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estrategias de litigacion penal

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Título del Test:
estrategias de litigacion penal

Descripción:
repaso preguntas

Fecha de Creación: 2026/01/03

Categoría: Otros

Número Preguntas: 31

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Los medios de prueba establecidos en el Código Orgánico Integral Penal son: El documento, el testimonio y la pericia. El testimonio anticipado, de testigos, de la víctima y del procesado. El parte policial, las pericias y los testimonios.

En el juicio regirán, especialmente los principios de: Oralidad, libertad probatoria y publicidad. Oralidad, publicidad, inmediación y contradicción. Oralidad, in dubio pro reo, principio de inocencia.

En el interrogatorio se deben utilizar las siguientes herramientas: Preguntas introductorias, de orientación, de transición, de impacto. Preguntas introductorias, de transición, de impacto y opinión. Preguntas introductorias, de transición, de impacto y conclusión.

A quien le corresponde aprobar el funcionamiento de los Institutos Públicos de Criminología y Ciencias Forenses: Al Sistema Especializado de Medicina Legal y Ciencias Forenses. Al administrador del sistema pericial. Al Consejo de la Judicatura.

Los peritos calificados desempeñarán su función con: Legalidad, concentración, igualdad, inmediación y contradicción. Objetividad, imparcialidad, responsabilidad, oportunidad, puntualidad, rectitud, corrección y honestidad. Oralidad, imparcialidad, inmediación, contradicción.

En cuál de los siguientes principios procesales la o el juzgador celebrará las audiencias en conjunto con los sujetos procesales en las que deberá estar presente con las partes para la evacuación de los medios de prueba y demás actos procesales que estructuran de manera fundamental el proceso penal: Inmediación. Contradicción. Legalidad.

Una de las causas para la eliminación de la Calificación en el Registro de Peritos Calificados es: No concurrir injustificadamente a las posesiones y/o no aceptar el encargo para el que fue designada o designado dentro del plazo establecido por las juezas o jueces, o por las y los fiscales, más de dos veces en un mismo año calendario. No adjuntar ni presentar en el proceso judicial o pre procesal, en todos los casos, la copia certificada de la factura de honorarios autorizada por el Servicio de Rentas Internas. No presentar injustificadamente el informe pericial dentro de los quince días siguientes de emitida la orden por las juezas o jueces o por las y los fiscales.

En procesos de jurisdicción voluntaria los honorarios fijan: El o la jueza de paz establecerá de acuerdo con la tabla. Las partes directamente interesadas quienes asumirán los costos de los honorarios de conformidad con los criterios y parámetros de este reglamento. Los honorarios no superarán el 20% de un salario básico unificado.

El Consejo de la Judicatura en el proceso de calificación de peritos, se regirá entre otros por los siguientes principios: Igualdad, probidad, no discriminación, publicidad. Igualdad, probidad, publicidad y contradicción. Igualdad, probidad, equidad y contradicción.

En procesos de justicia de paz los honorarios fijan: El o la jueza de paz establecerá de acuerdo con la tabla. Los honorarios no superarán el 10% de un salario básico unificado. Las partes deberán convenir en conjunto.

Son características de la teoría del caso: Corta, integradora y probatoria. Proposiciones fácticas, reales y verosímil. Inverosímil, inflexible, unificada. Sencillez, única, legal, flexible, verosímil.

El Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, se inclina por la oralidad y dispone que: Toda persona tendrá derecho a ser oída públicamente salvo los delitos sexuales y los delitos contra la seguridad nacional. Toda persona tendrá derecho a ser oída públicamente y con todas las debidas garantías por un tribunal perteneciente a la Función Judicial. Toda persona tendrá derecho a ser oída públicamente y con todas las debidas garantías por un tribunal competente. Toda persona tendrá derecho a ser oída previo asesoramiento de su defensor técnico para evitar la incriminación.

En el juicio regirán, especialmente los principios de: Dirección del juicio, independencia, imparcialidad. Oralidad, publicidad, inmediación y contradicción. Oralidad, indubio pro reo, principio de inocencia. Oralidad, libertad probatoria y publicidad.

Una de las ventajas del litigio estratégico es: Que genera conciencia sobre la importancia de la justicia. Que alcanza el éxito en un caso y genera publicidad. Que es una herramienta estratégica que coadyuva a conocer la verdad. Que puede generar conciencia y apropiación en la sociedad sobre un derecho o injusticia.

Una de las finalidades del código orgánico integral penal son: La reparación integral de las víctimas y familiares. Juzgar a las personas con estricta observancia del debido proceso. Tipificar, sancionar e identificar las infracciones penales. Promover la rehabilitación y reinserción social de las personas sentenciadas.

Son funciones de la teoría del caso: Establecer las pruebas directas e indirectas, activa y pasivas. Permitir presentar y organizar el alegato inicial y final de las partes. Facilitar la presentación de la prueba, interrogatorio y contrainterrogatorio. Identificar el tema, problema y hechos relevantes.

La oralidad: Constituye por sí mismo, un medio facilitador de los principios, políticas básicas y de las garantías que estructuran el propio sistema penal. Constituye por sí mismo un instrumento o facilitador de los principios políticas básicos y de las garantías que estructuran el propio sistema penal. Constituye una garantía que se sustenta en principios constitucionalmente establecidos que estructuran el propio sistema penal. No constituye por sí mismo, sino que es un instrumento o facilitador de los principios políticas básicos y de las garantías que estructuran el propio sistema penal.

En el sistema procesal ecuatoriano se fundamenta en el principio de oralidad; sin embargo, debe constar por escrito lo siguiente: La denuncia y la acusación particular. La contradicción en la actuación probatoria. La presentación de la prueba. La acción de protección.

Las garantías jurisdiccionales se regirán entre otros por un procedimiento sencillo, rápido y eficaz y, por lo tanto: Será oral y a la vez escrito en todas sus etapas del proceso. Será oral en todas sus fases e instancias. Será eminentemente oral para garantizar celeridad procesal.

La narración de los hechos que responde a las interrogantes básicas de la criminalística corresponden a: La teoría fáctica. La teoría probatoria. La teoría y práctica de la prueba. La teoría jurídica.

Las garantías jurisdiccionales se regirán, en general, por las siguientes disposiciones: Cualquier persona, grupo de personas, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá proponer las acciones previstas en la Constitución. Será competente la jueza o juez del lugar en el que se origina el acto o la omisión o donde se producen sus efectos. todas las anteriores.

las proposiciones fácticas. Permiten dirigir una investigación, relevando o evidenciando los aspectos faltantes para contar con una Teoría del Caso terminada y afinada para ser acreditada en juicio. Contribuyen a esquematizar las presentaciones que las partes realizarán en el juicio oral. Ayudan a ordenar la presentación de la evidencia, según un correlato sistemático o cronológico de los hechos que deben ser probados para dar por acreditado cada elemento del tipo. todas las anteriores.

medios de prueba inadmisibles; Se inadmitirán aquellos medios de prueba que se refieran a las conversaciones que haya tenido la o el fiscal con la persona procesada o su defensa en desarrollo de manifestaciones preacordadas. falso. verdadero.

Art 502.- COIP. La prueba y los elementos de convicción, obtenidos mediante declaración, se regirán por las siguientes reglas: Los testimonios no podrán ser interrumpidos, salvo que exista una objeción por parte de los sujetos procesales;. Los sujetos procesales podrán realizar preguntas u objetarlas, y la o el juzgador deberán resolver la objeción para que la persona las conteste o se abstenga de hacerlo. todas las anteriores.

La objeción es un incidente que debe ser resuelto por el juez o tribunal en el instante de ser escuchado. Toda objeción debe ser fundamentada de manera somera y efectiva. verdadero. falso.

La objeción es pertinente cuando violenten principios del debido proceso. Sin embargo, la excesiva utilización de la objeción puede generar mala predisposición frente al tribunal por el entorpecimiento del juicio. verdadero. falso.

Para el interrogatorio directo se exige una “teoría del caso”; y para el contrainterrogatorio se requiere una “teoría de la defensa”. verdadero. falso.

El interrogatorio es la herramienta por medio de la cual se formulan preguntas a la o a el testigo de parte con la finalidad de obtener respuestas que solventen el alegato inicial y aporten como prueba a favor de quien lo presente. falso. verdadero.

El alegato final resume la información producida durante el juicio en función del orden de presentación de los testigos, expresa los hechos probados y las pruebas en que se fundan, la calificación jurídica de los mismos, la responsabilidad penal del acusado y concluye precisando la pena y la reparación que solicita. verdadero. falso.

El contrainterrogatorio es el intercambio oral entre la defensa y testigo presentado por la contraparte que, por medio de preguntas y respuestas, tiene por finalidad transmitir información a la o el juzgador. verdadero. falso.

En el interrogatorio se tienen como prohibiciones: Preguntas autoincriminatorias, capciosas, compuestas, impertinentes, repetitivas, irrespetuosas y vagas. Aquellas que están fuera de la esfera de la percepción de la o el testigo, preguntas sugestivas (excepto en el contrainterrogatorio), preguntas de opiniones, preguntas de conclusiones y elucubraciones, salvo en los casos de perito dentro del área de su experticia y comentarios relacionados con el comportamiento anterior de la víctima. todas las anteriores.

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