ELGOIBAR Organizacion municipal
|
|
Título del Test:
![]() ELGOIBAR Organizacion municipal Descripción: ley 7_1985 |



| Comentarios |
|---|
NO HAY REGISTROS |
|
Son órganos necesarios en todos los Ayuntamientos: Junta de Gobierno Local y Comisión Especial de Sugerencias. Alcalde, Tenientes de Alcalde y Pleno. Pleno y órganos complementarios. Alcalde y Junta de Gobierno exclusivamente. La Junta de Gobierno Local existe obligatoriamente en municipios: De más de 1.000 habitantes. De más de 5.000 habitantes. De más de 10.000 habitantes. En todos los municipios. Los Tenientes de Alcalde son nombrados por: El Pleno. La Junta de Gobierno Local. El Alcalde. Los concejales. 4. El Pleno está integrado por: Solo concejales. Alcalde y concejales. Alcalde, concejales y funcionarios. Solo el Alcalde. 5. ¿Quién preside el Pleno?. El Secretario. El Concejal de mayor edad. El Alcalde. El Interventor. La competencia para aprobar ordenanzas corresponde a: Alcalde. Junta de Gobierno. Pleno. Tenientes de Alcalde. La Junta de Gobierno Local tiene como función principal: Controlar al Alcalde. Ejecutar y asistir al Alcalde. Aprobar presupuestos. Dictar leyes. Los órganos complementarios: Son obligatorios en todos los municipios. Se establecen por ley estatal únicamente. Se crean por los propios municipios. Sustituyen a los órganos necesarios. El Alcalde puede delegar competencias en: Cualquier ciudadano. Solo el Pleno. Tenientes de Alcalde o Junta de Gobierno. Exclusivamente funcionarios. El Pleno puede delegar competencias en: El Alcalde o la Junta de Gobierno Local. Los ciudadanos. El Secretario. Nadie. En los municipios de gran población, el órgano encargado de la gestión ordinaria es: El Pleno. El Alcalde. La Junta de Gobierno Local. El Secretario. En estos municipios, el Pleno: Desaparece. Mantiene funciones normativas y de control. Solo tiene funciones simbólicas. Es sustituido por el Alcalde. Las Comisiones informativas: Son órganos decisorios. Preparan los asuntos que han de someterse al Pleno. Sustituyen al Pleno. Son opcionales en todos los casos. La Comisión Especial de Cuentas: Es un órgano voluntario. Es obligatoria. Sustituye a la Junta de Gobierno. Solo existe en grandes municipios. ¿Quién puede crear órganos complementarios?. El Gobierno de España. El Parlamento. El propio municipio mediante reglamento orgánico. El Tribunal Constitucional. Señala la opción CORRECTA: Todos los municipios deben tener Junta de Gobierno Local. La Junta de Gobierno Local existe en municipios de más de 5.000 habitantes, salvo disposición en contrario. La Junta de Gobierno Local es obligatoria en todos los municipios de más de 5.000 habitantes. La Junta de Gobierno Local es un órgano complementario. Respecto a los Tenientes de Alcalde, señala la INCORRECTA: Son nombrados por el Alcalde. Sustituyen al Alcalde en caso de vacante, ausencia o enfermedad. Deben ser necesariamente miembros del Pleno. Son elegidos por los vecinos. El Pleno municipal: Está formado exclusivamente por concejales. Incluye al Alcalde y a los concejales. Es un órgano complementario. Es presidido por el Secretario. Señala la opción INCORRECTA: El Alcalde puede delegar competencias. El Pleno puede delegar competencias. El Alcalde puede delegar todas sus competencias. Existen competencias indelegables. 5. Las Comisiones informativas: Tienen carácter decisorio. Son obligatorias en todos los municipios. Preparan los asuntos del Pleno. Sustituyen a la Junta de Gobierno. La Comisión Especial de Cuentas: Es obligatoria en todos los municipios. Solo existe en municipios de gran población. Es un órgano decisorio. Sustituye al Pleno. Señala la CORRECTA: Los órganos complementarios están regulados exclusivamente por el Estado. Los municipios no pueden crear órganos propios. Los municipios pueden establecer órganos complementarios en su reglamento orgánico. Los órganos complementarios son obligatorios. En municipios de gran población, señala la INCORRECTA: Se refuerza el papel de la Junta de Gobierno Local. El Pleno pierde funciones de control. Se introduce una organización más compleja. Se diferencian funciones ejecutivas y deliberantes. El Alcalde: Es elegido directamente por los ciudadanos en todos los casos. Preside el Pleno. Es un órgano complementario. No puede delegar competencias. Señala la opción CORRECTA: El Pleno no puede delegar competencias en ningún caso. La Junta de Gobierno Local solo existe en grandes ciudades. Existen órganos necesarios y complementarios. Todos los órganos municipales son obligatorios. Respecto a la Junta de Gobierno Local: Es elegida por el Pleno. Es nombrada por el Alcalde. Está formada por funcionarios. Es obligatoria en todos los municipios. Señala la INCORRECTA sobre el Alcalde: Dirige el gobierno y la administración municipal. Es un órgano unipersonal. Forma parte del Pleno. Es elegido por la Junta de Gobierno. La delegación de competencias: Supone la pérdida de titularidad. Implica solo el ejercicio, no la titularidad. Es siempre irreversible. No está permitida. Las competencias indelegables: No existen. Son todas las del Alcalde. Están previstas por la ley. Solo afectan al Pleno. Señala la CORRECTA: El Secretario es miembro del Pleno con voto. El Interventor forma parte del gobierno municipal. El Alcalde forma parte del Pleno. Los funcionarios forman parte de los órganos políticos. |




