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ELGOIBAR ONA TITULO 2 39/2015

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Título del Test:
ELGOIBAR ONA TITULO 2 39/2015

Descripción:
Titulo 2

Fecha de Creación: 2026/05/17

Categoría: Otros

Número Preguntas: 46

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A tenor de lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se exceptúan de la obligación de dictar resolución expresa y notificarla: Los supuestos de terminación del procedimiento por pacto o convenio, así como los procedimientos relativos al ejercicio de derechos sometidos únicamente al deber de declaración responsable o comunicación a la Administración. Los supuestos de terminación del procedimiento por pacto o convenio, así como los procedimientos relativos al ejercicio de derechos sometidos únicamente al deber de declaración responsable o comunicación a la Administración y los casos de desaparición sobrevenida del objeto. Los supuestos de terminación del procedimiento por pacto o convenio, así como los casos de prescripción, renuncia del derecho, caducidad del procedimiento o desistimiento de la solicitud. Los casos de prescripción, renuncia del derecho, caducidad del procedimiento o desistimiento de la solicitud, así como los procedimientos relativos al ejercicio de derechos sometidos únicamente al deber de declaración responsable o comunicación a la Administración.

Conforme al artículo 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la falta de resolución expresa en procedimientos iniciados de oficio en los que la Administración ejercite potestades sancionadoras: Se producirá la prescripción del procedimiento. Tendrá como efecto que el interesado pueda tener por estimadas sus alegaciones. Se producirá la prescripción del procedimiento, siempre que el interesado así lo solicite ante el órgano competente para la resolución de este. Se producirá la caducidad del procedimiento.

Según el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse: En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca. En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. Todas las respuestas son correctas.

Según lo dispuesto en el artículo 14 da Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas: Las entidades sin personalidad jurídica que reglamentariamente se determinen por razón de su capacidad económica. Las personas físicas y jurídicas para los procedimientos que reglamentariamente se establezcan. Los Empleados de las Administraciones Públicas para el desempeño de sus funciones. Las personas jurídicas.

En relación con el derecho de las personas a utilizar las lenguas oficiales en el territorio de su Comunidad Autónoma, el artículo 15 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas, establece lo siguiente: Los interesados que se dirijan a los órganos de la Administración General del Estado con sede en el territorio de una Comunidad Autónoma podrán utilizar también la lengua que sea cooficial en ella. Si concurrieran varios interesados en el procedimiento, y existiera discrepancia en cuanto a la lengua, el procedimiento se tramitará en la lengua cooficial existente en dicha Comunidad Autónoma, si bien los documentos o testimonios que requieran los interesados se expedirán en la lengua elegida por los mismos.elegida por los mismos. La Administración Pública instructora deberá traducir al castellano los documentos, expedientes o partes de los mismos que deban surtir efecto fuera del territorio de la Comunidad Autónoma y los documentos dirigidos a los interesados que así lo soliciten expresamente. Si debieran surtir efectos en el territorio de una Comunidad Autónoma donde sea cooficial esa misma lengua distinta del castellano, también será precisa su traducción. La Administración Pública instructora deberá traducir al castellano los documentos, expedientes o partes de los mismos que deban surtir efecto fuera del territorio de la Comunidad Autónoma y los documentos dirigidos a los interesados, aunque no lo soliciten expresamente. Si debieran surtir efectos en el territorio de una Comunidad Autónoma donde sea cooficial esa misma lengua distinta del castellano, no será precisa su traducción. Los interesados que se dirijan a los órganos de la Administración General del Estado con sede en el territorio de una Comunidad Autónoma podrán utilizar también la lengua que sea cooficial en ella. Si concurrieran varios interesados en el procedimiento, y existiera discrepancia en cuanto a la lengua, el procedimiento se tramitará en castellano, si bien los documentos o testimonios que requieran los interesados se expedirán en la lengua elegida por los mismos.

Según el artículo 29 de la Ley 39/2015, do 1 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, uno de los elementos básicos necesarios para que el documento electrónico tenga validez es: La incorporación de datos estadísticos. El formato editable del documento. Tener una firma electrónica. La posibilidad de realizar envíos masivos.

Los documentos presentados de manera presencial ante las Administraciones Públicas, deberán ser digitalizados, de acuerdo con el artículo 27 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por las oficinas de asistencia en materia de registros y devueltos los originales al interesado: Siempre, sin excepciones. La única excepción es que se presente en un soporte no susceptible de digitalización. Excepto cuando una norma determine custodiar los documentos presentados o resulte obligatoria la presentación de objetos o de documentos en un soporte específico no susceptibles de digitalización. La administración no tiene excepciones, tiene que quedarse con la documentación, independientemente que le entregue copias registradas a los que presenten la documentación.

En los procedimientos de revisión de oficio, según el artículo 24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, iniciados a solicitud de los interesados, el silencio administrativo: Será desestimatorio. Será estimatorio cuando hayan transcurrido tres meses. Será estimatorio siempre. Será desestimatorio sólo en los casos que afecten a daños causados a la administración.

De conformidad con lo previsto en el artículo 17 de la Ley 39/2015, la eliminación de los documentos electrónicos: Deberá ser autorizada de acuerdo con lo dispuesto en la normativa aplicable. No será posible en ningún caso. Se hará de oficio una vez transcurridos 20 años desde su emisión o mediante requerimiento judicial. Todas son correctas.

Cuando los plazos se señalen por horas, salvo que por Ley o en el Derecho de la Unión Europea se disponga otro cómputo, según el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, señale la respuesta incorrecta: Éstas son hábiles. Se contarán de hora en hora y de minuto en minuto desde la hora y minuto de la publicación del acto. En cualquier duración se expresarán en horas. Son hábiles todas las horas del día que formen parte de un día hábil.

Según el artículo 32.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: La Administración, salvo precepto en contrario, podrá ampliar un plazo ya vencido. La Administración podrá conceder a petición de los interesados una ampliación de un plazo ya vencido si las circunstancias lo aconsejan. La Administración podrá conceder de oficio una ampliación de un plazo ya vencido si con eso no se perjudican derechos de terceros. En ningún caso podrá ser objeto de ampliación un plazo ya vencido.

De acuerdo con el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se excluyen del cómputo de los días hábiles: Domingos y los declarados festivos. Domingos, sábados y los declarados festivos de ámbito nacional. Domingos, sábados y los declarados festivos. Domingos y los declarados festivos de ámbito nacional.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa de un procedimiento cuando sus normas reguladoras no lo fijen será: De 1 mes. De 6 meses, salvo que una norma con rango de ley establezca un plazo mayor o así esté previsto en el derecho de la Unión Europea. De 4 meses. De 3 meses.

Según el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las personas físicas: Podrán elegir en todo momento si se comunican con las administraciones públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones públicas. Están obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones públicas. Sólo los notarios están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones públicas. Sólo los empleados de las administraciones públicas están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones públicas.

Conforme el artículo 13 de la actual Ley 39/2015 las personas tienen derecho a comunicarse con las Administraciones Públicas a través de los denominados ... Nodos de Acceso General electrónico de la Administración. Puntos de Acceso General electrónico de la Administración. Nodos de Acceso General electrónico de las Administraciones Públicas. Nodos de Acceso General de Nuevas Tecnologías e Innovación de las Administraciones Públicas.

Según el artículo 13.f) de la Ley 39/2015, do 1 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que quien tiene capacidad de obrar ante las administraciones públicas es titular, en sus relaciones con ellas, del derecho a: Exigir las responsabilidades de las administraciones públicas y autoridades, cuando así corresponda legalmente. A presentar documentos originales. A actuar asistidos de asesor cuando lo consideren conveniente en defensa de sus intereses. A formular alegaciones en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia.

Según la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando el último día de plazo sea inhábil: Se prorroga el plazo al primer día hábil siguiente. Nada obsta a la interposición del recurso en dicho día. Se entiende que el plazo expira el día anterior hábil. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

Según el artículo 15 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si en un procedimiento administrativo desarrollado ante los órganos de la Administración General del Estado con sede en el territorio de una Comunidad Autónoma con lengua cooficial, concurrieran varios interesados en el procedimiento y existiera discrepancia entre ellos en cuanto a la lengua: Todo el procedimiento, sin excepción, se tramitará en castellano. Todo el procedimiento se tramitará, sin excepción, en la lengua utilizada por el primero de los administrados intervinientes. Todo el procedimiento se desarrollará en la lengua que elija el titular del órgano administrativo, sin perjuicio de que los documentos o testimonios que requieran los interesados se expedirán en la lengua elegida por los mismos. El procedimiento se tramitará en castellano, si bien los documentos o testimonios que requieran los interesados se expedirán en la lengua elegida por los mismos.

Los acuerdos sobre ampliación de plazos o sobre su denegación, adoptados durante un procedimiento, según el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Serán susceptibles de recurso de reposición. Serán susceptibles directamente de recurso contencioso-administrativo. Serán susceptibles de recurso de alzada. No serán susceptibles de recurso.

En todo caso, según el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las disposiciones de creación de registros electrónicos especificarán necesariamente su contenido. ¿Cuál no constituye un contenido indispensable?: Fecha. Documentos que no pueden presentarse de forma presencial. Hora oficial. Días declarados inhábiles.

Según el artículo 26 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para ser considerados válidos, los documentos electrónicos administrativos deberán cumplir entre otras, las siguientes condiciones: Contener información digital reconocida, y nombres, apellidos, razón social, documento nacional de identidad o número de identificación fiscal. Incorporar los metadatos mínimos exigidos, y una referencia temporal del momento en que se emitieron. Incorporar firma electrónica y tener carácter meramente informativo. Estar incorporados a expedientes electrónicos según lo dispuesto en la normativa reguladora de acreditación de autenticidad.

De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, respecto a la tramitación de urgencia, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?: Cuando razones de interés público lo aconsejen, el órgano competente acordará de oficio la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos. No se podrá acordar la aplicación de la tramitación de urgencia a los procedimientos iniciados a solicitud del interesado. Cuando razones de interés público lo aconsejen, se podrá acordar, de oficio o a petición del interesado, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a la mitad todos los plazos establecidos para el procedimiento ordinario. Cuando razones de interés público lo aconsejen, se podrá acordar, de oficio o a petición del interesado, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.

De acuerdo con el artículo 22 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, señala en que caso de suspensión del plazo máximo legal para resolver un procedimiento NO se exige la comunicación a los interesados: Cuando exista un procedimiento no finalizado en el ámbito de la Unión Europea que condicione directamente el contenido de la resolución. Cuando deba obtenerse un pronunciamiento previo y preceptivo de un órgano de la Unión Europea. Cuando deban realizarse pruebas técnicas o análisis contradictorios propuestos por los interesados. Cuando se soliciten informes preceptivos a un órgano de distinta Administración.

En relación con la ampliación de plazos, el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que: La Administración podrá conceder una ampliación de los plazos que no exceda la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero. El acuerdo sobre la ampliación de plazos podrá ser notificado a los interesados. Tanto la petición de los interesados como la decisión sobre la ampliación de los plazos deberán producirse antes del vencimiento del plazo de que se trate, salvo que una razón, debidamente motivada, así lo justifique. Los acuerdos sobre ampliación de plazos o sobre su denegación serán susceptibles de recurso.

De conformidad con lo establecido en el artículo 31.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sobre el funcionamiento del registro electrónico: Permitirá la presentación de documentos todos los días del año, excepto los festivos nacionales. Permitirá la presentación de documentos todos los días del año durante las veinticuatro horas. Permitirá la presentación de documentos todos los días del año, excepto los festivos de la comunidad autónoma donde se encuentre el órgano administrativo que lo recibe. Permitirá la presentación de documentos todos los días del año, excepto los festivos locales donde se encuentre el órgano administrativo que lo recibe.

De acuerdo con el artículo 30.3 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los plazos expresados en días se contarán: A partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o desestimación por silencio administrativo. A partir del día en el que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate. A partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o desestimación por silencio administrativo. A partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o desestimación por silencio administrativo.

Según el artículo 31.2.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el funcionamiento del registro electrónico se regirá por las siguientes reglas: Permitirá la presentación de documentos durante las veinticuatro horas exclusivamente de los días hábiles. A los efectos del cómputo de plazo fijado en días inhábiles, y en lo que se refiere al cumplimiento de plazos por los interesados, la presentación se entenderá realizada en la primera hora del primer día natural siguiente salvo que una norma permita expresamente la recepción en día inhábil. A los efectos del cómputo de plazo, la presentación en un día inhábil se entenderá realizada en el primer día natural siguiente salvo que una norma permita expresamente la recepción en día inhábil. A los efectos del cómputo de plazo fijado en días hábiles, y en lo que se refiere al cumplimiento de plazos por los interesados, la presentación en un día inhábil se entenderá realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente salvo que una norma permita expresamente la recepción en día inhábil.

Según el artículo 24.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los actos administrativos producidos por silencio administrativo se podrán hacer valer: Tanto ante la Administración como ante cualquier persona física o jurídica, pública o privada. Ante cualquier medio de prueba admitido en Derecho. Ante la Administración pública. Ante la persona física o jurídica, pública o privada.

Según dispone el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones públicas, el plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa de un procedimiento, cuando no venga previsto en su norma reguladora: No podrá exceder de un mes. No podrá exceder de tres meses. No podrá exceder de seis meses. No podrá ser superior a la mitad del término establecido para la tramitación del procedimiento.

En relación con la obligación de resolver que recoge el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, señala la respuesta FALSA: El incumplimiento de la obligación legal de dictar resolución expresa en plazo podrá dar lugar únicamente a la exigencia de responsabilidad disciplinaria. En todo caso, las Administraciones Públicas informarán a los interesados del plazo máximo establecido para la resolución de los procedimientos y para la notificación de los actos que les pongan término, así como de los efectos que pueda producir el silencio administrativo. En los procedimientos iniciados de oficio, el plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa se contará desde la fecha del acuerdo de iniciación. El plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa no podrá exceder de seis meses salvo que una norma con rango de Ley establezca uno mayor o así venga previsto en el Derecho de la Unión Europea.

De conformidad con lo establecido en el artículo 26 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sobre la emisión de documentos por las Administraciones Públicas: Deberán de estar siempre firmados electrónicamente. Solo serán válidos si se emiten por funcionarios públicos. Se emitirán exclusivamente por medios electrónicos. No requerirán de firma electrónica, los documentos electrónicos emitidos por las Administraciones Públicas que se publiquen con carácter meramente informativo, así como aquellos que no formen parte de un expediente administrativo.

En relación con el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las administraciones públicas podrán presentarse: En las oficinas de Correos, en la forma que una norma, que necesariamente deberá tener rango de ley, establezca. En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de cualquier país de la Unión Europea en el extranjero. En las oficinas de asistencia en materia de registros. En el registro electrónico de cualquier Corporación Pública o Privada.

De conformidad con lo establecido en el artículo 30.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando los plazos se señalen por días, se entiende que estos son hábiles: Excluyéndose del cómputo los días que se indiquen reglamentariamente. Excluyéndose del cómputo exclusivamente los domingos y los declarados festivos. Excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos. Incluyéndose en el cómputo los sábados.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, señale la respuesta INCORRECTA: Los interesados deberán aportar al procedimiento administrativo los datos y documentos exigidos por las Administraciones Públicas de acuerdo con lo dispuesto en la normativa aplicable. Los interesados no podrán aportar cualquier otro documento que estimen conveniente. Los interesados tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante. Los interesados tienen derecho a no aportar documentos que hayan sido elaborados por cualquier otra Administración.

De acuerdo con el artículo 23 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación no podrá ser superior: Al establecido para la tramitación del procedimiento. A la mitad del establecido para la tramitación del procedimiento. Al establecido para la resolución del procedimiento. A la mitad del establecido para la resolución del procedimiento.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para ser considerados válidos, los documentos electrónicos administrativos deberán: Incorporar los metadatos mínimos exigidos. Incorporar firma electrónica que permita que sean trasladados a un tercero a través de medios electrónicos cuando no formen parte de un expediente administrativo o se publiquen con carácter informativo. Incorporar una referencia local y temporal del momento en que han sido emitidos. Contener la identificación de los destinatarios del documento.

De conformidad con lo establecido en el artículo 23.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sobre el acuerdo de ampliación del plazo máximo para resolver y notificar: Contra este acuerdo cabrá recurso de alzada. Contra este acuerdo no cabrá recurso alguno. Contra este acuerdo cabrá recurso de reposición. Contra este acuerdo cabrá recurso contencioso-administrativo.

Según el artículo 27 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las copias auténticas de documentos privados surten únicamente: Efectos civiles. Efectos reales. Efectos administrativos. Efectos tributarios.

Según el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ¿quién está obligado/a a dictar resolución expresa y notificarla en todos los procedimientos cualquiera que sea su forma de iniciación?: Las autoridades públicas. Los funcionarios públicos. Las autoridades administrativas. La Administración.

Según dispone el artículo 23 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones públicas, la ampliación del plazo máximo para resolver: Solo necesita motivación en los procedimientos iniciados de oficio. No podrá ser superior a la mitad del plazo establecido en el procedimiento. Se podrá recurrir ante el órgano competente. Tiene carácter excepcional.

Según el artículo 15.1 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la lengua de los procedimientos tramitados por la Administración General del Estado: Será el castellano. No obstante, lo anterior, los interesados que se dirijan a los órganos de la Administración General del Estado con sede en el territorio de una Comunidad Autónoma podrán utilizar también la lengua que sea cooficial en ella. Será el castellano. No obstante, lo anterior, los interesados que se dirijan a los órganos de la Administración General del Estado o de la Administración local con sede en el territorio de una Comunidad Autónoma podrán utilizar también la lengua que sea cooficial en ella. Será el castellano. No obstante, lo anterior, los interesados que se dirijan a los órganos de la Administración local con sede en el territorio de una Comunidad Autónoma tendrán que utilizar también la lengua que sea cooficial en ella. Será la lengua oficial de la Administración a la cual se dirijan los interesados.

El artículo 16.1 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que cada Administración dispondrá de: Un Registro Electrónico General, en el que se hará el correspondiente asiento de todo documento que sea presentado en los organismos públicos estatales y locales. Un Registro General, en el que se harán los asientos de cualquier documento que sea presentado o que se reciba en cualquier órgano administrativo. Un Registro General, en el que se hará el correspondiente asiento de todo documento que sea presentado o que se reciba en cualquier órgano administrativo, Organismo público o Entidad, incluso los no vinculados a éstos. Un Registro Electrónico General, en el que se hará el correspondiente asiento de todo documento que sea presentado o que se reciba en cualquier órgano administrativo, Organismo público o Entidad vinculado o dependiente a éstos.

Según el artículo 32.1 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados: Una ampliación de los plazos establecidos siempre que no se perjudiquen los derechos de tercero, sin que sea necesaria su notificación a los interesados. Una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de un tercio de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero. El acuerdo de ampliación deberá ser notificado a los interesados. Una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda del doble de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero. El acuerdo de ampliación deberá ser notificado a los interesados. Una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero. El acuerdo de ampliación deberá ser notificado a los interesados.

¿Qué normativa de la siguiente contempla el cómputo de plazos en la Administración General?. Ley 40/2015, del 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Ley 39/2015, del 1 de octubre de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Ley 39/2015, de 1 de octubre de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y el Real Decreto Legislativo 5/2015, del 30 de octubre, por lo que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Ley 2/2015, del 29 de abril, del empleo público de Galicia.

Quien de conformidad con el artículo 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, tiene capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas, es titular, en sus relaciones con ellas de, entre otros, los siguientes derechos recogidos en el artículo 13 de la citada ley: La exigencia de responsabilidad administrativa. A aportar documentación en cualquier fase del procedimiento. A utilizar cualquiera de las lenguas oficiales del Estado. A ser tratados con respeto y deferencia por las autoridades y empleados públicos y utilizar las lenguas oficiales en el territorio de su comunidad autónoma.

Según el artículo 22.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el transcurso del plazo máximo legal para resolver un procedimiento y notificar la resolución se podrá suspender en el siguiente caso: Cuando deba obtenerse un pronunciamiento previo y preceptivo de un órgano de la Unión Europea, por el tiempo que medie entre la notificación del requerimiento y su efectivo cumplimiento por el destinatario, y la notificación a la Administración instructora, que deberá serles comunicada. Cuando exista un procedimiento finalizado en el ámbito de la Unión Europea aunque no condicione directamente el contenido de la resolución de que se trate, desde que se tenga constancia de su existencia, lo que deberá ser comunicado a los interesados, hasta que se resuelva, lo que también habrá de ser notificado. Cuando se soliciten informes preceptivos a un órgano de la misma o distinta Administración, por el tiempo que medie entre la petición, que deberá comunicarse a los interesados, y la recepción del informe, que igualmente deberá ser comunicada a los mismos. Este plazo de suspensión no podrá exceder en ningún caso de tres meses. En caso de no recibirse el informe en el plazo indicado, proseguirá el procedimiento. Cuando se inicien negociaciones con vistas a la conclusión de un pacto o convenio en los términos previstos en el artículo 67 de esta Ley, desde la declaración al respecto y hasta la conclusión, en su caso, de las referidas negociaciones, lo que deberá ser comunicado a los interesados por la Administración.

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