ELGOIBAR Haciendas locales
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Título del Test:
![]() ELGOIBAR Haciendas locales Descripción: Norma foral 11/1989 |



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¿Cuál de los siguientes NO es un recurso de las Haciendas Locales?. Tributos propios. Participación en tributos del Estado. Subvenciones. Multas penales impuestas por jueces. Los recursos de las Haciendas Locales se clasifican en: Ordinarios y extraordinarios. Tributarios y no tributarios. Públicos y privados. Directos e indirectos exclusivamente. Las operaciones de crédito forman parte de: Tributos propios. Recursos financieros de carácter extraordinario. Tasas. Precios públicos. ¿Cuál de los siguientes es un recurso tributario?. Subvenciones. Contribuciones especiales. Enajenación de bienes. Operaciones de crédito. Los impuestos se caracterizan por: Requerir una contraprestación directa. No tener hecho imponible. No exigir contraprestación directa. Ser voluntarios. ¿Cuál de estos es un impuesto municipal típico?. Tasa por recogida de basuras. Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Precio público por piscina. Subvención autonómica. Los impuestos municipales se exigen: Solo si el ciudadano los solicita. Sin contraprestación directa. Solo por servicios prestados. Exclusivamente por uso privativo. Las tasas se exigen por: La mera capacidad económica. El uso privativo o aprovechamiento especial del dominio público. Donaciones voluntarias. Ingresos patrimoniales. ¿Cuál de los siguientes es un ejemplo de tasa?. Impuesto de circulación. Tasa por licencia urbanística. Subvención estatal. Precio público de museo. Para exigir una tasa es necesario: Que exista un servicio o actividad administrativa. Que sea voluntaria. Que haya beneficio empresarial. Que exista subvención. Las tasas pueden exigirse cuando: El servicio es de recepción voluntaria. El servicio es obligatorio o no puede prestarlo el sector privado. Siempre que lo decida el ciudadano. Nunca por servicios públicos. Los precios públicos se diferencian de las tasas en que: Son obligatorios. Existe voluntariedad en su solicitud. Son tributos. No generan ingresos. ¿Cuál es un ejemplo de precio público?. Impuesto sobre vehículos. Tasa de basuras. Entrada a instalaciones deportivas municipales. Contribuciones especiales. Los precios públicos: Cubren siempre el 100% del coste. Pueden no cubrir el coste del servicio. Son siempre gratuitos. Son tributos obligatorios. Para establecer precios públicos se requiere: Ley estatal. Ordenanza o acuerdo de la entidad local. Sentencia judicial. Decreto autonómico obligatorio. ¿Qué diferencia clave existe entre tasa y precio público?. La tasa es voluntaria. El precio público es obligatorio. La tasa no depende del uso del servicio. El precio público implica voluntariedad. |




