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Fecha de Creación: 2026/01/15

Categoría: Otros

Número Preguntas: 44

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Según la LGSS, ¿Quiénes estarán comprendidos en el sistema de la Seguridad Social, a efectos de las prestaciones contributivas y que estén incluidos en los apartados del art. 7.1 de la LGSS?: Cualquiera que sea su sexo, estado civil y profesión, los trabajadores españoles que residan en España y los trabajadores extranjeros que residan o se encuentren legalmente en España, siempre que, en ambos supuestos, ejerzan su actividad en territorio nacional. Cualquiera que sea su sexo, estado civil y profesión, los españoles que residan en España y los extranjeros que residan o se encuentren ilegalmente en España, siempre que, en ambos supuestos, ejerzan su actividad en territorio nacional. Cualquiera que sea su sexo, estado civil y profesión, los ciudadanos, españoles y extranjeros que residan en España. Cualquiera que sea su sexo, estado civil y profesión, los españoles que residan en España y los extranjeros que residan o se encuentren legalmente en España, siempre que, en ambos supuestos, ejerzan su actividad en territorio nacional.

Según la LGSS, ¿a quién le corresponde garantizar a las personas comprendidas en el campo de aplicación de la Seguridad Social, por cumplir los requisitos exigidos, la protección adecuada frente a las contingencias y en las situaciones que se contemplan en la LGSS?: Al Estado. A los poderes públicos. Al Gobierno. Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Según la LGSS, respecto a los trabajadores por cuenta propia o autónomos, sean o no titulares de empresas individuales o familiares, ¿Quiénes estarán comprendidos en el sistema de la Seguridad Social, a efectos de las prestaciones contributivas?: Los mayores de doce años, que reúnan los requisitos que de modo expreso se determinen en esta ley y en su normativa de desarrollo. Los mayores de catorce años, que reúnan los requisitos que de modo expreso se determinen en esta ley y en su normativa de desarrollo. Los mayores de dieciséis años, que reúnan los requisitos que de modo expreso se determinen en esta ley y en su normativa de desarrollo. Los mayores de dieciocho años, que reúnan los requisitos que de modo expreso se determinen en esta ley y en su normativa de desarrollo.

Según el art. 7 de la LGSS, ¿en cuál de los siguientes apartados deberán estar incluidos los españoles que residan en España para estar comprendidos en el sistema de la Seguridad Social, a efectos de las prestaciones contributivas?: Socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado. Estudiantes. Funcionarios públicos, civiles y militares. Todas son correctas.

Según el art. 7 de la LGSS, ¿Quién podrá, a instancia de los interesados, excluir del campo de aplicación del régimen de la Seguridad Social correspondiente, cuando se cumplas los requisitos?: El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, oídos las organizaciones sindicales más representativas o el colegio oficial competente. El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, a propuesta del Gobierno y oídos las organizaciones sindicales más representativas o el colegio oficial competente. El Gobierno, a propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y oídos las organizaciones sindicales más representativas o el colegio oficial competente. El Gobierno, oídos las organizaciones sindicales más representativas o el colegio oficial competente.

Según la LGSS, ¿en qué supuesto se podrá excluir del campo de aplicación del régimen de la Seguridad Social correspondiente, a instancia de los interesados?: A las personas cuyo trabajo por cuenta ajena, en atención a su jornada o a su retribución, pueda considerarse marginal y no constitutivo de medio fundamental de vida. A las personas cuyo trabajo por cuenta propia, en atención a su jornada o a su retribución, pueda considerarse marginal y no constitutivo de medio fundamental de vida. A los familiares de las personas cuyo trabajo por cuenta propia, en atención a su jornada o a su retribución, pueda considerarse marginal y no constitutivo de medio fundamental de vida. A los familiares de las personas cuyo trabajo por cuenta ajena, en atención a su jornada o a su retribución, pueda considerarse marginal y no constitutivo de medio fundamental de vida.

Según la LGSS, estarán comprendidos en el campo de aplicación del sistema de la Seguridad Social, a efectos de las prestaciones no contributivas: Todos los españoles residentes en territorio español. Todos los ciudadanos residentes en territorio español. Todos los españoles y extranjeros residentes en territorio español. Todos los trabajadores residentes en territorio español.

repe. repe. repe. repe. repe.

Según la LGSS, ¿es posible establecer medidas de protección social en favor de los españoles no residentes en España?: No, en ningún caso, a efectos de las prestaciones no contributivas, es necesario que los españoles residan en territorio español. Sí, el Gobierno, a propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, de en el marco de los sistemas de protección social pública, podrá establecer medidas de protección social en favor de los españoles no residentes en España. Sí, el Gobierno, en el marco de los sistemas de protección social pública, podrá establecer medidas de protección social en favor de los españoles no residentes en España, de acuerdo con las características de los países de residencia. No, tanto los españoles como extranjeros deben tener su domicilio en España a efectos de prestaciones contributivas y no contributivas.

Según el artículo 8 de la LGSS, las personas comprendidas en el campo de aplicación del sistema de la Seguridad Social: No podrán estar incluidas por el mismo trabajo, con carácter obligatorio, en otros Regímenes de previsión distintos de los que integran el sistema. Podrán estar incluidos por el mismo trabajo, con carácter obligatorio, en otros Regímenes de previsión distintos de los que integran el sistema. Podrán estar incluidos por el mismo trabajo, con carácter obligatorio, en varios de los Regímenes del sistema de la Seguridad Social. No podrán estar incluidos por el mismo trabajo, con carácter voluntario, en varios de los Regímenes del sistema de la Seguridad Social.

¿En qué artículo de la LGSS se regula la estructura del sistema de la Seguridad Social?: Artículo 1. Artículo 5. Artículo 8. Artículo 9.

El sistema de la Seguridad Social viene integrado por los siguientes regímenes: El Régimen General. El Régimen General y los regímenes especiales. El Régimen General, el RETA y los regímenes especiales. El Régimen General, el RETA, Régimen de los Funcionarios públicos, civiles y militares y los regímenes especiales.

Según la LGSS, se considerarán regímenes especiales los que encuadren a los grupos siguientes: Trabajadores del mar. Estudiantes. Funcionarios públicos, civiles y militares. Todas son correctas.

Según la LGSS, además de los sistemas especiales regulados en la LGSS, en aquellos regímenes de la Seguridad Social en que así resulte necesario, podrán establecerse sistemas especiales exclusivamente en alguna o algunas de las siguientes materias: Encuadramiento, afiliación, forma de recaudación y jubilación. Encuadramiento, variación de datos, forma de cotización o recaudación. Afiliación, forma de cotización, jubilación o recaudación. Encuadramiento, afiliación, forma de cotización o recaudación.

Están excluidos del campo de aplicación del Régimen General de la Seguridad Social: Altos cargos de las Administraciones que no sean funcionarios públicos. Personal civil no funcionario dependiente de organismos, servicios o entidades del Estado. Funcionarios de nuevo ingreso de las Comunidades Autónomas. Funcionarios del Estado transferidos a una Comunidad Autónoma que no hayan ingresado voluntariamente en cuerpos propios de la Comunidad autónoma de destino.

Según la LGSS, ¿En qué régimen de la Seguridad Social quedarían incluidos los jugadores profesionales de futbol?: En el Régimen Especial de Artistas. En el Régimen General. En el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. No estarían incluidos en ningún régimen.

Según la LGSS, ¿En qué régimen de la Seguridad Social quedarían incluidos el personal civil no funcionario al servicio de establecimientos militares?: En un sistema especial de la Seguridad Social. En el Régimen General de la Seguridad Social. En el Régimen especial de funcionarios públicos. En el Régimen especial de funcionarios públicos o en el Régimen General de la Seguridad Social, según a la Administración a la que el funcionario pertenezca.

Según la LGSS, ¿Cuál de los siguientes está incluido en el Régimen General de la Seguridad Social?: Los trabajadores agrarios por cuenta propia. Los trabajadores de la minería del carbón. Los trabajadores que realicen las operaciones de manipulación, empaquetado, envasado y comercialización de plátano. Todos los anteriores están incluidos en un Régimen Especial de la Seguridad Social.

¿En qué régimen se incluirá el socio trabajador de una sociedad mercantil capitalista, que forma parte de su órgano de administración sin funciones de dirección y gerencia de la sociedad, sin poseer el control directo o indirecto de la misma?: Queda excluido del sistema de la Seguridad Social. Queda comprendido en el Régimen Especial de Autónomos. Queda comprendido en el Régimen General de la Seguridad Social. Queda comprendido en el Régimen General, con exclusión de la protección por desempleo y del Fondo de Garantía Salarial.

¿En qué régimen se incluirá el socio trabajador de una sociedad mercantil capitalista, que forma parte de su órgano de administración con funciones de dirección y gerencia de la sociedad, siendo retribuido por ello, sin poseer el control directo o indirecto de la sociedad?: Queda excluido del sistema de la Seguridad social. Queda comprendido en el Régimen Especial de Autónomos. Queda comprendido en el Régimen General de la Seguridad Social. Queda comprendido en el Régimen General, con exclusión de la protección por desempleo y del Fondo de Garantía Salarial.

¿Cuál de los siguientes no están comprendidos en el campo de aplicación del Régimen General de la Seguridad Social?: Conductores de vehículos de turismo al servicio de particulares. Personas que ocasionalmente realizan trabajos benévolos. Miembros de las corporaciones locales que desempeñen su cargo con dedicación exclusiva y no tengan la consideración de funcionario público. Los laicos o seglares que presten servicios retribuidos en los establecimientos o dependencias de las entidades o instituciones eclesiásticas.

¿En qué régimen se incluirá el administrador de una sociedad mercantil capitalista, que posee el control de la empresa?: Queda excluido del sistema de la Seguridad Social de la Seguridad Social. Queda comprendido en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Queda comprendido en el Régimen General de la Seguridad Social. Queda comprendido en el Régimen General, con exclusión de la protección por desempleo y Fondo de Garantía Salarial.

En una empresa, cuyo número de socios es de 10, ¿En qué régimen se incluirá el administrador de una sociedad mercantil capitalista, que posee el 25% del capital social y su tío posee el 25% del capital social?: Queda excluido del sistema de la Seguridad Social de la Seguridad Social. Queda comprendido en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Queda comprendido en el Régimen General de la Seguridad Social. Queda comprendido en el Régimen General, con exclusión de la protección por desempleo y Fondo de Garantía Salarial.

Según la LGSS, ¿en qué régimen de la Seguridad Social estarán incluidos los trabajadores autónomos o por cuenta propia que se dedican a una actividad marítima?: En el Régimen General de la Seguridad Social. En el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos. En el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar. No estará incluido en ningún régimen de la Seguridad Social.

Según la LGSS, ¿en qué régimen de la Seguridad Social estarán incluidos los trabajadores por cuenta ajena que realizan actividades de extracción de carbón a cielo abierto?: En el Régimen General de la Seguridad Social como asimilados. En el Régimen General de la Seguridad Social. En el Régimen Especial de la Minería del Carbón. En el Sistema Especial para Empleados de la Minería del Carbón.

A efectos del art. 7.1 LGSS, no tendrán la consideración de trabajadores por cuenta ajena, salvo prueba en contrario: El cónyuge. Los descendientes. Parientes del empresario, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive. Todas son correctas.

A efectos del art. 7.1 LGSS, no tendrán la consideración de trabajadores por cuenta ajena, salvo prueba en contrario los ascendientes: Que se encuentres ocupados en su centro o centros de trabajo, cuando convivan en su hogar y estén a su cargo. Que se encuentres ocupados en su centro o centros de trabajo, cuando no convivan en su hogar y estén a su cargo. Que se encuentres ocupados en su centro o centros de trabajo, cuando no convivan en su hogar ni estén a su cargo. Que se encuentres ocupados en su centro o centros de trabajo, cuando convivan en su hogar y no estén a su cargo.

¿Cuál de los siguientes no se encuentra asimilado a trabajadores por cuenta ajena y por tanto incluidos en el Régimen General?: Reclusos que realicen trabajos penitenciarios retribuidos. Becarios de Investigación. Clérigos diocesanos de la Iglesia Católica. Los miembros del Cuerpo Único de Notarios.

Según el art. 12.2 de la LGSS, los trabajadores autónomos podrán contratar como trabajadores por cuenta ajena sin necesidad de prueba: Al cónyuge ocupado en su centro de trabajo y a su cargo. A los hijos mayores de 30 años que no tengan especiales dificultades para su inserción laboral. A los hijos menores de 30 años, convivan o no con ellos. A los ascendientes hasta el 2o grado inclusive ocupados en su centro de trabajo, cuando convivan con ellos y estén a su cargo.

Según el art. 12.2 de la LGSS, los trabajadores autónomos podrán contratar: Como trabajadores por cuenta ajena, a los hijos menores de 30 años, siempre que no convivan con ellos. Como trabajadores por cuenta ajena, a los hijos mayores de 20 años con especiales dificultades para la inserción laboral, aunque convivan con ellos. Como trabajadores por cuenta ajena, a los hijos menores 20 años, siempre que no convivan con ellos. Como trabajadores por cuenta ajena, a los hijos mayores de 30 años con especiales dificultades para la inserción laboral, aunque convivan con ellos.

Se considera que un hijo tiene especiales dificultades para su inserción laboral: Cuando el trabajador esté incluido en el grupo de personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o personas con discapacidad intelectual, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%. Cuando el trabajador esté incluido en el grupo de personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% e inferior al 65%, siempre que causen alta por primera vez en el sistema de la Seguridad Social. Cuando el trabajador esté incluido en el grupo de personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%. Todas son correctas.

Según la LGSS, ¿en qué régimen se incluirán los trabajadores con discapacidad empleados en los centros especiales de empleo?: Como trabajadores por cuenta ajena en el régimen de la Seguridad Social que corresponda a su actividad. Como trabajadores por cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad Social. Como trabajadores por cuenta propia en el régimen de la Seguridad Social que corresponda a su actividad. Como trabajadores por cuenta propia en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

Señale la respuesta incorrecta respecto el campo de aplicación de la seguridad social de los socios trabajadores de las cooperativas de trabajo asociado: La cooperativa podrá incluir a los socios trabajadores como asimilados a trabajadores por cuenta ajena. Dichas cooperativas quedarán integradas en el Régimen General o en alguno de los regímenes especiales de la Seguridad Social, según proceda, de acuerdo con su actividad. La cooperativa podrá incluir a los socios trabajadores como trabajadores autónomos en el régimen especial correspondiente. Las cooperativas ejercitarán la opción en sus estatutos, y solo podrán modificarla en los supuestos y condiciones que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones establezca. Los socios trabajadores de las cooperativas de explotación comunitaria de la tierra y los socios de trabajo a los que se refiere el artículo 13.4 de la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas, serán asimilados a trabajadores por cuenta ajena a efectos de Seguridad Social.

Señale la respuesta incorrecta respecto a la afiliación, altas y bajas en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos: La afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de los trabajadores comprendidos en el campo de aplicación del Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos se efectuarán presencialmente ante la TGSS. Las afiliaciones y las altas, iniciales o sucesivas, serán obligatorias. Los trabajadores autónomos deberán comunicar la actividad económica u ocupación que determina su inclusión en este régimen especial y los demás datos, al solicitar su alta en él, así como cualquier cambio posterior que se produzca en ellos, mediante la correspondiente variación de datos. Las solicitudes de alta y de baja y las comunicaciones de variación de datos de trabajadores en este régimen especial deberán acompañarse, a través de medios electrónicos, de los documentos y medios de prueba determinantes de su procedencia.

En relación a las altas de los trabajadores autónomos, hasta tres altas dentro de cada año natural tendrán efectos: Desde el día en que concurran todas las condiciones, siempre que se hayan solicitado en el plazo reglamentario. Desde el día en que concurran todas las condiciones, aunque se haya solicitado en el plazo reglamentario. Desde el primer día del mes natural en que concurran todas las condiciones, siempre que se haya solicitado en el plazo reglamentario. Desde el primer día del mes siguiente en que concurran todas las condiciones, siempre que se haya solicitado en el plazo reglamentario.

En relación a las altas de los trabajadores autónomos, las altas solicitadas fuera de plazo tendrán efectos: Desde el día en que se haya solicitado. Desde el día en que concurran todas las condiciones. Desde el día primero del mes natural en que concurran todas las condiciones. Desde el día primero del mes siguiente en que concurran todas las condiciones.

Según el artículo 136.2.p) de la LGSS, están comprendidos en el Régimen General de la Seguridad Social los cargos representativos de las organizaciones sindicales constituidas al amparo de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical: Que ejerzan funciones sindicales de dirección con dedicación exclusiva y percibiendo una retribución. Que ejerzan cualesquiera funciones sindicales con dedicación exclusiva y percibiendo una retribución. Que ejerzan funciones sindicales de dirección con dedicación exclusiva o parcial y percibiendo una retribución. Que ejerzan funciones sindicales de organización y/o representación, con dedicación exclusiva y percibiendo una remuneración.

Según la LGSS, señale la respuesta incorrecta en relación al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos: Las personas trabajadoras autónomas están obligadas a solicitar su afiliación al sistema de la Seguridad Social y a comunicar sus altas, bajas y variaciones de datos. Las personas trabajadoras autónomas podrán solicitar su afiliación al sistema de la Seguridad Social y a comunicar sus altas, bajas y variaciones de datos. La inclusión en el RETA de las personas trabajadoras autónomas se efectuará de oficio por la TGSS. Ninguna es correcta.

Según la LGSS, ¿estarán comprendidos en el sistema de la Seguridad Social los socios de sociedades de capital cuyo objeto social esté constituido por la mera administración del patrimonio de los socios?: Sí, en todo caso. No, salvo que sean administradores. Sí, salvo que sean administradores. No.

De conformidad con la disposición adicional 3a de la LGSS, el personal que se relaciona en el artículo 2.1 de la Ley de Clases Pasivas del Estado, excepción del comprendido en la letra i), está obligatoriamente incluido en el Régimen General de la Seguridad Social siempre que la condición de empleado público de que se trate se haya producido, ¿desde qué fecha?: A partir del 1/1/2014. A partir del 1/1/2013. A partir del 1/1/2012. A partir del 1/1/2011.

¿En qué régimen se encuadran los socios trabajadores de las sociedades laborales, cuya participación en el capital social se ajuste a lo establecido en el artículo 1.2.b) de la Ley 44/2015, de Sociedades Laborales y Participadas, y aun cuando sean miembros de su órgano de administración, si el desempeño de este cargo no conlleva la realización de las funciones de dirección y gerencia de la sociedad, ni posean su control en los términos previstos por el artículo 305.2.e)?: Se consideran trabajadores por cuenta ajena, con inclusión plena en el Régimen General de la Seguridad Social o en el régimen Especial que proceda. Se asimilan a trabajadores por cuenta ajena con inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social o en el régimen Especial que proceda, pero con exclusión de la protección por desempleo. Se asimilan a trabajadores por cuenta ajena con inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social o en el régimen Especial que proceda, pero con exclusión de la protección por desempleo y de la otorgada por el FOGASA. Se consideran trabajadores autónomos.

¿En qué régimen se encuadran los socios trabajadores de las sociedades laborales que, por su condición de administradores de las mismas, realicen funciones de dirección y gerencia de la sociedad, siendo retribuidos por ello o por su vinculación simultánea a la sociedad laboral mediante una relación laboral de carácter especial de alta dirección, y no posean su control efectivo?: Se asimilan a trabajadores por cuenta ajena, con inclusión plena en el Régimen General de la Seguridad Social o en el Especial de que se trate. Se asimilan a trabajadores por cuenta ajena con inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social o en el Especial de que se trate, sin exclusión de la protección por desempleo y de la otorgada por el FOGASA cuando el número de socios de la sociedad no supere los 35. Se asimilan a trabajadores por cuenta ajena con inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social o en el Especial de que se trate, pero con exclusión de la protección por desempleo y de la otorgada por el FOGASA cuando el número de socios de la sociedad no supere los 25. Se consideran trabajadores autónomos.

Según la LGSS, ¿Cuál de los siguientes no estará incluido en el campo de aplicación del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos?: Los socios industriales de sociedades regulares colectivas y de sociedades comanditarias a los que se refiere el artículo 1.2.a) de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo. Los socios trabajadores de las sociedades laborales cuando su participación en el capital social junto con la de su cónyuge y parientes por consanguinidad, afinidad o adopción hasta el segundo grado con los que convivan alcance, al menos, el 25 por ciento, salvo que acrediten que el ejercicio del control efectivo de la sociedad requiere el concurso de personas ajenas a las relaciones familiares. Los trabajadores autónomos económicamente dependientes a los que se refiere la Ley 20/2007, de 11 de julio. Los miembros del Cuerpo Único de Notarios.

Según la LGSS, ¿en qué régimen se incluirán los socios trabajadores de las cooperativas de trabajo asociado dedicados a la venta ambulante que perciban ingresos directamente de los compradores?: Queda excluido del sistema de la Seguridad Social. Queda comprendido en el Régimen Especial de Autónomos. Queda comprendido en el Régimen General de la Seguridad Social. Queda comprendido en el Régimen General, con exclusión de la protección por desempleo y del Fondo de Garantía Salarial.

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