Evacuacion de edificios
![]() |
![]() |
![]() |
Título del Test:![]() Evacuacion de edificios Descripción: 10 preguntas evacuacion edificios |




Comentarios |
---|
NO HAY REGISTROS |
El Decreto 277/2010, de 2 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones de autoprotección exigibles a determinadas actividades, centros o establecimientos para hacer frente a situaciones de emergencia, es. Una Norma Española de autoprotección. Una norma Europea de autoprotección. Una Norma Vasca de autoprotección. Una Norma Básica de autoprotección. Según lo dispuesto en el Decreto 277/2010, quedarán exentas del control administrativo y del registro, aquellos centros, establecimientos o instalaciones dependientes del: Ministerio de Defensa, de Instituciones Penitenciarias, de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y Resguardo Aduanero, así como la Secretaría General de Empleo y Relaciones Laborales. Ministerio de Defensa, de Instituciones Penitenciarias, de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y Resguardo Aduanero, así como la Subsecretaría de Sanidad y Consumo. Ministerio de Defensa, de Instituciones Penitenciarias, de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y Resguardo Aduanero, así como el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Ministerio de Defensa, de Instituciones Penitenciarias, de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y Resguardo Aduanero, así como los de los órganos judiciales. La elaboración, implantación, mantenimiento y revisión del Plan de Autoprotección es responsabilidad de: El titular de la actividad. El personal autorizado. Personal independiente a la empresa. La mutua. Según el anexo II al decreto 277/2010, de 2 de noviembre, referente al contenido mínimo del plan de autoprotección, en su capítulo 3 hace referencia a: Identificación de los titulares y del emplazamiento de la actividad. Descripción detallada de la actividad y del medio físico en el que se desarrolla. Plan de actuación ante emergencias. Inventario, análisis y evaluación de riesgos. El Plan de Autoprotección tendrá vigencia indeterminada, se mantendrá adecuadamente actualizado y se revisará siempre que la actividad o las infraestructuras se vean modificadas respecto a la redacción inicial o como consecuencia de las conclusiones de la realización de un ejercicio o simulacro y, al menos, con una periodicidad no superior a: Tres años. Cuatro años. Cinco años. Seis años. Los Agentes Biológicos son microorganismos, con inclusión de los genéticamente modificados, cultivos celulares y endoparásitos humanos, susceptibles de originar cualquier tipo de infección, alergia o toxicidad. Aquél que resulta poco probable que cause una enfermedad en el hombre, se clasifica como: Agente biológico del grupo 1. Agente biológico del grupo 2. Agente biológico del grupo 3. Agente biológico del grupo 4. La planificación y organización humana para la utilización óptima de los medios técnicos previstos con la finalidad de reducir al mínimo las posibles consecuencias humanas y/o económicas que pudieran derivarse de la situación de emergencia, lo denominamos: Plan de Prevención. Plan de Autoprotección. Plan de Emergencia. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. Es la persona de máxima responsabilidad en la Emergencia. En función de la información sobre la evolución de emergencia, enviará al área siniestrada las ayudas internas disponibles y recabará las externas que sean necesarias. Decidirá el momento de la evacuación del centro. Actuará desde el Centro de Comunicaciones o Control. Jefe de Emergencias. Jefe de Intervención. Jefe de Equipo de intervención. Jefe de Comunicaciones. Al equipo formado por, al menos, dos trabajadores que intervienen de forma inmediata ante la situación de emergencia con el fin de eliminarla o impedir su extensión. Intervienen en conatos de incendio con extintores portátiles, se le denomina: Equipos de Alarma y Evacuación. Equipos de Primeros Auxilios. Equipos de Primera Intervención. Equipos de Segunda intervención. Los Puntos de reunión (P.R.), son aquellos lugares exteriores al edificio donde los trabajadores deberán concentrarse una vez realizada la evacuación, con el objeto de verificar si algún trabajador se encuentra dentro de las instalaciones. Esta tarea la realizan. Los Equipos de Alarma y Evacuación. Los Equipos de Apoyo. Los Equipos de Emergencias. Los Equipos de Segunda Intervención. |