro de Asuntos Exteriores. suscripción de acuerdos y convenios de colaboración, así como encomiendas de gestión y encargos a medios propios, en aplicación de un convenio marco y previa autorización de la Unidad de Acción Educativa Exterior.

Señale la FALSA. Ejercerán, por delegación de la persona titular de la Secretaría de Estado de Educación, la competencia de suscripción de acuerdos internacionales no normativos (memorandos de entendimiento), en su ámbito de actuación, previo informe favorable de la Unidad de Acción Educativa Exterior: Las personas titulares de la Dirección del Centro Cultural Educativo «Reyes Católicos» de Bogotá. Las personas titulares de las Consejerías de Educación en el exterior. Las personas titulares de la Dirección del Programa en Guinea Ecuatorial. El Agregado de Educación en la Federación de Rusia.

Las personas titulares de las Direcciones Generales de la Secretaría de Estado de Educación ejercerán por delegación de la persona titular de la Secretaría de Estado de Educación, en su ámbito respectivo, las facultades relativas a las transferencias, premios, becas, subvenciones y ayudas públicas y contribuciones o aportaciones en su ámbito respectivo de gestión, con excepción de las relativas al ámbito del servicio presupuestario de la Secretaría de Estado de Educación, respecto a los créditos del servicio presupuestario de cada uno, incluida la resolución y con excepción de la convocatoria, hasta el límite de: 6.000.000 euros. 12.000.000 euros. 200.000 euros. 600.000 euros.

Señale la FALSA. La persona titular de la Unidad de Acción Educativa Exterior tiene, entre sus competencias, la aprobación de las indemnizaciones por traslado de residencia así como la designación de comisiones de servicio con derecho a indemnización de: los Consejeros de Educación en el exterior. los Directores de Programa en el exterior. los Asesores Técnicos no adscritos a ninguna Consejería y el personal adscrito a las Consejerías cuando deban desplazarse fuera del país o países de acreditación de los correspondientes Consejeros. los Agregados no adscritos a ninguna Consejería.

Señale la FALSA. La persona titular de la Unidad de Acción Educativa Exterior ejercerá, por delegación de la persona titular de la Secretaría de Estado de Educación: Las facultades de contratación, respecto de los créditos que gestione, que no correspondan a otros órganos o unidades de la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa y que no se encuentren comprendidos en el ámbito de la Junta de Contratación del Ministerio. Las facultades de contratación de los contratos no menores que se gestionen por el sistema de anticipo de caja fija. La aprobación y compromiso de gasto, el reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago, así como la aprobación de los documentos contables correspondientes, vinculados a los expedientes de contratación cuyas competencias le hayan sido delegadas. La aprobación y compromiso de gasto correspondientes a los expedientes de contratación que, por razón de la materia, correspondan a la Unidad de Acción Educativa Exterior, cuando las facultades de contratación se encuentren comprendidas en el ámbito de la Junta de Contratación del Ministerio.

Señale la FALSA. Las personas titulares de las Consejerías de Educación en el exterior, de la Dirección de Programas en el exterior no dependientes de una Consejería, de la Dirección de Programa de Guinea Ecuatorial y de la Dirección del Centro Cultural Educativo «Reyes Católicos» de Bogotá, las competencias siguientes: La designación de comisiones de servicio con derecho a indemnización del personal adscrito a la Consejería o Dirección de Programa correspondiente cuyas comisiones de servicios hayan de realizarse en el ámbito territorial de su acreditación respectiva, así como de las personas no dependientes del Ministerio que deban participar en programas o actividades de cualquier tipo de estas unidades. La aprobación de las indemnizaciones por asistencia a órganos de selección respecto del ámbito de gestión y de competencia de cada una de estas unidades. La aprobación de las indemnizaciones por desplazamientos dentro del término municipal por razón del servicio del personal adscrito a la Consejería o dirección de Programa correspondiente. La aprobación del gasto, así como dar la orden interna del pago material al Cajero Pagador respecto de los fondos asignados en los pagos realizados por los sistemas de anticipos de caja fija y de pagos a justificar, en los términos de las respectivas órdenes ministeriales en esta materia.

La persona titular de la Unidad de Acción Educativa Exterior ejercerá, respecto a los créditos atribuidos, las competencias de la expedición de las órdenes de pago a justificar, incluida la aprobación y compromiso de gasto, el reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago correspondientes a los libramientos a las Consejerías de Educación en el exterior, por delegación de: la persona titular de la Secretaría de Estado de Educación. la persona titular del Ministerio de Educación. la persona titular de la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa. la persona titular de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial.

Por delegación de la persona titular de la Secretaría de Estado de Educación, las competencias de la aprobación del gasto, así como dar la orden interna del pago material al Cajero Pagador, respecto de los fondos asignados, en los pagos realizados por los sistemas de anticipos de caja fija y de pagos a justificar en los términos de las respectivas órdenes ministeriales en esta materia, corresponden a: Las personas titulares de las Consejerías de Educación en el exterior, de la Dirección del Programa en Guinea Ecuatorial y de la Dirección del Centro Cultural Educativo «Reyes Católicos» de Bogotá. Las personas titulares de las Direcciones Provinciales de Ceuta y Melilla, de las Consejerías de Educación en el exterior, de la Dirección del Programa en Guinea Ecuatorial y de la Dirección del Centro Cultural Educativo «Reyes Católicos» de Bogotá. Las personas titulares de las Direcciones Provinciales de Ceuta y Melilla, de las Consejerías de Educación en el exterior, de la Dirección del Programa en Guinea Ecuatorial y de Turquía y de la Dirección del Centro Cultural Educativo «Reyes Católicos» de Bogotá. Las personas titulares de las Direcciones Provinciales de Ceuta y Melilla, de las Consejerías de Educación en el exterior, de la Dirección del Programa en Guinea Ecuatorial y de Turquía y de la Dirección del Centro Cultural Educativo «Reyes Católicos» de Bogotá y el Agregado de Educación en la Federación de Rusia.

Los directores de los centros docentes públicos del ámbito de gestión del Ministerio de Educación y Formación Profesional y Deportes ejercerán, por delegación de la persona titular del Ministerio y de la persona titular de la Secretaría de Estado de Educación, las siguientes competencias: Las facultades de contratación para los contratos no menores en el marco de las normas de autonomía de gestión económica de los centros docentes públicos no universitarios. La celebración de convenios de colaboración en materia de formación de alumnos en centros de trabajo y actividades extraescolares y complementarias, sin autorización de la Dirección General correspondiente. La gestión de ingresos en su ámbito. La autorización de asistencia a cursos de formación y perfeccionamiento por parte del personal docente que ejerce en niveles educativos no universitarios.

Las personas titulares de las Consejerías de Educación en el exterior, de la Dirección del Programa en Guinea Ecuatorial y de la Dirección del Centro Cultural Educativo «Reyes Católicos» de Bogotá ejercerán, por delegación de la persona titular del Ministerio, las competencias en materia de gestión patrimonial relativas a: la fijación o modificación de los precios de venta al público de las publicaciones del Ministerio. la gestión de ingresos en su ámbito. la enajenación de material inventariable en estado inservible de las dependencias administrativas y centros docentes de su ámbito territorial así como las relativas a la gestión de ingresos que les correspondan. la resolución de los recursos contra actos dictados por la propia persona titular.

La apertura y funcionamiento de centros docentes privados, la suscripción de convenios con carácter previo al acceso al régimen de conciertos y la modificación de los conciertos educativos son competencias, por delegación de la persona titular del Ministerio, de: Las personas titulares de la Secretaría de Estado de Educación y de la Secretaría General de Formación Profesional. Las personas titulares de la Secretaría de Estado de Educación y de la Subsecretaría de Estado de Educación. Las personas titulares de la Secretaría de Estado de Educación y del Consejo Superior de Deportes. Las personas titulares de la Subsecretaría de Estado de Educación y de la Secretaría General de Formación Profesional.

Señale la FALSA. La persona titular de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial ejercerá, por delegación de la persona titular del Ministerio, las competencias siguientes en materia de enseñanzas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo: La resolución de situaciones irregulares incidentales en los expedientes académicos de los alumnos de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, enseñanzas deportivas y enseñanzas de idiomas de régimen especial, en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. La resolución de los procedimientos de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros no universitarios, en su ámbito. La resolución de las equivalencias a efectos laborales de diversos estudios con los títulos de Graduado Escolar, Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y Bachiller. La resolución de los procedimientos sobre reconocimiento profesional de títulos no universitarios de Estados Miembros de la Unión Europea en aplicación de Directivas sobre reconocimiento de títulos, en relación con las profesiones del ámbito del Ministerio.

¿Quién ejercerá, por delegación de la persona titular del Ministerio, la competencia de resolución de las equivalencias a efectos laborales de diversos estudios con los títulos de Graduado Escolar, Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y Bachiller, de acuerdo con lo previsto en materia de enseñanzas reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo?. La persona titular de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial. La persona titular de la Unidad de Acción Educativa en el Exterior. La persona titular de la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa. La persona titular de la Subdirección General de Ordenación Académica.

¿Quién ejercerá, por delegación de la persona titular del Ministerio, la autorización de enseñanzas y programas que se impartan en los centros docentes públicos gestionados por la Dirección General y sin perjuicio de las competencias de la Secretaría General de Formación Profesional, así como la modificación y transformación de los centros docentes públicos?. La persona titular de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial. La persona titular de la Unidad de Acción Educativa en el Exterior. La persona titular de la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa. La persona titular de la Subdirección General de Ordenación Académica.

¿Quién ejercerá el acuerdo de nombramiento y cese de los órganos de gobierno unipersonales de los centros docentes no universitarios en el exterior?. La persona titular de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, a propuesta de la persona titular de la Unidad de Acción Educativa Exterior. La persona titular de la Subdirección General de Personal, a propuesta de la persona titular de la Unidad de Acción Educativa Exterior. La persona titular de la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa, a propuesta de la persona titular de la Unidad de Acción Educativa Exterior. La persona titular de la Subdirección General de Ordenación Académica, a propuesta de la persona titular de la Unidad de Acción Educativa Exterior.

¿Quién ejercerá la competencia del reconocimiento de trienios a los funcionarios interinos que presten servicios en centros docentes no universitarios en el exterior, así como del nombramiento de los funcionarios interinos destinados a puestos docentes no universitarios de la administración educativa en el exterior?. La persona titular de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, a propuesta de la persona titular de la Unidad de Acción Educativa Exterior. La persona titular de la Subdirección General de Personal, a propuesta de la persona titular de la Unidad de Acción Educativa Exterior. La persona titular de la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa, a propuesta de la persona titular de la Unidad de Acción Educativa Exterior. La persona titular de la Subdirección General de Personal.

¿Quién ejercerá la competencia de la concesión de permisos y licencias, así como la formalización de los actos de toma de posesión y cese?. La persona titular de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial. La persona titular de la Subdirección General de Personal. La persona titular de la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa. La persona titular de la Subdirección General de Ordenación Académica.

¿Quién ejercerá por delegación de la persona titular de la Subsecretaría la competencia de concesión de vacaciones y permisos por asuntos particulares de los Consejeros, Agregados, Secretarios Generales y Directores de Programas Educativos en el exterior y los Asesores Técnicos no adscritos a ninguna Consejería?. La persona titular de la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa. La persona titular de la Subdirección General de Personal, a propuesta de la persona titular de la Unidad de Acción Educativa Exterior. La persona titular de la Unidad de Acción Educativa Exterior. La persona titular de la Subdirección General de Personal.

¿A quién compete la concesión de vacaciones, permisos y licencias, del personal funcionario destinado en su ámbito territorial, excepto para los Agregados y Secretarios Generales?. Las personas titulares de las Consejerías de Educación en el exterior. La persona titular de la Subdirección General de Personal, a propuesta de la persona titular de la Unidad de Acción Educativa Exterior. La persona titular de la Unidad de Acción Educativa Exterior. Las personas titulares de las Consejerías de Educación en el exterior, las Direcciones de Programa en el exterior no dependientes de una Consejería y la Dirección de Programa de Guinea Ecuatorial ejercerán, por delegación de la persona titular de la Subsecretaría.

Señale la FALSA. Las personas titulares de las Consejerías de Educación en el exterior, las Direcciones de Programa en el exterior no dependientes de una Consejería y la Dirección de Programa de Guinea Ecuatorial ejercerán, por delegación de la persona titular de la Subsecretaría, las competencias siguientes: La convocatoria para la formación de las listas de aspirantes a cubrir puestos docentes no universitarios en régimen de interinidad, previa autorización de la Subdirección General de Personal, así como las actuaciones derivadas para su selección, con excepción de su nombramiento. La autorización de asistencia a cursos de formación y perfeccionamiento por parte del personal docente que ejerce en niveles educativos no universitarios. La declaración de jubilación en sus distintas modalidades. La imposición de sanciones leves, sin perjuicio de su comunicación a los órganos del Ministerio y de la Representación Diplomática, así como la resolución de los procedimientos de deducción de haberes por incumplimiento de la jornada laboral.

En materia de personal laboral destinado en su ámbito territorial, ¿a quién le corresponde la competencia de la gestión y administración de dicho personal salvo el reconocimiento de servicios previos y la contratación de personal?. La persona titular de la Consejería de Educación en el Exterior, a propuesta de la persona titular de la dirección del centro, sin perjuicio de su comunicación al Servicio de Inspección Educativa. La persona titular de la dirección del centro educativo, sin perjuicio de su comunicación a la Unidad de Acción Educativa Exterior y al Servicio de Inspección Educativa. La persona titular de la Unidad de Acción Educativa Exterior, a propuesta de la Subdirección General de Personal. Las personas titulares de las Consejerías de Educación en el exterior, las Direcciones de Programa en el exterior no dependientes de una Consejería y la Dirección de Programa de Guinea Ecuatorial ejercerán, por delegación de la persona titular de la Subsecretaría.

¿Quien ejercerá, por delegación de la persona titular de la Secretaría de Estado de Educación del Ministerio, la distribución de créditos para los servicios de transporte y comedor escolar?. Las personas titulares de las Consejerías de Educación en el exterior. La persona titular de la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa. La persona titular de la Unidad de Acción Educativa Exterior. La persona titular de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial.

¿Quien ejercerá, por delegación de la persona titular de la Secretaría de Estado de Educación, la aprobación y compromiso de gasto, el reconocimiento de la obligación y la propuesta de pago, así como la aprobación de los documentos contables correspondientes, referidos a los libramientos a los centros de titularidad del Estado español en el exterior por los créditos que gestionen?. Las personas titulares de las Consejerías de Educación en el exterior. La persona titular de la Dirección General de Planificación y Gestión Educativa. La persona titular de la Unidad de Acción Educativa Exterior. La persona titular de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial.

Las personas titulares de la Dirección de los centros docentes públicos del ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes ejercerán, por delegación de la persona titular del Ministerio o de la Secretaría de Estado de Educación, según corresponda: las facultades de contratación para los contratos no menores en el marco de las normas de autonomía de gestión económica de los centros docentes públicos no universitarios. las facultades de contratación para los contratos menores en el marco de las normas de autonomía de gestión económica de los centros docentes públicos no universitarios. la autorización de asistencia a cursos de formación y perfeccionamiento por parte del personal docente que ejerce en niveles educativos no universitarios. la gestión de ingresos en su ámbito.

Las personas titulares de la Dirección de los centros docentes públicos del ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes ejercerán, por delegación de la persona titular del Ministerio y de la persona titular de la Secretaría de Estado de Educación, según corresponda: las facultades de contratación para los contratos no menores en el marco de las normas de autonomía de gestión económica de los centros docentes públicos no universitarios. la suscripción de acuerdos internacionales no normativos (memorandos de entendimiento), en su ámbito de actuación, previo informe favorable de la Unidad de Acción Educativa Exterior. la celebración de convenios de colaboración en materia de realización del periodo dual de formación en empresa u organismo equiparado y actividades extraescolares y complementarias, previamente autorizados por el órgano directivo correspondiente. la gestión de ingresos en su ámbito.

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