Est. Mar
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![]() Est. Mar Descripción: Est. Mar |



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Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, identifica la definición incorrecta. Centro sanitario: los centros e instituciones a los que se refiere el artículo 29 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. Personal: los que, siendo personal estatutario, prestan servicios en un centro sanitario. Período de localización: período de tiempo en el que el personal se encuentra en situación de indisponibilidad que no haga posible su localización ni su presencia inmediata para la prestación de un trabajo o servicios efectivo cuando fuera llamado para atender las necesidades asistenciales que eventualmente se puedan producir. Período de descanso: todo período de tiempo que no sea tiempo de trabajo. Según la ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. En el artículo 46. 2, define como tiempo de trabajo, el período en el que el personal permanece en el centro sanitario, a disposición del mismo y en ejercicio efectivo de su actividad y funciones, Se considerará, asimismo, tiempo de trabajo: Los servicios prestados fuera del centro sanitario, siempre que se produzcan como consecuencia del modelo de organización asistencial o deriven de la programación funcional del centro. Solo se considerará tiempo de trabajo el tiempo que se esté presente dentro del centro, institución…. En caso de que se preste servicios fuera del centro sanitario, según la ley se entenderá como servicios prestados como casos externos, y se deberá de pagar un plus por complemento de productividad. Ninguna es correcta. Según la ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. El periodo nocturno, indica la incorrecta. El período nocturno se definirá en las normas, pactos o acuerdos que sean aplicables a cada centro sanitario. Tendrá una duración mínima de 7 horas. Incluirá necesariamente el período comprendido entre las cero y las cinco horas de cada día natural. En ausencia de tal definición, se considerará período nocturno el comprendido entre las 21 horas y las 5 horas del día siguiente. Según Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. Será considerado personal nocturno: A. El que realice normalmente, durante el período nocturno, una parte no inferior a 2 horas de su tiempo de trabajo diario. B. El que pueda realizar durante el período nocturno 1/4 de su tiempo de trabajo anual. C. A, y B, es correcta. D. El que realice normalmente, durante el período nocturno, una parte no inferior a 3 horas de su tiempo de trabajo diario, o 1/3 de su tiempo de trabajo anual. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. ¿Que definición sería incorrecta?. Trabajo por turnos: toda forma de organización del trabajo en equipo por la que el personal ocupe sucesivamente las mismas plazas con arreglo a un ritmo determinado, incluido el ritmo rotatorio, que podrá ser de tipo continuo o discontinuo, implicando para el personal la necesidad de realizar su trabajo en distintas horas a lo largo de un período dado de días o de semanas. Programación funcional del centro: las instrucciones que, en uso de su capacidad de organización y de dirección del trabajo, se establezcan por la gerencia o la dirección del centro sanitario en orden a articular, coordinadamente y en todo momento, la actividad de los distintos servicios y del personal de cada uno de ellos para el adecuado cumplimiento de las funciones sanitario-asistenciales. Personal por turnos: el personal cuyo horario de trabajo se ajuste a un régimen de trabajo por turnos. Período de descanso: todo período de tiempo que sea tiempo de trabajo. La ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, según El artículo 47, ¿como se determina la jornada ordinaria de trabajo en los centro sanitario?. Solo lo que establezca la ley 55/2003. Mediante, normas, pactos o acuerdos. Por decisión unilateral del director del centro. La jornada siempre será de 35 horas semanales. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. En el artículo 47, menciona la distribución irregular de la jornada a lo largo del año, ¿A través de que instrumentos se establece dicha distribución?. Programación funcional del correspondiente centro. Según el tipo de contrato individual de cada trabajador. Por decreto ley de las CC. AA. Mediante la solicitud previa del trabajador con 15 días de antelación. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. ¿La Jornada complementaria, tendrá como fin principal?. Garantizar la adecuada atención permanente y continúa al usuario de los centros sanitarios. Atender funciones de gestión administrativa del centro. Sustituir la jornada ordinaria. Permitir la realización de horas extraordinarias para el aumento salarial. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. El personal desarrollará una jornada complementaria en la forma en que se establezca a través de: La programación funcional del correspondiente centro. Las ordenes de la dirección del centro. Lo que especifique el médico responsable de cada unidad. Lo que marque el gerente del servicio de salud de la correspondiente comunidad autónoma. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. Sobre la duración Máxima conjunta de la jornada ordinaria y la complementaria, ¿cuál es el límite general establecido?. 40 Horas semanales de trabajo efectivo en cómputo mensual. 48 Horas semanales de trabajo efectivo en cómputo semestral, salvo que mediante acuerdo o convenio establezca otro cómputo. 48 Horas semanales de trabajo efectivo en cómputo Anual. No existe límite máximo legal. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. En relación con los periodos de localización, ¿cuando se computan como jornada de trabajo?. Siempre, ya que tienen que estar disponibles. Solo, si es requerido para la prestación de un trabajo o servicio. Sólo el tiempo de desplazamiento al centro. Nunca se computarán como jornada. Se considera tiempo de descanso retribuido. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. Respecto a la jornada complementaria, señale la correcta: Tendrán consideración de horas extraordinarias, a efectos de retribución. Se rige por las mismas limitaciones que las horas extraordinarias en el sector privado. No tendrá en ningún caso la condición ni el tratamiento establecido para las horas extraordinarias. Está afectada por las limitaciones de la ley de presupuestos generales del estado sobre horas extras. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. La realización de la jornada complementaria: A. Solo será de aplicación al personal de las categorías o unidades que con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley venían realizando una cobertura de la atención continuada mediante la realización de guardias u otro sistema análogo. B. Se podrá ampliar para el personal de aquellas otras categorías o unidades que se determinen previa negociación en las mesas correspondientes. C. Solo será aplicable a médicos y enfermeras. D. A y B. Son correctas. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. Cuando se superen la duración Máxima conjunta de la jornada ordinaria y complementaria, el personal deberá manifestar su consentimiento: De forma verbal, ante los responsables de la unidad. Por escrito, de forma individualizada y libre. Mediante representantes sindicales en la mesa de negociación. No será necesario el consentimiento, ya que existen razones organizativas o asistenciales que lo justifican. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. Sobre el límite de horas, ¿ cuál es el límite Máximo de exceso de jornada según el artículo 48. 2, que pueden establecer los centros sanitarios?. 100 horas. 150 horas. 200 horas. No hay límites, depende de la necesidad. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. Si un trabajador decide no prestar su consentimiento para realizar jornada especial. Puede ser sancionado. Nadie podrá ser sancionado por el hecho de no prestar su consentimiento. Deberá ser justificado, por fuerza mayor. Se podrá reducir el nivel retributivo derivado de un menor nivel de dedicación. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. Respecto a los registros del personal que desarrolle el régimen de jornada especial, el centro sanitario deberá asegurar que : Existan registros actualizados a disposición de las autoridades administrativas o laborales. Solo se registrarán cuando superen las 150 horas anuales. Serán de carácter público. Serán destruidos al finalizar el año. Las autoridades competentes podrán prohibir o limitar los excesos de jornada por razones de: Baja productividad. Seguridad o Salud del personal. Presupuesto y contención del gasto. Exceso de personal. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. ¿Cuál es uno de los requisitos previos necesarios para que el centro sanitario pueda ofrecer la superación de la jornada Máxima?. Que existan razones organizativas o asistenciales que así lo justifiquen. Previa oferta expresa del centro sanitario. Cuando no se puedan contratar personal temporal. Por solicitud del trabajador. Que la junta emita un informe favorable previo. El régimen de jornada especial, ¿que debe asegurar el centro sanitario respecto al consentimiento previsto en el apartado 1 ?. Establecer previamente los requisitos para otorgar por parte del personal dicho consentimiento. Que sea firmado por el 50 % de la plantilla. Visado por inspección de trabajo en un plazo de 10 días. Se renueva automáticamente cada mes. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. En artículo 49. 2, los centros sanitarios establecerán los requisitos relativos a: El orden de preferencia según antigüedad. Incremento salarial porcentual por cada hora de exceso. La duración mínima del compromiso de jornada especial. La edad Máxima para poder realizar Lis excesos de jornada. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. Respecto a la prohibición o limitación de los excesos de jornada, ¿quien ostenta esta potestad según el artículo 49. 3. B?. Las autoridades administrativas o laborales competentes. El comité de seguridad y Salud. El jefe de servicio de la unidad. El propio trabajador. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. En lo referente a la pausa, articulo 50, dice que: Siempre que la duración de una jornada exceda de seis horas continuadas, se establecerá un período de descanso no inferior a 15 minutos. Siempre que la duración de una jornada exceda de cinco horas continuadas, se establecerá un período de descanso superior a 15 minutos. Siempre que la duración de una jornada no exceda de seis horas continuadas, se establecerá un período de descanso superior a 15 minutos. Siempre se establecerá un período de descanso superior a 15 minutos. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, en el artículo 50, relativo a la pausa en el trabajo, dice así: Se supeditará al mantenimiento de la atención de los servicios. Se disfrutará cuando el personal requiera el derecho. Si no se disfruta, se establecerá una compensación económica. En trabajo por turnos, no será de aplicación en ningún caso. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. En lo relativo a la jornada ordinaria: El tiempo de trabajo no excederá de 12 horas ininterrumpidas, salvo programación funcional de los centros que podrán establecer jornadas de hasta 24 horas para determinados servicios o unidades sanitarias. El tiempo de trabajo no excederá de 20 horas ininterrumpidas. El tiempo de trabajo no excederá de 24 horas ininterrumpidas. La jornada será determinada por la programación funcional de los centros, sin límite de horas máximas. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. En relación al descanso entre el fin de la jornada y el comienzo de la siguiente, establece que: El personal tendrá derecho a un período mínimo de descanso ininterrumpido de 12 horas. El personal tendrá derecho a un período mínimo de descanso ininterrumpido de 24 horas. No se aplicará cuando así lo aconsejen razones organizativas o asistenciales. Según se determine en mesas de negociación. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. El descanso entre jornadas de trabajo se reducirá, en los términos que exija la propia causa que lo justifica. Indica la opción correcta: a) En el caso de trabajo a turnos, cuando el personal cambie de equipo y no pueda disfrutar del período de descanso diario entre el final de la jornada de un equipo y el comienzo de la jornada del siguiente. b) Cuando se sucedan, en un intervalo inferior a 12 horas, tiempos de trabajo correspondientes a jornada ordinaria, jornada complementaria o, en su caso, jornada especial. c) Será de aplicación el régimen de compensación por medio de descansos alternativos. d) Todas son correctas. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. En lo relativo al descanso semanal, señala la oposición válida: El personal tendrá derecho a un período mínimo de descanso ininterrumpido de 24 horas semanales, período que se incrementará con el mínimo de descanso diario. El personal tendrá derecho a un período máximo de descanso ininterrumpido de 24 horas semanales, período que se incrementará con el mínimo de descanso diario. El personal tendrá derecho a un período máximo de descanso ininterrumpido de 24 horas semanales, período que se incrementará con el máximo de descanso diario. El personal tendrá derecho a un período mínimo de descanso ininterrumpido de 36 horas semanales, período que se incrementará con el mínimo de descanso diario. De conformidad con el artículo 52 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, el período de referencia para el cálculo del período de descanso semanal establecido en el citado precepto será de : Será de 2 meses. Será de 6 meses. Será de 4 meses. Ninguna es correcta. Según el artículo 53 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, con respecto a vacaciones, indica cual es correcta: Todas son incorrectas. Anualmente, el personal tendrá derecho a una vacación retribuida cuya duración no será inferior a 30 días hábiles, o al tiempo que proporcionalmente corresponda en función del tiempo de servicios. El período o períodos de disfrute de la vacación anual se fijará conforme a lo que prevea al respecto la programación funcional del correspondiente centro. El período de vacación anual podrá ser sustituido por una compensación económica. Según el Artículo 54, de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. El Régimen de descansos alternativos, dice así: indica la opción correcta. Siempre que el personal no hubiera disfrutado disfrutado de los periodos mínimos de descanso diario y semanal establecidos en esta ley. Tendrá derecho a periodos de descanso compensatorios. La duración total no podrá ser superior a la reducción experimentada. La compensación se entenderá producida cuando se haya disfrutado, en cómputo anual, un promedio semanal de 90 horas de descanso, incluyendo los descansos semanales disfrutados, computando para ello todos los períodos de descanso de duración igual o superior a 12 horas consecutivas. El disfrute de los descansos compensatorios podrá ser sustituido por compensación económica. Según el artículo 55 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. Relativo al personal nocturno dice así : El tiempo de trabajo correspondiente a la jornada ordinaria del personal nocturno no excederá de 12 horas ininterrumpidas, mediante la programación funcional de los centros se podrán establecer jornadas de hasta 24 horas en determinados servicios o unidades sanitarias, cuando así lo aconsejen razones organizativas o asistenciales. El tiempo de trabajo correspondiente a la jornada ordinaria del personal nocturno no excederá de 24 horas ininterrumpidas, mediante la programación funcional de los centros se podrán establecer jornadas de hasta 36 horas en determinados servicios o unidades sanitarias, cuando así lo aconsejen razones organizativas o asistenciales. El tiempo de trabajo correspondiente a la jornada ordinaria del personal nocturno no excederá de 18 horas ininterrumpidas, mediante la programación funcional de los centros se podrán establecer jornadas de hasta 32 horas en determinados servicios o unidades sanitarias, cuando así lo aconsejen razones organizativas o asistenciales. Ninguna es correcta. Según el artículo 57 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. ¿A que se entenderá referido un periodo de tiempo mensual o anual? Indica la correcta. A semanas, meses o años naturales. A sólo años. A solo meses. En ese articulo no viene esas referencias. Según el artículo 57 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. ¿A que se entenderá referido un periodo de tiempo semestral? Indica la correcta. Se refiere al primero o al Segundo semestre de cada año. Se refiere al tercero o al cuarto semestre de cada año. Se refiere al Primero o al cuarto semestre de cada año. Ninguna es correcta. Según el artículo 58, de la ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. La pausa en el trabajo, ¿qué tipo de consideración tendrá? Indica la correcta. Tendrá la consideración de tiempo de trabajo efectivo en la forma que esté establecido por norma, pacto o acuerdo, según corresponda. No tendrá la consideración de tiempo de trabajo efectivo. La pausa en el trabajo no está regulada en la ley. Ninguna es correcta. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. Los periodos de descanso diario y semanal y en su caso los descansos alternativos, ¿cuál es correcta?. No tendrán el carácter ni la consideración de trabajo efectivo, ni podrán ser, en ningún caso, tomados en consideración para el cumplimiento de la jornada ordinaria de trabajo. Tendrán el carácter y la consideración de trabajo efectivo. Podrán ser tomados en consideración para el cumplimiento de la jornada ordinaria de trabajo. Ninguna es correcta. Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud. El período de vacación anual retribuida y los períodos de baja por enfermedad, ¿que carácter tendrán?. Neutros para el cálculo de los promedios. Trabajo efectivo. Trabajo no efectivo. Todas son correctas. |




