ELGOIBAR 39/2015 TITULO 5
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Título del Test:
![]() ELGOIBAR 39/2015 TITULO 5 Descripción: TITULO 5 |



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La revisión de oficio permite: Modificar cualquier acto libremente. Declarar la nulidad de actos administrativos. Solo revisar actos favorables. Solo revisar sanciones. ¿Qué actos pueden revisarse de oficio por nulidad?. Actos anulables. Actos firmes en vía administrativa nulos de pleno derecho. Solo actos recurridos. Todos los actos. La declaración de nulidad de pleno derecho requiere: Informe del Consejo de Ministros. Dictamen favorable del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente. Autorización judicial. Solicitud del interesado. ¿Qué es la declaración de lesividad?. La anulación de actos nulos. La revisión de actos favorables anulables. La ejecución forzosa. Un recurso administrativo. El plazo para declarar la lesividad es de: 6 meses. 1 año. 4 años. No tiene plazo. La revocación de actos administrativos: Está prohibida. Solo se aplica a actos nulos. Permite dejar sin efecto actos desfavorables o de gravamen. Solo la puede hacer un juez. ¿Qué recurso se interpone contra actos que no ponen fin a la vía administrativa?. Recurso de reposición. Recurso de alzada. Recurso extraordinario de revisión. Recurso contencioso. El plazo general para interponer recurso de alzada es: 10 días. 15 días. 1 mes. 3 meses. El recurso potestativo de reposición se interpone: Siempre obligatoriamente. Antes del recurso de alzada. Contra actos que ponen fin a la vía administrativa. Solo ante tribunales. El recurso extraordinario de revisión procede cuando: Se discrepa de la resolución. Existen errores de hecho o aparecen documentos nuevos relevantes. Ha pasado el plazo de alzada. Siempre que lo pida el interesado. |




