ELGOIBAR ONA TITULO 2 39/2015
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Título del Test:
![]() ELGOIBAR ONA TITULO 2 39/2015 Descripción: Titulo 2 |



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Conforme al artículo 10.1 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los interesados podrán firmar a través de: Cualquier medio electrónico que permita acreditar la autenticidad de la expresión de su voluntad y consentimiento, así como la integridad e inalterabilidad del documento. Cualquier medio que permita acreditar la autenticidad de la expresión de su voluntad y consentimiento, así como la integridad e inalterabilidad del documento. Cualquier medio electrónico que permita acreditar su consentimiento, así como la integridad e inalterabilidad del documento. Cualquier medio que garantice la firma del interesado. Cuando en una solicitud figuren varios interesados, las actuaciones no se efectuarán, según el artículo 7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Con el representante que expresamente hayan señalado. Con el interesado que expresamente hayan señalado. Con cualquiera de los firmantes que figuren en la solicitud, si no se indica otro extremo. Con el que figure en primer término si no se indica otro extremo. Según el artículo 12 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, si un interesado no dispone de los medios electrónicos necesarios: Esto no es posible, ya que todos los ciudadanos deberán disponer de estos medios. Su identificación o firma electrónica en el procedimiento administrativo podrá ser válidamente realizada por un funcionario público. Será necesario, entre otras cosas, que el interesado preste su consentimiento expreso. Se procederá a la emisión de un certificado para el interesado. Su identificación o firma electrónica en el procedimiento administrativo será automáticamente realizada por un funcionario público. El artículo 6 apartado 6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas establece, en relación con los registros electrónicos de apoderamientos, que: Los poderes inscritos en el registro tendrán una validez determinada máxima de cinco años a contar desde la fecha de su inscripción. Los poderes inscritos en el registro tendrán una validez determinada máxima de cinco años a contar desde la fecha de su otorgamiento. Los poderes inscritos en el registro tendrán una validez determinada máxima de tres años a contar desde la fecha de su otorgamiento. Los poderes inscritos en el registro tendrán una validez determinada máxima de tres años a contar desde la fecha de su inscripción. A tenor de lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas tendrán capacidad de obrar ante la Administración Pública: Las personas jurídicas válidamente constituidas de acuerdo con la legislación civil. Las personas físicas con capacidad jurídica. Los menores de edad emancipados asistidos por su curador. Las personas físicas o jurídicas que ostenten capacidad de obrar con arreglo a las normas civiles. Según el artículo 7 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando en una solicitud, escrito o comunicación figuren varios interesados, las actuaciones a que den lugar se efectuarán con: El representante o el interesado que expresamente hayan señalado, y, en su defecto, con el que figure en primer término. El representante o el interesado que expresamente hayan señalado, y, en su defecto, con el que figure como titular. El representante o el interesado que figure en primer término. El representante o el interesado que expresamente haya señalado la Administración Pública actuante. Conforme al art. 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la falta o insuficiente acreditación de la representación no impedirá que se tenga por realizado el acto de que se trate, siempre que se aporte aquélla o se subsane el defecto dentro del plazo de ... Cinco días. Quince días. Setenta y dos horas. Diez días. Señale la respuesta incorrecta. De acuerdo con el artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se consideran interesados en el procedimiento administrativo: Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos. Aquellos cuyos intereses legítimos, individuales o colectivos, puedan resultar afectados por la resolución y se personen en el procedimiento en tanto no haya recaído resolución definitiva. Aquellos que lo soliciten amparándose en el derecho de acceso al expediente. Los que, sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos que puedan resultar afectados por la decisión que en el mismo se adopte. Según el artículo 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas, a los efectos previstos en esta Ley, tendrán capacidad de obrar ante las Administraciones públicas: Las personas físicas o jurídicas que ostenten capacidad de obrar con arreglo a las normas civiles. Los menores de edad, en todo caso, para el ejercicio y defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Los grupos de afectados, las uniones y entidades con personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos. Todas las respuestas son correctas. El uso de firma en el procedimiento administrativo será obligatorio teniendo en cuenta lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 11 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas para: Formular solicitudes, presentar comunicaciones y allanamientos, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos. Formular solicitudes, transigir, presentar declaraciones responsables, allanamientos, interponer excepciones, desistir de acciones y renunciar a derechos. Formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos. Formular solicitudes, presentar declaraciones y comunicaciones, transigir, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos. El artículo 5.3 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas, determina que, para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona deberá: Acreditarse la representación. Presentarse solicitud electrónica. Acreditarse la representación mediante medios electrónicos. Habilitarse ante la Administración Pública. De conformidad con el artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, se consideran interesados en el procedimiento administrativo: Los que, sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos que puedan resultar afectados por la decisión que en el mismo se adopte. Quienes lo promuevan como titulares de intereses individuales o colectivos. Aquellos cuyos intereses legítimos, individuales o colectivos, puedan resultar afectados por la resolución y se personen en el procedimiento en cuanto haya recaído resolución definitiva. Cualquier persona con capacidad de obrar que se persone en el procedimiento. Según el artículo 5 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no deberá acreditarse la representación: Para formular solicitudes. Para los actos y gestiones de mero trámite. Para interponer recursos. Para desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona. Las Administraciones Públicas solo requerirán a los interesados el uso obligatorio de firma en el procedimiento administrativo para: Formular solicitudes, presentar comunicaciones oficiales, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos. Formular solicitudes, solicitar declaraciones o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos. Formular y presentar declaraciones juradas o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos. Formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos. De conformidad con lo establecido en el artículo 11.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las Administraciones Públicas solo requerirán a los interesados el uso obligatorio de firma para: Proponer la práctica de una prueba. Hacer alegaciones en un procedimiento. Remitir documentos a una Administración. Presentar declaraciones responsables o comunicaciones. En cuanto a la representación, y de acuerdo con el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública, señale la opción correcta: Las Administraciones Públicas podrán habilitar solo a personas físicas para la realización de determinadas transacciones electrónicas en representación de los interesados. En caso de otorgar tal representación el interesado no podrá comparecer por sí mismo en el procedimiento. Dicha habilitación deberá especificar las condiciones y obligaciones a las que se comprometen los que así adquieran la condición de representantes, y determinará siempre la presunción de validez de la representación. Las Administraciones Públicas podrán requerir, en cualquier momento, la acreditación de dicha representación. Según dispone el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones públicas, la falta de acreditación de la representación no impedirá que se tenga por realizado el acto de que se trate: Siempre que se aporte aquella dentro del plazo de diez días ampliables en cinco días más cuando la aportación de los documentos requeridos presente dificultades especiales. Siempre que se aporte aquella dentro del plazo de quince días ampliables en cinco días más cuando la aportación de los documentos requeridos presente dificultades especiales. Siempre que se aporte aquella dentro del plazo de diez días, o de un plazo superior cuando las circunstancias del caso así lo requieran. Siempre que se aporte aquella dentro del plazo de quince días, o de un plazo superior cuando las circunstancias del caso así lo requieran. De acuerdo con el artículo 11 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las Administraciones Públicas NO requerirán a los interesados el uso obligatorio de firma para: Presentar declaraciones responsables. Presentar alegaciones en el trámite de audiencia. Interponer recursos. Desistir de acciones. Según el artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se considerarán, entre otros, interesados en el procedimiento administrativo: Los que, sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos o intereses que puedan resultar afectados por la decisión que en el mismo se adopte. Los que, sin haber iniciado el procedimiento, tengan intereses individuales o colectivos que puedan resultar afectados por la decisión que en el mismo se adopte. Los que, sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos que puedan resultar afectados por la decisión que en el mismo se adopte. Los que, sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos que puedan resultar afectados por la decisión que en el mismo se adopte y se personen en el procedimiento en tanto no haya recaído resolución definitiva. De conformidad con lo establecido en el artículo 6.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los poderes inscritos en el registro electrónico de apoderamientos, tendrán una validez determinada: Máxima de cinco años. Máxima de diez años. Mínima de cinco años. Mínima de diez años. |




