Estatuto UPNA: Título 1. Estructura de la Universidad
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Título del Test:![]() Estatuto UPNA: Título 1. Estructura de la Universidad Descripción: Universidad Pública Navarra |




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La Universidad Pública de Navarra estará integrada por: Escuelas, Facultades, Departamentos, Institutos Universitarios de Investigación. Escuelas, Facultades, Departamentos, Institutos Universitarios de Investigación, Escuelas de Doctorado. A y D son correctas. Aquellos centros o estructuras necesarios para el desempeño de sus funciones. La Universidad Pública de Navarra podrá crear otros centros o estructuras, cuyas actividades de desarrollo de sus fines institucionales no estén recogidos en el apartado anterior. verdadero. falso. Centros encargados de la organización de las enseñanzas y de los procesos académicos, administrativos y de gestión conducentes a la obtención de títulos de grado. Escuelas y Facultades. Departamentos. Institutos Universitarios de Investigación. Consejo de Gobierno. Proponer la creación, modificación o supresión de Escuelas y Facultades. Consejo Social. Claustro. Consejo de Gobierno. Comunidad Autónoma. Son funciones de las Escuelas y Facultades. Acordar con los profesores asignados por los Departamentos la adecuación de las asignaturas a las titulaciones. El establecimiento de las directrices específicas de los programas de los planes de estudio de cada titulación. Todas son correctas. La promoción de su oferta de enseñanzas. Unidades de docencia e investigación encargadas de coordinar las enseñanzas de uno o varios ámbitos del conocimiento en uno o varios centros. Escuelas. Facultades. Departamentos. Institutos Universitarios de Investigación. Integran los Departamentos. personal docente e investigador miembro del Departamento. personal de administración y servicios asignado. personal docente e investigador adscrito al Departamento. Todas son correctas. Son miembros del Departamento. Ninguna es correcta. personal docente e investigador con vinculación permanente a la Universidad. B y D son correctas. condición de doctor. Selecciona la correcta. La creación, modificación y supresión de Departamentos se aprobará por el Consejo de Gobierno, previo informe de los Departamentos a los que pertenezca el personal docente e investigador afectado y de los servicios económicos y jurídicos de la Universidad Pública de Navarra. La creación, modificación y supresión de Departamentos se aprobará por el Consejo de Departamento, previo informe de los Departamentos a los que pertenezca el personal docente e investigador afectado y de los servicios económicos y jurídicos de la Universidad Pública de Navarra. La creación, modificación y supresión de Departamentos se aprobará por el Consejo de Gobierno, previo informe del Consejo Social a los que pertenezca el personal docente e investigador afectado y de los servicios económicos y jurídicos de la Universidad Pública de Navarra. La creación, modificación y supresión de Departamentos se aprobará por el Consejo de Gobierno, previo informe de la Comunidad Autónoma a la que pertenezca el personal docente e investigador afectado y de los servicios económicos y jurídicos de la Universidad Pública de Navarra. La iniciativa para la creación, modificación y supresión de Departamentos. Departamentos afectados. Consejo de Gobierno. Al personal docente e investigador interesado. Todas son correctas. Contenidos memoria justificativa para la creación de Departamentos. Necesidad y mejora actividad docente. Asignación de las actividades y recursos docentes e investigadores. Profesores afectados. A y C son correctas. Fija el número mínimo de profesores funcionarios y doctores con vinculación permanente y dedicación a tiempo completo del Departamento. Gobierno. Rector. Gerente. Consejo de Gobierno. El número de profesores funcionarios y doctores con vinculación permanente y dedicación a tiempo completo será. Nunca inferior a 15. Nunca inferior a 7. Nunca inferior a 20. No se especifica en el estatuto. Funciones del Departamento. La elaboración de la propuesta de programación docente de las asignaturas de los planes de estudios de las enseñanzas de su competencia. El impulso y el apoyo a la mejora de las capacidades docente, investigadora y de gestión de su personal. La promoción de relaciones con otras instituciones universitarias y científicas, así como con otras entidades privadas. El impulso y el apoyo de la mejora de las metodologías docentes y discentes. Funciones del Departamento. La gestión del presupuesto y de todos los medios que le hayan sido asignados para posibilitar el cumplimiento de sus cometidos. Todas son correctas. La elaboración de su reglamento de régimen interior. La asignación y coordinación del profesorado y de los recursos propios más adecuados para el desarrollo del encargo que les sea encomendado dentro de la programación docente de la Universidad. Centros dedicados a la investigación científica y técnica o a la creación artística. Escuelas y Facultades. Departamentos. Consejo Social. Institutos Universitarios de Investigación. Organizar y desarrollar programas de doctorado y de postgrado y proporcionan asesoramiento técnico. Escuelas y Facultades. Rector. Institutos Universitarios de Investigación. Consejo de Gobierno. Los Institutos Universitarios de Investigación podrán ser. Propios, adscritos, mixtos e interuniversitarios. Adscritos a la Universidad Pública de Navarra, tanto de naturaleza pública como privada. Mixtos, creados en colaboración con otras instituciones públicas o privadas. Interuniversitarios creados en colaboración con otras Universidades. La constitución de Institutos Universitarios mixtos o interuniversitarios o su adcripción a la UPNA requiere. Apruebe Consejo de Gobierno. Que se fije en convenio. Apruebe Gobierno. Ninguna es correcta. Informará las propuestas o iniciativas de la Universidad o de la Comunidad Foral para la creación y supresión de los Institutos Universitarios. Consejo de Gobierno. Consejo Social. Departamento. Secretario General. Se podrán inscribir por convenio a la UPNA. Centros docentes, de investigación o de creación artística, de carácter público o privado. Centros docentes, de investigación o de creación artística, de carácter público. Centros docentes, de investigación o de creación artística, exclusivo de carácter privado. Ninguna es correcta. La propuesta del Consejo de Gobierno de la Universidad contendrá el convenio de adscripción en el que se contemplarán. al menos, el régimen académico de sus enseñanzas. en su caso, de su investigación. el régimen del profesorado, los órganos de gobierno, los procedimientos de ingreso de los estudiantes y los sistemas de financiación. Todas son correctas. La concesión de la venia docendi corresponde a. Profesores doctores. Rector. El rey. Profesores doctores con vinculación permanente. La Universidad Pública de Navarra podrá establecer conciertos con instituciones sanitarias. Si. No. Centros universitarios que proporcionan alojamiento y promueven la formación cultural y científica. Facultades. Colegios Mayores. Departamentos. Instituto Universitario de Investigación. El régimen de funcionamiento y admisión de estudiantes de los Colegios Mayores será aprobado por. Consejo Social. Gobierno. Rector. Consejo de Gobierno. Podrán adscribirse a la Universidad Colegios Mayores dependientes de entidades o instituciones. Públicas o privadas. Privadas. Públicas y privadas. Ninguna es correcta. Función del Departamento. El establecimiento de las directrices específicas de los programas de los planes de estudio de cada titulación, que deberán fijar la orientación y los contenidos básicos e ineludibles, así como los requisitos de coordinación de las asignaturas. La promoción de relaciones con otras instituciones universitarias y científicas, así como con otras entidades públicas. La asignación y coordinación del profesorado y de los recursos propios más adecuados para el desarrollo del encargo que les sea encomendado dentro de la programación docente de la Universidad. La tramitación y resolución de los expedientes de reconocimiento y transferencia de créditos, así como la expedición de certificados académicos en el ámbito de sus competencias. La adscripción a la UPNA requerirá la propuesta del. Consejo de Gobierno de la Universidad, previo informe favorable del Claustro, y la posterior aprobación de la Comunidad Foral. Consejo Social de la Universidad, previo informe favorable del Rector, y la posterior aprobación de la Comunidad Foral. Consejo de Gobierno de la Universidad, previo informe favorable del Consejo Social, y la posterior aprobación de la Comunidad Foral. Gobierno, previo informe favorable del Consejo Social, y la posterior aprobación de la Comunidad Foral. |