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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEESTATUTO UPM 3

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Título del test:
ESTATUTO UPM 3

Descripción:
AUX ADMISNITRATIVO

Autor:
loli9
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Fecha de Creación:
23/11/2017

Categoría:
Otros

Número preguntas: 26
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Temario:
Serán Centros adscritos a la Universidad Politécnica de Madrid. aquellos de titularidad pública o privada que regulen, mediante convenio, su adscripción aquellos de titularidad pública que regulen, mediante convenio, su adscripción aquellos de titularidad privada que regulen, mediante convenio, su adscripción aquellos de titularidad pública o privada que regulen, por ley, su adscripción.
Serán Centros adscritos a la Universidad Politécnica de Madrid, podrán entre otras actividades: podrán impartir estudios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y propio y quedarán sometidos a la tutela académica de la Universidad Politécnica de Madrid. podrán impartir estudios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y quedarán sometidos a la tutela académica de la Universidad Politécnica de Madrid. podrán impartir estudios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y propio podrán impartir estudios conducentes a la obtención de títulos de carácter oficial y propio y válidos en todo el territorio nacional.
Los Centros adscritos se regirán por lo dispuesto : en la Ley Orgánica de Universidades, por las normas dictadas por el Estado y la Comunidad de Madrid en el ejercicio de sus competencias, por el convenio de adscripción y por sus propias normas de organización y funcionamiento en la Ley Orgánica de Universidades, por las normas dictadas por el Estado en el ejercicio de sus competencias, por el convenio de adscrip-ción y por sus propias normas de organización y funcionamiento en la Ley Orgánica de Universidades supletoriamente, por las normas dictadas por el Estado y la Comunidad de Madrid en el ejercicio de sus competencias, por el convenio de adscripción y por sus propias normas de organización y funcionamiento en la Ley Orgánica de Universidades, por el convenio de adscripción y por sus propias normas de organización y funcionamiento.
El nombramiento del Director académico del Centro adscrito corresponde: al Rector, a propuesta del Promotor, oído el Consejo de Gobierno, entre los profesores funcionarios de la Universidad Politécnica de Madrid. Deberá reunir los requisitos necesarios para ser Director de Centro de la U.P.M. y tendrá su misma categoría académica al Rector, a propuesta del Promotor, oído el Consejo Social, entre los profesores funcionarios de la Universidad Politécnica de Madrid. Deberá reunir los requisitos necesarios para ser Director de Centro de la U.P.M. y tendrá su misma categoría académica al Promotor, a propuesta del Rector , oído el Consejo de Gobierno, entre los profesores funcionarios de la Universidad Politécnica de Madrid. Deberá reunir los requisitos necesarios para ser Director de Centro de la U.P.M. y tendrá su misma categoría académica al Promotor, a propuesta del Rector, oído el Consejo social, entre los profesores funcionarios de la Universidad Politécnica de Madrid. Deberá reunir los requisitos necesarios para ser Director de Centro de la U.P.M. y tendrá su misma categoría académica.
En caso de existir conflicto de atribuciones, las decisiones de los órganos generales de gobierno y representación tendrán prioridad sobre las decisiones de los restantes, y de existir conflicto entre estos últimos, ...................... establecerá la solución el Consejo de Gobierno el Consejo social el Rector ninguna es correcta.
Los órganos de gobierno colegiados de la Universidad Politécnica de Madrid remitirán al ............., para su publicación, sus acuerdos y resoluciones y se facilitará su accesibilidad por vía electrónica. Boletín Oficial de la Universidad Politécnica de Madrid B.O.E BOCM Boletín Oficial de la Universidad Politécnica de Madrid Y B.O.E.
Salvo disposición en contrario de los presentes Estatutos, los miembros electivos de los órganos de gobierno colegiados serán elegidos por sufragio universal, igual, libre, directo y secreto de entre y por todos los miembros del sector y circunscripción electoral determinados en los presentes Estatutos o Reglamentos que los desarrollen. Las elecciones se celebrarán cada cuatro años, a excepción de las vacantes y las correspondientes a los estudiantes, que se realizarán anualmente Las elecciones se celebrarán cada cinco años, a excepción de las vacantes y las correspondientes a los estudiantes, que se realizarán anualmente Las elecciones se celebrarán cada cuatro años Las elecciones se celebrarán cada cuatro años, a excepción de las vacantes y las correspondientes a los estudiantes, que se realizarán bianualmente.
Según el presente Estatuto, en los órganos gobierno: Las candidaturas se presentarán, en la forma que reglamentariamente se establezca, por listas abiertas, pudiendo votar cada elector, como máximo, a un número de candidatos que será el menor número entero superior o igual a los dos tercios de los puestos a elegir correspondientes a cada sector o circunscripción Las candidaturas se presentarán, en la forma que la ley establezca, por listas abiertas, pudiendo votar cada elector, como máximo, a un número de candidatos que será el menor número entero superior o igual a los un tercio de los puestos a elegir correspondientes a cada sector o circunscripción Las candidaturas se presentarán, en la forma que reglamentariamente se establezca, por listas cerradas, pudiendo votar cada elector, como máximo, a un número de candidatos que será el menor número entero superior o igual a los dos tercios de los puestos a elegir correspondientes a cada sector o circunscripción Las candidaturas se presentarán, en la forma que reglamentariamente se establezca, por listas abiertas, pudiendo votar cada elector, como máximo, a un número de candidatos que será el mayor número entero inferior o igual a los un tercio de los puestos a elegir correspondientes a cada sector o circunscripción.
No podrá ser candidato a un órgano de gobierno unipersonal electivo quien lo haya desempeñado durante los dos últimos mandatos. Por una sola vez, el primer o el segundo mandato no será contabilizado si su duración es inferior a : dos años tres años cuatro años ninguna es correcta.
El Claustro Universitario es el máximo órgano de ......................................., al que corresponde supervisar la gestión de la Universidad Politécnica de Madrid y definir las líneas generales de actuación en los distintos ámbitos de la vida universitaria representación de la comunidad universitaria representación de la sociedad representación sidical.
El Claustro Universitario estará formado por: El Rector, que lo presidirá, el Secretario General y el Gerente, y por trescientos representantes de los distintos sectores de la comunidad universitaria, en los siguientes términos: 154 28 70 48.
El Claustro Universitario se renovará .............., excepto la representación de los estudiantes, que se renovará anualmente, mediante elecciones convocadas al efecto por el Rector cada cuatro años cada cinco años cada tres años cada seis años.
Además de cualquier otra que le atribuyan las disposiciones vigentes y los presentes Estatutos, serán competencias del Claustro Universitario: Elaborar, aprobar y modificar, en su caso, los Estatutos Revocar al Rector conforme a lo establecido en el artículo 36 Formular interpelaciones al Rector o a los miembros de su equipo en los términos que se prevean en el Reglamento del Claustro todas son ciertas.
Serán competencias del Claustro Universitario: Elegir a los representantes del Claustro en el Consejo de Gobierno. Las elecciones se llevarán a cabo por y entre los propios miembros de cada uno de los sectores de la comunidad universitaria Elegir a los cinco catedráticos, pertenecientes cada uno a ámbito de conocimiento distinto de entre los existentes en la Universidad Politécnica de Madrid, con amplia experiencia docente e investigadora que han de formar parte de la Comisión de Reclamaciones a que se refiere el artículo 66.2 de la vigente Ley Orgánica de Universidades Aprobar el Reglamento de las Escuelas, Facultades, Departamentos, Institutos Universitarios de Investigación y Centros de I+D+i. Aprobar los planes de estudio de las titulaciones impartidas en la Universidad Politécnica de Madrid.
La Mesa del Claustro Universitario estará formada por: Rector, que la presidirá El Vicepresidente primero, que será elegido por y de entre el profesorado y personal investigador claustral El Vicepresidente segundo, que será elegido por y de entre los estudiantes claustrales. El Vicepresidente tercero, que será elegido por y de entre el personal de administración y servicios claustral. El Secretario, que será el Secretario General de la Universidad Politécnica de Madrid El Gerente.
El Claustro Universitario celebrará, al menos, ....................en las fechas que reglamentariamente se determinen, evitando en la medida de lo posible la celebración de dichas sesiones durante los períodos oficiales de exámenes, así como durante los quince días naturales anteriores a éstos dos sesiones ordinarias al año dos sesiones ordinarias al trimestre dos sesiones ordinarias al semestre dos sesiones extraordinarias al año .
El Consejo de Gobierno es el órgano de gobierno de la Universidad Politécnica de Madrid. Propone las líneas estratégicas y programáticas de la misma, así como las directrices y procedimientos para su aplicación, en los ámbitos de organización de las enseñanzas, investigación, recursos humanos y económicos y elaboración de los presupuestos, y ejerce las funciones previstas en la legislación vigente y las que establezcan los presentes Estatutos Propone las líneas estratégicas y programáticas de la misma, así como las directrices y procedimientos para su ejecución, en los ámbitos de organización de las enseñanzas, investigación, recursos humanos y económicos y elaboración de los presupuestos, y ejerce las funciones previstas en la legislación vigente y las que establezcan los presentes Estatutos Propone las líneas programáticas de la misma, así como las directrices y procedimientos para su aplicación, en los ámbitos de organización de las enseñanzas, investigación, recursos humanos y económicos y elaboración de los presupuestos, y ejerce las funciones previstas en la legislación vigente y las que establezcan los presentes Estatutos Propone las directrices y procedimientos para su aplicación, en los ámbitos de organización de las enseñanzas, investigación, recursos humanos y económicos y elaboración de los presupuestos, y ejerce las funciones previstas en la legislación vigente y las que establezcan los presentes Estatu-tos.
El Consejo de Gobierno estará constituido por: El Rector, que lo presidirá,el Secretario General y el Gerente y un máximo de cincuenta miembros El Rector, que lo presidirá,los Vicerrectores,el Secretario General y el Gerente y un máximo de cincuenta miembros El Rector, que lo presidirá,el Secretario General y el Gerente y un mínimo de cincuenta miembros El Rector, que lo presidirá,el Secretario General y el Gerente y un máximo de cincuenta claustrales.
de los 50 miembros que componen el Consejo de Gobierno, se incluirán: Los Vicerrectores, 19 claustrales, 23 miembros de los grupos de Directores de Departamento y de Directores de Instituto o Centro de I+D+i Los Vicerrectores, 18 claustrales, 24 miembros de los grupos de Directores de Departamento y de Directores de Instituto o Centro de I+D+i 19 claustrales, 23 miembros de los grupos de Directores de Departamento y de Directores de Instituto o Centro de I+D+i Los Vicerrectores, claustrales, 23 miembros de los grupos de Directores de Departamento y de Directores de Instituto o Centro de I+D+i.
Formarán la Comisión Permanente del Consejo de Gobierno: a)El Rector, que la presidirá. b) El Secretario General, que será el Secretario de la Comisión, y el Gerente. c) Un Vicerrector designado por el Rector. d) Siete vocales elegidos entre representantes de los sectores del Claustro, e) Cinco vocales a)El Rector, que la presidirá. b) El Secretario General, que será el Secretario de la Comisión c) Un Vicerrector designado por el Rector. d) Siete vocales elegidos entre representantes de los sectores del Claustro, e) Cinco vocales a)El Rector, que la presidirá. b) El Secretario General, que será el Secretario de la Comisión, y el Gerente. c) Un Vicerrector designado por el Rector. d) Siete vocales elegidos entre representantes de los sectores del Claustro, e) Cinco vocales del Consejo social a)El Rector, que la presidirá. b) El Secretario General, que será el Secretario de la Comisión, y el Gerente. c) Un Vicerrector designado por el Consejo d) Siete vocales elegidos entre representantes de los sectores del Claustro, e) Cinco vocales .
Además de cualquier otra que le atribuyan las disposiciones vigentes y los presentes Estatutos, serán competencias del Consejo de Gobierno: Elaborar, aprobar y modificar, en su caso, su propio Reglamento, los Reglamentos Tipo, el código ético de la Universidad Politécnica de Madrid. Proponer la convocatoria del Claustro de forma extraordinaria. Elegir a los miembros del mismo que han de formar parte del Consejo Social Todas son ciertas.
Serán competencias del Consejo de Gobierno: Proponer o, en su caso, informar sobre la creación, modificación o supresión de Escuelas, Facultades, Institutos Universitarios de Investigación, Centros de I+D+i u otros Centros universitarios Aprobar la creación, modificación o supresión de Escuelas, Faculta-des, Institutos Universitarios de Investigación, Centros de I+D+i u otros Centros universitarios Proponer o, en su caso, rechazar sobre la creación, modificación o supresión de Escuelas, Facultades, Institutos Universitarios de Investigación, Centros de I+D+i u otros Centros universitarios Informar sobre la creación, modificación o supresión de Escuelas, Faculta-des, Institutos Universitarios de Investigación, Centros de I+D+i u otros Centros universitarios.
Serán competencias del Consejo de Gobierno: Aprobar la política de colaboración con otras universidades, personas físicas y jurídicas públicas o privadas y conocer sus correspondientes convenios; así como los contratos que suscriba el Rector en nombre de la UPM de acuerdo con lo dispuesto en los presentes Estatutos. Aprobar la política de colaboración con otras universidades, personas físicas y jurídicas públicas y conocer sus correspondientes convenios; así como los contratos que suscriba el Rector en nombre de la UPM de acuerdo con lo dispuesto en los presentes Estatutos Aprobar la política de colaboración con otras universidades, personas públicas o privadas y conocer sus correspondientes convenios; así como los contratos que suscriba el Rector en nombre de la UPM de acuerdo con lo dispuesto en los presentes Estatutos Aprobar la política de colaboración con otras universidades, personas físicas y jurídicas públicas o privadas y crear sus correspondientes convenios; así como los contratos que suscriba el Rector en nombre de la UPM de acuerdo con lo dispuesto en los presentes Estatutos.
Serán competencias del Consejo de Gobierno: Establecer la política de selección, evaluación y promoción del personal de la UPM así como resolver sobre la contratación de profesorado y del personal investigador de acuerdo con lo establecido en los presentes Estatutos y en la legislación vigente. Proponer el título de Doctor "Honoris Causa" por la Universidad Politécnica de Madrid. Crear el presupuesto anual de la Universidad Politécnica de Madrid y las directrices de su programación plurianual para su posterior remisión al Consejo Social. Proponer los premios y distinciones de la Universidad Politécnica de Madrid.
El Consejo de Gobierno se reunirá en sesión ordinaria al menos una vez al: mes durante el período lectivo. trimestre durante el período lectivo. semestre durante el período lectivo. años durante el período lectivo.
El Consejo Social es el órgano de : participación de la sociedad en la Universidad Politécnica de Madrid, dis-pondrá de los medios necesarios para el cumplimiento de sus funciones gobierno de la Universidad Politécnica de Madrid. Propone las líneas estratégicas y programáticas de la misma representación de la comunidad universitaria.
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