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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEEstatutos UCA Capítulo IV: Órganos gobierno de los centros

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Título del test:
Estatutos UCA Capítulo IV: Órganos gobierno de los centros

Descripción:
Junta Facultad/Escuela - Decano/Director - Vicedecano/Subdirector y Secretario

Autor:
Anónimo
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Fecha de Creación:
15/05/2018

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 6
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Temario:
Junta de Facultad o Escuela. La duración del mandato será de cuatro años, salvo para el sector de los estudiantes que será de dos años será de dos años, salvo para el sector de los estudiantes que será de cuatro años.
Miembros natos de la Junta de Facultad o Escuela El Decano o Director Los Vicedecanos o Subdirectores Los Directores de Sede Secretario de Escuela o Facultad Directores de los Departamentos o Secciones Departamentales adscritas al Centro El estudiante Delegado de la Facultad o Escuela El Administrador del Campus El Decano o Director Los Vicedecanos o Subdirectores Los Directores de Sede Secretario de Escuela o Facultad Directores de los Departamentos o Secciones Departamentales adscritas al Centro El estudiante Delegado de la Facultad o Escuela El Administrador del Campus (las respuestas son las mismas y la correcta es la de arriba, pero esto te ha servido para repasar los miembros natos de la Junta de Facultad o Escuela).
Además de los miembros natos dentro de la Junta de Facultad o Escuela se encuentran un máximo de 50 miembros electos en representación de los diferentes sectores de la Comunidad Universitaria conforme a los siguientes porcentajes. (son los mismos porcentajes por los que se rije el sistema de votación ponderado para la elección del Decano o Director) 58% de estudiantes 28% Personal docente e investigador sin vinculación permanente a la universidad 8% Profesores con vinculación permanente a la universidad 6% Personal de Administración y servicios 58% Profesores con vinculación permanente a la universidad 28% Personal docente e investigador sin vinculación permanente a la universidad 8% de estudiantes 6% Personal docente e investigador sin vinculación permanente a la universidad 58% Profesores con vinculación permanente a la universidad 28% de estudiantes 8% Personal de Administración y servicios 6% Personal docente e investigador sin vinculación permanente a la universidad.
Señala la afirmación correcta sobre el Decano o Director: nombrado por el Rector, previa elección por sufragio universal del Centro, entre el profesorado con vinculación permanente mediante el sistema de votación ponderado por sectores y porcentajes. El mandato tendrá una duración de cuatro años. Cesarán en caso de ausencia o incapacidad superior a cuatro meses consecutivos. Podrán ser removidos por la Junta de Facultad o Escuela a solicitud de un tercio de sus miembros y aprobación por una mayoría de dos tercios. nombrado por el Rector, previa elección por sufragio directo del Centro, entre el profesorado con vinculación permanente mediante el sistema de votación ponderado por sectores y porcentajes. El mandato tendrá una duración de cuatro años. Cesarán en caso de ausencia o incapacidad superior a cuatro meses consecutivos. Podrán ser removidos por la Junta de Facultad o Escuela a solicitud de un tercio de sus miembros y aprobación por una mayoría de dos tercios. nombrado por el Rector, previa elección por sufragio universal del Centro, entre el profesorado con vinculación permanente mediante el sistema de votación ponderado por sectores y porcentajes. El mandato tendrá una duración de dos años. Cesarán en caso de ausencia o incapacidad superior a cuatro meses consecutivos. Podrán ser removidos por la Junta de Facultad o Escuela a solicitud de un tercio de sus miembros y aprobación por una mayoría de dos tercios.
Vicedecanos o Subdirectores. El número máximo que un Decano o Director podrá designar será de 3 Vicedecanos y 3 Subdirectores vendrá determinado por el Consejo de Gobierno según necesidades 1 Vicedecano y 1 Subdirector por Área .
El Consejo de Dirección del Decano o Director estará configurado por los Vicedecanos o Subdirectores y el Secretario del Centro. Habrá obligación de levantar acta de las sesiones los Vicedecanos o Subdirectores, el Secretario del Centro y el Administrador. Habrá obligación de levantar acta de las sesiones los Vicedecanos o Subdirectores, el Secretario del Centro y el Administrador. No habrá obligación de levantar acta de las sesiones.
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