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ENTIDADES LOCALES Ley 33/2003 y Real Decreto 1372/1986

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Título del Test:
ENTIDADES LOCALES Ley 33/2003 y Real Decreto 1372/1986

Descripción:
PREGUNTAS DE VARIOS EXÁMENES

Fecha de Creación: 2025/02/04

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 26

Valoración:(3)
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(AUXILIAR) Según el artículo 7 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, se consideran efectos no utilizables: Aquellas porciones de terreno propiedad de las Entidades locales que por su reducida extensión, forma irregular o emplazamiento, no fueren susceptibles de uso adecuado. Todos aquellos bienes que por su deterioro, depreciación o deficiente estado de conservación resultaren inaplicables a los servicios municipales o al normal aprovechamiento, atendida su naturaleza y destino, aunque los mismos no hubieren sido dados de baja en el Inventario. Aquellos bienes que por su deterioro, depreciación o deficiente estado de conservación resultaren aplicables a los servicios municipales o al normal aprovechamiento, atendida su naturaleza y destino; aunque los mismos hubieren sido dados de baja en el Inventario. Son correctas a) y b).

(AUXILIAR) Según el artículo 8 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales ¿En qué supuestos se produce de forma automática la alteración de la calificación jurídica de los bienes de las EL?. Aprobación definitiva de los planes de ordenación urbana y de los proyectos de obras y servicios. Adscripción de bienes patrimoniales por más de veinticinco años a un uso o servicio público o comunal. La entidad adquiera por usucapión, con arreglo al derecho civil, el dominio de una cosa que viniere estando destinada a un uso o servicio público o comunal. Todas correctas.

(TÉCNICO) Según el artículo 14 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales ¿Pueden los particulares prescribir a su favor bienes de las entidades locales?. No, pues estos bienes son imprescriptibles. Sí, siempre que se trate de bienes de dominio público. Sí, siempre que se trate de bienes patrimoniales. Sí, pues la prescripción es un modo de adquirir bienes y derechos.

(AUXILIAR) Según el artículo 8 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, la alteración de la calificación jurídica de los bienes de las entidades locales.. requiere expediente en el que se acrediten su oportunidad y legalidad. El expediente deberá ser resuelto, previa información publica durante un mes, por la Corporación local respectiva, mediante «acuerdo adoptado» con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la misma. la incorporación al patrimonio de la Entidad local de los bienes desafectados, incluso cuando procedan de deslinde de dominio público, no se entenderá efectuada hasta la recepción formal por el órgano competente de la Corporación de los bienes que se trate, y en tanto la misma no tenga lugar seguirán teniendo aquellos el carácter de dominio público. todas son correctas.

(TÉCNICO) Según el artículo 8 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, la alteración de la calificación jurídica de los bienes de las Entidades locales requiere expediente en el que se acrediten su oportunidad y legalidad. El expediente deberá ser resuelto, previa información publica durante un mes, por la Corporación local respectiva, mediante «acuerdo adoptado» ... con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la misma. Con el voto favorable de la mayoría cualificada del número legal de miembros de la Corporación local. Con el voto favorable de la mayoría simple del número legal de miembros de la Corporación local. Por mayoría de los miembros integrantes de la Junta de Gobierno.

Según el artículo 34 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, el órgano competente para acordar la aprobación del inventario ya formado, su rectificación y comprobación es: La Junta de Gobierno. El Pleno. El Presidente o Alcalde. Ninguno de los anteriores.

(AUXILIAR) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47.2 de la ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y el artículo 8 del R.D. 1372/1986 de 13 de junio por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, el expediente de alteración de la calificación jurídica de los bienes de las Entidades Locales: Deberá ser resuelto, previa información pública durante VEINTE DÍAS, por la Corporación Local respectiva, mediante acuerdo adoptado con el voto favorable de la MAYORÍA ABSOLUTA del número legal de miembros de la misma. Deberá ser resuelto, previa información pública durante QUINCE DÍAS, por la Corporación Local respectiva, mediante acuerdo adoptado con el voto favorable de la MAYORÍA SIMPLE del número legal de miembros de la. Deberá ser resuelto, previa información pública durante UN MES, por la Corporación Local respectiva, mediante acuerdo adoptado con el voto favorable de la MAYORÍA ABSOLUTA del número legal de miembros de la misma. Deberá ser resuelto, previa información pública durante UN MES, por la Corporación Local respectiva, mediante acuerdo adoptado con el voto favorable de la MAYORÍA SIMPLE del número legal de miembros de la misma.

(AUXILIAR) Según el art. 3 del R.D. 1372/1986 de 13 de junio por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las entidades locales, los parques son: Bienes de servicio público. Bienes de uso público. Bienes patrimoniales. Ninguna correcta.

(AUXILIAR) Según el art. 74.2 del R.D. 1372/1986 de 13 de junio por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, la uso de los bienes de servicio público se regirá: Por las ordenanzas que dicten en esta materia las Entidades locales. Ante todo, por las normas del Reglamento de Servicios de las Entidades Locales y subsidiariamente por las del Reglamento de Bienes de las Entidades locales. Ante todo, por las normas del Reglamento de Bienes de las Entidades locales y subsidiariamente por las normas del Reglamento de Servicios de las Entidades locales. Ninguna de las anteriores.

(AUXILIAR) Según el artículo 8 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, la alteración de la calificación jurídica de los bienes de las Entidades locales se produce automáticamente en los siguientes supuestos: Adscripción de bienes patrimoniales por más de 15 años a un uso o servicio público o comunal. Adscripción de bienes patrimoniales por más de 25 años a un uso o servicio público o comunal. Adscripción de bienes patrimoniales a un uso o servicio público o comunal, en todo caso. En ningún caso.

Según el artículo 109 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales ... Los bienes inmuebles patrimoniales no podrán enajenarse, gravarse ni permutarse sin autorización del órgano competente de la Comunidad Autónoma, cuando su valor exceda del 25 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto anual de la Corporación. No obstante, se dará cuenta al órgano competente de la Comunidad Autónoma de toda enajenación de bienes inmuebles que se produzca. Los bienes inmuebles patrimoniales no podrán cederse gratuitamente sino a Entidades o Instituciones publicas para fines que redunden en beneficio de los habitantes del término municipal, así como a las Instituciones privadas de interés público sin animo de lucro. De estas cesiones también se dará cuenta a la autoridad competente de la Comunidad Autónoma. A, B y C son correctas.

(TÉCNICO) Según el artículo 8 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, la alteración de la calificación jurídica de los bienes de las Entidades locales requiere expediente en el que se acrediten su oportunidad y legalidad. Dicho expediente será sometido a información pública durante un mes y debe ser resuelto mediante acuerdo adoptado: Por el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación local. Por el voto favorable de la mayoría cualificada del número legal de miembros de la Corporación local. Por el voto favorable de la mayoría simple del número legal de miembros de la Corporación local. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

(TÉCNICO) Si los bienes comunales, por su naturaleza o por otras causas, no han sido objeto de disfrute de esta índole durante .................. , aunque en alguno de ellos se haya producido acto aislado de aprovechamiento, podrán ser desprovistos del carácter de comunales en virtud de acuerdo de la Corporación respectiva. Este acuerdo requerirá información pública, voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación y posterior aprobación por la Comunidad Autónoma. Automáticamente cuando hayan transcurrido más de diez años. más de diez años. Siempre. Nunca.

(TÉCNICO) Según el artículo 13 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, si los bienes se hubieren adquirido bajo condición o modalidad de su afectación permanente a determinados destinos, se entenderá cumplida y consumada cuando durante treinta años hubieren servido al mismo y aunque luego dejaren de estarlo por circunstancias sobrevenidas de interés público. treinta años hubieren servido al mismo y aunque luego dejaren de estarlo por circunstancias sobrevenidas de interés público. veinte años hubieren servido al mismo y aunque luego dejaren de estarlo por circunstancias sobrevenidas de interés público. quince años hubieren servido al mismo y aunque luego dejaren de estarlo por circunstancias sobrevenidas de interés público. ninguna respuesta es correcta.

(AUXILIAR) Según el artículo 2 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, los bienes de las Entidades locales se clasificarán en: bienes de dominio público, bienes de servicio público y patrimoniales. bienes de uso público, patrimoniales y parcelas sobrantes. bienes de dominio público y bienes patrimoniales. bienes de uso público, bienes de servicio público y bienes comunales.

(AUXILIAR) De conformidad con el artículo 4 Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, señale cuál de siguientes NO es un bien de servicio público: Casa consistorial. Piscina municipal. Calles y plazas. Edificio de la Biblioteca municipal.

(TÉCNICO) Según el artículo 10 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, las Corporaciones locales pueden adquirir bienes y derechos (señala la respuesta incorrecta): por atribución de la ley. por herencia, legado o donación. a título oneroso ejerciendo en todo caso y previamente la facultad de expropiación. por prescripción.

(TÉCNICO) Según el artículo 13 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, Si los bienes se hubieren adquirido bajo condición o modalidad de su afectación permanente a determinados destinos, se entenderá cumplida y consumada cuando durante treinta años hubieren servido al mismo y aunque luego dejaren de estarlo por circunstancias sobrevenidas de interés público. cuando durante diez años hubieren servido al mismo y aunque luego dejaren de estarlo por circunstancias sobrevenidas de interés público. cuando durante quince años hubieren servido al mismo y aunque luego dejaren de estarlo por circunstancias sobrevenidas de interés público. cuando durante veinte años hubieren servido al mismo y aunque luego dejaren de estarlo por circunstancias sobrevenidas de interés público. cuando durante treinta años hubieren servido al mismo y aunque luego dejaren de estarlo por circunstancias sobrevenidas de interés público.

(AUXILIAR) Según el artículo 4 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, por razón del régimen jurídico al que están sujetos, los bienes y derechos que integran el patrimonio de las Administraciones públicas pueden ser. demaniales y de dominio publico. concesionales y privados. de dominio público o demaniales y de dominio privado o patrimoniales. de dominio privado y bienes afectos a un servicio publico.

(ADMINISTRATIVO) Según el artículo 3 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, el patrimonio de las Administraciones Públicas: está constituido por el conjunto de sus bienes y derechos, cualquiera que sea su naturaleza y el título de su adquisición o aquel en virtud del cual les hayan sido atribuidos. No se entenderá incluido en el patrimonio de las Administraciones públicas el dinero. No se entenderán incluidos en el patrimonio de las Administraciones públicas los valores, los créditos y los demás recursos financieros de su hacienda. Todas las respuestas son correctas.

(ADMINISTRATIVO) Según el artículo 8 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas son principios relativos a los bienes y derechos patrimoniales: Eficiencia y economía en su gestión. Eficacia y rentabilidad en la explotación de estos bienes y derechos . Publicidad, transparencia, concurrencia y objetividad en la adquisición, explotación y enajenación de estos bienes Identificación y control a través de inventarios o registros adecuados. Colaboración y coordinación entre las diferentes Administraciones públicas, con el fin de optimizar la utilización y el rendimiento de sus bienes. Todas son correctas.

(AUXILIAR) El Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales establece en su artículo 77 que el uso común especial normal de los bienes de dominio público: Se ejercerá libremente. Se sujetará a concesión administrativa. Se sujetará a licencia o a concesión administrativa. Se sujetará a licencia,.

(TÉCNICO) Según lo dispuesto en el artículo 100 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, si los bienes comunales, por su naturaleza o por otras causas, no han sido objeto de disfrute de esta índole, aunque en alguno de ellos se hayan producido acto aislado de aprovechamiento, podrán ser desprovistos del carácter de comunales: Automáticamente cuando hayan transcurrido más de diez años. Cuando hayan transcurrido más de diez años y en virtud de acuerdo de la corporación. Siempre. Nunca.

(AUXILIAR) De conformidad con lo dispuesto en el art.8 del RD 1372/1986, de 13 de junio por el que se aprueba el reglamento de bienes de las EL, la alteración de la calificación jurídica de los bienes de las EL se produce automáticamente en los siguientes casos: Aprobación provisional de los planes de ordenación urbana y de los proyectos de obras y servicios. La entidad adquiera, por usucapión, de conformidad con el derecho administrativo, el dominio de una cosa que viniera estando dedicada a un uso o servicio público o comunal durante más de 20 años. Adscripción de bienes patrimoniales por más de 25 años a un uso o servicio público o comunal. Todas correctas.

(AUXILIAR) De acuerdo con el art.55 de la ley 33/2003, de 3 de noviembre, del patrimonio de las AP, las EL podrán recuperar por si mismas la posesión de los bienes indebidamente perdidos: En cualquier momento. Si se trata de bienes y derechos patrimoniales la recuperación de la posesión en vía administrativa requiere que la iniciación del procedimiento haya sido notificada antes de que transcurra el plazo de un año, contado desde el día siguiente al de la usurpación. Si los bienes y derechos cuya posesión se trata de recuperar tienen la condición de demaniales, la potestad de recuperación podrá ejercitarse en cualquier tiempo. B y C son correctas.

En el art.78.1 del RD 1372/1986 establece que estarán sujetos a concesión administrativa. El uso común de los bienes de dominio público. El uso privativo de los bienes de dominio público y el uso normal de los mismos. El uso privativo de los bienes patrimoniales y el uso anormal de los mismos. El uso privativo de bienes de dominio público y el uso anormal de los mismos.

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