Enseñanzas universitarias
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Título del Test:![]() Enseñanzas universitarias Descripción: Títulos oficiales, títulos propios, régimen de permanencia |




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El objeto principal del RD 822/2021 es: Regular únicamente los estudios de doctorado. Establecer la organización de la FP en España. Ordenar la oferta académica oficial universitaria y regular estructuras curriculares. Regular únicamente las prácticas académicas externas. El ámbito de aplicación del RD 822/2021 incluye: Grado, Máster y Doctorado exclusivamente. Grado, Máster, Doctorado y formación permanente (títulos propios). Únicamente Grado y Máster. Únicamente Doctorado y títulos propios. Los títulos universitarios oficiales deben inscribirse en: El Registro Nacional de Educación. El MECES. El RUCT. El Consejo Social. El MECES acredita la cualificación en: Educación secundaria. Educación superior. Formación profesional. Enseñanzas artísticas. Los estudios universitarios oficiales se estructuran en: Grado, Máster y Postgrado. Grado, Máster y Doctorado. Diplomatura, Licenciatura y Doctorado. Técnico Superior, Grado y Máster. Los títulos obtenidos antes del EEES (Licenciado, Arquitecto, Ingeniero): Pierden validez académica. Mantienen efectos académicos y profesionales. Se convalidan automáticamente por Grado. Requieren examen de homologación. Un Diplomado que quiera acceder a un Máster: No puede acceder. Puede acceder siempre sin condiciones. Puede acceder, la universidad puede exigir complementos formativos. Debe primero convalidar su título a Grado. Las enseñanzas propias universitarias se denominan: Enseñanzas regladas. Formación básica. Títulos propios. Enseñanzas complementarias. La finalidad de la formación permanente es: Formar exclusivamente a titulados de Grado. Reforzar la formación a lo largo de la vida. Reemplazar la formación profesional. Sustituir los estudios de doctorado. Entre los títulos de formación permanente dirigidos a titulados universitarios están: Máster de Formación Permanente, Diploma de Especialización, Diploma de Experto. Certificados de profesionalidad. Grado propio. Ciclo universitario. El Máster de Formación Permanente puede tener: 30 ECTS. 15 ECTS. Entre 60 y 120 ECTS. 10 ECTS. El Diploma de Especialización requiere: Entre 30 y 59 ECTS. Menos de 30 ECTS. Más de 120 ECTS. Exactamente 60 ECTS. El Diploma de Experto acredita: Entre 30 y 59 ECTS. Menos de 30 ECTS. Entre 60 y 90 ECTS. Más de 120 ECTS. Las enseñanzas propias para personas sin titulación universitaria otorgan: Grado universitario. Certificado con denominación del curso y carga de créditos. Máster de Formación Permanente. Diploma de experto. Las microcredenciales universitarias pueden tener: Menos de 15 ECTS. Más de 60 ECTS. Solo modalidad presencial. Igual carga que un grado. Los títulos propios de formación permanente en universidades públicas deben aprobarse por: Ministerio de Universidades. Consejo Social. Rectorado únicamente. Conferencia de Rectores. Todo título propio debe tener como responsable: Un estudiante. Un profesor de la universidad que lo imparte. Una fundación externa. Un profesional ajeno a la universidad. El Máster de Formación Permanente requiere obligatoriamente: Informe favorable del Sistema Interno de Garantía de Calidad. Validación del MECES. Autorización del Ministerio de Ciencia. Publicación en BOE. Los títulos propios pueden impartirse: Solo presencialmente. Presencial, híbrido o virtual. Únicamente virtual. Solo en institutos de investigación. Los órganos de gobierno deben garantizar: Que no haya confusión sobre el nivel de los títulos propios. Que se equiparen siempre a los oficiales. Que todos los másteres propios estén en el MECES. Que se ofrezcan gratuitamente. El ámbito de aplicación del Acord normatiu 15416/2024 incluye: Solo estudios de doctorado. Estudios oficiales de grado y máster. Estudios propios. Formación profesional. El número mínimo de créditos a superar en primer curso para un estudiante de dedicación plena es: Entre 0 y 30. Entre 30 y 60. Entre 6 y 18. Exactamente 24. Para los dos primeros cursos, el mínimo de créditos para un estudiante de dedicación plena es: Entre 6 y 12. Entre 18 y 24. Entre 30 y 60. Exactamente 90. La verificación del plan de estudios, según el RD 822/2021, se contempla como requisito para: La concesión de becas universitarias. La acreditación inicial del título y su inscripción en el RUCT. La contratación de profesorado asociado. La publicación del plan de estudios en la web. Durante el proceso de verificación de un plan de estudios debe incluirse: El currículo vitae de todos los estudiantes. La memoria del plan de estudios. El historial de inspecciones del centro. El acta de claustro. Los títulos universitarios oficiales deben adscribirse a: Unas enseñanzas prácticas únicamente. Uno de los ámbitos del conocimiento relacionados en la normativa. Un registro autonómico exclusivo. Un colegio profesional obligatorio. El RD 822/2021 fija directrices, condiciones y procedimientos de aseguramiento de la calidad para: Cursos de formación interna del personal no docente. Planes de estudios cuya superación permite la obtención de títulos universitarios oficiales. Actividades culturales de la universidad. Contratos de colaboración con empresas. ¿Qué organismo gestiona el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT) donde deben inscribirse los títulos oficiales?. El Ministerio de Educación y Formación Profesional. El Ministerio de Universidades. Las comunidades autónomas. La Conferencia de Rectores (CRUE). Una persona con título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero que quiera acceder a enseñanzas oficiales de Grado/Máster podrá: Ser automáticamente convalidada sin requisitos. Conseguir el reconocimiento de créditos que proceda y acceder a enseñanzas de Máster. Obtener únicamente un certificado de asistencia. Inscribirse solo en títulos propios. Cuando proceda, los créditos que se reconozcan procedentes de títulos previos estarán relacionados con: La antigüedad del título únicamente. Los conocimientos, competencias y habilidades aprendidas y su adecuación al plan de Máster. El número de años trabajados. El centro donde se estudió originalmente. El RD permite incorporar en los planes de estudio: Solo asignaturas teóricas. Prácticas académicas externas y estructuras curriculares específicas. Únicamente módulos virtuales. Formación no académica. La expedición de títulos propios (no oficiales) es determinada por: El Ministerio de Universidades. La universidad, en el modo que establezca ésta y conforme a la normativa. Un organismo internacional. El estudiante mediante auto-certificación. ¿Qué entidades pueden impartir la formación permanente según la normativa?. Solo las facultades. Centros o institutos de formación permanente, fundaciones universitarias, facultades o escuelas propias o adscritas e institutos de investigación. Exclusivamente entidades privadas externas. Únicamente centros adscritos fuera de la universidad. Los órganos de gobierno deben regular, como mínimo, en la formación permanente: Únicamente el profesorado. Condiciones de impartición, plazas disponibles, plan de estudios, participación del profesorado propio y externo, y precios. El acceso a becas internacionales. La contratación de empresas colaboradoras sin más requisitos. En la documentación y publicidad de los títulos propios debe constar necesariamente que: Tienen validez oficial automática. Son de formación permanente cuando así corresponda. Sustituyen a los títulos oficiales. Funcionan como certificados de nivel del MECES. ¿Quién puede ser nombrado codirector de un título propio según la normativa?. Solo personal administrativo de la universidad. Codirectores de otras universidades, profesionales de reconocido prestigio, personal de organizaciones sociales y empresariales, entidades o miembros de otras administraciones. Únicamente profesores de la misma facultad. Estudiantes con experiencia laboral. Las universidades pueden impartir enseñanzas de menos de 15 ECTS en forma de: Títulos oficiales de Grado. Microcredenciales o micromódulos que certifiquen resultados de aprendizaje de corta duración. Diplomas de doctorado. Certificados sin carga de créditos. Según la normativa, las microcredenciales: Pueden confundirse con las titulaciones de Formación Profesional de grado medio o superior. No deben confundirse con las titulaciones ofertadas por centros de FPGM y FPGS. Son equivalentes a un Grado completo. Siempre superan los 30 ECTS. ¿Pueden las universidades utilizar otras denominaciones para sus títulos de formación permanente?. No, nunca. Sí, excepto para el Máster de Formación Permanente. Sí, pero solo con autorización del Ministerio. Solo para diplomas que superen 60 ECTS. El Máster de Formación Permanente, antes de solicitar su inclusión en el RUCT, debe contar con: Un informe favorable del Sistema Interno de Garantía de la Calidad de la universidad que tiene carácter vinculante. La autorización del rector únicamente. La aprobación por el Consejo Social sin más requisitos. Un informe de una empresa externa sin valor vinculante. Una vez obtenido el informe favorable del Sistema Interno de Garantía de la Calidad para un Máster de Formación Permanente, la universidad podrá: Imprimir los títulos sin más trámites. Solicitar su inclusión en el RUCT. Cambiar su denominación por otra distinta sin requisitos. Eximir a los estudiantes de evaluación. Los órganos de gobierno deben, anualmente: Suprimir la oferta de formación permanente. Aportar la programación de formación permanente y asegurar que la información institucional no induce a confusión sobre el nivel de los títulos. Publicar solo los precios sin más información. Externalizar totalmente la gestión de los títulos. Según la normativa, cualquier título propio deberá tener como responsable: Un profesional externo sin relación con la universidad. Un profesor de la universidad en la cual se imparte. El estudiante delegado del curso. El Consejo Social de la universidad. Para dedicación diferenciada, el mínimo el primer año es: Entre 0 y 30. Entre 0 y 6. Entre 12 y 24. Exactamente 12. El mínimo para dedicación diferenciada en los dos primeros cursos es: Entre 18 y 24 créditos. 60 créditos. Entre 0 y 30 créditos. Exactamente 48 créditos. El número mínimo de créditos a matricular en un curso académico para dedicación plena es: 60 créditos. 24 créditos. 48 créditos. 6 créditos. Para dedicación diferenciada, el mínimo de créditos a matricular es: 48. 24. 60. 12. Antes de matricular asignaturas de cursos superiores, un estudiante debe: Haber superado todas las optativas. Tener aprobadas todas las básicas pendientes. Haber superado el TFG. Haber realizado las prácticas externas. No se podrán matricular asignaturas de un curso superior si se tienen pendientes: Más de 12 créditos obligatorios o de prácticas curriculares. Más de 6 créditos optativos. Más de 24 créditos en total. Menos de 12 créditos. El estudiante de máster con dedicación plena debe superar el primer año: 12 créditos. 24 créditos. 48 créditos. 6 créditos. En máster, un estudiante de dedicación diferenciada debe superar el primer año: 24 créditos. 12 créditos. 6 créditos. 18 créditos. En máster, la matrícula será de: 15 o 30 créditos según dedicación. 6 créditos obligatorios. 48 créditos. 60 créditos. El máximo de matrículas ordinarias por asignatura es: 2. 3. 4. 5. Si un estudiante de grado no supera una asignatura en 4 matrículas, puede: Solicitar matrícula adicional. Abandonar estudios obligatoriamente. Solicitar convalidación. Pasar a máster. Un estudiante de grado con 12 créditos o menos pendientes puede: Solicitar una segunda matrícula adicional (excepto básicas). Presentar TFG sin restricción. Cambiar de plan de estudios automáticamente. Solicitar dispensa de permanencia. El TFG y las prácticas externas: Computan como créditos pendientes. No computan como créditos pendientes. Siempre bloquean matrícula. Son voluntarias. Si un estudiante no supera el mínimo de créditos exigidos: Queda expulsado definitivamente. Puede volver a matricularse después de 2 años. Debe cambiar de titulación. Debe aprobar examen extraordinario. Un estudiante puede solicitar permanencia especial en grado: Una sola vez. Dos veces en los dos primeros años. Una vez al final del grado. Nunca. En máster, el número de solicitudes motivadas de permanencia posibles es: Dos. Tres. Una sola. Ninguna. Una de las causas de permanencia especial es: No asistir a clases. Enfermedad grave propia o familiar. Cambiar de optativa. Suspender prácticas. Otra causa de permanencia especial es: Cambio de residencia. Situación de discapacidad reconocida. Presentar alegaciones. Solicitud de beca. También se contempla como causa de permanencia especial: Suspender TFG. Deterioro económico familiar. Repetir asignatura básica. No acudir a tutorías. Ser víctima de violencia de género permite: Solicitar permanencia especial. Ampliar matrícula obligatoriamente. Acceder a máster sin grado. Cambiar de universidad directamente. El porcentaje máximo de créditos que puede matricular un estudiante de dedicación plena respecto al plan anual es: 100%. 120%. 130%. 150%. Una matrícula anulada: Cuenta para el límite de 4 matrículas. No se contabiliza. Bloquea el acceso al curso. Reduce créditos mínimos. El plan de ampliación de matrícula se organiza: Antes del 2º semestre. Al inicio de máster. Después del curso. En la matrícula extraordinaria. El estudiante de nuevo ingreso se define como: Cualquier estudiante que cambie de titulación. Quien se matricula por primera vez salvo excepciones. Solo estudiantes de primer curso. Todo estudiante de máster. El responsable del estudio en un grado es: El rector. El decano. El coordinador de asignatura. El Consejo Social. El responsable del estudio en un máster es: El rector. El director del CEP. El decano. El coordinador de asignatura. El tribunal académico está formado por: 2 profesores. 3 profesores mínimo. Rector y decano. Consejo Social. El estudiante de movilidad entrante es: Quien cursa estudios en la UIB a través de un programa de movilidad. Quien se va de la UIB a otra universidad. Quien cambia de titulación. Quien pasa de grado a máster. El estudiante de movilidad saliente es: Quien recibe beca de matrícula. Matriculado en la UIB y cursa estudios en otra universidad. Quien cambia de grupo. Quien suspende créditos. El coordinador de asignatura es responsable de: Gestionar matrícula. Coordinar actividades de todos los grupos de esa asignatura. Organizar las prácticas externas. Aprobar convalidaciones. El responsable de grupo es: Profesor que coordina todos los grados. Profesor que programa actividades académicas de un grupo concreto. Estudiante delegado. El rector. El estudiante de dedicación plena se caracteriza por: Tener autorización para condiciones especiales. No tener dedicación diferenciada. Cursar un máster. Ser estudiante internacional. El estudiante con dedicación diferenciada: Tiene autorización para cursar en condiciones especiales. Siempre estudia a tiempo completo. No puede solicitar permanencia. Solo pertenece a máster. El compromiso de oferta académica es: Relación de asignaturas y actividades docentes ofrecidas en un año académico. Contrato de matrícula. Normas del Consejo Social. Acta de exámenes. Un estudiante de continuación es: Quien ingresa por primera vez. Quien no es de nuevo ingreso. Quien cambia de titulación. Quien está en prácticas. Superar una asignatura significa: Asistir al 80% de clases. Pagar matrícula. Acreditar haber alcanzado las competencias. Aprobar todas las optativas. La dedicación plena en máster implica matricularse de: 12 créditos. 15 créditos. 30 créditos. 60 créditos. |