Recibir una formación integral y una enseñanza crítica de calidad, rigurosa, actualizada y
didácticamente adecuada. Derecho Deber. Conocer, con anterioridad a su matriculación, la oferta y programación docente de cada titulación, los programas y horarios de las asignaturas, las fechas de las convocatorias oficiales, así
como los criterios generales de evaluación Derecho Deber. La publicidad de las normas de la Universidad que regulen la verificación de los conocimientos
de los estudiantes y la publicidad y la revisión de las calificaciones, mediante un procedimiento
eficaz y particularizado, con anterioridad a su incorporación a las actas oficiales Derecho Deber. Disponer de unas instalaciones adecuadas que permitan el normal desarrollo de los estudios Derecho Deber. Participar en las actividades extraacadémicas orientadas a la formación en valores, la cultura, el
deporte y la convivencia social, así como también al desarrollo de su capacidad crítica. Derecho Deber. Participar en los órganos de representación y gobierno de la Universidad, en los términos establecidos en los presentes Estatutos. Derecho Deber. Tener acceso a la información sobre becas y ayudas al estudio, así como a aquellos extremos
sobre los cuales tengan un interés directo, con arreglo al principio de transparencia. Derecho Deber. Disponer de los medios que hagan posible el ejercicio efectivo de su derecho de asociación,
dentro de las disponibilidades de la Universidad. Derecho Deber. Participar en los procesos de evaluación de la enseñanza Derecho Deber. Realizar el trabajo académico propio de su condición universitaria con el suficiente aprovechamiento. Derecho Deber. Respetar el patrimonio de la Universidad, así como hacer un correcto uso de sus instalaciones,
bienes y recursos Derecho Deber. Ejercer responsablemente los cargos para los cuales hayan sido elegidos o designados Derecho Deber. Cooperar con el resto de la comunidad universitaria en el buen funcionamiento de la Universidad y en la mejora de sus servicios. Derecho Deber.
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